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Amplían acceso a fondos UE para agricultores afectados por DANA sin requisitos de superficie

Introducción: Catástrofe natural y respuesta institucional

La Depresión Aislada en Niveles Altos (DANA) que azotó España entre octubre y noviembre de 2024 causó daños históricos en el sector agrario. Frente a esta emergencia, el Real Decreto-ley 7/2024 creó un sistema de ayudas extraordinarias financiadas con fondos europeos. Sin embargo, requisitos administrativos impedían que muchas explotaciones afectadas accedieran a las compensaciones.

Evolución normativa: De las limitaciones a la flexibilización

La Orden APA/383/2025 (abril 2025) vinculaba las ayudas exclusivamente a agricultores elegibles para la PAC 2024 con superficie verificada. La Orden APA/745/2025 (julio 2025) eliminó restricciones financieras pero mantenía obstáculos operativos. La presente modificación suprime finalmente el requisito de superficie elegible, completando la adaptación normativa iniciada meses atrás.

Beneficiarios ampliados: Quiénes se benefician ahora

Esta flexibilización impacta especialmente en agricultores con explotaciones de pequeño tamaño, cultivos intensivos afectados por inundaciones, y producciones especializadas donde el daño no se refleja en extensión de terreno. Según estimaciones del MAPA, amplía la cobertura a aproximadamente 5,700 explotaciones inicialmente excluidas.

Procedimiento práctico: Cómo acceder a las ayudas

Los afectados deben presentar solicitud mediante el modelo oficial en las consejerías de agricultura autonómicas, aportando: 1) Declaración de daños conforme al modelo del FEGA, 2) Informes periciales de entidades acreditadas, 3) Documentación catastral actualizada, y 4) Acreditación de actividad agraria durante 2024. La cuantía se calcula mediante tablas objetivas de pérdidas publicadas en el BOE núm. 123 de 24/05/2025.

Marco financiero y control

Los 320 millones € asignados del fondo UE 2025/441 se gestionan mediante el Sistema Integrado de Gestión y Control (SIGC), garantizando trazabilidad completa. Las CCAA disponen de plataformas electrónicas específicas para monitorizar el estado de las solicitudes, con plazos máximos de resolución de 90 días naturales.

¿Qué subvenciones o ayudas están disponibles actualmente?

Ayudas extraordinarias para compensar pérdidas de renta en explotaciones agrarias afectadas por la DANA de octubre-noviembre 2024, financiadas con fondos UE.

¿Quién puede solicitarlas y cuáles son los requisitos?

Titulares de explotaciones agrarias en municipios afectados que acrediten daños durante el periodo catastrófico, sin exigencia de superficie elegible ni condición de beneficiario PAC.

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¿Qué cuantía y duración tienen las ayudas?

Las cuantías varían según tipo y gravedad de daños, con topes establecidos en las tablas del BOE núm. 123. Las solicitudes pueden presentarse hasta el 31/12/2025.

¿Cuál es el procedimiento y plazo de solicitud?

Mediante formulario oficial en consejerías autonómicas de agricultura, preferentemente por vía electrónica. Plazo abierto hasta fin de 2025.

¿Qué documentación es necesaria?

Declaración de daños, informes periciales, documentación catastral y acreditación de actividad agraria durante 2024.

¿Dónde consultar convocatorias y resultados?

En sedes electrónicas del MAPA y consejerías autonómicas, con información actualizada en el portal del Fondo Español de Garantía Agraria (FEGA).

Recursos adicionales y seguimiento

El Ministerio ha habilitado una línea telefónica específica (900 999 000) y espacio web con preguntas frecuentes. Se recomienda suscribirse al sistema de alertas del BOE para actualizaciones normativas relacionadas. Las asociaciones agrarias ofrecen asesoramiento gratuito para cumplimentar solicitudes.

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