Proyecto de almacenamiento energético Serván 6-7-8 en Badajoz: Análisis completo
El Boletín Oficial del Estado ha publicado la Resolución de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental por la que se determina que no es necesario someter a evaluación de impacto ambiental ordinaria el proyecto ‘Módulos de almacenamiento Serván 6, 7 y 8’ en la provincia de Badajoz. Esta decisión, fechada el 14 de agosto de 2025, representa un hito significativo en el desarrollo del almacenamiento energético en España, permitiendo avanzar en la hibridación de instalaciones renovables existentes.
Características técnicas del proyecto
El proyecto consiste en la instalación de tres módulos idénticos de almacenamiento en baterías (BESS – Battery Energy Storage System) con una potencia total de 56,4 MW (18,8 MW por módulo) y una capacidad de almacenamiento de 86,03 MWh por módulo durante 4 horas. Cada instalación ocupará una superficie de 4.944 m², utilizando tecnología de baterías LFP (litio-ferrofosfato) y NMC (níquel-manganeso-cobalto), similar a la empleada en vehículos eléctricos pero escalada a nivel industrial.
La infraestructura de evacuación constará de líneas soterradas de 30 kV que conectarán con la subestación eléctrica SET San Serván 8 30/220 kV, ya existente y operativa. La elección de soterrar las líneas minimiza el impacto visual y ambiental, aunque requiere mayores inversiones iniciales. Los módulos se hibridarán con las plantas fotovoltaicas existentes San Serván 6, 7 y 8, cada una con 42,30 MWp de potencia, optimizando así infraestructuras ya operativas.
Ubicación y factores ambientales
Las instalaciones se ubicarán en el término municipal de Solana de los Barros (Badajoz), a aproximadamente 6 km al norte del casco urbano. La zona se caracteriza por cultivos de viñedo y terreno antropizado, lo que reduce el impacto sobre ecosistemas naturales. El análisis ambiental detallado confirmó la ausencia de afección a espacios Red Natura 2000, siendo la ZEPA más cercana ‘Llanos y Complejo Lagunar de La Albuera’ a 7 km de distancia.
Entre las especies protegidas detectadas en el área de influencia se encuentran el milano real (en peligro de extinción), la carraca (vulnerable), aguilucho cenizo, avetorillo común, cernícalo primilla y diversas especies de murciélagos. El proyecto incorpora medidas específicas para su protección, incluida la prohibición de obras entre el 1 de marzo y el 15 de julio para evitar la época de reproducción.
Medidas de prevención y control
La resolución incluye 15 prescripciones ambientales específicas que el promotor debe cumplir, entre las que destacan: sistemas de prevención de contaminación por sustancias peligrosas, medidas para la protección de fauna mediante rampas de escape en zanjas, prohibición de trabajos nocturnos, mantenimiento de viñedos perimetrales como hábitat para el alzacola, y la obligatoriedad de un plan de desmantelamiento y restauración final.
Especial relevancia tiene el requisito de obtener el informe favorable de la Secretaría General de Interior, Emergencias y Protección Civil de la Junta de Extremadura respecto a los riesgos de accidentes graves, dado el uso de sustancias potencialmente peligrosas en las baterías. El promotor deberá cumplir con el Real Decreto 840/2015 sobre control de riesgos en accidentes con sustancias peligrosas.
Marco legal y procedimental
El proyecto se encuadra en el anexo II, grupo 4, apartado n) de la Ley 21/2013 de evaluación ambiental, correspondiente a ‘Almacenamiento energético stand-alone a través de baterías electroquímicas’. La acumulación de los tres expedientes en un único procedimiento se fundamenta en la disposición adicional undécima de la Ley 21/2013 y el artículo 57 de la Ley 39/2015 del Procedimiento Administrativo Común.
El proceso consultivo incluyó a 16 administraciones y organizaciones, recibiéndose respuestas de 10 de ellas. Los informes de la Confederación Hidrográfica del Guadiana, Dirección General de Sostenibilidad de la Junta de Extremadura y otros organismos competentes fueron considerados para establecer las condiciones ambientales.
¿Qué tipo de energía renovable se está impulsando?
El proyecto impulsa el almacenamiento en baterías para energía solar fotovoltaica, hibridando con plantas existentes de 42,30 MWp cada una.
¿Qué proyectos concretos se están desarrollando y dónde?
Tres módulos de almacenamiento (Serván 6, 7 y 8) en el término municipal de Solana de los Barros, Badajoz, Extremadura.
¿Qué beneficios medioambientales y económicos aportan estos proyectos?
Optimizan el uso de energía solar existente, reducen la curtailment y aportan estabilidad al sistema eléctrico, con beneficios económicos para propietarios de terrenos y ayuntamiento local.
¿Cómo afecta la implantación a la comunidad local?
Genera empleo durante construcción y mantenimiento, ingresos fiscales para el ayuntamiento y consolida a Extremadura como hub energético.
¿Existen ayudas o incentivos para particulares o empresas?
No se especifican en esta resolución, pero el proyecto se enmarca en las ayudas al almacenamiento del PERTE ERHA.
¿Qué organismos gestionan y supervisan estos desarrollos?
Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental del MITECO como órgano ambiental, y Dirección General de Política Energética y Minas como órgano sustantivo.
¿Dónde informarse sobre nuevas convocatorias o subvenciones?
En la web del MITECO (www.miteco.es) y a través del BOE para convocatorias oficiales.
La resolución representa un avance significativo en la integración de almacenamiento en el sistema eléctrico español, permitiendo maximizar el aprovechamiento de las energías renovables existentes. El cumplimiento de las estrictas condiciones ambientales establecidas garantizará que el desarrollo se realice con las máximas garantías de protección ambiental, sirviendo como referencia para proyectos similares en otras regiones españolas.
