¿Nuevos cambios en modelos 347, 190 y 270 para 2025? Guía completa para autónomos y empresas sobre las modificaciones del BOE
BOE: Simplifica trámites fiscales y mejora la precisión de las declaraciones de retenciones, subvenciones y prestaciones desde 2025.
Impacto: Orden HAC/1431/2025, de 3 de diciembre, por la que se modifican la Orden EHA/3012/2008, de 20 de octubre, por la que se aprueba el modelo 347 de Declaración anual de operaciones con terceras personas, así como los diseños físicos y lógicos y el lugar, forma y plazo de presentación; la Orden EHA/3127/2009, de 10 de noviembre, por la que se aprueba el modelo 190 para la Declaración del resumen anual de retenciones e ingresos a cuenta del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas sobre rendimientos del trabajo y de actividades económicas, premios y determinadas ganancias patrimoniales e imputaciones de renta; y la Orden HAP/2368/2013, de 13 de diciembre, por la que se aprueba el modelo 270, «Resumen anual de retenciones e ingresos a cuenta. Gravamen especial sobre los premios de determinadas loterías y apuestas» y se determinan el lugar, forma, plazo y el procedimiento para su presentación.
Detalles
- Modelos Afectados: Modificaciones en modelos 347, 190 y 270.
- Primera Aplicación: Ejercicio fiscal 2025 en adelante.
- Novedad Modelo 347: Nuevo campo ‘Número de convocatoria BDNS’ para subvenciones (clave E).
- Novedad Modelo 190: Nuevos campos para identificar tipo de pensión, premios sin retención y rendimientos de ‘startups’.
- Actualización: Corrección de nombres de provincias en códigos (ej: Alicante/Alacant).
Contenido
El Boletín Oficial del Estado (BOE) ha publicado una orden ministerial que introduce modificaciones significativas en tres modelos clave de declaración tributaria: el 347 (operaciones con terceros), el 190 (resumen anual de retenciones del IRPF) y el 270 (retenciones sobre premios de loterías). Estas reformas, que entrarán en vigor para las declaraciones del ejercicio 2025, buscan un triple objetivo: mejorar la asistencia a los contribuyentes, disponer de información más detallada para Hacienda y simplificar ciertos trámites. Es una evolución técnica, pero con implicaciones prácticas directas para autónomos, empresas, administradores y pagadores de pensiones y premios.
Para entender el contexto, debemos remontarnos a la digitalización de la Administración Tributaria. Durante años, la AEAT ha perseguido el ‘papel cero’, migrando declaraciones a formatos telemáticos y estructuras de datos legibles por máquina. Esta orden es un escalón más en esa escalera. No cambia las reglas del juego fiscal (los tipos impositivos o las deducciones), sino que perfecciona el ‘tablero’ sobre el que se juega: los formularios y los datos que contienen. Imagine que su declaración de la renta es un puzzle. Hacienda no solo quiere la foto final (su liquidación), sino también información clara y categorizada de cada pieza (sus ingresos, gastos, retenciones). Estos cambios estandarizan mejor esas piezas, especialmente en áreas que generaban dudas o errores.
Profundicemos en los cambios técnicos, simplificándolos con analogías. El modelo 347 es la ‘lista de la compra’ a gran escala de una empresa: todas las operaciones con otros profesionales o empresas que superen los 3.005,06 euros anuales. La novedad es que, para las operaciones registradas con la clave ‘E’ (subvenciones, donaciones y premios), ahora habrá que incluir un nuevo dato: el ‘Número de convocatoria BDNS’. La BDNS (Base de Datos Nacional de Subvenciones) es el gran directorio público de todas las ayudas. Piense en ello como el ISBN de un libro. Ahora, cuando una empresa declare una subvención recibida, deberá añadir este código único, lo que permitirá a Hacienda cruzar datos automáticamente y verificar con mayor agilidad la legitimidad de esas ayudas y su tratamiento fiscal correcto.
Las modificaciones en el modelo 190 son más extensas. Este modelo es el ‘resumen de nóminas’ que las empresas y pagadores envían a Hacienda cada año, detallando todo lo retenido a sus empleados, pensionistas o premios. Aquí se introducen tres grandes novedades. Primera, se desglosan mejor las pensiones y prestaciones (clave B). Antes, todas las pensiones de la Seguridad Social iban en una misma subclave. Ahora, el pagador (por ejemplo, la Seguridad Social) deberá especificar si la pensión es de jubilación, viudedad, incapacidad permanente, no contributiva u otra. Esto es crucial porque, dependiendo del tipo, pueden aplicarse tratamientos fiscales diferentes (como las reglas transitorias de la ley de 2006), ayudando a que el contribuyente no cometa errores en su declaración personal.
Segunda novedad en el modelo 190: se clarifica el tratamiento de los premios (clave K). Se crean nuevas subclaves para distinguir entre premios sometidos a retención (los de más de 300 euros) y los que no lo están. ¿Por qué es importante? Porque el límite para estar obligado a presentar la declaración de la renta varía. Un premio de 1.000 euros con retención tiene un impacto diferente que uno de 1.000 euros sin retención. Esta distinción, que antes podía generar confusiones y subsanaciones, ahora queda registrada desde el origen, facilitando la labor tanto del pagador (loterías, concursos) como del propio premiado.
Tercera innovación en el modelo 190: un nuevo campo para los rendimientos del trabajo en empresas emergentes (startups). La Ley de Startups (28/2022) estableció un beneficio fiscal para ciertos rendimientos (como acciones o comisiones de éxito) de administradores y empleados de ‘startups’, integrando solo el 50% en la base imponible. Ahora, el modelo 190 incluye un indicador (un ‘1’ o un ‘0’) para señalar cuando parte de los rendimientos declarados se acogen a este régimen. Es una herramienta de control para Hacienda y una garantía para el trabajador, asegurando que el beneficio queda correctamente registrado.
Finalmente, se actualiza el modelo 270 (retenciones sobre premios de loterías y apuestas) y se corrigen los nombres oficiales de varias provincias en los códigos de los modelos 190 y 270 (por ejemplo, se actualiza a ‘Alicante/Alacant’ o ‘Guipúzcoa/Gipuzkoa’), un ajuste técnico pero necesario para la coherencia administrativa.
El impacto ciudadano se distribuye en varios niveles. Para las familias y pensionistas, el cambio más notable será una mayor precisión en sus datos pre-cumplimentados de la declaración de la renta. Al desglosarse el tipo de pensión, se reduce el riesgo de que el programa de la Renta aplique incorrectamente reducciones o tratamientos transitorios. El pensionista recibirá una información más clara. Para quienes reciban premios (de lotería, concursos televisivos, sorteos), la nueva distinción en el modelo 190 ayudará a saber con certeza si ese premio contaba con retención y, por tanto, cómo afecta a su obligación de declarar.
Para autónomos y pequeñas empresas, el cambio en el modelo 347 supone una nueva diligencia. Si reciben una subvención o ayuda pública que deban declarar en este modelo (normalmente al superar el importe límite con un mismo pagador público), deberán solicitar e incluir el código BDNS de la convocatoria. Es un paso más en el proceso, pero aporta seguridad jurídica. Para las empresas que paguen premios (por ejemplo, en promociones), la nueva estructura del modelo 190 les obliga a clasificarlos correctamente desde el inicio, evitando posteriores requerimientos de la AEAT.
Para grandes empresas, administraciones públicas y entidades pagadoras (Seguridad Social, mutualidades, loterías), los cambios son operativos pero relevantes. Deberán adaptar sus sistemas de información para capturar y reportar los nuevos datos: tipo de prestación de pensiones, naturaleza exacta de los premios, y el indicador de rendimientos de ‘startups’. Las entidades públicas que concedan subvenciones deberán facilitar el código BDNS a los beneficiarios. La carga administrativa inicial recae en ellos, pero a cambio obtienen un marco más claro y se reducen los errores que derivaban en consultas y rectificaciones.
Aunque no hay una ‘guía de actuación’ al uso, sí podemos esbozar un listado de comprobación para el ejercicio 2025: 1) Empresas/Autónomos: Verificar que su software de facturación/gestión pueda incorporar el nuevo campo ‘Número Convocatoria BDNS’ en los ficheros del modelo 347 para operaciones de subvención. 2) Departamentos de RRHH/Nóminas: Asegurarse de que la plataforma de remuneraciones puede discriminar los tipos de pensión (clave B.01) y los premios con/sin retención (clave K), además de incluir el indicador para rendimientos de ‘startups’. 3) Entidades Pagadoras (Seguridad Social, etc.): Actualizar los sistemas para reportar con el nuevo desglose en el modelo 190. 4) Beneficiarios de Subvenciones: Solicitar el código BDNS a la administración concedente para poder incluirlo en su declaración del modelo 347.
Para visualizar el cambio, comparemos el antes y después en un caso concreto: Un premio de 500 euros en un concurso televisivo. Antes 2024: Se declaraba en el modelo 190, clave K, subclave 03 (premios con fines publicitarios). No se distinguía si tenía o no retención. El perceptor podía tener dudas sobre si ese premio, al superar los 300 euros, le generaba obligación de declarar. Después 2025: Si el premio está sometido a retención (por superar 300€), irá a la subclave 03. Si no tiene retención, irá a la nueva subclave 05. La información es inequívoca desde el origen, eliminando la ambigüedad para el contribuyente y para Hacienda.
Los errores comunes que se buscarán evitar son: 1) No incluir el código BDNS en el modelo 347 para subvenciones, lo que podría derivar en un requerimiento de la AEAT para completar la información. 2) Clasificar incorrectamente los premios en el modelo 190, mezclando los que tienen retención con los que no, lo que distorsionaría los datos para el cálculo de la obligación de declarar del ciudadano. 3) No marcar el indicador de rendimientos de ‘startups’ cuando corresponda, lo que podría llevar a Hacienda a considerar la totalidad del rendimiento como base imponible, perjudicando al trabajador. La forma de evitarlos es la formación interna en empresas y asesorías, y la colaboración entre pagadores y perceptores para compartir la información necesaria (como el código BDNS).
Mirando al futuro (12-24 meses), esta orden sienta las bases para una mayor automatización. Con datos más estructurados y granulares, la AEAT podrá perfeccionar sus sistemas de cruce de información y de pre-cumplimentación. Es previsible que, para 2026, la declaración de la renta de muchos pensionistas y perceptores de premios sea aún más exacta ‘automáticamente’. También puede ser el primer paso para integrar de forma más directa el registro de subvenciones (BDNS) con el ámbito tributario, permitiendo incluso la comprobación telemática casi instantánea de la elegibilidad de ciertas ayudas. Es un movimiento alineado con la Europa digital, donde los datos fluyen entre administraciones para reducir la carga burocrática final del ciudadano.
Para facilitar la adaptación, los profesionales pueden acceder a recursos como los diseños lógicos oficiales publicados en la web de la AEAT, que detallan la posición exacta de cada nuevo campo en los ficheros. Se recomienda consultar las [preguntas frecuentes sobre modelos 347 y 190] en el portal de la Agencia Tributaria, y para las subvenciones, la propia [Base de Datos Nacional de Subvenciones (BDNS)] donde se pueden buscar los códigos de convocatoria. Las asesorías y gestorías deberán actualizar sus protocolos internos y software antes de finales de 2025 para estar listas para la campaña de declaración del ejercicio 2025, que se realizará en 2026. La clave está en la preparación anticipada.
