Fondos del 0.7% de IRPF y Sociedades prorrogados hasta 2028: claves para el tercer sector de acción social
BOE: Garantiza la financiación estable de programas sociales hasta 2028, beneficiando a miles de entidades y proyectos de acción social en toda España.
Impacto: Resolución de 16 de enero de 2026, de la Secretaría de Estado de Derechos Sociales, por la que se publica el Acuerdo del Consejo Territorial de Servicios Sociales y del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia, de 31 de diciembre de 2025, sobre el Acuerdo por el que se prorroga el «acuerdo estable sobre los fondos del 0,7% de IRPF y sociedades destinados al tercer sector de acción social».
Detalles
- Vigencia de la prórroga: Desde el 18 de junio de 2026 hasta el 31 de diciembre de 2028
- Distribución de fondos: Modelo 80% para tramo autonómico y 20% para tramo estatal
- Origen de los recursos: 0.7% del IRPF y del Impuesto sobre Sociedades, más herencias abintestato
- Grupo de evaluación: Se constituirá en 2026 para preparar el nuevo acuerdo a partir de 2029
- Entidades beneficiarias: Organizaciones del tercer sector de acción social de ámbito estatal y autonómico
Contenido
Introducción: Un acuerdo clave para la estabilidad del tercer sector
El Consejo Territorial de Servicios Sociales y del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia ha dado un paso crucial al prorrogar el acuerdo que regula los fondos del 0.7% de IRPF y Sociedades destinados al tercer sector de acción social. Este acuerdo, originalmente firmado en 2021, establece un marco estable para la distribución de millones de euros en subvenciones para programas de interés general. Su prórroga hasta finales de 2028 garantiza que las entidades sociales puedan seguir planificando sus proyectos con certidumbre financiera.
Contexto histórico: La Sentencia 9/2017 del Tribunal Constitucional sentó las bases para una nueva distribución competencial en materia de subvenciones. Esto llevó a la necesidad de actualizar el marco regulador, resultando en el acuerdo de 2021. Ahora, tras casi cinco años de vigencia, se prorroga por dos años y medio, manteniendo el modelo de reparto 80%-20% que ha demostrado su eficacia.
¿En qué consisten los fondos del 0.7% de IRPF y Sociedades?
Cuando declaras tu renta o tu empresa paga impuestos, puedes marcar la casilla de asignación a fines sociales. Ese gesto, aparentemente pequeño, suma un 0.7% de tu cuota íntegra del IRPF o del Impuesto sobre Sociedades que se destina a programas de interés general. Estos fondos no incrementan tu pago ni reducen tu devolución; simplemente redirigen una parte ya recaudada hacia el tercer sector.
Analogía: El pastel de la solidaridad
Imagina que la recaudación fiscal es un gran pastel. El 0.7% es una porción específica que se separa para acciones sociales. Este acuerdo determina cómo se reparte esa porción: el 80% se distribuye entre las comunidades autónomas (tramo autonómico) y el 20% se gestiona directamente por el Estado (tramo estatal). Cada comunidad, a su vez, reparte su parte entre entidades locales, mientras que el Estado financia proyectos de ámbito nacional.
Impacto ciudadano: ¿Quién se beneficia realmente?
Estos fondos no se quedan en las administraciones; fluyen hacia entidades sin ánimo de lucro que trabajan en ámbitos como la lucha contra la pobreza, la discapacidad, la exclusión social, la infancia o los mayores. El impacto se multiplica en tres niveles:
Familias y personas en situación vulnerable
Programas de alimentación, apoyo educativo, atención a dependientes o acogida reciben financiación gracias a estos fondos. Por ejemplo, un comedor social o un servicio de ayuda a domicilio pueden subsistir gracias a estas subvenciones.
Autónomos y pequeñas empresas
Muchas entidades del tercer sector contratan servicios externos, desde reformas hasta consultoría, generando actividad económica. Además, autónomos que colaboran como formadores o proveedores encuentran oportunidades.
Grandes empresas y responsabilidad social corporativa
El Impuesto sobre Sociedades contribuye con su 0.7%, y muchas empresas complementan esto con proyectos propios. La estabilidad del acuerdo permite planificar colaboraciones a largo plazo.
Guía paso a paso: Cómo acceder a estos fondos para tu entidad
Si perteneces a una entidad del tercer sector, estos son los pasos clave para solicitar subvenciones del 0.7%:
- Monitoriza las convocatorias: Tanto el Ministerio de Derechos Sociales como las consejerías autonómicas publican convocatorias anuales. Suscríbete a sus boletines o revisa el [BOE] y diarios oficiales autonómicos.
- Prepara tu proyecto: Define un programa de interés general alineado con las prioridades de la convocatoria. Detalla objetivos, actividades, presupuesto y indicadores de evaluación.
- Presenta la solicitud: Suele requerirse certificado digital y cumplimentación de formularios online. Asegúrate de cumplir plazos; un día de retraso puede invalidar toda la solicitud.
- Justificación y transparencia: Si se te concede la subvención, deberás presentar informes de seguimiento y justificación económica. Lleva una contabilidad limpia y separada.
Recuerda que el acuerdo prorrogado mantiene las reglas: el tramo estatal solo financia a entidades de ámbito estatal, mientras que el autonómico es para proyectos locales o regionales.
Comparativa antes y después: La evolución hacia el modelo 80-20
Antes del acuerdo de 2021, la distribución de estos fondos era más variable y menos previsible. La transición hacia el reparto fijo 80%-20% se completó en 2024. [Tabla comparativa] muestra cómo ha aumentado la parte autonómica progresivamente.
Con la prórroga, no hay cambios en los porcentajes, pero se garantiza la estabilidad hasta 2028. Esto permite a las comunidades autónomas planificar con mayor horizonte temporal.
Errores comunes al solicitar subvenciones y cómo evitarlos
1. Falta de alineación con las bases: Presentar un proyecto que no encaja en las prioridades temáticas. Solución: Lee detenidamente la convocatoria y adapta tu propuesta.
2. Presupuesto poco realista o mal desglosado: Incluir partidas no elegibles o no justificables. Usa [Plantilla de presupuesto descargable] para estructurar correctamente.
3. Olvidar anexos obligatorios: Como estatutos de la entidad, certificados de estar al corriente de obligaciones fiscales, etc. Crea una checklist y revísala antes de enviar.
4. No considerar la cofinanciación: Algunas convocatorias exigen que la entidad aporte una parte de los fondos. Asegúrate de tener recursos propios o de otros financiadores.
Previsión futura: ¿Qué pasará después de 2028?
El acuerdo establece que en 2026 se creará un grupo de trabajo para evaluar los resultados y proponer mejoras. Esto significa que, durante los próximos años, se analizará el impacto real de los proyectos financiados y se discutirán posibles ajustes para el próximo acuerdo, que entraría en vigor en 2029.
Se espera que se mantenga el modelo mixto, pero podrían refinarse los criterios de distribución o ampliarse las categorías de proyectos elegibles. La participación del tercer sector en este proceso será crucial.
Recursos descargables para entidades sociales
Para facilitar la gestión, hemos preparado una serie de plantillas ficticias que puedes adaptar:
- [Plantilla para presentación de proyectos]: Estructura estándar para definir objetivos, actividades y presupuesto.
- [Checklist de documentación]: Lista de verificación para asegurar que no falta ningún documento en la solicitud.
- [Modelo de justificación económica]: Formato para presentar informes de gastos conforme a los requisitos administrativos.
Descárgalas gratuitamente haciendo clic [aquí].
