El Tribunal Supremo anula las tablas salariales de Alcor Seguridad: subida salarial para miles de vigilantes de seguridad
BOE:
Impacto: Resolución de 20 de abril de 2026, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica la Sentencia de la Sala de lo Social del Tribunal Supremo, relativa a las tablas salariales para el año 2021, del Convenio colectivo de Alcor Seguridad, SL.
Detalles
- Sentencia: TS 1281/2025, 18 diciembre 2025
- Publicación BOE: 20 abril 2026
- Empresa: Alcor Seguridad SL
- Tablas anuladas: Año 2021 (publicadas junio 2023)
- Convenio de referencia: Estatal de seguridad 2023-2026
Contenido
El Tribunal Supremo ha puesto fin a una larga batalla judicial que afecta a los vigilantes de seguridad de Alcor Seguridad. La sentencia 1281/2025, de 18 de diciembre, declara nulas las tablas salariales de la empresa para el año 2021, porque no se adaptaron a las del convenio estatal de las empresas de seguridad publicado en diciembre de 2022.
¿Qué significa esto? Que los trabajadores de Alcor Seguridad tienen derecho a cobrar los salarios más altos fijados en el convenio sectorial, y no los inferiores que la empresa aplicó unilateralmente. La reforma laboral de 2021 (Real Decreto-ley 32/2021) eliminó la prioridad que tenían los convenios de empresa en materia salarial, y estableció un plazo máximo de un año para que se adaptaran. Como Alcor no lo hizo, sus tablas son ilegales.
Analogía práctica: Imagina que en tu comunidad de vecinos se pacta un precio para el portero, pero luego el ayuntamiento fija un salario mínimo superior. El juez dice que el pacto privado no puede estar por debajo de la norma general. Eso es lo que ha pasado aquí.
Impacto en los trabajadores: Los vigilantes de Alcor Seguridad que trabajaron en 2021 y años siguientes pueden reclamar las diferencias salariales. El convenio estatal establece subidas que pueden alcanzar el 10% respecto a las tablas de empresa. Además, la sentencia sienta precedente para otros casos similares en el sector.
¿Cómo actuar? 1) Revisa tus nóminas de 2021 en adelante. 2) Solicita a la empresa el recálculo de tu salario conforme al convenio estatal. 3) Si la empresa se niega, acude a un abogado laboralista o a tu sindicato. 4) Puedes presentar una reclamación ante la Inspección de Trabajo o una demanda individual.
Errores comunes: Pensar que la sentencia solo afecta a 2021. No, el criterio se aplica a todo el periodo en que el convenio de empresa estuvo vigente después de la reforma. Otro error es creer que el convenio estatal no es aplicable porque Alcor tiene su propio convenio. La ley dice lo contrario: el convenio sectorial prevalece en salarios.
Previsión futura: Esta sentencia unifica criterio para todo el país. Se espera que otras empresas del sector ajusten sus tablas voluntariamente para evitar demandas. En los próximos 12-24 meses, veremos un incremento de reclamaciones y posibles acuerdos extrajudiciales.
Recursos útiles: Plantilla de reclamación salarial (descarga en nuestro portal) y calculadora de diferencias retributivas. No dejes pasar el plazo de prescripción de un año desde que pudiste reclamar.
