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Actualización de módulos económicos para formación en contratos de alternancia

Actualización de módulos económicos para formación en contratos de alternancia

BOE: La Dirección General del SEPE actualiza los módulos económicos de formación en alternancia a 10,1 y 6,3 euros por hora según el IPC.

Impacto: Resolución de 31 de marzo de 2026, de la Dirección General del Servicio Público de Empleo Estatal, por la que se actualizan los módulos económicos para el cálculo de los costes financiables de la actividad formativa del ámbito laboral inherente al contrato de formación en alternancia.

Detalles

  • Tipo de disposición: Resolución de la Dirección General del SEPE
  • Fecha de resolución: 31 de marzo de 2026
  • Nuevos módulos económicos: 10,1 euros/hora (presencial) y 6,3 euros/hora (teleformación)
  • Entrada en vigor: Primer día del mes siguiente a su publicación en el BOE

Contenido

Qué se ha publicado

La Dirección General del Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) ha publicado una resolución, fechada el 31 de marzo de 2026, por la que se actualizan los módulos económicos que sirven para calcular los costes financiables de la actividad formativa en los contratos de formación en alternancia. Esta actualización responde a lo previsto en el Real Decreto 1065/2025 y en la Orden ESS/2518/2013, que establecen que estos módulos pueden ser revisados por resolución del Director General del SEPE.

Por qué puede ser importante

La actualización de los módulos económicos permite que las empresas que formalicen contratos de formación en alternancia puedan financiar la formación mediante bonificaciones en las cotizaciones a la Seguridad Social. Al aumentar las cuantías según la variación del IPC (26,7% entre diciembre de 2013 y diciembre de 2025), se garantiza que los costes formativos se ajusten a la realidad económica actual, mejorando así la calidad de la formación en alternancia.

A quién puede interesar

Esta resolución afecta a todas las empresas que contraten bajo la modalidad de contrato de formación en alternancia, así como a los centros de formación que impartan la actividad formativa vinculada a estos contratos. También interesa a los trabajadores que se beneficien de este tipo de contrato, ya que una mejor financiación de la formación redunda en una mayor calidad formativa.

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Datos clave

  • Módulo presencial: 10,1 euros por hora y participante (anteriormente 8 euros).
  • Módulo a distancia/teleformación: 6,3 euros por hora y participante (anteriormente 5 euros).
  • Base legal: Artículo 8 de la Orden ESS/2518/2013, en desarrollo del Real Decreto 1065/2025 y del Real Decreto-ley 1/2023.
  • Vigencia: Desde el primer día del mes siguiente a la publicación en el BOE.

Qué conviene revisar

Las empresas que tengan previsto formalizar contratos de formación en alternancia deben consultar el texto oficial de la resolución en el BOE para conocer la fecha exacta de entrada en vigor. También conviene revisar los requisitos para aplicar las bonificaciones y la documentación necesaria para justificar los costes formativos. Se recomienda estar atentos a futuras órdenes ministeriales que desarrollen los trámites y requisitos de los centros de formación.

Preguntas frecuentes

¿A partir de cuándo se pueden aplicar los nuevos módulos?

Los contratos de formación en alternancia que tengan derecho a bonificación podrán aplicar las nuevas cuantías desde el día de entrada en vigor de la resolución, que será el primer día del mes siguiente a su publicación en el BOE.

¿Quién puede solicitar estas bonificaciones?

Las empresas que celebren contratos de formación en alternancia conforme a la legislación vigente y que cumplan los requisitos establecidos en el artículo 19.1 del Real Decreto 1065/2025 podrán financiar la actividad formativa mediante bonificaciones en las cotizaciones empresariales a la Seguridad Social.

¿Se actualizarán los módulos periódicamente?

La resolución no establece una periodicidad fija para futuras actualizaciones. No obstante, el artículo 8 de la Orden ESS/2518/2013 permite que el Director General del SEPE pueda actualizar los módulos económicos mediante resolución cuando se considere necesario.

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