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Cuotas en centros españoles en el extranjero para 2026-2027

Cuotas en centros españoles en el extranjero para 2026-2027

BOE: Establece las cuotas y condiciones de pago para alumnos matriculados en centros españoles en el extranjero durante el curso 2026-2027.

Impacto: Orden EFD/480/2026, de 6 de mayo, por la que se fijan las cuotas por servicios, enseñanzas y actividades de carácter complementario en los centros docentes de titularidad del Estado español en el extranjero, durante el curso 2026-2027.

Detalles

  • Fecha de la orden: 6 de mayo de 2026
  • Departamento: Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes
  • Tipo de disposición: Orden ministerial
  • Beneficiarios: Alumnos españoles y extranjeros en centros de titularidad del Estado español en el exterior
  • Plazo de aplicación: Curso 2026-2027

Contenido

Qué se ha publicado

El Boletín Oficial del Estado ha publicado una orden del Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes, con fecha 6 de mayo de 2026, por la que se fijan las cuotas por la prestación de servicios, enseñanzas y actividades de carácter complementario en los centros docentes de titularidad del Estado español situados en el extranjero para el curso 2026-2027. La orden establece las cantidades concretas para cada centro y país, así como las normas generales de pago, reducciones y exenciones.

Por qué puede ser importante

Esta orden es relevante para todas las familias españolas residentes en el extranjero que tengan hijos matriculados o que vayan a matricularse en alguno de estos centros. Las cuotas varían según el país y el centro, y la orden también detalla las condiciones para obtener descuentos por familia numerosa o por necesidades económicas especialmente gravosas. Además, establece el procedimiento de pago y las consecuencias del impago.

A quién puede interesar

Principalmente afecta a los alumnos españoles y extranjeros que cursan estudios en centros educativos de titularidad del Estado español fuera del territorio español. También interesa a sus responsables legales, a las consejerías de educación en el exterior y al personal de estos centros. De forma indirecta, puede interesar a quienes estén considerando la posibilidad de trasladarse al extranjero con hijos en edad escolar y quieran conocer los costes asociados a la educación en centros españoles oficiales.

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Datos clave

  • Cuotas por país: Se establecen cuantías específicas para cada centro, como por ejemplo 6.447.340 pesos en Bogotá, 469 euros en Neuilly-sur-Seine (Francia), o 356 euros en Lisboa.
  • Reducciones por hermanos: Se aplican descuentos del 50% a partir del tercer hijo matriculado en el mismo centro, y del 100% a partir del quinto, en función del orden de matriculación.
  • Familias numerosas: Los miembros de la unidad familiar que cumplan los requisitos pueden obtener reducciones del 50% por cada hijo (hasta cuatro) o del 100% (cinco o más), siempre que sean nacionales de España, la UE o el EEE.
  • Exención por necesidades económicas gravosas: El consejero de educación puede autorizar reducciones o exenciones en casos excepcionales, limitadas al 2% del alumnado del centro y con una duración máxima de un curso, no prorrogable por más de dos años consecutivos.

Qué conviene revisar

Las familias interesadas deben consultar el anexo completo de la orden para conocer la cuota exacta que corresponde a su centro y etapa educativa. Es importante revisar las fechas de pago, que varían según el país (pago único, trimestral, o en dos plazos). También conviene valorar si se cumplen las condiciones para solicitar alguna de las reducciones previstas y, en su caso, presentar la documentación requerida a la consejería de educación correspondiente.

Preguntas frecuentes

¿Se pueden devolver las cuotas si no se utiliza el servicio?

La orden indica que no procederá la devolución de las cantidades abonadas, salvo que se haya producido un error en la cantidad abonada o que la consejería de educación determine circunstancias excepcionales e imprevisibles que justifiquen la retroacción de la matriculación.

¿Qué ocurre si no se pagan las cuotas?

En caso de impago, la persona responsable recibe una notificación y dispone de 15 días para satisfacer la deuda. Si no lo hace, el alumno perderá el derecho a participar durante el curso corriente y los siguientes en las actividades financiadas con esas cuotas, hasta que se abonen todos los pagos pendientes.

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¿Cómo se solicitan las reducciones por necesidades económicas?

Se debe presentar una solicitud motivada al consejero de educación, alegando necesidades económicas especialmente gravosas. El consejero evaluará las circunstancias y podrá autorizar una reducción o exención, que como máximo afectará al 2% del alumnado del centro y no podrá concederse por más de dos cursos consecutivos.

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