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Subvenciones directas para exhumación de víctimas de la Guerra Civil

Subvenciones directas para exhumación de víctimas de la Guerra Civil

BOE: Regula la concesión directa de subvenciones para la búsqueda, exhumación e identificación de restos de víctimas de la Guerra Civil y la dictadura.

Impacto: Real Decreto 453/2026, de 3 de junio, por el que se regula la concesión directa de subvenciones a favor de determinadas entidades locales y de la Federación Española de Municipios y Provincias, para la realización de actuaciones de búsqueda, localización, exhumación y, en su caso, identificación de restos de personas víctimas de la Guerra de España y la dictadura.

Detalles

  • Fecha de publicación: El real decreto entra en vigor el día siguiente al de su publicación en el BOE (3 de junio de 2026).
  • Departamento: Ministerio de Política Territorial y Memoria Democrática.
  • Tipo de disposición: Real Decreto de concesión directa de subvenciones.
  • Importe total: 1.350.000 euros, distribuidos entre varias entidades locales y la FEMP.
  • Plazo de ejecución: Un año desde la notificación de la resolución de concesión.

Contenido

Qué se ha publicado

El Boletín Oficial del Estado ha publicado el Real Decreto de 3 de junio de 2026, del Ministerio de Política Territorial y Memoria Democrática, por el que se regula la concesión directa de subvenciones a favor de determinadas entidades locales y de la Federación Española de Municipios y Provincias (FEMP) para la realización de actuaciones de búsqueda, localización, exhumación y, en su caso, identificación de restos de personas víctimas de la Guerra de España y la dictadura. La norma se dicta al amparo de la Ley 20/2022, de 19 de octubre, de Memoria Democrática, y desarrolla el artículo 16 de dicha ley sobre la búsqueda de personas desaparecidas.

Por qué puede ser importante

Este real decreto responde a la necesidad de llevar a cabo políticas públicas de memoria democrática, en cumplimiento del principio de reparación de las víctimas. Las subvenciones están destinadas a financiar trabajos de investigación, prospección, exhumación, identificación genético-forense y dignificación de fosas comunes. Se trata de una actuación coordinada entre la Administración General del Estado, las entidades locales y la FEMP, con el objetivo de avanzar en la localización e identificación de personas desaparecidas durante la Guerra Civil y la dictadura franquista.

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A quién puede interesar

La norma afecta directamente a las entidades locales beneficiarias: las diputaciones provinciales de A Coruña y Zaragoza, los ayuntamientos de Aspe (Alicante), Colmenar Viejo (Madrid), Gandía (Valencia) y Palma del Río (Córdoba), así como a la FEMP. También interesa a familiares de víctimas, asociaciones memorialistas, técnicos en arqueología forense, antropología y genética, y a todas las administraciones públicas implicadas en la ejecución de estas políticas.

Datos clave

  • Objeto: Concesión directa de subvenciones para actuaciones de búsqueda, exhumación e identificación de restos de víctimas.
  • Beneficiarios: Diputación de A Coruña (50.000 €), Diputación de Zaragoza (50.000 €), Ayuntamiento de Aspe (50.000 €), Ayuntamiento de Colmenar Viejo (50.000 €), Ayuntamiento de Gandía (50.000 €), Ayuntamiento de Palma del Río (100.000 €) y FEMP (1.000.000 €).
  • Presupuesto total: 1.350.000 euros, con cargo al presupuesto del Ministerio de Política Territorial y Memoria Democrática.
  • Plazo de solicitud: Diez días desde la entrada en vigor del real decreto, mediante registro electrónico en la sede del ministerio.
  • Plazo de ejecución: Un año desde la notificación de la resolución de concesión.

Qué conviene revisar

Las entidades beneficiarias deben presentar la solicitud en el plazo de diez días, acompañada de la documentación requerida (declaraciones responsables, presupuesto estimativo, etc.). Es importante que verifiquen el cumplimiento de los requisitos y que se mantengan al corriente de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social, ya que el pago se realiza de forma anticipada. También deben preparar la justificación final de los gastos en los tres meses siguientes a la finalización de las actuaciones.

Preguntas frecuentes

¿Qué tipo de actuaciones se financian?

Se financian trabajos de investigación histórica, prospección, exhumación, análisis antropológico forense, identificación genética, dignificación de espacios y retirada de vestigios, según se detalla en el artículo 3 del real decreto.

¿Pueden solicitar la subvención otras entidades locales?

No, la concesión es directa y las entidades beneficiarias están expresamente enumeradas en el real decreto (artículo 3). No se abre un procedimiento de concurrencia pública.

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¿Las subvenciones son compatibles con otras ayudas?

Sí, siempre que la suma de todas las ayudas no supere el coste total de la actividad subvencionada (artículo 4.2).

¿Qué ocurre si se incumplen las condiciones?

Se aplicarán los criterios de reintegro del artículo 10, que incluyen desde un 10 % por demora en la justificación hasta el 100 % por falseamiento de datos o incumplimiento total de los fines.

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