InfoBOE

BOE fácil, claro y siempre actualizado.

InfoBOE

BOE fácil, claro y siempre actualizado.

Servicios mínimos en el sector eléctrico durante la huelga del metal en La Coruña

Servicios mínimos en el sector eléctrico durante la huelga del metal en La Coruña

BOE: Establece servicios mínimos obligatorios en empresas eléctricas de La Coruña para garantizar el suministro durante la huelga.

Impacto: Orden TED/602/2026, de 12 de junio, por la que se establecen servicios mínimos de manera que quede garantizado el suministro de energía eléctrica, la seguridad de las personas y la seguridad de las instalaciones, ante la huelga que afectará a todas las empresas del sector del convenio colectivo del metal de la provincia de A Coruña, los días 16, 17 y 30 de junio y 2 de julio de 2026.

Detalles

  • Fecha de la resolución: 12 de junio de 2026
  • Departamento: Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico
  • Ámbito geográfico: Provincia de La Coruña
  • Fechas de la huelga: 16, 17 y 30 de junio y 2 de julio de 2026

Contenido

Qué se ha publicado

El 12 de junio de 2026, la Vicepresidenta Tercera del Gobierno y Ministra para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico ha dictado una resolución que establece los servicios mínimos durante la huelga convocada por el sindicato CIG Industria, que afectará a todas las empresas del sector del convenio colectivo del metal de la provincia de La Coruña los días 16, 17 y 30 de junio y 2 de julio de 2026.

La huelga afecta a todas las personas trabajadoras incluidas en el Convenio Provincial Siderometalúrgica de La Coruña. Dado que entre las empresas afectadas se encuentran las de producción, transporte y distribución de energía eléctrica, resulta de aplicación el Real Decreto 1170/1988, de 7 de octubre, sobre prestación de servicios mínimos en las Empresas afectas al servicio público de suministro de energía eléctrica ante situaciones de huelga.

El artículo 2 de dicho real decreto establece que se mantendrán los niveles operativos reglamentarios necesarios para garantizar la seguridad de las personas y bienes en todas las instalaciones afectas al servicio público de suministro de energía eléctrica. Asimismo, autoriza a la Delegación del Gobierno en la Explotación del Sistema Eléctrico a determinar la disponibilidad de las instalaciones de generación, transporte y distribución para garantizar la continuidad del suministro.

Leer  Reconocimiento créditos formación médicos: equivalencia UE-España hasta 2029

Por qué puede ser importante

El suministro de energía eléctrica es un servicio esencial para la sociedad. Durante una huelga, es necesario asegurar que no se interrumpa el suministro, especialmente en instalaciones críticas para la seguridad del sistema eléctrico nacional. Esta resolución viene a concretar los servicios mínimos que deben prestar las empresas eléctricas afectadas, basándose en el informe del operador del sistema (Red Eléctrica de España) y en las propuestas de las propias empresas. La resolución detalla obligaciones concretas, como la plena disponibilidad del ciclo combinado de Sabón 3 y la parte disponible del ciclo combinado de Puentes 5, la reposición de instalaciones de transporte fuera de servicio que admitan reposición, y el mantenimiento de centros de control y brigadas de reparación.

A quién puede interesar

Principalmente, a las empresas eléctricas con actividades de generación, transporte y distribución en la provincia de La Coruña, así como a sus trabajadores afectados por la huelga. También a los consumidores de electricidad de la zona, que verán garantizado el suministro gracias a estos servicios mínimos. Además, puede interesar a los sindicatos convocantes y a otras empresas del sector del metal de La Coruña que no sean eléctricas, aunque la resolución solo se aplica a las empresas eléctricas incluidas en el ámbito del Real Decreto 1170/1988.

Datos clave

  • Resolución: De 12 de junio de 2026, de la Vicepresidenta Tercera del Gobierno y Ministra para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico.
  • Objeto: Establecer servicios mínimos durante la huelga del metal en La Coruña que afecta a empresas eléctricas.
  • Fechas de huelga: 16, 17 y 30 de junio y 2 de julio de 2026.
  • Instalaciones obligadas: Ciclo combinado de Sabón 3 y parte del ciclo combinado de Puentes 5 sin indisponibilidad declarada.
  • Otros requisitos: Reposición de instalaciones de transporte fuera de servicio, disponibilidad de centros de control, retenes y brigadas.

Qué conviene revisar

Las empresas afectadas deben consultar el texto completo de la resolución para conocer con detalle sus obligaciones, incluyendo las plantillas mínimas detalladas en el anexo (que se refieren a Endesa Generación, SA, y sus contratas en la central de As Pontes y Ferrol). Los trabajadores deben conocer que la huelga está convocada y que se han establecido servicios mínimos que limitan el derecho de huelga para garantizar el suministro eléctrico. Es recomendable que tanto empresas como trabajadores se pongan en contacto con sus representantes legales o sindicales para aclarar dudas sobre la aplicación de estos servicios mínimos.

Leer  Lista de 19 aprobados en oposiciones para Letrados de Seguridad Social 2025

Preguntas frecuentes

¿Qué empresas están obligadas a cumplir estos servicios mínimos?

Las empresas de producción, transporte y distribución de energía eléctrica que tengan personal afectado por la huelga del metal en la provincia de La Coruña, de acuerdo con el artículo 1 del Real Decreto 1170/1988. El anexo de la resolución detalla las plantillas necesarias para Endesa Generación, SA, en sus centros de trabajo en As Pontes y Ferrol.

¿Pueden los trabajadores negarse a realizar los servicios mínimos?

No, los servicios mínimos son obligatorios para garantizar un servicio esencial. La resolución los establece basándose en la legislación vigente. El incumplimiento puede tener consecuencias legales.

¿Qué ocurre si una empresa no cumple con los servicios mínimos?

La resolución no especifica sanciones, pero la normativa general sobre huelgas en servicios esenciales prevé la posibilidad de sanciones administrativas o incluso la declaración de ilegalidad de la huelga.

¿Dónde puedo consultar el texto oficial de esta resolución?

El texto completo se publica en el Boletín Oficial del Estado (BOE). Se puede consultar en la sede electrónica del BOE (www.boe.es) con el identificador correspondiente, que no se ha especificado en la información disponible.

Servicios mínimos en el sector eléctrico durante la huelga del metal en La Coruña
Scroll to top