Nueva resolución con la lista de deportistas de alto nivel reconocidos
BOE: Reconoce a 338 deportistas como de alto nivel, otorgándoles los beneficios previstos en el Real Decreto 971/2007.
Impacto: Resolución de 11 de junio de 2026, de la Presidencia del Consejo Superior de Deportes, sobre la relación de deportistas de alto nivel correspondiente al segundo listado del año 2026.
Detalles
- Fecha de publicación: 11 de junio de 2026
- Departamento: Consejo Superior de Deportes
- Tipo de disposición: Resolución
- Número de deportistas reconocidos: 338 (según el anexo)
Contenido
Qué se ha publicado
El BOE ha publicado una resolución del Presidente del Consejo Superior de Deportes, José Manuel Rodríguez Uribes, de fecha 11 de junio de 2026, por la que se determina la relación de deportistas que han cumplido los criterios de integración para obtener la calificación de alto nivel. Esta resolución se dicta en aplicación del Real Decreto 971/2007, de 13 de julio, sobre deportistas de alto nivel y de alto rendimiento, y atendiendo a la propuesta elevada por la Subcomisión Técnica de Seguimiento de Alto Nivel en su sesión del 2 de junio de 2026.
Por qué puede ser importante
La publicación de esta lista es relevante porque los deportistas incluidos gozan de la consideración de alto nivel, lo que les permite acceder a los beneficios que la normativa asigna a dicha calificación. Aunque la resolución no detalla cuáles son esos beneficios, el marco legal (Real Decreto 971/2007) establece ventajas en ámbitos como el educativo, laboral o fiscal. Para los deportistas reconocidos, esta resolución supone un aval oficial de su estatus deportivo.
A quién puede interesar
Esta publicación interesa directamente a los deportistas que aparecen en el anexo, así como a sus federaciones deportivas. También puede ser de utilidad para entrenadores, centros de alto rendimiento y organismos públicos o privados que gestionen programas de apoyo al deporte de élite. Además, es relevante para quienes participan en procesos administrativos relacionados con becas, exenciones académicas o ventajas laborales vinculadas al alto nivel deportivo.
Datos clave
- Número de deportistas: La resolución incluye un anexo con 338 deportistas, aunque el listado podría continuar.
- Deportes representados: En el extracto del anexo aparecen disciplinas como judo, hockey, vela, petanca, motociclismo, rugby, triatlón, ciclismo, atletismo, montaña y escalada, kárate, patinaje, automovilismo, ajedrez, salvamento y socorrismo, pelota, gimnasia, natación, surfing, baile deportivo, bádminton, tenis de mesa, kickboxing y muaythai, actividades subacuáticas, halterofilia, piragüismo, tenis, fútbol, pentatlón moderno, deportes de hielo, hípica, boxeo, taekwondo, aeronáutica y luchas olímpicas.
- Marco legal: Real Decreto 971/2007, de 13 de julio.
- Órgano emisor: Presidencia del Consejo Superior de Deportes.
Qué conviene revisar
Los deportistas interesados deben comprobar que aparecen en el anexo oficial de la resolución. También es recomendable consultar el texto completo del Real Decreto 971/2007 para conocer los beneficios concretos asociados a la calificación de alto nivel. Para cualquier incidencia, se puede contactar con el Consejo Superior de Deportes o con la federación correspondiente. Se debe estar atento a posibles futuras resoluciones que actualicen o complementen esta lista.
Preguntas frecuentes
¿Qué implica ser deportista de alto nivel?
La calificación de alto nivel, regulada en el Real Decreto 971/2007, otorga una serie de beneficios que pueden incluir facilidades educativas, laborales, fiscales o de acceso a centros de alto rendimiento. La resolución publicada reconoce que los deportistas incluidos cumplen los criterios para gozar de esa consideración.
¿Cómo se ha elaborado la lista?
La Subcomisión Técnica de Seguimiento de Alto Nivel, en su sesión del 2 de junio de 2026, elevó una propuesta al Presidente del Consejo Superior de Deportes, quien dictó la resolución. Los criterios de integración son los establecidos en el Real Decreto 971/2007.
¿Puedo solicitar la inclusión si no aparezco en la lista?
La resolución no recoge ningún procedimiento de reclamación o solicitud. Se recomienda consultar con la federación deportiva correspondiente o con el Consejo Superior de Deportes para conocer los pasos a seguir.
¿Dónde puedo consultar el anexo completo?
El anexo se publica en el BOE junto con la resolución. Se puede acceder al texto oficial a través de la sede electrónica del BOE.
