Modificados los modelos 210 y 296 del IRNR para dividendos y rentas inmobiliarias
BOE: Actualiza los modelos 210 y 296 del IRNR con nuevos campos para dividendos y rentas inmobiliarias, modificando plazos.
Impacto: Orden HAC/623/2026, de 12 de junio, por la que se modifican la Orden EHA/3316/2010, de 17 de diciembre, por la que se aprueban los modelos de autoliquidación 210, 211 y 213 del Impuesto sobre la Renta de No Residentes, que deben utilizarse para declarar las rentas obtenidas sin mediación de establecimiento permanente, la retención practicada en la adquisición de bienes inmuebles a no residentes sin establecimiento permanente y el gravamen especial sobre bienes inmuebles de entidades no residentes, y se establecen las condiciones generales y el procedimiento para su presentación y otras normas referentes a la tributación de no residentes; la Orden EHA/3290/2008, de 6 de noviembre, por la que se aprueban el modelo 216 «Impuesto sobre la Renta de No Residentes. Rentas obtenidas sin mediación de establecimiento permanente. Retenciones e ingresos a cuenta. Declaración-documento de ingreso» y el modelo 296 «Impuesto sobre la Renta de No Residentes. No residentes sin establecimiento permanente. Declaración anual de retenciones e ingresos a cuenta»; y la Orden EHA/1658/2009, de 12 de junio, por la que se establecen el procedimiento y las condiciones para la domiciliación del pago de determinadas deudas cuya gestión tiene atribuida la Agencia Estatal de Administración Tributaria.
Detalles
- Fecha de publicación: 12 de junio de 2026 (BOE)
- Departamento: Ministerio de Hacienda
- Tipo de disposición: Orden ministerial
- Ámbito: Impuesto sobre la Renta de no Residentes (modelos 210 y 296)
- Aplicación: Primera vez para modelo 296 en ejercicio 2026 (presentación 2027) y para modelo 210 desde enero de 2027
Contenido
Qué se ha publicado
El BOE ha publicado una orden del Ministerio de Hacienda, de 12 de junio de 2026, que modifica los modelos de autoliquidación y declaración informativa del Impuesto sobre la Renta de no Residentes (IRNR). Concretamente, se actualizan el modelo 210 (autoliquidación para rentas obtenidas sin establecimiento permanente) y el modelo 296 (declaración anual de retenciones). También se ajustan los plazos de presentación telemática con domiciliación de pago.
Por qué puede ser importante
Estos cambios afectan a todos los contribuyentes no residentes que obtienen rentas en España, así como a las entidades retenedoras. La orden introduce nuevos campos y anexos para mejorar el control fiscal de los dividendos y las rentas inmobiliarias. Además, modifica los plazos de presentación para ciertos tipos de renta, lo que obliga a revisar los calendarios habituales de declaración.
A quién puede interesar
Principalmente a personas físicas y jurídicas no residentes que perciben dividendos de entidades españolas, o que poseen inmuebles en España y obtienen rentas por arrendamiento o imputación. También a las entidades financieras y retenedoras que deben presentar el modelo 296 anualmente. Los asesores fiscales y gestores administrativos deben conocer los nuevos campos y plazos para asesorar correctamente.
Datos clave
- Nuevo anexo en modelo 210: Desglose de dividendos cuando se agrupen varios pagos de una misma entidad.
- Nuevas casillas: Clave de mercado (A, B, C, D, E), Código LEI y Código ISIN.
- Rentas inmobiliarias: Se crea un anexo de desglose de gastos deducibles y se añaden casillas para número de días y cuota de participación.
- Modelo 296: Se añade el campo ‘Clave de personalidad del titular registral’ (F o J) en el anexo de valores negociables.
- Plazos modificados: Las autoliquidaciones de rentas inmobiliarias con resultado a ingresar se presentan en abril del año siguiente (antes trimestral).
Qué conviene revisar
Los contribuyentes no residentes y sus representantes deben consultar el texto oficial de la orden para conocer todos los detalles de los nuevos campos. Es recomendable verificar si los sistemas informáticos de gestión tributaria están actualizados para incluir las nuevas casillas y anexos. También hay que tener en cuenta las fechas de primera aplicación: el modelo 296 se aplica desde el ejercicio 2026, mientras que el modelo 210 con los cambios formales se exige desde el 1 de enero de 2027. Los plazos para rentas inmobiliarias agrupadas ya afectan a devengos de 2026.
Preguntas frecuentes
¿Cuándo entran en vigor los nuevos modelos?
La orden entra en vigor al día siguiente de su publicación (13 de junio de 2026), pero la nueva versión del modelo 210 no será obligatoria hasta el 1 de enero de 2027. El modelo 296 se aplica por primera vez a la declaración del ejercicio 2026, que se presenta en 2027.
¿Qué cambios hay en el modelo 210 para dividendos?
Se añade un anexo de desglose de dividendos para cuando se agrupen varios pagos de una misma entidad. Además, se incorporan las casillas Clave de mercado, Código LEI y Código ISIN para identificar correctamente los valores.
¿A quién afecta la modificación de plazos para rentas inmobiliarias?
Afecta a los no residentes que obtienen rentas imputadas de inmuebles urbanos o rendimientos por arrendamiento/subarrendamiento con resultado a ingresar. A partir de 2026, estas autoliquidaciones deben presentarse en los veinte primeros días de abril del año siguiente, en lugar del plazo trimestral anterior.
