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Planificación del sistema de acogida de protección internacional para 2026-2027

Planificación del sistema de acogida de protección internacional para 2026-2027

BOE: Planifica la acogida de protección internacional para julio 2026-junio 2027 con un presupuesto de 353,6 millones de euros.

Impacto: Resolución de 23 de junio de 2026, de la Dirección General de Atención Humanitaria y del Sistema de Acogida de Protección Internacional, por la que se establece la planificación estructural de prestaciones, actuaciones o servicios para el programa de atención humanitaria para su gestión mediante acción concertada.

Detalles

  • Fecha de publicación: 23 de junio de 2026
  • Departamento: Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones – Dirección General de Atención Humanitaria y del Sistema de Acogida de Protección Internacional
  • Ámbito temporal: Del 1 de julio de 2026 al 30 de junio de 2027
  • Presupuesto total: 353.621.878 euros

Contenido

Qué se ha publicado

El Boletín Oficial del Estado ha publicado la Resolución de la Dirección General de Atención Humanitaria y del Sistema de Acogida de Protección Internacional, de 23 de junio de 2026, por la que se planifican las necesidades del sistema de acogida en materia de protección internacional y los programas de atención humanitaria para el periodo comprendido entre julio de 2026 y junio de 2027. Esta resolución se enmarca en la gestión mediante acción concertada, conforme al Real Decreto 220/2022 y la Orden ISM/680/2022.

Por qué puede ser importante

La planificación establece las actuaciones, prestaciones y servicios necesarios para atender a las personas solicitantes de protección internacional y a migrantes en situación de vulnerabilidad. Al detallar el número de plazas, los precios de referencia y los márgenes de variación, permite a las entidades autorizadas organizar con antelación la prestación de servicios de acogida. Además, el presupuesto total ascendente a 353.621.878 euros refleja la magnitud de la inversión pública en estos programas.

A quién puede interesar

Esta publicación afecta a las entidades sociales y organizaciones que gestionan recursos de acogida mediante acción concertada, así como a las administraciones responsables del sistema. También interesa a las personas solicitantes de protección internacional o que reciben atención humanitaria, aunque la resolución no modifica directamente sus derechos. Por último, es relevante para cualquier ciudadano interesado en la gestión migratoria y de asilo en España.

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Datos clave

  • Tipo de disposición: Resolución de la Dirección General
  • Ámbito temporal: 1 de julio de 2026 a 30 de junio de 2027
  • Presupuesto estimado: 353.621.878 euros
  • Precios de referencia por plaza/día: Desde 42 euros (acogida integral tarifa 1) hasta 72 euros (trata/salud mental)
  • Márgenes de variación: Hasta el 15% en servicios y gastos, y posibilidad de reconvertir asignaciones previa autorización

Qué conviene revisar

Se recomienda a las entidades interesadas consultar el texto oficial completo para verificar las condiciones específicas de los márgenes de variación y los requisitos para solicitar autorización. También es prudente estar atentos a futuras resoluciones de asignación, que detallarán las entidades concretas que ejecutarán los servicios. El texto íntegro está disponible en el BOE y en la sede electrónica del Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones.

Preguntas frecuentes

¿Qué es la acción concertada en este contexto?

La acción concertada es un instrumento de gestión indirecta de servicios sociales, regulado en el artículo 11.6 de la Ley 9/2017 y en el Real Decreto 220/2022, que permite prestar servicios de acogida sin necesidad de celebrar contratos públicos, mediante la autorización a entidades.

¿Cuándo entra en vigor esta resolución?

Surte efectos desde el día siguiente a su publicación en el BOE, que tuvo lugar el 23 de junio de 2026.

¿Cómo se financian estos servicios?

Podrán ser cofinanciados con el Fondo Social Europeo Plus (FSE+) y el Fondo de Asilo, Migración e Integración (FAMI), según consta en la resolución.

¿Qué tipo de prestaciones incluye la planificación?

Incluye acogida integral (tarifas 1 y 2), acogida para personas vulnerables, plazas de frontera, atención a víctimas de trata/salud mental, costas, traslados, atención en grandes ciudades y atención sociosanitaria en CETI.

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