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Nuevos módulos optativos de formación profesional sobre construcción industrializada en vivienda

Nuevos módulos optativos de formación profesional sobre construcción industrializada en vivienda

BOE: Establece un repertorio de módulos profesionales optativos de 80 horas sobre construcción industrializada de vivienda para grado superior.

Impacto: Resolución de 18 de junio de 2026, de la Secretaría General de Formación Profesional, por la que se incluye el módulo profesional en «Profundización en el proceso de construcción industrializada en la vivienda» dentro del repertorio de módulos profesionales optativos de formación profesional para el ámbito de gestión del Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes.

Detalles

  • Fecha de la resolución: 18 de junio de 2026
  • Departamento: Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes
  • Tipo de disposición: Resolución
  • Módulo optativo creado: Profundización en el proceso de construcción industrializada en la vivienda (código 1885, 80 horas, 8 ECTS)
  • Ciclos formativos destinatarios: Técnico Superior en Organización y Control de Obras de Construcción y Técnico Superior en Proyectos de Edificación (grado superior, familia Edificación y Obra Civil)

Contenido

Qué se ha publicado

El 18 de junio de 2026, la Secretaría General de Formación Profesional ha publicado una resolución en el Boletín Oficial del Estado (BOE) por la que se establece un nuevo repertorio de módulos profesionales optativos para el ámbito de gestión del Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes. En concreto, se crea el módulo optativo «Profundización en el proceso de construcción industrializada en la vivienda», con código 1885, una duración de 80 horas y una equivalencia de 8 créditos ECTS. Este módulo se destina a los ciclos formativos de grado superior de la familia profesional de Edificación y Obra Civil: Técnico Superior en Organización y Control de Obras de Construcción y Técnico Superior en Proyectos de Edificación.

Por qué puede ser importante

Este módulo optativo responde a la demanda de formación especializada en construcción industrializada, un sector en crecimiento que busca mejorar la eficiencia, la sostenibilidad y la digitalización en el proceso edificatorio. La resolución desarrolla lo previsto en el Real Decreto 659/2023 y en las órdenes curriculares de grado medio y superior, permitiendo a los centros educativos ofrecer una formación más alineada con las necesidades del mercado laboral. La inclusión de contenidos como BIM, eficiencia energética, logística de componentes industrializados y economía circular dota a los estudiantes de competencias avanzadas.

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A quién puede interesar

Esta disposición afecta principalmente a los centros educativos dependientes del Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes en las Ciudades Autónomas de Ceuta y Melilla, el Instituto Español Juan de la Cierva y el Centro Integrado de Enseñanzas Regladas a Distancia (CIDEAD). También interesa a los estudiantes y docentes de los ciclos de grado superior de Edificación y Obra Civil, así como a los profesionales del sector de la construcción que buscan actualizar sus conocimientos. Las empresas del ámbito de la construcción industrializada podrán encontrar en este módulo un perfil formativo ajustado a sus necesidades.

Datos clave

  • Tipo de disposición: Resolución de la Secretaría General de Formación Profesional.
  • Fecha: 18 de junio de 2026 (fecha de la resolución).
  • Módulo optativo: Profundización en el proceso de construcción industrializada en la vivienda (código 1885).
  • Duración: 80 horas (8 créditos ECTS).
  • Ciclos formativos: Técnico Superior en Organización y Control de Obras de Construcción y Técnico Superior en Proyectos de Edificación.
  • Atribución docente: Cuerpo de profesores de secundaria, especialidades de Construcciones Civiles y Edificación (104) y Oficina de proyectos de construcción (212).

Qué conviene revisar

Los centros educativos interesados en implantar este módulo optativo deben consultar el anexo completo de la resolución para conocer los resultados de aprendizaje y criterios de evaluación detallados. Se recomienda revisar la normativa de referencia -Real Decreto 659/2023 y las órdenes EFD/659/2024 y EFD/657/2024- para entender el marco general de la optatividad. Dado que la resolución surte efectos desde el día siguiente a su publicación, los centros pueden comenzar a planificar su oferta para el próximo curso académico.

Preguntas frecuentes

¿Este módulo es obligatorio?

No, se trata de un módulo optativo dentro de la parte de optatividad que deben incluir los ciclos formativos de grado medio y superior. Los centros pueden elegir incluirlo en su oferta si lo consideran adecuado para su alumnado.

¿Quién puede impartir este módulo?

Según la resolución, la atribución docente corresponde al cuerpo de profesores de secundaria de las especialidades de Construcciones Civiles y Edificación (104) y Oficina de Proyectos de Construcción (212).

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¿A qué ciclos formativos se dirige?

Está destinado a los ciclos de grado superior de la familia de Edificación y Obra Civil: Técnico Superior en Organización y Control de Obras de Construcción y Técnico Superior en Proyectos de Edificación.

¿Dónde se puede consultar el texto oficial?

El texto completo de la resolución se publica en el Boletín Oficial del Estado. No se ha proporcionado una URL específica en la información disponible.

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