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Nuevo convenio para enseñanza no reglada: mejoras salariales y condiciones hasta 2027

Actualización del marco laboral educativo

El Boletín Oficial del Estado publica el X Convenio Colectivo de Enseñanza y Formación No Reglada, fruto de la negociación entre organizaciones empresariales (CECAP, CECE, ACADE-FECEI, ANCYPEL) y sindicatos (FECCOO, UGT). Este instrumento legal actualiza las condiciones laborales de un sector en constante transformación, incorporando aspectos como la digitalización y nuevas modalidades de contratación. Sustituye al anterior convenio vigente desde 1994, adaptándose a los cambios pedagógicos y tecnológicos de las últimas décadas.

¿Qué cambios legislativos o normativos se han publicado recientemente?

Se aprueba un nuevo convenio colectivo que regula las condiciones laborales en el sector de enseñanza no reglada, estableciendo jornadas diferenciadas por grupos profesionales, nuevos modelos de contratación formativa y compensaciones por teletrabajo.

¿A quién afecta la nueva normativa y en qué aspectos?

Afecta a trabajadores de centros privados de formación no reglada (idiomas, capacitación profesional, academias técnicas), impactando en su jornada laboral, salarios, modalidades contractuales y derechos de conciliación. Excluye expresamente a centros autorizados para impartir enseñanza reglada.

¿Cuáles son los plazos de entrada en vigor?

Entra en vigor tras su publicación en el BOE, con efectos económicos retroactivos al 1 de enero de 2024. Las empresas disponen de tres meses para liquidar diferencias salariales. Su vigencia se extiende hasta el 31 de diciembre de 2027.

¿Qué obligaciones o derechos nuevos surgen para ciudadanos o empresas?

Derecho a compensación de 22€/mes por teletrabajo regular, obligación de conversión a fijos tras 18 meses de contratación temporal, y nuevos procedimientos para movilidad funcional entre grupos profesionales. Las empresas deben constituir una Comisión Paritaria en el mes siguiente a la publicación.

¿Dónde consultar el texto oficial y sus resúmenes?

El texto íntegro está disponible en el Boletín Oficial del Estado. Resúmenes ejecutivos pueden consultarse en los portales de las organizaciones firmantes (CECE, FECCOO) y en el servicio de alertas del Ministerio de Trabajo.

¿Cómo recibir alertas o notificaciones de futuras actualizaciones?

Mediante suscripción al sistema de alertas del BOE o a través de los canales de comunicación sindical (FECCOO, UGT Servicios Públicos). La Comisión Paritaria publicará actualizaciones interpretativas en su sede de Madrid.

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Detalles de la clasificación profesional

El convenio establece cuatro grupos profesionales con funciones específicas. El Grupo I (docentes) incluye profesores titulares, de taller y auxiliares con jornada anual máxima de 1,446 horas. El Grupo II (administrativos) abarca desde directores administrativos hasta auxiliares, con 1,715 horas anuales. Los Grupos III (servicios generales) y IV (titulados no docentes) completan la estructura organizativa. Cada grupo tiene requisitos formativos y responsabilidades diferenciadas, siendo posible la movilidad funcional dentro del mismo grupo.

Novedades en contratación y teletrabajo

Se regulan contratos formativos con retribuciones del 65-90% del salario base según duración. Para teletrabajo regular (más del 30% de jornada), se garantiza compensación de 22€/mes y dotación obligatoria de equipos informáticos. Las empresas deberán elaborar protocolos de evaluación de riesgos para personal remoto en colaboración con los comités de seguridad.

Derechos de conciliación mejorados

Amplía permisos retribuidos: 15 días por matrimonio/uniones de hecho, 5 días por fallecimiento de familiar directo, y hasta 20 horas anuales para consultas médicas propias o de familiares. Introduce excedencias por violencia de género (3-12 meses) con reserva de puesto y confidencialidad garantizada.

Transición y aplicación práctica

Las empresas tienen tres meses desde la publicación para adaptar contratos y liquidar diferencias salariales acumuladas desde enero 2024. La Comisión Paritaria resolverá dudas interpretativas y homologará puestos de trabajo. Los trabajadores deberán verificar su inclusión en el ámbito funcional (centros sin enseñanza reglada) para acceder a los beneficios.

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