Mecanismos de financiación para el pago a proveedores de entidades locales
¿Qué cantidad de fondos se va a repartir y de dónde proceden?
Los recursos provienen del compartimento Fondo de Ordenación del FFEELL, con montos máximos individualizados por entidad local según su deuda certificada antes del 6/6/2025 (Art. 40 RD-Ley 17/2014).
¿Cuáles son los criterios para la distribución?
Prioridad por antigüedad de deudas y cumplimiento del PMP global según Ley 15/2010 contra la morosidad. Excluye deudas judicializadas o con discrepancias contables.
¿Qué entidades son beneficiarias?
Las incluidas en anexos I (régimen obligatorio) y II (voluntario) del Acuerdo CDGAE 5/5/2025, accesibles vía OVEL.
¿Plazos clave del proceso?
Fecha límite para pagos a proveedores: 22/7/2025 (voluntario) y 20/6/2025 (obligatorio). Formalización de préstamos hasta 29/7/2025.
¿Cómo afecta a los proveedores?
Deberán aceptar expresamente el cobro sin intereses mediante certificado digital en plataforma AEAT antes del 18/7/2025 (Art. 40.4 RD-Ley 17/2014).
¿Dónde consultar transparencia?
En la OVEL se publican extractos del acuerdo y estados de implementación, incluyendo retenciones tributarias para incumplidores (Art. 55 TRLHL).
Requisitos técnicos para adhesión
Certificado digital válido (representante legal o Cl@ve PIN con apoderamiento), registro contable unificado en plataforma FFEELL, y aprobación plenaria del plan de ajuste con mayoría simple.
Implicaciones prácticas para ayuntamientos
Los planes de ajuste exigen reducción del 5% en gastos de funcionamiento (capítulos 1-2) desde 2026, alineados con el PIB nominal proyectado (4.8% en 2025). El simulador de la OVEL permite proyectar escenarios financieros hasta 2028.
Consecuencias por incumplimiento
Retenciones automáticas en participaciones tributarias del Estado (mínimo 15% de ingresos mensuales) y exclusión de futuras convocatorias del Fondo de Ordenación.