Subvención para la renovación museográfica del MNAT
El Museo Nacional Arqueológico de Tarragona, custodio del patrimonio de la antigua Tarraco romana declarado Patrimonio de la Humanidad, recibirá una inyección económica de 3,5 millones de euros para transformar su discurso expositivo. Este real decreto, publicado en el BOE, establece un procedimiento excepcional de concesión directa gestionado por la Agència Catalana del Patrimoni Cultural.
¿Qué cantidad de fondos se va a repartir y de dónde proceden?
Se repartirán 3.518.705,51€ procedentes de los presupuestos del Ministerio de Cultura a través de la Gerencia de Infraestructuras y Equipamientos de Cultura.
¿Cuáles son los criterios y mecanismos para la distribución de estos fondos?
La distribución es directa a la Agència Catalana del Patrimoni Cultural por su gestión transferida del MNAT, justificada por interés público y la imposibilidad de convocatoria pública según el artículo 22.2.c de la Ley 38/2003.
¿Qué partidos, entidades o regiones son los principales beneficiarios?
El único beneficiario es la Agència Catalana del Patrimoni Cultural, entidad pública de la Generalitat de Catalunya encargada de ejecutar el proyecto museográfico en Tarragona.
¿En qué plazos se realizará el reparto y cómo se supervisa?
El reparto se hará en dos tramos: 1.127.790,23€ en 2025 y 2.390.915,28€ en 2026. La GIEC supervisará mediante justificaciones parciales (mayo 2026) y auditoría final (marzo 2028).
¿Cómo puede afectar este reparto a la ciudadanía o a mi entorno?
Revitalizará el principal museo arqueológico catalán, mejorando la experiencia de 300.000 visitantes anuales y generando oportunidades para empresas locales de museografía.
¿Existen obligaciones de transparencia o rendición de cuentas en el uso de estos fondos?
Sí, se requiere auditoría externa según el artículo 9.3 y publicación en la Base de Datos Nacional de Subvenciones conforme al Real Decreto 130/2019.
¿Dónde se puede consultar el destino final de los fondos?
En la Base de Datos Nacional de Subvenciones y mediante los informes de auditoría que la entidad beneficiaria debe presentar ante la GIEC.
Detalles técnicos de la subvención
La cuantía total de 3.518.705,51€ cubrirá gastos de personal especializado, producción e instalación de equipamientos museográficos, transporte de bienes culturales, obras vinculadas y dirección técnica. El artículo 4 permite subcontratación hasta el 100% del presupuesto, abriendo oportunidades para empresas del sector cultural.
Procedimiento y plazos clave
La Agència Catalana del Patrimoni Cultural dispone de 15 días tras la entrada en vigor del real decreto para presentar la solicitud electrónica con memoria descriptiva y presupuesto detallado. Tras la resolución (máximo 4 meses), el proyecto debe ejecutarse antes del 31 de diciembre de 2027. Los pagos anticipados requieren justificación parcial antes del 31 de mayo de 2026.
Mecanismos de control y transparencia
La GIEC realizará inspecciones físicas para verificar la ejecución material según el artículo 9.4. Toda publicidad del proyecto debe incluir la imagen institucional del Ministerio de Cultura. El incumplimiento de objetivos o plazos activará procedimientos de reintegro proporcional según el artículo 10.
Contexto histórico y valor patrimonial
El MNAT gestiona 15 yacimientos arqueológicos que testimonian la importancia de Tarraco como capital de la Hispania Citerior. Su declaración como Patrimonio de la Humanidad en 2000 obliga a mantener estándares museográficos de excelencia acordes con otros grandes museos romanos europeos. Esta subvención completa las inversiones previas en rehabilitación arquitectónica del edificio principal.
Impacto cultural y económico
La renovación posicionará al MNAT como referente internacional en interpretación del patrimonio romano, atrayendo nuevo público académico y turístico. Estimaciones sectoriales indican que cada euro invertido en museografía de calidad genera hasta 7€ en impacto económico indirecto en hostelería, comercio y servicios culturales locales.
Pasos siguientes para empresas y profesionales
Dado el alto porcentaje de subcontratación permitido (artículo 4.3), empresas especializadas pueden contactar a la Agència Catalana del Patrimoni Cultural para participar en licitaciones derivadas del proyecto. La convocatoria pública de contratos se realizará según la Ley 9/2017 de Contratos del Sector Público.