{"id":1404,"date":"2025-09-02T16:55:40","date_gmt":"2025-09-02T14:55:40","guid":{"rendered":"https:\/\/infoboe.es\/?p=1404"},"modified":"2025-09-02T16:55:40","modified_gmt":"2025-09-02T14:55:40","slug":"accede-a-practicas-formativas-en-energias-renovables-para-personas-con-discapacidad-en-albacete","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/infoboe.es\/index.php\/2025\/09\/02\/accede-a-practicas-formativas-en-energias-renovables-para-personas-con-discapacidad-en-albacete\/","title":{"rendered":"Accede a pr\u00e1cticas formativas en energ\u00edas renovables para personas con discapacidad en Albacete"},"content":{"rendered":"<h2>Convenio de pr\u00e1cticas formativas entre IMSERSO e Iner Energ\u00eda Castilla La Mancha SL<\/h2>\n<p>El Bolet\u00edn Oficial del Estado ha publicado recientemente un convenio de colaboraci\u00f3n entre el Instituto de Mayores y Servicios Sociales (IMSERSO) y la empresa Iner Energ\u00eda Castilla La Mancha SL, dirigido espec\u00edficamente a facilitar pr\u00e1cticas formativas para estudiantes con discapacidad f\u00edsica del Centro de Recuperaci\u00f3n de Personas con Discapacidad F\u00edsica de Albacete. Este acuerdo, formalizado el 22 de agosto de 2025, representa un avance significativo en las pol\u00edticas de inclusi\u00f3n laboral y formaci\u00f3n profesional adaptada.<\/p>\n<h3>Marco legal y antecedentes<\/h3>\n<p>El convenio se enmarca dentro de las competencias atribuidas al IMSERSO mediante el Real Decreto 1226\/2005, de 13 de octubre, que regula su estructura org\u00e1nica y funciones. Esta normativa faculta al instituto para establecer y gestionar centros de atenci\u00f3n especializada para personas con discapacidad, as\u00ed como para desarrollar programas de formaci\u00f3n profesional orientada al empleo. La Orden Ministerial de 7 de septiembre de 1982 estableci\u00f3 espec\u00edficamente los centros de recuperaci\u00f3n de personas con discapacidad f\u00edsica, definiendo sus objetivos de recuperaci\u00f3n personal y profesional.<\/p>\n<p>Por su parte, la empresa Iner Energ\u00eda Castilla La Mancha SL est\u00e1 legalmente constituida seg\u00fan consta en el Registro Mercantil, tomo 890, libro 654, folio 85, hoja AB-21030. Su participaci\u00f3n en este convenio se alinea con la creciente responsabilidad social corporativa en el sector energ\u00e9tico y con la necesidad de formar profesionales capacitados en un sector en constante evoluci\u00f3n tecnol\u00f3gica.<\/p>\n<h3>Naturaleza y alcance del convenio<\/h3>\n<p>El objeto principal del convenio, seg\u00fan establece su cl\u00e1usula primera, es definir la cooperaci\u00f3n entre ambas instituciones para la realizaci\u00f3n de pr\u00e1cticas de formaci\u00f3n en el centro de trabajo. Estas pr\u00e1cticas est\u00e1n dirigidas espec\u00edficamente a alumnos de cursos de formaci\u00f3n profesional ocupacional orientada al empleo, no conducentes a certificado de profesionalidad, que hayan alcanzado un nivel \u00f3ptimo de aprendizaje.<\/p>\n<p>La financiaci\u00f3n de estas acciones formativas proviene del Fondo Social Europeo, lo que garantiza su sostenibilidad y alinea el programa con las pol\u00edticas europeas de cohesi\u00f3n social y desarrollo del capital humano. Este aspecto es particularmente relevante considerando que las personas con discapacidad enfrentan mayores barreras de acceso al mercado laboral y requieren apoyos espec\u00edficos para su integraci\u00f3n profesional.<\/p>\n<h3>Compromisos institucionales<\/h3>\n<p>El IMSERSO, a trav\u00e9s del CRMF de Albacete, asume compromisos concretos detallados en la cl\u00e1usula segunda del convenio. Estos incluyen la selecci\u00f3n objetiva de los estudiantes basada en principios de igualdad, m\u00e9rito y capacidad; el nombramiento de un tutor especializado; la provisi\u00f3n de herramientas necesarias para las pr\u00e1cticas; y la cobertura de seguros de accidentes y responsabilidad civil durante el desarrollo de las actividades formativas.<\/p>\n<p>Por su parte, Iner Energ\u00eda Castilla La Mancha SL se compromete a designar un tutor\/instructor responsable, facilitar las herramientas necesarias para las pr\u00e1cticas, emitir documentaci\u00f3n acreditativa de la realizaci\u00f3n de las mismas, y expedir certificados de aprovechamiento al final del periodo formativo. Estos certificados, aunque no tienen validez oficial como t\u00edtulo profesional, constituyen un valioso documento curricular que acredita la experiencia pr\u00e1ctica adquirida.<\/p>\n<h3>R\u00e9gimen de pr\u00e1cticas y protecci\u00f3n jur\u00eddica<\/h3>\n<p>La cl\u00e1usula cuarta del convenio establece claramente que la finalidad de las pr\u00e1cticas es exclusivamente formativa, sin que exista relaci\u00f3n laboral alguna entre los estudiantes y la empresa. Los alumnos no percibir\u00e1n salario o estipendio durante el desarrollo de las pr\u00e1cticas, lo que se alinea con el criterio n\u00fam. 11\/2023 de la Direcci\u00f3n General de Ordenaci\u00f3n de la Seguridad Social respecto a pr\u00e1cticas profesionales no laborales.<\/p>\n<p>El periodo de pr\u00e1cticas, regulado en la cl\u00e1usula sexta, tendr\u00e1 una duraci\u00f3n entre 10 y 40 horas por alumno, con un m\u00e1ximo de 5 horas diarias. Este horario limitado garantiza que la actividad formativa se adapte a las capacidades de los estudiantes y no interfiera con sus tratamientos o necesidades espec\u00edficas derivadas de su discapacidad.<\/p>\n<h3>Mecanismos de seguimiento y evaluaci\u00f3n<\/h3>\n<p>La cl\u00e1usula quinta establece la creaci\u00f3n de una comisi\u00f3n mixta compuesta por dos representantes de cada instituci\u00f3n, que actuar\u00e1 como \u00f3rgano de coordinaci\u00f3n y seguimiento del convenio. Esta comisi\u00f3n tendr\u00e1 competencias para establecer fechas y horarios concretos de las pr\u00e1cticas, as\u00ed como para resolver cualquier incidencia que pudiera surgir durante su desarrollo.<\/p>\n<p>El sistema de evaluaci\u00f3n se basar\u00e1 en fichas de seguimiento elaboradas por el CRMF de Albacete, que registrar\u00e1n la asistencia y progreso de cada estudiante. Estas fichas, una vez validadas por la comisi\u00f3n mixta, servir\u00e1n como base para la emisi\u00f3n de los certificados de aprovechamiento que acreditar\u00e1n oficialmente la realizaci\u00f3n de las pr\u00e1cticas.<\/p>\n<h3>Protecci\u00f3n de datos y aspectos administrativos<\/h3>\n<p>La cl\u00e1usula novena del convenio establece las condiciones para el tratamiento de datos personales, garantizando el cumplimiento del Reglamento General de Protecci\u00f3n de Datos (UE) 2016\/679 y de la Ley Org\u00e1nica 3\/2018. Se especifica que no se ceder\u00e1n datos a terceros y que todas las personas con acceso a informaci\u00f3n personal estar\u00e1n sujetas a obligaciones de confidencialidad.<\/p>\n<p>El convenio tendr\u00e1 una vigencia de cuatro a\u00f1os desde su formalizaci\u00f3n, prorrogable por periodos iguales mediante acuerdo expreso de las partes. Su entrada en vigor est\u00e1 sujeta a su inscripci\u00f3n en el Registro Electr\u00f3nico Estatal de \u00d3rganos e Instrumentos de Cooperaci\u00f3n del sector p\u00fablico estatal, seg\u00fan establece el art\u00edculo 48.8 de la Ley 40\/2015.<\/p>\n<h3>R\u00e9gimen de extinci\u00f3n y modificaci\u00f3n<\/h3>\n<p>Las causas de extinci\u00f3n del convenio se detallan en la cl\u00e1usula und\u00e9cima, incluyendo el cumplimiento del objeto, transcurso del plazo sin pr\u00f3rroga, acuerdo un\u00e1nime de las partes, incumplimiento de obligaciones, decisi\u00f3n judicial o denuncia anticipada con tres meses de preaviso. En caso de incumplimiento, se establece un procedimiento de requerimiento con plazo de un mes para subsanar las deficiencias antes de proceder a la resoluci\u00f3n.<\/p>\n<p>Las modificaciones del convenio, seg\u00fan la cl\u00e1usula duod\u00e9cima, requerir\u00e1n acuerdo un\u00e1nime de las partes y seguir\u00e1n la misma tramitaci\u00f3n que para su suscripci\u00f3n inicial. Este mecanismo garantiza la estabilidad del acuerdo mientras permite su adaptaci\u00f3n a circunstancias cambiantes.<\/p>\n<h3>Aspectos jurisdiccionales y aplicaci\u00f3n pr\u00e1ctica<\/h3>\n<p>El convenio tiene naturaleza administrativa y se rige por lo establecido en el cap\u00edtulo VI del t\u00edtulo preliminar de la Ley 40\/2015. La jurisdicci\u00f3n contencioso-administrativa ser\u00e1 competente para resolver cualquier controversia que pudiera surgir, aplic\u00e1ndose la Ley 29\/1998 reguladora de esta jurisdicci\u00f3n.<\/p>\n<p>Desde la perspectiva pr\u00e1ctica, este convenio representa una oportunidad concreta para que personas con discapacidad f\u00edsica accedan a formaci\u00f3n especializada en el sector energ\u00e9tico, particularmente relevante en el contexto de transici\u00f3n energ\u00e9tica y desarrollo de energ\u00edas renovables. La experiencia adquirida durante estas pr\u00e1cticas puede significar una diferencia crucial en sus posibilidades de inserci\u00f3n laboral futura.<\/p>\n<h3>\u00bfQu\u00e9 es la Formaci\u00f3n Profesional y qu\u00e9 ventajas ofrece?<\/h3>\n<p>La Formaci\u00f3n Profesional en el contexto de este convenio se refiere a formaci\u00f3n profesional ocupacional orientada al empleo no conducente a certificado de profesionalidad, espec\u00edficamente dise\u00f1ada para personas con discapacidad f\u00edsica del CRMF de Albacete.<\/p>\n<h3>\u00bfQu\u00e9 tipos de ciclos formativos existen y a qui\u00e9n van dirigidos?<\/h3>\n<p>El convenio especifica que se trata de cursos de formaci\u00f3n profesional ocupacional orientada al empleo, dirigidos exclusivamente a estudiantes con discapacidad f\u00edsica del CRMF de Albacete que hayan alcanzado un nivel \u00f3ptimo de aprendizaje.<\/p>\n<h3>\u00bfQu\u00e9 salidas laborales o de especializaci\u00f3n permite cada ciclo?<\/h3>\n<p>Las pr\u00e1cticas se desarrollan en el sector energ\u00e9tico, espec\u00edficamente con Iner Energ\u00eda Castilla La Mancha SL, proporcionando experiencia en m\u00e9todos de trabajo y organizaci\u00f3n empresarial de este sector estrat\u00e9gico.<\/p>\n<h3>\u00bfC\u00f3mo acceder a la FP y qu\u00e9 requisitos se necesitan?<\/h3>\n<p>El acceso est\u00e1 limitado a estudiantes del CRMF de Albacete seleccionados mediante evaluaci\u00f3n objetiva por el Servicio de Capacitaci\u00f3n Profesional del centro, respetando principios de igualdad, m\u00e9rito y capacidad.<\/p>\n<h3>\u00bfEs posible acceder a la universidad desde la FP?<\/h3>\n<p>Este convenio no establece mecanismos de acceso a la universidad, al tratarse de formaci\u00f3n no conducente a certificado de profesionalidad con validez oficial.<\/p>\n<h3>\u00bfQu\u00e9 ayudas o becas existen para estudiantes de FP?<\/h3>\n<p>Las pr\u00e1cticas est\u00e1n cofinanciadas por el Fondo Social Europeo y no conllevan remuneraci\u00f3n para los estudiantes, seg\u00fan establece expresamente la cl\u00e1usula cuarta del convenio.<\/p>\n<h3>\u00bfD\u00f3nde consultar la oferta formativa y los plazos de inscripci\u00f3n?<\/h3>\n<p>La informaci\u00f3n est\u00e1 disponible directamente en el CRMF de Albacete, dependiente del IMSERSO, siendo la comisi\u00f3n mixta el \u00f3rgano encargado de establecer los calendarios concretos de pr\u00e1cticas.<\/p>\n<footer>\n<p><a href=\"https:\/\/www.boe.es\/boe\/dias\/2025\/09\/02\/pdfs\/BOE-A-2025-17496.pdf\">Ver articulo BOE-A-2025-17496 en el BOE oficial<\/a><\/p>\n<\/footer>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Convenio de pr\u00e1cticas formativas entre IMSERSO e Iner Energ\u00eda Castilla La Mancha SL El Bolet\u00edn Oficial del Estado ha publicado recientemente un convenio de colaboraci\u00f3n entre el Instituto de Mayores y Servicios Sociales (IMSERSO) y la empresa Iner Energ\u00eda Castilla La Mancha SL, dirigido espec\u00edficamente a facilitar pr\u00e1cticas formativas para estudiantes con discapacidad f\u00edsica del [&hellip;]<\/p>\n","protected":false},"author":2,"featured_media":0,"comment_status":"closed","ping_status":"","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"zakra_sidebar_layout":"customizer","zakra_remove_content_margin":false,"zakra_sidebar":"customizer","zakra_transparent_header":"customizer","zakra_logo":0,"zakra_main_header_style":"default","zakra_menu_item_color":"","zakra_menu_item_hover_color":"","zakra_menu_item_active_color":"","zakra_menu_active_style":"","zakra_page_header":true,"footnotes":""},"categories":[33],"tags":[914,656,913,658],"class_list":["post-1404","post","type-post","status-publish","format-standard","hentry","category-boe","tag-consumo-y-agenda-2030","tag-estatal","tag-ministerio-de-derechos-sociales","tag-resolucion"],"aioseo_notices":[],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/infoboe.es\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/1404","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/infoboe.es\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/infoboe.es\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/infoboe.es\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/users\/2"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/infoboe.es\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=1404"}],"version-history":[{"count":1,"href":"https:\/\/infoboe.es\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/1404\/revisions"}],"predecessor-version":[{"id":1405,"href":"https:\/\/infoboe.es\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/1404\/revisions\/1405"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/infoboe.es\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=1404"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/infoboe.es\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=1404"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/infoboe.es\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=1404"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}