{"id":1638,"date":"2025-10-04T09:15:42","date_gmt":"2025-10-04T07:15:42","guid":{"rendered":"https:\/\/infoboe.es\/?p=1638"},"modified":"2025-10-04T09:15:42","modified_gmt":"2025-10-04T07:15:42","slug":"obten-hasta-90-de-subvencion-para-proyectos-innovadores-contra-la-despoblacion-rural","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/infoboe.es\/index.php\/2025\/10\/04\/obten-hasta-90-de-subvencion-para-proyectos-innovadores-contra-la-despoblacion-rural\/","title":{"rendered":"Obt\u00e9n hasta 90% de subvenci\u00f3n para proyectos innovadores contra la despoblaci\u00f3n rural"},"content":{"rendered":"<h1>Gu\u00eda Completa de las Subvenciones para Proyectos Innovadores contra la Despoblaci\u00f3n<\/h1>\n<h2>Novedades en la L\u00ednea de Ayudas del Ministerio para la Transici\u00f3n Ecol\u00f3gica<\/h2>\n<p>El Bolet\u00edn Oficial del Estado ha publicado una importante actualizaci\u00f3n de las bases reguladoras que gobiernan las subvenciones destinadas a financiar proyectos innovadores para la transformaci\u00f3n territorial y la lucha contra la despoblaci\u00f3n. Esta modificaci\u00f3n, que afecta a la Orden TED\/1358\/2021, incorpora sustanciales mejoras tras tres a\u00f1os de experiencia en la gesti\u00f3n de estas ayudas, durante los cuales se han recibido solicitudes para m\u00e1s de 3.000 proyectos y se han concedido subvenciones a m\u00e1s de 600 entidades beneficiarias. El texto legal completo, disponible en el BOE, desarrolla un marco m\u00e1s flexible, claro y eficiente para acceder a estas ayudas que representan una herramienta fundamental contra el vaciamiento demogr\u00e1fico que afecta a numerosas zonas rurales de Espa\u00f1a.<\/p>\n<h3>\u00bfQu\u00e9 subvenciones o ayudas est\u00e1n disponibles actualmente?<\/h3>\n<p>Las ayudas disponibles se enmarcan en el programa de subvenciones para proyectos innovadores destinados a la transformaci\u00f3n territorial y lucha contra la despoblaci\u00f3n, gestionado por el Ministerio para la Transici\u00f3n Ecol\u00f3gica y el Reto Demogr\u00e1fico. Existen tres modalidades diferenciadas: Modalidad A para entidades locales (ayuntamientos, diputaciones, consorcios), Modalidad B para entidades sin \u00e1nimo de lucro con \u00e1mbito supraprovincial, auton\u00f3mico o estatal, y Modalidad C para peque\u00f1as y medianas empresas, aut\u00f3nomos y entidades de econom\u00eda social. La financiaci\u00f3n se realiza con cargo a los cr\u00e9ditos presupuestarios del Ministerio y est\u00e1 condicionada a la existencia de cr\u00e9dito adecuado en el momento de cada convocatoria.<\/p>\n<h3>\u00bfQui\u00e9n puede solicitarlas y cu\u00e1les son los requisitos?<\/h3>\n<p>Pueden solicitar estas subvenciones las entidades locales recogidas en la Ley de Bases de R\u00e9gimen Local (excepto \u00e1reas metropolitanas), otras entidades locales reguladas por normativa auton\u00f3mica, comunidades aut\u00f3nomas uniprovinciales, agrupaciones de entidades locales y consorcios adscritos a la Administraci\u00f3n Local para la Modalidad A. Para la Modalidad B, est\u00e1n habilitadas las entidades sin \u00e1nimo de lucro, federaciones, confederaciones o agrupaciones de las mismas, incluidas federaciones de entidades locales y c\u00e1maras de comercio, que deben carecer de fines de lucro, estar legalmente constituidas y tener \u00e1mbito territorial supraprovincial. La Modalidad C est\u00e1 reservada a PYMEs, personas en situaci\u00f3n de autoempleo y entidades de econom\u00eda social que tengan domicilio fiscal en Espa\u00f1a y no est\u00e9n en situaci\u00f3n de crisis. Todos los solicitantes deben estar al corriente de obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.<\/p>\n<h3>\u00bfQu\u00e9 cuant\u00eda y duraci\u00f3n tienen las ayudas?<\/h3>\n<p>Las ayudas concedidas no pueden superar el 90% del total de gasto subvencionable del proyecto para las modalidades A y B, y el 70% para la modalidad C, pudiendo las convocatorias establecer porcentajes inferiores. Para la Modalidad C, el importe no podr\u00e1 superar el m\u00e1ximo previsto para las ayudas de minimis seg\u00fan el Reglamento (UE) 2023\/2831. Cada solicitante puede presentar un \u00fanico proyecto con importes m\u00ednimo y m\u00e1ximo definidos en cada convocatoria. La duraci\u00f3n de los proyectos se establece en cada convocatoria, con posibilidad de modificaci\u00f3n del plazo de ejecuci\u00f3n en supuestos justificados de fuerza mayor, con un m\u00e1ximo de seis meses de ampliaci\u00f3n respecto a la fecha l\u00edmite inicial.<\/p>\n<h3>\u00bfCu\u00e1l es el procedimiento y plazo de solicitud?<\/h3>\n<p>El procedimiento comienza con la publicaci\u00f3n de cada convocatoria en la sede electr\u00f3nica del Ministerio, la Base de Datos Nacional de Subvenciones y un extracto en el BOE. Las solicitudes se presentan exclusivamente a trav\u00e9s de la sede electr\u00f3nica del Ministerio durante un plazo de dos meses desde la publicaci\u00f3n en el BOE, salvo que la convocatoria establezca otro plazo. Tras la fase de preevaluaci\u00f3n donde se verifica el cumplimiento de requisitos administrativos, las solicitudes admitidas son evaluadas por una Comisi\u00f3n de Valoraci\u00f3n que aplica criterios puntuables hasta 100 puntos. El \u00f3rgano instructor formula propuesta de resoluci\u00f3n provisional, se concede plazo de alegaciones y finalmente se dicta resoluci\u00f3n definitiva por la persona titular del Ministerio, con un plazo m\u00e1ximo de seis meses desde la publicaci\u00f3n de la convocatoria.<\/p>\n<h3>\u00bfQu\u00e9 documentaci\u00f3n es necesaria?<\/h3>\n<p>Junto con la solicitud, se debe aportar una Memoria descriptiva de las actuaciones cuyo contenido espec\u00edfico se fija en cada convocatoria. Adem\u00e1s, la entidad solicitante debe presentar declaraci\u00f3n responsable sobre el cumplimiento de requisitos, hallarse al corriente de obligaciones tributarias y con la Seguridad Social, no estar incursa en prohibiciones y disponer de cr\u00e9dito suficiente para completar la financiaci\u00f3n. Para las modalidades B y C, debe acreditarse la situaci\u00f3n tributaria y de Seguridad Social mediante certificados, no siendo v\u00e1lida la declaraci\u00f3n responsable salvo en supuestos excepcionales. La documentaci\u00f3n adicional espec\u00edfica para cada tipo de beneficiaria se detalla en cada orden de convocatoria.<\/p>\n<h3>\u00bfC\u00f3mo se valoran y seleccionan los proyectos o beneficiarios?<\/h3>\n<p>La selecci\u00f3n se realiza mediante concurrencia competitiva, evaluando los proyectos seg\u00fan criterios de valoraci\u00f3n que suman hasta 100 puntos: calidad de la propuesta (0-15 puntos), car\u00e1cter innovador (0-10), criterios estrat\u00e9gicos como \u00e1mbito supramunicipal, cooperaci\u00f3n y alineaci\u00f3n con estrategias territoriales (0-30), impacto en la despoblaci\u00f3n (0-20), impacto sobre igualdad de g\u00e9nero (0-5), impacto social con colectivos vulnerables (0-5), impacto medioambiental (0-5), viabilidad econ\u00f3mica (0-5) y replicabilidad y difusi\u00f3n (0-5). La evaluaci\u00f3n se realiza en dos fases: primero se valora la adecuaci\u00f3n geogr\u00e1fica, calidad e innovaci\u00f3n, y solo los proyectos que superen la mitad de la puntuaci\u00f3n m\u00e1xima en estos criterios pasan a la segunda fase donde se eval\u00faa el resto de criterios, necesitando al menos 50 puntos globales para ser seleccionables.<\/p>\n<h3>\u00bfD\u00f3nde consultar convocatorias y resultados?<\/h3>\n<p>Las convocatorias se publican en la sede electr\u00f3nica asociada del Ministerio para la Transici\u00f3n Ecol\u00f3gica y el Reto Demogr\u00e1fico, en la Base de Datos Nacional de Subvenciones y, mediante extracto, en el Bolet\u00edn Oficial del Estado. Los resultados de las evaluaciones, tanto las propuestas de resoluci\u00f3n provisional y definitiva como la resoluci\u00f3n final, se publican en la sede electr\u00f3nica del Ministerio y en la Base de Datos Nacional de Subvenciones. Los interesados pueden configurar alertas en estos portales para recibir notificaciones sobre nuevas convocatorias o actualizaciones del procedimiento. La transparencia del proceso est\u00e1 garantizada mediante la publicaci\u00f3n de las listas de admitidos y excluidos, las puntuaciones obtenidas y el orden de prelaci\u00f3n de todos los proyectos evaluados.<\/p>\n<h2>\u00c1mbitos Geogr\u00e1ficos y Tipolog\u00edas de Proyectos Subvencionables<\/h2>\n<p>Los proyectos deben desarrollarse en municipios de menos de 5.000 habitantes, municipios de entre 5.000 y 20.000 habitantes con densidad inferior a 100 habitantes\/km\u00b2 (siempre que el proyecto se desarrolle en n\u00facleos de menos de 5.000 habitantes), o \u00e1reas funcionales no urbanas de menos de 15.000 habitantes donde todos los municipios tengan menos de 5.000 habitantes excepto uno que act\u00fae como cabecera. Se permiten proyectos supramunicipales siempre que todos los municipios sean elegibles, y excepcionalmente actividades de coordinaci\u00f3n centralizada en municipios de hasta 30.000 habitantes cuando est\u00e9 debidamente justificado.<\/p>\n<p>El anexo de la orden detalla 18 tipolog\u00edas de proyectos subvencionables: mejora de servicios en zonas de baja demanda, servicios poblacionales y apoyo a nuevos habitantes, industria y comercio local, apoyo al emprendimiento y ecosistemas rurales innovadores, cultura, ocio y deporte, puesta en valor del patrimonio local, servicios sociales, salud y econom\u00eda de los cuidados, transporte y movilidad sostenible, medio ambiente y cambio clim\u00e1tico, vivienda, gesti\u00f3n forestal sostenible, fomento del asociacionismo y redes de cooperaci\u00f3n, agricultura, ganader\u00eda y sector primario, energ\u00eda, sociedad de la informaci\u00f3n y digitalizaci\u00f3n, turismo sostenible, y proyectos en zonas afectadas por cat\u00e1strofes naturales. Cada convocatoria puede restringir las ayudas a algunas de estas tipolog\u00edas consideradas prioritarias.<\/p>\n<h2>Gastos Subvencionables y L\u00edmites Aplicables<\/h2>\n<p>Se consideran gastos subvencionables aquellos reales, necesarios y directamente relacionados con el proyecto, sujetos a precios de mercado. Las categor\u00edas incluyen gastos de personal (propio o contratado, con l\u00edmite del 120% del convenio estatal), bienes y servicios de uso corriente (material fungible, alquileres, servicios profesionales, desplazamientos con l\u00edmite del 150% de indemnizaciones por servicio y tope del 10% de la subvenci\u00f3n), otros gastos corrientes (tributos, revisi\u00f3n de cuenta con m\u00e1ximo del 7.5% y 6.000\u20ac, garant\u00edas bancarias), gastos de inversi\u00f3n (bienes inmuebles entre 20-50% de la subvenci\u00f3n, bienes muebles, inversiones inmateriales) y gastos indirectos (m\u00e1ximo 10% de los directos). Los gastos deben contraerse desde la resoluci\u00f3n de concesi\u00f3n hasta la fecha de fin de ejecuci\u00f3n y pagarse efectivamente antes de la justificaci\u00f3n.<\/p>\n<h2>R\u00e9gimen de Subcontrataci\u00f3n y Modificaciones<\/h2>\n<p>Se permite la subcontrataci\u00f3n parcial de actividades, con diferentes l\u00edmites seg\u00fan modalidad: hasta el 100% para entidades locales (autorizada si conforme a Ley de Contratos), hasta 70% para modalidades B y C (autorizaci\u00f3n requerida cuando supere 20% de la ayuda y 60.000\u20ac). Las beneficiarias mantienen la responsabilidad total de la ejecuci\u00f3n y deben informar sobre contratistas en la justificaci\u00f3n. Se permite modificar el proyecto aprobado cuando circunstancias sobrevenidas alteren condiciones t\u00e9cnicas o econ\u00f3micas no sustancialmente, con l\u00edmite del 40% de variaci\u00f3n econ\u00f3mica, respetando el objeto y finalidad de la subvenci\u00f3n. La solicitud de modificaci\u00f3n debe realizarse al menos dos meses antes de la finalizaci\u00f3n del plazo de ejecuci\u00f3n.<\/p>\n<h2>Justificaci\u00f3n y Control de las Ayudas<\/h2>\n<p>La justificaci\u00f3n se realiza mediante cuenta justificada con memoria t\u00e9cnica de actuaci\u00f3n, memoria econ\u00f3mica abreviada e informe de auditor de cuentas inscrito, en plazo m\u00e1ximo de tres meses desde la finalizaci\u00f3n del proyecto. El auditor debe comprobar cumplimiento normativo, elegibilidad y legalidad de gastos, existencia y veracidad de justificantes, realizaci\u00f3n efectiva de actividades y compatibilidad con otras ayudas. La Direcci\u00f3n General de Pol\u00edticas contra la Despoblaci\u00f3n puede solicitar documentaci\u00f3n adicional y ejercer facultades de comprobaci\u00f3n, sin perjuicio de los controles de la Intervenci\u00f3n General y el Tribunal de Cuentas. Los bienes inventariables subvencionados deben destinarse al fin concedido durante cinco a\u00f1os (inscribibles en registro p\u00fablico) o dos a\u00f1os (otros bienes).<\/p>\n<h2>Compatibilidad con Otras Ayudas y R\u00e9gimen Jur\u00eddico<\/h2>\n<p>Estas ayudas son compatibles con otras subvenciones, ingresos o recursos para las mismas actuaciones, siempre que la suma no supere el coste total de las actividades. Para la modalidad C, las ayudas se consideran compatibles con el mercado interior y no tienen consideraci\u00f3n de ayuda de Estado, aunque el importe total no puede superar los l\u00edmites de ayudas de minimis del Reglamento (UE) 2023\/2831. La orden se dicta al amparo de las competencias exclusivas del Estado en bases y coordinaci\u00f3n de la planificaci\u00f3n econ\u00f3mica (art\u00edculo 149.1.13\u00aa Constituci\u00f3n) y se aprueba conforme a la Ley 38\/2003 General de Subvenciones y su Reglamento. Cumple con los principios de buena regulaci\u00f3n: necesidad, eficacia, eficiencia, transparencia, seguridad jur\u00eddica y proporcionalidad.<\/p>\n<h2>Conclusi\u00f3n y Pr\u00f3ximos Pasos<\/h2>\n<p>Esta actualizaci\u00f3n de las bases reguladoras representa un significativo avance en la pol\u00edtica de lucha contra la despoblaci\u00f3n, incorporando las lecciones aprendidas tras tres a\u00f1os de gesti\u00f3n pr\u00e1ctica y m\u00e1s de 600 proyectos financiados. Las entidades potencialmente beneficiarias deben preparar sus propuestas innovadoras alineadas con las tipolog\u00edas prioritarias y mantenerse atentas a las pr\u00f3ximas convocatorias que se publicar\u00e1n progresivamente. La simplificaci\u00f3n de tr\u00e1mites, mayor flexibilidad en costes subvencionables y clarificaci\u00f3n de procedimientos convierten estas ayudas en una oportunidad excepcional para transformar los territorios rurales y frenar el vaciamiento demogr\u00e1fico que afecta a gran parte de la Espa\u00f1a interior. La consulta peri\u00f3dica de la Base de Datos Nacional de Subvenciones y la sede electr\u00f3nica del Ministerio permitir\u00e1 no perderse ninguna oportunidad de financiaci\u00f3n para proyectos que pueden cambiar el futuro de nuestros pueblos.<\/p>\n<footer>\n<p><a href=\"https:\/\/www.boe.es\/boe\/dias\/2025\/10\/03\/pdfs\/BOE-A-2025-19653.pdf\">Ver articulo BOE-A-2025-19653 en el BOE oficial<\/a><\/p>\n<\/footer>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Gu\u00eda Completa de las Subvenciones para Proyectos Innovadores contra la Despoblaci\u00f3n Novedades en la L\u00ednea de Ayudas del Ministerio para la Transici\u00f3n Ecol\u00f3gica El Bolet\u00edn Oficial del Estado ha publicado una importante actualizaci\u00f3n de las bases reguladoras que gobiernan las subvenciones destinadas a financiar proyectos innovadores para la transformaci\u00f3n territorial y la lucha contra la [&hellip;]<\/p>\n","protected":false},"author":2,"featured_media":0,"comment_status":"closed","ping_status":"","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"zakra_sidebar_layout":"customizer","zakra_remove_content_margin":false,"zakra_sidebar":"customizer","zakra_transparent_header":"customizer","zakra_logo":0,"zakra_main_header_style":"default","zakra_menu_item_color":"","zakra_menu_item_hover_color":"","zakra_menu_item_active_color":"","zakra_menu_active_style":"","zakra_page_header":true,"footnotes":""},"categories":[783,784,785,781],"tags":[158,35,380,983,656,491,675,663,1081,341,528,32],"class_list":["post-1638","post","type-post","status-publish","format-standard","hentry","category-ayudas-deducciones-y-beneficios-fiscales","category-concursos-publicos-y-licitaciones-para-empresas","category-normativa-general-y-cambios-legislativos","category-tramites-y-gestiones-administrativas","tag-administracion-local","tag-ayudas","tag-comunidades-autonomas","tag-desarrollo-regional","tag-estatal","tag-ministerio-para-la-transicion-ecologica-y-el-reto-demografico","tag-municipios","tag-orden","tag-poblacion","tag-procedimiento-administrativo","tag-programas","tag-subvenciones"],"aioseo_notices":[],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/infoboe.es\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/1638","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/infoboe.es\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/infoboe.es\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/infoboe.es\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/users\/2"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/infoboe.es\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=1638"}],"version-history":[{"count":1,"href":"https:\/\/infoboe.es\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/1638\/revisions"}],"predecessor-version":[{"id":1639,"href":"https:\/\/infoboe.es\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/1638\/revisions\/1639"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/infoboe.es\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=1638"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/infoboe.es\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=1638"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/infoboe.es\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=1638"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}