{"id":2074,"date":"2025-10-24T09:30:36","date_gmt":"2025-10-24T07:30:36","guid":{"rendered":"https:\/\/infoboe.es\/?p=2074"},"modified":"2025-10-24T09:30:36","modified_gmt":"2025-10-24T07:30:36","slug":"convenio-colectivo-axent-telecomunicaciones-2025-2027-salarios-jornada-laboral-y-derechos-de-teletrabajo-actualizados","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/infoboe.es\/index.php\/2025\/10\/24\/convenio-colectivo-axent-telecomunicaciones-2025-2027-salarios-jornada-laboral-y-derechos-de-teletrabajo-actualizados\/","title":{"rendered":"Convenio colectivo Axent Telecomunicaciones 2025-2027: salarios, jornada laboral y derechos de teletrabajo actualizados"},"content":{"rendered":"<h2>Convenio colectivo Axent Telecomunicaciones 2025-2027: salarios, jornada laboral y derechos de teletrabajo actualizados<\/h2>\n<p>BOE: <q cite=\"https:\/\/www.boe.es\">Establece aumentos salariales del 2.5% en 2025 y flexibilidad horaria con hasta 20% de teletrabajo para empleados del sector telecomunicaciones<\/q><\/p>\n<p><strong>Impacto:<\/strong> <span>Resoluci\u00f3n de 8 de octubre de 2025, de la Direcci\u00f3n General de Trabajo, por la que se registra y publica el II Convenio colectivo de Axent Infraestructuras de Telecomunicaciones, SA.<\/span><\/p>\n<section>\n<h3>Detalles<\/h3>\n<div>\n<ul>\n<li><strong>Vigencia:<\/strong> 1 de enero de 2025 al 31 de diciembre de 2027<\/li>\n<li><strong>Aumento salarial 2025:<\/strong> 2.5% retroactivo desde enero<\/li>\n<li><strong>Jornada anual:<\/strong> 1,752 horas de trabajo efectivo<\/li>\n<li><strong>Vacaciones:<\/strong> 24 d\u00edas laborables por a\u00f1o<\/li>\n<li><strong>Teletrabajo:<\/strong> Hasta 20% de la jornada mensual<\/li>\n<\/ul>\n<\/div>\n<\/section>\n<section>\n<h3>Contenido<\/h3>\n<div>\n<p>La publicaci\u00f3n en el BOE del II Convenio Colectivo de Axent Infraestructuras de Telecomunicaciones SA marca un hito en la regulaci\u00f3n laboral del sector, estableciendo un marco actualizado que refleja la evoluci\u00f3n de las relaciones laborales en la era digital. Este acuerdo, negociado entre la direcci\u00f3n de la empresa y los representantes de los trabajadores, surge en un contexto donde la digitalizaci\u00f3n y las nuevas formas de trabajo remoto han transformado las necesidades tanto empresariales como de los profesionales. Hist\u00f3ricamente, los convenios del sector telecomunicaciones han sido pioneros en incorporar cl\u00e1usulas de flexibilidad, y este texto contin\u00faa esa tradici\u00f3n mientras equilibra los derechos de los trabajadores con la competitividad empresarial.<\/p>\n<p>El convenio se aplica a todos los centros de trabajo de Axent en territorio nacional, cubriendo a la totalidad de la plantilla independientemente de su modalidad contractual. Con una vigencia de tres a\u00f1os y pr\u00f3rroga autom\u00e1tica anual, el acuerdo introduce mejoras sustanciales en condiciones salariales, organizaci\u00f3n del tiempo de trabajo y medidas de conciliaci\u00f3n. La negociaci\u00f3n ha culminado en un texto que prioriza la adaptabilidad a las nuevas realidades del mercado, incorporando por primera vez regulaciones espec\u00edficas sobre teletrabajo y actividad designada, respondiendo as\u00ed a las demandas de un sector en constante transformaci\u00f3n tecnol\u00f3gica.<\/p>\n<p>Para comprender la estructura salarial del convenio, imaginemos una escalera profesional con cinco pelda\u00f1os representando los subgrupos, donde cada nivel ofrece diferentes bandas retributivas seg\u00fan la experiencia y responsabilidad. El subgrupo 1, para tareas b\u00e1sicas con alta supervisi\u00f3n, parte de 16,576 euros anuales en el nivel 1, mientras el subgrupo 5, para puestos directivos, alcanza hasta 71,588 euros en el nivel 9. Este sistema de progresi\u00f3n funciona como un videojuego donde se desbloquean nuevos niveles basados en antig\u00fcedad y evaluaci\u00f3n de desempe\u00f1o, con aumentos autom\u00e1ticos tras dos a\u00f1os en niveles iniciales y evaluaciones superiores a 90\/100 para ascensos posteriores.<\/p>\n<p>Las familias de trabajadores de Axent experimentar\u00e1n mejoras directas en su poder adquisitivo con el aumento del 2.5% en 2025, adem\u00e1s de beneficiarse de medidas de conciliaci\u00f3n como la reducci\u00f3n de jornada por cuidado de menores o familiares dependientes. Los aut\u00f3nomos que colaboren con la empresa ver\u00e1n reforzada su protecci\u00f3n mediante cl\u00e1usulas que regulan los desplazamientos y dietas, con compensaciones de 0.35 euros\/km por uso de veh\u00edculo propio y dietas de 19 euros para almuerzo. Las empresas del sector encontrar\u00e1n en este convenio un referente para establecer pol\u00edticas de teletrabajo estructuradas, con el 20% de jornada mensual en modalidad remota y procedimientos claros para la actividad designada fuera de horario convencional.<\/p>\n<p>Para acceder a los beneficios del convenio, los trabajadores deben seguir un proceso sencillo: primero, consultar el texto completo en la intranet empresarial; segundo, identificar las cl\u00e1usulas aplicables a su situaci\u00f3n particular usando la tabla de subgrupos profesionales; tercero, solicitar por escrito las modalidades flexibles como teletrabajo o reducci\u00f3n de jornada con al menos 30 d\u00edas de antelaci\u00f3n; cuarto, presentar la documentaci\u00f3n requerida para permisos retribuidos seg\u00fan los plazos establecidos; y quinto, participar en los procesos de evaluaci\u00f3n de desempe\u00f1o para optar a mejoras salariales. La empresa debe publicar anualmente el cuadro horario y plan de formaci\u00f3n, facilitando as\u00ed el ejercicio de estos derechos.<\/p>\n<p>Comparando la situaci\u00f3n anterior con la nueva regulaci\u00f3n, observamos avances significativos: la jornada anual se mantiene en 1,752 horas pero con mayor flexibilidad distributiva; el teletrabajo pasa de ser una pr\u00e1ctica informal a estar regulado con l\u00edmites claros; los complementos por actividad designada incorporan compensaciones econ\u00f3micas y en tiempo de descanso; y el sistema de promoci\u00f3n interna se estructura con criterios m\u00e1s transparentes. Las tablas salariales muestran incrementos sustanciales entre niveles, con diferencias de hasta 55,000 euros anuales entre el nivel 1 del subgrupo 1 y el nivel 9 del subgrupo 5, reflejando una mayor valoraci\u00f3n de la experiencia y especializaci\u00f3n.<\/p>\n<p>Entre los errores comunes al interpretar el convenio destacan: confundir la jornada anual con la mensual, olvidar que el teletrabajo requiere acuerdo expreso, no justificar adecuadamente los permisos retribuidos, y desconocer los plazos para solicitar reducciones de jornada. Para evitarlos, se recomienda utilizar calculadoras online [simuladores oficiales] para proyectar la jornada anual, mantener comunicaci\u00f3n constante con los responsables de unidad sobre las modalidades de trabajo flexible, conservar copias de todas las solicitudes presentadas, y consultar regularmente con los delegados de personal sobre novedades interpretativas. La comisi\u00f3n paritaria establecida en el art\u00edculo 4 sirve precisamente como instancia para resolver estas dudas.<\/p>\n<p>En los pr\u00f3ximos 12-24 meses, se anticipa que este convenio influir\u00e1 en la negociaci\u00f3n colectiva del sector telecomunicaciones, impulsando la estandarizaci\u00f3n del teletrabajo regulado y los sistemas de evaluaci\u00f3n por desempe\u00f1o. Las proyecciones indican que las cl\u00e1usulas de flexibilidad horaria podr\u00edan extenderse a otros convenios, mientras que las tablas salariales servir\u00e1n como referencia en procesos de equiparaci\u00f3n retributiva. La tendencia hacia la digitalizaci\u00f3n de los procesos laborales probablemente acelerar\u00e1 la implementaci\u00f3n de las medidas de formaci\u00f3n continua previstas en el art\u00edculo 17, especialmente en competencias digitales avanzadas y ciberseguridad.<\/p>\n<p>Como recursos pr\u00e1cticos, el convenio incluye anexos descargables con tablas salariales completas, procedimientos para gastos de viaje y compensaciones por actividad designada. Los trabajadores pueden acceder a [plantillas de solicitud de teletrabajo] y [calculadoras de prorrateo vacacional] a trav\u00e9s de la intranet empresarial, herramientas que facilitan el ejercicio de sus derechos. Se recomienda especialmente el uso de la [tabla de equivalencias entre subgrupos y funciones] para identificar r\u00e1pidamente las condiciones aplicables a cada puesto, disponible en formato descargable para consulta offline.<\/p>\n<\/div>\n<\/section>\n<footer>\n<p><a href=\"https:\/\/www.boe.es\/boe\/dias\/2025\/10\/24\/pdfs\/BOE-A-2025-21422.pdf\">Ver articulo BOE-A-2025-21422 en el BOE oficial<\/a><\/p>\n<\/footer>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Convenio colectivo Axent Telecomunicaciones 2025-2027: salarios, jornada laboral y derechos de teletrabajo actualizados BOE: Establece aumentos salariales del 2.5% en 2025 y flexibilidad horaria con hasta 20% de teletrabajo para empleados del sector telecomunicaciones Impacto: Resoluci\u00f3n de 8 de octubre de 2025, de la Direcci\u00f3n General de Trabajo, por la que se registra y publica [&hellip;]<\/p>\n","protected":false},"author":2,"featured_media":0,"comment_status":"closed","ping_status":"","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"zakra_sidebar_layout":"customizer","zakra_remove_content_margin":false,"zakra_sidebar":"customizer","zakra_transparent_header":"customizer","zakra_logo":0,"zakra_main_header_style":"default","zakra_menu_item_color":"","zakra_menu_item_hover_color":"","zakra_menu_item_active_color":"","zakra_menu_active_style":"","zakra_page_header":true,"footnotes":""},"categories":[781],"tags":[],"class_list":["post-2074","post","type-post","status-publish","format-standard","hentry","category-tramites-y-gestiones-administrativas"],"aioseo_notices":[],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/infoboe.es\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/2074","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/infoboe.es\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/infoboe.es\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/infoboe.es\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/users\/2"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/infoboe.es\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=2074"}],"version-history":[{"count":1,"href":"https:\/\/infoboe.es\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/2074\/revisions"}],"predecessor-version":[{"id":2075,"href":"https:\/\/infoboe.es\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/2074\/revisions\/2075"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/infoboe.es\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=2074"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/infoboe.es\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=2074"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/infoboe.es\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=2074"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}