{"id":2160,"date":"2025-10-29T09:09:52","date_gmt":"2025-10-29T08:09:52","guid":{"rendered":"https:\/\/infoboe.es\/?p=2160"},"modified":"2025-10-29T09:09:52","modified_gmt":"2025-10-29T08:09:52","slug":"impuesto-complementario-para-grandes-empresas-claves-de-la-nueva-tributacion-minima-del-15-y-plazos-de-presentacion","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/infoboe.es\/index.php\/2025\/10\/29\/impuesto-complementario-para-grandes-empresas-claves-de-la-nueva-tributacion-minima-del-15-y-plazos-de-presentacion\/","title":{"rendered":"Impuesto Complementario para grandes empresas: claves de la nueva tributaci\u00f3n m\u00ednima del 15% y plazos de presentaci\u00f3n"},"content":{"rendered":"<h2>Impuesto Complementario para grandes empresas: claves de la nueva tributaci\u00f3n m\u00ednima del 15% y plazos de presentaci\u00f3n<\/h2>\n<p>BOE: <q cite=\"https:\/\/www.boe.es\">Asegura que grupos multinacionales y nacionales con facturaci\u00f3n superior a 750 millones tributen efectivamente al 15%, reduciendo pr\u00e1cticas de elusi\u00f3n fiscal<\/q><\/p>\n<p><strong>Impacto:<\/strong> <span>Orden HAC\/1198\/2025, de 21 de octubre, por la que se aprueba el modelo 240 \u00abComunicaci\u00f3n de la entidad constitutiva declarante de la declaraci\u00f3n informativa del Impuesto Complementario\u00bb, el modelo 241 \u00abDeclaraci\u00f3n informativa del Impuesto Complementario\u00bb, y el modelo 242 \u00abAutoliquidaci\u00f3n del Impuesto Complementario\u00bb y se establecen las condiciones y el procedimiento para su presentaci\u00f3n.<\/span><\/p>\n<section>\n<h3>Detalles<\/h3>\n<div>\n<ul>\n<li><strong>Vigencia:<\/strong> Aplicable a per\u00edodos impositivos desde 31\/12\/2023<\/li>\n<li><strong>Modelos clave:<\/strong> 240 (comunicaci\u00f3n), 241 (declaraci\u00f3n informativa), 242 (autoliquidaci\u00f3n)<\/li>\n<li><strong>Plazo declaraci\u00f3n:<\/strong> Hasta 15 meses tras cierre del per\u00edodo impositivo<\/li>\n<li><strong>Umbral:<\/strong> Grupos con facturaci\u00f3n consolidada \u2265750M\u20ac<\/li>\n<li><strong>Presentaci\u00f3n:<\/strong> Exclusivamente electr\u00f3nica con certificado digital<\/li>\n<\/ul>\n<\/div>\n<\/section>\n<section>\n<h3>Contenido<\/h3>\n<div>\n<p>La reciente orden ministerial publicada en el BOE establece los modelos y procedimientos para el Impuesto Complementario, que implementa en Espa\u00f1a la Directiva UE 2022\/2523. Esta normativa, conocida como Pillar Two de la OCDE, representa un cambio hist\u00f3rico en la fiscalidad internacional al establecer un tipo m\u00ednimo efectivo del 15% para grandes grupos empresariales. Su transposici\u00f3n al ordenamiento espa\u00f1ol mediante la Ley 7\/2024 y el Reglamento aprobado por RD 252\/2025 busca combatir d\u00e9cadas de planificaci\u00f3n fiscal agresiva que permit\u00eda a multinacionales pagar tipos efectivos inferiores al 5% en algunos casos.<\/p>\n<p>El contexto internacional que motiv\u00f3 esta reforma se remonta a los esfuerzos globales contra la erosi\u00f3n de bases imponibles (BEPS) iniciados por la OCDE en 2015. La pandemia aceler\u00f3 estos trabajos, culminando en el Marco Inclusivo de 2021 donde 140 jurisdicciones, incluidos todos los pa\u00edses de la UE, acordaron estas reglas. Espa\u00f1a se sit\u00faa as\u00ed en la vanguardia de esta reforma, que afectar\u00e1 aproximadamente a 200 grupos empresariales con presencia en nuestro territorio seg\u00fan estimaciones de la AEAT.<\/p>\n<p>Para entender su funcionamiento t\u00e9cnico, imaginemos el impuesto como un \u00abseguro de tributaci\u00f3n m\u00ednima\u00bb. Cuando el tipo efectivo que paga un grupo multinacional en una jurisdicci\u00f3n es inferior al 15%, el estado donde reside la matriz puede aplicar un impuesto complementario hasta alcanzar ese umbral. La mec\u00e1nica se articula mediante dos reglas: la Norma de Ingresos Inclusivos (IIR), que priorita la tributaci\u00f3n en el pa\u00eds de la matriz, y la Norma de Impuesto Sujeto a Renta (UTPR), que act\u00faa como red de seguridad cuando la primera no se aplica completamente.<\/p>\n<p>El impacto en las empresas espa\u00f1olas afectadas ser\u00e1 significativo. Para aquellas que actualmente tributan por debajo del 15%, supondr\u00e1 un aumento directo de la carga fiscal. No obstante, la normativa incluye mecanismos transitorios y exclusiones para amortiguar este efecto, como la exclusi\u00f3n de ingresos por sustancia durante cinco a\u00f1os y tratamientos espec\u00edficos para p\u00e9rdidas. Las empresas deber\u00e1n realizar complejos c\u00e1lculos contables para determinar su tipo efectivo por jurisdicci\u00f3n, lo que requerir\u00e1 importantes inversiones en sistemas de informaci\u00f3n y asesoramiento especializado.<\/p>\n<p>Para las pymes y aut\u00f3nomos, el efecto ser\u00e1 indirecto pero relevante. Aunque no est\u00e1n sujetos al impuesto (al no alcanzar el umbral de 750M\u20ac), se ver\u00e1n afectados por cambios en la cadena de valor. Las multinacionales revisar\u00e1n sus estructuras de precios de transferencia y posiblemente renegociar\u00e1n contratos con proveedores locales. Adem\u00e1s, existe el riesgo de que aumenten los precios de algunos bienes y servicios si las empresas deciden trasladar el mayor coste fiscal a los consumidores.<\/p>\n<p>Las familias notar\u00e1n el impacto a trav\u00e9s de dos v\u00edas principales: la posible moderaci\u00f3n en la subida de precios de productos de grandes marcas y la mayor recaudaci\u00f3n fiscal que podr\u00eda destinarse a servicios p\u00fablicos. Estudios de la Comisi\u00f3n Europea estiman que Espa\u00f1a podr\u00eda recaudar entre 1.500 y 2.000 millones anuales adicionales, recursos que seg\u00fan el gobierno se destinar\u00e1n a financiar pol\u00edticas sociales y de cohesi\u00f3n territorial.<\/p>\n<p>La gu\u00eda pr\u00e1ctica para cumplir con las obligaciones comienza con la identificaci\u00f3n del grupo afectado. Las empresas deben verificar si superan el umbral de 750 millones de euros en facturaci\u00f3n consolidada durante dos de los \u00faltimos cuatro ejercicios. Una vez confirmado, el proceso se desarrolla en tres etapas: primero, presentar el modelo 240 para comunicar qu\u00e9 entidad actuar\u00e1 como declarante; segundo, elaborar el modelo 241 con la informaci\u00f3n detallada del c\u00e1lculo del tipo efectivo; y tercero, presentar la autoliquidaci\u00f3n mediante el modelo 242 si corresponde pagar el impuesto complementario.<\/p>\n<p>Los plazos cr\u00edticos var\u00edan seg\u00fan el tipo de obligaci\u00f3n. Para el modelo 240, debe presentarse durante los tres meses anteriores al vencimiento del plazo de la declaraci\u00f3n informativa. El modelo 241 tiene un plazo general de 15 meses tras el cierre del ejercicio, aunque para per\u00edodos de transici\u00f3n se establecen plazos especiales hasta junio de 2026. La autoliquidaci\u00f3n del modelo 242 debe presentarse en los 25 d\u00edas naturales siguientes al decimoquinto mes posterior al cierre, con posibilidad de domiciliaci\u00f3n bancaria para quienes cierren el 31 de diciembre.<\/p>\n<p>La comparativa antes y despu\u00e9s de la implementaci\u00f3n muestra cambios sustanciales. Antes, una empresa pod\u00eda legalmente reducir su tipo efectivo mediante deducciones fiscales, exenciones o ubicando beneficios en jurisdicciones de baja tributaci\u00f3n. Despu\u00e9s, aunque se mantienen algunos incentivos fiscales, el impuesto complementario asegura que el tipo efectivo final no baje del 15%. Por ejemplo, una empresa que antes tributaba al 8% ahora pagar\u00eda un 7% adicional en impuesto complementario, mientras que otra que ya tributaba al 18% no ver\u00eda cambios.<\/p>\n<p>Entre los errores m\u00e1s comunes que deben evitarse destacan: la incorrecta delimitaci\u00f3n del per\u00edmetro del grupo, el c\u00e1lculo err\u00f3neo del tipo efectivo por no considerar todas las entidades consolidadas, y la presentaci\u00f3n fuera de plazo de la comunicaci\u00f3n del declarante. Para prevenirlos, se recomienda realizar un mapeo completo de todas las entidades del grupo a nivel global, implementar sistemas de monitorizaci\u00f3n continua de la posici\u00f3n fiscal, y designar un equipo interno especializado que coordine con asesores externos.<\/p>\n<p>La previsi\u00f3n para los pr\u00f3ximos 12-24 meses incluye la adaptaci\u00f3n de los sistemas inform\u00e1ticos de las empresas afectadas, el desarrollo de gu\u00edas interpretativas por parte de la AEAT, y posibles ajustes normativos para armonizar la aplicaci\u00f3n entre diferentes jurisdicciones. Se espera que la OCDE publique durante 2026 un primer an\u00e1lisis del impacto real de estas normas a nivel global, lo que podr\u00eda llevar a refinamientos en su implementaci\u00f3n.<\/p>\n<p>Como recursos pr\u00e1cticos, las empresas pueden acceder a [simuladores oficiales] en la sede electr\u00f3nica de la AEAT para estimar su posible deuda, as\u00ed como utilizar [plantillas de documentaci\u00f3n] para preparar la informaci\u00f3n requerida en los modelos. Se recomienda especialmente la [calculadora de tipo efectivo] disponible en el portal de Hacienda, que permite proyectar diferentes escenarios empresariales.<\/p>\n<p>La entrada en vigor de esta normativa marca un punto de inflexi\u00f3n en la fiscalidad internacional. A largo plazo, se espera que reduzca significativamente la competencia fiscal entre pa\u00edses y genere un reparto m\u00e1s equitativo de la carga tributaria entre las grandes corporaciones. Las empresas que se adapten proactivamente a estos cambios no solo cumplir\u00e1n con sus obligaciones, sino que podr\u00e1n convertir este desaf\u00edo en una oportunidad para reforzar su transparencia y reputaci\u00f3n corporativa.<\/p>\n<\/div>\n<\/section>\n<footer>\n<p><a href=\"https:\/\/www.boe.es\/boe\/dias\/2025\/10\/29\/pdfs\/BOE-A-2025-21727.pdf\">Ver articulo BOE-A-2025-21727 en el BOE oficial<\/a><\/p>\n<\/footer>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Impuesto Complementario para grandes empresas: claves de la nueva tributaci\u00f3n m\u00ednima del 15% y plazos de presentaci\u00f3n BOE: Asegura que grupos multinacionales y nacionales con facturaci\u00f3n superior a 750 millones tributen efectivamente al 15%, reduciendo pr\u00e1cticas de elusi\u00f3n fiscal Impacto: Orden HAC\/1198\/2025, de 21 de octubre, por la que se aprueba el modelo 240 \u00abComunicaci\u00f3n [&hellip;]<\/p>\n","protected":false},"author":2,"featured_media":0,"comment_status":"closed","ping_status":"","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"zakra_sidebar_layout":"customizer","zakra_remove_content_margin":false,"zakra_sidebar":"customizer","zakra_transparent_header":"customizer","zakra_logo":0,"zakra_main_header_style":"default","zakra_menu_item_color":"","zakra_menu_item_hover_color":"","zakra_menu_item_active_color":"","zakra_menu_active_style":"","zakra_page_header":true,"footnotes":""},"categories":[785,781],"tags":[],"class_list":["post-2160","post","type-post","status-publish","format-standard","hentry","category-normativa-general-y-cambios-legislativos","category-tramites-y-gestiones-administrativas"],"aioseo_notices":[],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/infoboe.es\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/2160","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/infoboe.es\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/infoboe.es\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/infoboe.es\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/users\/2"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/infoboe.es\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=2160"}],"version-history":[{"count":1,"href":"https:\/\/infoboe.es\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/2160\/revisions"}],"predecessor-version":[{"id":2161,"href":"https:\/\/infoboe.es\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/2160\/revisions\/2161"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/infoboe.es\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=2160"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/infoboe.es\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=2160"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/infoboe.es\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=2160"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}