{"id":232,"date":"2025-04-01T19:09:11","date_gmt":"2025-04-01T17:09:11","guid":{"rendered":"https:\/\/infoboe.es\/?p=232"},"modified":"2025-04-01T19:09:11","modified_gmt":"2025-04-01T17:09:11","slug":"programa-moves-iii-2025-incentivos-para-movilidad-electrica-y-novedades-en-derechos-sociales","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/infoboe.es\/index.php\/2025\/04\/01\/programa-moves-iii-2025-incentivos-para-movilidad-electrica-y-novedades-en-derechos-sociales\/","title":{"rendered":"Programa MOVES III 2025: Incentivos para movilidad el\u00e9ctrica y novedades en derechos sociales"},"content":{"rendered":"<header>\n<h2>BOE del martes, 1 de abril de 2025<\/h2>\n<nav>\n<h3>Entradas Destacadas<\/h3>\n<ul>\n<li><a href=\"#BOE-A-2025-6596\">Ayudas 2025 para coche el\u00e9ctrico: Todo sobre las subvenciones y puntos de recarga del Plan MOVES III<\/a><\/li>\n<li><a href=\"#BOE-A-2025-6488\">Nuevo acuerdo entre Espa\u00f1a y Nigeria para que presos cumplan condena en su pa\u00eds: c\u00f3mo funciona y qui\u00e9n puede solicitarlo<\/a><\/li>\n<li><a href=\"#BOE-A-2025-6489\">Nuevo acuerdo entre Espa\u00f1a y Nigeria para agilizar investigaciones penales y combatir el crimen organizado<\/a><\/li>\n<li><a href=\"#BOE-A-2025-6491\">Nuevas facilidades para el sistema de acogida de protecci\u00f3n internacional: simplificaci\u00f3n de tr\u00e1mites en 2025<\/a><\/li>\n<li><a href=\"#BOE-A-2025-6576\">Nuevas normas de pesca en el Mediterr\u00e1neo para 2025: reducci\u00f3n de capturas y medidas sostenibles<\/a><\/li>\n<li><a href=\"#BOE-A-2025-6577\">Nuevas normas para pesca artesanal de at\u00fan rojo en 2025: l\u00edmites y sanciones actualizadas<\/a><\/li>\n<li><a href=\"#BOE-A-2025-6590\">Ampliaci\u00f3n de permiso maternal para familias monoparentales: claves de la nueva sentencia<\/a><\/li>\n<li><a href=\"#BOE-A-2025-6591\">Tribunal Constitucional ampl\u00eda permiso de maternidad para familias monoparentales: qu\u00e9 debes saber<\/a><\/li>\n<li><a href=\"#BOE-A-2025-6592\">Nuevo derecho para madres solteras: Ampliaci\u00f3n del permiso de maternidad por decisi\u00f3n del Tribunal Constitucional<\/a><\/li>\n<li><a href=\"#BOE-A-2025-6594\">Tribunal Constitucional ampl\u00eda permiso de maternidad para familias monoparentales<\/a><\/li>\n<\/ul>\n<h3>Otros Articulos BOE de relevancia menor.<\/h3>\n<p><a href=\"#OtrosArticulosBOE\">Ver resto de Articulos<\/a><\/p>\n<ul><\/ul>\n<\/nav>\n<\/header>\n<article id=\"boe-BOE-A-2025-6596\">\n<h2>Ayudas 2025 para coche el\u00e9ctrico: Todo sobre las subvenciones y puntos de recarga del Plan MOVES III<\/h2>\n<p><strong>Impacto:<\/strong> <span>Reducci\u00f3n de emisiones y fomento de la movilidad sostenible con incentivos econ\u00f3micos directos para veh\u00edculos el\u00e9ctricos e infraestructura.<\/span><\/p>\n<section>\n<h3>Detalles<\/h3>\n<div>\n<ul>\n<li><strong>Presupuesto total:<\/strong> 400 millones de euros para 2025.<\/li>\n<li><strong>Deducci\u00f3n fiscal:<\/strong> 15% del valor de adquisici\u00f3n de veh\u00edculos el\u00e9ctricos (hasta 20.000\u20ac de base).<\/li>\n<li><strong>Vigencia:<\/strong> Solicitudes retroactivas desde el 1 de enero de 2025 hasta el 31 de diciembre de 2025.<\/li>\n<li><strong>Objetivo:<\/strong> Alcanzar 5,5 millones de veh\u00edculos el\u00e9ctricos en Espa\u00f1a para 2030.<\/li>\n<li><strong>Infraestructura:<\/strong> Subvenciones para instalaci\u00f3n de puntos de recarga en viviendas particulares.<\/li>\n<\/ul>\n<\/div>\n<\/section>\n<section>\n<h3>Contenido<\/h3>\n<div>\n<p>El gobierno espa\u00f1ol ha lanzado una nueva edici\u00f3n del programa MOVES III para impulsar la compra de coches el\u00e9ctricos y la instalaci\u00f3n de puntos de recarga en 2025. Con un presupuesto de 400 millones de euros, esta iniciativa busca acelerar la transici\u00f3n energ\u00e9tica y reducir la dependencia de combustibles f\u00f3siles. Los particulares y empresas pueden beneficiarse de deducciones fiscales del 15% en la compra de veh\u00edculos enchufables nuevos, incluyendo turismos, motos y cuadriciclos, siempre que cumplan con los requisitos t\u00e9cnicos establecidos.<\/p>\n<p>Adem\u00e1s de las ayudas directas, el plan permite justificar gastos de forma simplificada para proyectos menores a 100.000\u20ac y ampl\u00eda los plazos para ejecutar las subvenciones hasta diciembre de 2026. Una novedad importante es el car\u00e1cter retroactivo de las solicitudes presentadas desde inicios de 2025, lo que brinda seguridad jur\u00eddica a los compradores.<\/p>\n<p>Para los puntos de recarga dom\u00e9sticos, se mantiene la deducci\u00f3n del 15% sobre los costes de instalaci\u00f3n (hasta 4.000\u20ac anuales), aplicable incluso si las obras finalizan en 2026. El programa se alinea con los objetivos del Plan Nacional Integrado de Energ\u00eda y Clima, que pretende reducir un 32% las emisiones respecto a 1990 y lograr que el 81% de la electricidad sea renovable para 2030.<\/p>\n<p>Las comunidades aut\u00f3nomas gestionar\u00e1n las convocatorias, por lo que se recomienda consultar los requisitos espec\u00edficos en cada regi\u00f3n. Esta medida no solo impacta en el bolsillo de los usuarios, sino que tambi\u00e9n impulsa la industria nacional de energ\u00edas limpias y mejora la calidad del aire en ciudades.<\/p>\n<\/div>\n<\/section>\n<section>\n<h3>Para ampliar la noticia visita<\/h3>\n<p>    <a href=\"https:\/\/infoboe.es\/index.php?id=230\">InfoBOE: Noticia Ampliada<\/a><br \/>\n  <\/section>\n<footer>\n<p>Identificador: <span>BOE-A-2025-6596<\/span><\/p>\n<p>    <a href=\"https:\/\/www.boe.es\/boe\/dias\/2025\/04\/01\/pdfs\/BOE-A-2025-6596.pdf\">Ver BOE-A-2025-6596 en el BOE oficial<\/a><br \/>\n  <\/footer>\n<\/article>\n<article id=\"boe-BOE-A-2025-6488\">\n<h3>Nuevo acuerdo entre Espa\u00f1a y Nigeria para que presos cumplan condena en su pa\u00eds: c\u00f3mo funciona y qui\u00e9n puede solicitarlo<\/h3>\n<p><strong>Impacto:<\/strong> <span>Facilita la reinserci\u00f3n social de condenados espa\u00f1oles y nigerianos al permitir cumplir penas en sus pa\u00edses de origen.<\/span><\/p>\n<section>\n<h4>Detalles<\/h4>\n<div>\n<ul>\n<li><strong>Entrada en vigor:<\/strong> 19 de marzo de 2025<\/li>\n<li><strong>Requisito m\u00ednimo:<\/strong> Al menos 1 a\u00f1o de condena pendiente (se permite excepciones)<\/li>\n<li><strong>Documentaci\u00f3n clave:<\/strong> Consentimiento escrito del preso y verificaci\u00f3n de compatibilidad legal del delito en ambos pa\u00edses<\/li>\n<li><strong>Autoridades responsables:<\/strong> Ministerio de Justicia de Espa\u00f1a y Fiscal\u00eda de la Federaci\u00f3n de Nigeria<\/li>\n<li><strong>Beneficio adicional:<\/strong> Familiares podr\u00e1n visitar m\u00e1s f\u00e1cilmente a los reclusos trasladados<\/li>\n<\/ul>\n<\/div>\n<\/section>\n<section>\n<h4>Contenido<\/h4>\n<div>\n<p>El acuerdo entre Espa\u00f1a y Nigeria marca un hito en la cooperaci\u00f3n internacional penitenciaria. Desde marzo de 2025, ciudadanos condenados en el extranjero podr\u00e1n solicitar cumplir su pena en su pa\u00eds natal, siempre que cumplan ciertas condiciones. Este sistema busca humanizar el sistema penal y mejorar las perspectivas de rehabilitaci\u00f3n.<\/p>\n<p>Para acceder al traslado, los presos deben ser nacionales del pa\u00eds receptor y tener al menos un a\u00f1o de condena pendiente. Excepcionalmente, ambos gobiernos pueden autorizar traslados con menos tiempo restante. El proceso requiere consentimiento expl\u00edcito del condenado, que debe ser verificado por las autoridades consulares para evitar coacciones.<\/p>\n<p>El Ministerio de Justicia espa\u00f1ol y la Fiscal\u00eda nigeriana ser\u00e1n los encargados de gestionar las solicitudes, que deben incluir documentos como la sentencia firme, historial penitenciario y an\u00e1lisis de compatibilidad legal del delito. Las autoridades sanitarias participar\u00e1n en casos que requieran seguimiento m\u00e9dico especializado.<\/p>\n<p>Una vez trasladado, el preso cumplir\u00e1 la pena seg\u00fan las leyes del pa\u00eds receptor, pero respetando la duraci\u00f3n original de la condena. Si Nigeria adapta la pena por diferencias legislativas, nunca ser\u00e1 m\u00e1s severa que la impuesta en Espa\u00f1a. Ambos pa\u00edses compartir\u00e1n informaci\u00f3n sobre la evoluci\u00f3n penitenciaria y posibles fugas.<\/p>\n<p>Este acuerdo beneficia especialmente a familias con recursos limitados, que podr\u00e1n visitar a sus seres queridos m\u00e1s f\u00e1cilmente. Tambi\u00e9n reduce la sobrepoblaci\u00f3n carcelaria y los costes asociados al mantenimiento de presos extranjeros. Para los condenados, significa enfrentar el proceso de reinserci\u00f3n en su entorno cultural y ling\u00fc\u00edstico.<\/p>\n<p>Las solicitudes pueden iniciarse desde prisi\u00f3n o trav\u00e9s de representantes legales. Aunque el proceso prioriza la voluntad del preso, ambos pa\u00edses pueden denegar traslados por antecedentes penales graves o deudas pendientes con la justicia. El tratado incluye mecanismos para resolver disputas y actualizar sus condiciones cada 5 a\u00f1os.<\/p>\n<\/div>\n<\/section>\n<footer>\n<p>Identificador: <span>BOE-A-2025-6488<\/span><\/p>\n<p>    <a href=\"https:\/\/www.boe.es\/boe\/dias\/2025\/04\/01\/pdfs\/BOE-A-2025-6488.pdf\">Ver BOE-A-2025-6488 en el BOE oficial<\/a><br \/>\n  <\/footer>\n<\/article>\n<article id=\"boe-BOE-A-2025-6489\">\n<h3>Nuevo acuerdo entre Espa\u00f1a y Nigeria para agilizar investigaciones penales y combatir el crimen organizado<\/h3>\n<p><strong>Impacto:<\/strong> <span>Refuerza la colaboraci\u00f3n judicial entre Espa\u00f1a y Nigeria para investigar delitos graves como terrorismo y crimen organizado, agilizando tr\u00e1mites y permitiendo la incautaci\u00f3n de bienes.<\/span><\/p>\n<section>\n<h4>Detalles<\/h4>\n<div>\n<ul>\n<li><strong>Firma del tratado:<\/strong> 1 de junio de 2022 en Madrid, con vigencia a partir del 19 de marzo de 2025.<\/li>\n<li><strong>Autoridades responsables:<\/strong> Ministerio de Justicia de Espa\u00f1a y Fiscal\u00eda de la Federaci\u00f3n de Nigeria.<\/li>\n<li><strong>Alcance:<\/strong> Incluye b\u00fasqueda de pruebas, incautaci\u00f3n de bienes, testimonios por videoconferencia y extradiciones temporales.<\/li>\n<li><strong>Confidencialidad:<\/strong> Informaci\u00f3n compartida solo puede usarse para los fines acordados en el tratado.<\/li>\n<li><strong>Exclusiones:<\/strong> No aplica para ejecuci\u00f3n de sentencias o extradiciones tradicionales.<\/li>\n<\/ul>\n<\/div>\n<\/section>\n<section>\n<h4>Contenido<\/h4>\n<div>\n<p>Espa\u00f1a y Nigeria han dado un paso hist\u00f3rico en su cooperaci\u00f3n judicial con la firma de un tratado que simplifica los procesos de investigaci\u00f3n penal entre ambos pa\u00edses. Este acuerdo, vigente desde marzo de 2025, permite a las autoridades intercambiar informaci\u00f3n clave, realizar allanamientos e incluso trasladar temporalmente a detenidos para colaborar en casos de delitos graves como el terrorismo, el narcotr\u00e1fico o el blanqueo de capitales.<\/p>\n<p>El tratado establece mecanismos \u00e1giles para notificar documentos, obtener testimonios de testigos (incluso mediante videollamadas) y congelar activos vinculados a actividades il\u00edcitas. Por ejemplo, si la polic\u00eda espa\u00f1ola investiga una red de ciberdelincuencia con ramificaciones en Lagos, podr\u00e1 solicitar a Nigeria que incaute servidores o interrogue a sospechosos siguiendo protocolos preestablecidos.<\/p>\n<p>Uno de los avances m\u00e1s relevantes es la creaci\u00f3n de equipos de investigaci\u00f3n conjunta, que trabajar\u00e1n en ambos territorios para desarticular organizaciones criminales transnacionales. Adem\u00e1s, se eliminan obst\u00e1culos como el secreto bancario: las instituciones financieras de ambos pa\u00edses est\u00e1n obligadas a compartir datos de cuentas sospechosas bajo petici\u00f3n judicial.<\/p>\n<p>El acuerdo tambi\u00e9n protege derechos fundamentales. Cualquier persona interrogada podr\u00e1 contar con abogado defensor, y se proh\u00edbe usar la informaci\u00f3n obtenida para fines distintos a los acordados. En casos sensibles, las autoridades pueden solicitar confidencialidad total sobre las pesquisas.<\/p>\n<p>Para agilizar tr\u00e1mites, las solicitudes se enviar\u00e1n directamente entre los ministerios de Justicia de ambos pa\u00edses, con respuesta obligatoria en plazos m\u00e1ximos de 90 d\u00edas. En emergencias, se aceptan peticiones por correo electr\u00f3nico o fax, siempre que se confirmen posteriormente por escrito.<\/p>\n<p>Este marco legal no solo mejora la lucha contra el crimen organizado, sino que facilita la recuperaci\u00f3n de activos robados. Si se descubre dinero procedente de corrupci\u00f3n en cuentas nigerianas, Espa\u00f1a podr\u00e1 solicitar su confiscaci\u00f3n y repatriaci\u00f3n mediante procesos simplificados.<\/p>\n<p>El tratado incluye medidas innovadoras como las &#8216;entregas vigiladas&#8217; para desmantelar redes de tr\u00e1fico de drogas, y permite a agentes policiales de un pa\u00eds operar en el territorio del otro bajo supervisi\u00f3n local. Con esta colaboraci\u00f3n reforzada, ambos gobiernos esperan reducir la impunidad en delitos transfronterizos y acelerar la justicia en casos complejos.<\/p>\n<\/div>\n<\/section>\n<footer>\n<p>Identificador: <span>BOE-A-2025-6489<\/span><\/p>\n<p>    <a href=\"https:\/\/www.boe.es\/boe\/dias\/2025\/04\/01\/pdfs\/BOE-A-2025-6489.pdf\">Ver BOE-A-2025-6489 en el BOE oficial<\/a><br \/>\n  <\/footer>\n<\/article>\n<article id=\"boe-BOE-A-2025-6491\">\n<h3>Nuevas facilidades para el sistema de acogida de protecci\u00f3n internacional: simplificaci\u00f3n de tr\u00e1mites en 2025<\/h3>\n<p><strong>Impacto:<\/strong> <span>Agiliza los procesos administrativos para entidades gestoras del sistema de acogida, reduciendo cargas burocr\u00e1ticas en justificaciones econ\u00f3micas<\/span><\/p>\n<section>\n<h4>Detalles<\/h4>\n<div>\n<ul>\n<li><strong>Fecha de entrada en vigor:<\/strong> 1 de julio de 2025 para nuevas justificaciones<\/li>\n<li><strong>Modificaciones clave:<\/strong> Orden ISM\/535\/2024 (mayo 2024) y Orden ISM\/1137\/2024 (octubre 2024)<\/li>\n<li><strong>Novedad principal:<\/strong> Unificaci\u00f3n de justificaciones peri\u00f3dicas en la final para reducir tr\u00e1mites<\/li>\n<li><strong>Requisitos actualizados:<\/strong> Presentaci\u00f3n agregada de costes y certificados de ingresos\/gastos simplificados<\/li>\n<li><strong>Plazos flexibles:<\/strong> Anticipos pagables en cualquier momento tras notificaci\u00f3n de asignaci\u00f3n<\/li>\n<\/ul>\n<\/div>\n<\/section>\n<section>\n<h4>Contenido<\/h4>\n<div>\n<p>El sistema de acogida para personas solicitantes de protecci\u00f3n internacional en Espa\u00f1a ha implementado importantes cambios normativos para simplificar su gesti\u00f3n. Estas modificaciones, recogidas en las \u00f3rdenes ISM\/535\/2024 y ISM\/1137\/2024, responden a dos a\u00f1os de experiencia pr\u00e1ctica con el modelo instaurado en 2023, buscando optimizar los procesos administrativos que rodean a la acci\u00f3n concertada con entidades colaboradoras.<\/p>\n<p>La principal innovaci\u00f3n consiste en la racionalizaci\u00f3n de los requisitos de justificaci\u00f3n econ\u00f3mica. Anteriormente, las entidades deb\u00edan presentar m\u00faltiples justificaciones peri\u00f3dicas detalladas de sus gastos, un proceso que consum\u00eda tiempo y recursos. Con las nuevas normas, esta informaci\u00f3n se consolidar\u00e1 en la justificaci\u00f3n final, manteniendo el control pero eliminando tr\u00e1mites intermedios. Esto permite a las organizaciones dedicar m\u00e1s esfuerzos a la atenci\u00f3n directa de las personas acogidas.<\/p>\n<p>Otro avance significativo es la flexibilizaci\u00f3n de los plazos para solicitar anticipos econ\u00f3micos. Mientras antes solo se permit\u00eda en el \u00faltimo trimestre del a\u00f1o anterior, ahora las entidades pueden gestionar estos pagos en cualquier momento tras recibir la notificaci\u00f3n de asignaci\u00f3n de plazas o servicios. Esta medida mejora la liquidez operativa de las organizaciones, facilitando una mejor planificaci\u00f3n de sus recursos.<\/p>\n<p>Los nuevos requisitos documentales incluyen ahora:<\/p>\n<ul>\n<li>Presentaci\u00f3n de costes agregados por tipolog\u00eda de plaza\/servicio<\/li>\n<li>Certificados unificados de ingresos y gastos<\/li>\n<li>Informaci\u00f3n contable simplificada (cuenta de p\u00e9rdidas y ganancias)<\/li>\n<li>Detalle de financiaci\u00f3n europea cuando corresponda<\/li>\n<\/ul>\n<p>Estos cambios se aplicar\u00e1n progresivamente, con una disposici\u00f3n transitoria que permite adaptarse a las asignaciones notificadas antes del 1 de julio de 2025. El Ministerio mantiene los mecanismos de control final para garantizar la transparencia, pero elimina obst\u00e1culos administrativos que ralentizaban la operativa diaria.<\/p>\n<p>Para las entidades colaboradoras, estas modificaciones suponen un alivio administrativo considerable. Podr\u00e1n dedicar menos tiempo a papeleo y m\u00e1s a mejorar la calidad de los servicios de acogida, desde el alojamiento hasta la integraci\u00f3n social. El sistema en su conjunto gana en agilidad, permitiendo una mejor respuesta ante fluctuaciones en la demanda de plazas.<\/p>\n<p>Estas mejoras normativas se enmarcan en los principios de buena regulaci\u00f3n establecidos por la Ley 39\/2015, priorizando eficiencia administrativa sin perder rigor en el control de fondos p\u00fablicos. El proceso incluy\u00f3 consultas p\u00fablicas y an\u00e1lisis t\u00e9cnicos para equilibrar simplificaci\u00f3n con transparencia.<\/p>\n<p>Las organizaciones del tercer sector que trabajan en protecci\u00f3n internacional encontrar\u00e1n en estas medidas un apoyo para su labor humanitaria. La reducci\u00f3n de tr\u00e1mites redundar\u00e1 en una gesti\u00f3n m\u00e1s \u00e1gil de los recursos destinados a atenci\u00f3n b\u00e1sica, asistencia legal y programas de integraci\u00f3n para personas refugiadas y migrantes.<\/p>\n<\/div>\n<\/section>\n<footer>\n<p>Identificador: <span>BOE-A-2025-6491<\/span><\/p>\n<p>    <a href=\"https:\/\/www.boe.es\/boe\/dias\/2025\/04\/01\/pdfs\/BOE-A-2025-6491.pdf\">Ver BOE-A-2025-6491 en el BOE oficial<\/a><br \/>\n  <\/footer>\n<\/article>\n<article id=\"boe-BOE-A-2025-6576\">\n<h3>Nuevas normas de pesca en el Mediterr\u00e1neo para 2025: reducci\u00f3n de capturas y medidas sostenibles<\/h3>\n<p><strong>Impacto:<\/strong> <span>Garantiza la recuperaci\u00f3n de especies como la merluza y cigala en el Mediterr\u00e1neo mediante l\u00edmites de captura y artes de pesca m\u00e1s selectivos.<\/span><\/p>\n<section>\n<h4>Detalles<\/h4>\n<div>\n<ul>\n<li><strong>Talla m\u00ednima actualizada:<\/strong> 25 mm de longitud para gamba roja y cigala (vigente desde el 1 de junio de 2025).<\/li>\n<li><strong>Reducci\u00f3n de capturas:<\/strong> L\u00edmite de 708,3 toneladas para gamba roja en 2025 (10% menos que en 2024).<\/li>\n<li><strong>Nuevas redes obligatorias:<\/strong> Malla cuadrada de 45 mm para pesca costera y 50 mm para profundidad (vigencia inmediata tras publicaci\u00f3n en BOE).<\/li>\n<li><strong>Incentivos energ\u00e9ticos:<\/strong> 3% de d\u00edas de pesca adicionales para barcos que usen puertas voladoras (ahorra combustible y reduce impacto ambiental).<\/li>\n<li><strong>Reserva estrat\u00e9gica:<\/strong> 7% de d\u00edas de pesca guardados para reactivar barcos inactivos o nuevos registros.<\/li>\n<\/ul>\n<\/div>\n<\/section>\n<section>\n<h4>Contenido<\/h4>\n<div>\n<p>El Mediterr\u00e1neo espa\u00f1ol estrena en 2025 un paquete de medidas para proteger sus recursos pesqueros. La normativa, aprobada tras consultas con comunidades aut\u00f3nomas y sector pesquero, combina restricciones con incentivos para lograr una pesca sostenible. El cambio m\u00e1s visible es el aumento de la talla m\u00ednima de captura: tanto la gamba roja como la cigala deber\u00e1n medir al menos 25 mm de longitud cefalotor\u00e1cica, una medida que busca permitir su reproducci\u00f3n antes de ser pescadas.<\/p>\n<p>Las embarcaciones de arrastre tendr\u00e1n que adaptar sus redes antes de junio de 2025. Para la pesca cerca de la costa se exigir\u00e1n mallas cuadradas de 45 mm, mientras que en aguas profundas el m\u00ednimo ser\u00e1 de 50 mm. Esta modificaci\u00f3n t\u00e9cnica, respaldada por informes cient\u00edficos, permite escapar a los ejemplares juveniles y reducir capturas accidentales. Los pescadores que ya cumplan estos requisitos podr\u00e1n certificar sus redes mediante inspecci\u00f3n, obteniendo un a\u00f1o de validez administrativa.<\/p>\n<p>El cupo anual de gamba roja para Espa\u00f1a baja a 708,3 toneladas, un recorte del 10% respecto a 2024. Para compensar esta reducci\u00f3n, se implementa un sistema de &#8216;d\u00edas extras&#8217; vinculado a mejoras tecnol\u00f3gicas. Los barcos que instalen puertas voladoras en sus redes -dispositivos que mantienen el arte separado del fondo marino- podr\u00e1n acceder al 3% adicional de jornadas pesqueras. Esta innovaci\u00f3n no solo protege los ecosistemas bent\u00f3nicos, sino que reduce el consumo de combustible al disminuir la fricci\u00f3n con el lecho marino.<\/p>\n<p>La flota mediterr\u00e1nea contar\u00e1 con una reserva del 7% de d\u00edas pesqueros, destinada principalmente a reactivar embarcaciones temporalmente inactivas. Este fondo estrat\u00e9gico busca equilibrar la capacidad productiva sin sobrepasar los l\u00edmites sostenibles. Paralelamente, se elimina el 5% de d\u00edas que antes se destinaba a incentivar redes selectivas, al convertirse ahora estas en obligatorias.<\/p>\n<p>El control del cumplimiento recae en la Secretar\u00eda General de Pesca, que realizar\u00e1 inspecciones aleatorias. Los infractores no solo perder\u00e1n d\u00edas de pesca pendientes, sino que enfrentar\u00e1n sanciones seg\u00fan la Ley de Pesca Mar\u00edtima. Para facilitar la transici\u00f3n, el gobierno ha establecido un procedimiento de certificaci\u00f3n \u00e1gil mediante delegaciones territoriales, accesible incluso para peque\u00f1as embarcaciones.<\/p>\n<p>Estas medidas se enmarcan en el Plan de Gesti\u00f3n Mediterr\u00e1neo 2020-2025, alineado con la Pol\u00edtica Pesquera Com\u00fan de la UE. Su objetivo final es alcanzar el Rendimiento M\u00e1ximo Sostenible para todas las especies demersales antes de 2030, combinando protecci\u00f3n ambiental con viabilidad econ\u00f3mica del sector. Los pr\u00f3ximos a\u00f1os ser\u00e1n clave para evaluar la recuperaci\u00f3n de los stocks y ajustar las cuotas seg\u00fan los informes cient\u00edficos anuales.<\/p>\n<\/div>\n<\/section>\n<footer>\n<p>Identificador: <span>BOE-A-2025-6576<\/span><\/p>\n<p>    <a href=\"https:\/\/www.boe.es\/boe\/dias\/2025\/04\/01\/pdfs\/BOE-A-2025-6576.pdf\">Ver BOE-A-2025-6576 en el BOE oficial<\/a><br \/>\n  <\/footer>\n<\/article>\n<article id=\"boe-BOE-A-2025-6577\">\n<h3>Nuevas normas para pesca artesanal de at\u00fan rojo en 2025: l\u00edmites y sanciones actualizadas<\/h3>\n<p><strong>Impacto:<\/strong> <span>Regula la pesca sostenible del at\u00fan rojo en el Estrecho, evitando la sobrepesca y asegurando cuotas justas para los pescadores artesanales en 2025.<\/span><\/p>\n<section>\n<h4>Detalles<\/h4>\n<div>\n<ul>\n<li><strong>L\u00edmite de captura por buque:<\/strong> 1.561 kilos de at\u00fan rojo para embarcaciones artesanales del Estrecho (Resoluci\u00f3n 17\/02\/2025).<\/li>\n<li><strong>Temporada de pesca:<\/strong> 4 meses desde el 4 de abril de 2025, ampliable a 5 meses con justificaci\u00f3n.<\/li>\n<li><strong>Sanciones:<\/strong> Prohibici\u00f3n de pesca en 2025 para buques con infracciones graves de la Ley 3\/2001.<\/li>\n<li><strong>Sustituci\u00f3n de embarcaciones:<\/strong> Permiso especial requerido para reemplazar buques dentro del mismo \u00e1mbito geogr\u00e1fico.<\/li>\n<\/ul>\n<\/div>\n<\/section>\n<section>\n<h4>Contenido<\/h4>\n<div>\n<p>El Real Decreto 46\/2019 establece nuevas medidas para proteger la pesca de at\u00fan rojo en el Mediterr\u00e1neo y Atl\u00e1ntico Oriental. En 2025, los pescadores artesanales del Estrecho deber\u00e1n adaptarse a un sistema de cuotas individuales de 1.561 kg por barco, dise\u00f1ado para evitar la pesca indiscriminada y garantizar la sostenibilidad de la especie.<\/p>\n<p>La Secretar\u00eda General de Pesca ha implementado un calendario flexible: cada embarcaci\u00f3n dispone de 4 meses para completar su cuota, con posibilidad de ampliaci\u00f3n a 5 meses si existen condiciones meteorol\u00f3gicas adversas. Las capturas se monitorizar\u00e1n mediante permisos especiales (PEP) que deben solicitarse con un mes de antelaci\u00f3n a trav\u00e9s de la Sede Electr\u00f3nica del MAPA.<\/p>\n<p>Se introduce un innovador sistema de gesti\u00f3n conjunta: hasta 7 d\u00edas antes de comenzar la temporada, grupos de pescadores pueden unir sus cuotas individuales para optimizar recursos. Sin embargo, cualquier captura previa anula esta posibilidad. Los fines de semana y festivos se mantendr\u00e1n como periodos de veda obligatoria para facilitar el control.<\/p>\n<p>Para evitar excesos, cuando se alcance el 85% del l\u00edmite asignado, se activar\u00e1 un cierre precautorio. Si tras revisi\u00f3n queda cuota disponible, se reabrir\u00e1 la pesca con condiciones espec\u00edficas. Los sobrepasamientos generar\u00e1n deducciones proporcionales en las cuotas de 2026, aplicando sanciones directas a los infractores.<\/p>\n<p>La resoluci\u00f3n incluye medidas excepcionales para el Estrecho de Gibraltar, permitiendo sustituir embarcaciones siempre que se mantenga el mismo \u00e1mbito geogr\u00e1fico. Los puertos designados para desembarque y los sistemas de seguimiento en tiempo real completan este marco regulatorio que busca equilibrar la protecci\u00f3n del at\u00fan rojo con la viabilidad econ\u00f3mica del sector artesanal.<\/p>\n<\/div>\n<\/section>\n<footer>\n<p>Identificador: <span>BOE-A-2025-6577<\/span><\/p>\n<p>    <a href=\"https:\/\/www.boe.es\/boe\/dias\/2025\/04\/01\/pdfs\/BOE-A-2025-6577.pdf\">Ver BOE-A-2025-6577 en el BOE oficial<\/a><br \/>\n  <\/footer>\n<\/article>\n<article id=\"boe-BOE-A-2025-6590\">\n<h3>Ampliaci\u00f3n de permiso maternal para familias monoparentales: claves de la nueva sentencia<\/h3>\n<p><strong>Impacto:<\/strong> <span>Las madres solas podr\u00e1n acceder a 12 semanas adicionales de prestaci\u00f3n por nacimiento, igualando derechos con familias biparentales.<\/span><\/p>\n<section>\n<h4>Detalles<\/h4>\n<div>\n<ul>\n<li><strong>Fecha de la sentencia:<\/strong> 24 de febrero de 2025<\/li>\n<li><strong>Beneficio reconocido:<\/strong> 12 semanas extra de permiso remunerado para cuidado infantil en familias monoparentales<\/li>\n<li><strong>Casos afectados:<\/strong> Todos los procesos judiciales abiertos desde el 1 de marzo de 2019<\/li>\n<li><strong>Requisitos:<\/strong> Ser familia monoparental reconocida y tener resoluci\u00f3n denegatoria entre 2019-2023<\/li>\n<li><strong>Art\u00edculos afectados:<\/strong> Declarados inconstitucionales los arts. 48.4 LET y 177 LGSS<\/li>\n<\/ul>\n<\/div>\n<\/section>\n<section>\n<h4>Contenido<\/h4>\n<div>\n<p>El Tribunal Constitucional ha marcado un hito hist\u00f3rico con su sentencia de febrero de 2025, reconociendo el derecho de las familias monoparentales a disfrutar de permisos de maternidad equivalentes a los de las familias biparentales. Este fallo resuelve una desigualdad que llevaba a\u00f1os afectando a miles de madres solas en Espa\u00f1a.<\/p>\n<p>La sentencia surge del caso de Iratxe P\u00e9rez Urdiales, a quien en 2020 se le neg\u00f3 ampliar su permiso maternal pese a ser madre soltera. El INSS s\u00f3lo le reconoci\u00f3 16 semanas iniciales, denegando las 12 semanas adicionales que corresponder\u00edan al otro progenitor en familias biparentales. Tras un largo proceso judicial que lleg\u00f3 hasta el Tribunal Supremo, el Constitucional ha rectificado esta situaci\u00f3n.<\/p>\n<p>La clave del fallo radica en que se declara inconstitucional la normativa que imped\u00eda a las madres solas sumar el permiso correspondiente al &#8216;progenitor no biol\u00f3gico&#8217;. Los magistrados consideran que esta limitaci\u00f3n creaba una discriminaci\u00f3n por &#8216;raz\u00f3n de nacimiento&#8217;, ya que los hijos de familias monoparentales recib\u00edan menos tiempo de cuidados que los de familias tradicionales.<\/p>\n<p>El tribunal aplica retroactividad hasta el 1 de marzo de 2019, fecha de entrada en vigor del Real Decreto-ley 6\/2019. Esto significa que todas las madres solas que recibieron resoluciones denegatorias en este periodo podr\u00e1n reclamar ahora su derecho a las semanas adicionales. Para solicitarlo, deber\u00e1n presentar documentaci\u00f3n que acredite su condici\u00f3n de familia monoparental y las resoluciones administrativas o judiciales previas.<\/p>\n<p>La sentencia obliga al INSS a revisar todos los casos similares y establece que el permiso adicional debe disfrutarse de forma flexible, no necesariamente inmediatamente despu\u00e9s del parto. Esto permite adaptar los cuidados a las necesidades reales de cada familia. Adem\u00e1s, el fallo enfatiza el inter\u00e9s superior del menor, reconociendo que el tiempo de cuidado parental es fundamental para su desarrollo.<\/p>\n<p>Este cambio jurisprudencial obligar\u00e1 al legislador a modificar los art\u00edculos 48.4 del Estatuto de los Trabajadores y 177 de la Ley General de la Seguridad Social. Mientras se realiza esta reforma, los tribunales y el INSS deber\u00e1n aplicar directamente la doctrina constitucional, priorizando los derechos de las familias monoparentales.<\/p>\n<p>Las afectadas pueden iniciar ya los tr\u00e1mites para reclamar las prestaciones no percibidas. Se recomienda consultar con abogados especializados en derecho laboral y recopilar toda la documentaci\u00f3n sobre resoluciones previas. El proceso incluir\u00e1 probablemente una reclamaci\u00f3n administrativa previa antes de acudir a los tribunales si fuera necesario.<\/p>\n<p>Este fallo no solo beneficia a las madres biol\u00f3gicas, sino que sienta un precedente para todos los modelos familiares no tradicionales. Supone un avance hacia la igualdad real en el ejercicio de los derechos parentales, adaptando la legislaci\u00f3n laboral a la diversidad familiar actual.<\/p>\n<\/div>\n<\/section>\n<footer>\n<p>Identificador: <span>BOE-A-2025-6590<\/span><\/p>\n<p>    <a href=\"https:\/\/www.boe.es\/boe\/dias\/2025\/04\/01\/pdfs\/BOE-A-2025-6590.pdf\">Ver BOE-A-2025-6590 en el BOE oficial<\/a><br \/>\n  <\/footer>\n<\/article>\n<article id=\"boe-BOE-A-2025-6591\">\n<h3>Tribunal Constitucional ampl\u00eda permiso de maternidad para familias monoparentales: qu\u00e9 debes saber<\/h3>\n<p><strong>Impacto:<\/strong> <span>Las madres solteras podr\u00e1n acceder a semanas adicionales de permiso por nacimiento, equiparando sus derechos a los de familias biparentales.<\/span><\/p>\n<section>\n<h4>Detalles<\/h4>\n<div>\n<ul>\n<li><strong>Fecha del fallo:<\/strong> 24 de febrero de 2025<\/li>\n<li><strong>Duraci\u00f3n ampliada:<\/strong> 8 semanas adicionales al permiso inicial de 16 semanas para familias monoparentales<\/li>\n<li><strong>Normativa afectada:<\/strong> Art\u00edculos 48.4 LET y 177 LGSS declarados inconstitucionales por discriminaci\u00f3n<\/li>\n<li><strong>Retroactividad:<\/strong> Aplica para casos desde el 1 de marzo de 2019 (Real Decreto-ley 6\/2019)<\/li>\n<li><strong>Requisito clave:<\/strong> Ser madre biol\u00f3gica en familia monoparental reconocida<\/li>\n<\/ul>\n<\/div>\n<\/section>\n<section>\n<h4>Contenido<\/h4>\n<div>\n<p>El Tribunal Constitucional ha marcado un hito hist\u00f3rico al reconocer el derecho de las familias monoparentales a ampliar el permiso por nacimiento y cuidado de hijos. La sentencia, emitida el 24 de febrero de 2025, responde al caso de Saioa Guilisasti, madre soltera a quien se le neg\u00f3 en 2021 la extensi\u00f3n de su baja maternal tras el nacimiento de su hijo.<\/p>\n<p>El fallo establece que las madres biol\u00f3gicas en familias monoparentales tienen derecho a sumar al permiso inicial de 16 semanas las 8 semanas correspondientes al &#8216;segundo progenitor&#8217; en familias biparentales. Esto corrige una desigualdad vigente desde 2019, cuando se reform\u00f3 la ley sin considerar casos como el de Saioa, quien tuvo que recurrir hasta el Tribunal Supremo antes de llegar al Constitucional.<\/p>\n<p>La clave del fallo radica en que se declara inconstitucional la normativa que imped\u00eda esta ampliaci\u00f3n, por crear discriminaci\u00f3n por &#8216;nacimiento en familia monoparental&#8217;. Los magistrados destacaron que los hijos de madres solteras ten\u00edan menos tiempo de cuidado parental que los de familias con dos progenitores, violando el art\u00edculo 14 de la Constituci\u00f3n.<\/p>\n<p>Para acceder a este derecho ampliado, las interesadas deben:<\/p>\n<p>&#8211; Acreditar su condici\u00f3n de familia monoparental<br \/>&#8211; Haber disfrutado las primeras 16 semanas de permiso<br \/>&#8211; No haber trabajado durante el per\u00edodo adicional reclamado<\/p>\n<p>El impacto pr\u00e1ctico es inmediato: todas las madres en esta situaci\u00f3n desde 2019 pueden reclamar ahora las semanas adicionales. El INSS deber\u00e1 revisar los casos denegados anteriormente, aunque el pago estar\u00e1 sujeto a no haber percibido ingresos laborales durante la extensi\u00f3n solicitada.<\/p>\n<p>Este fallo sienta un precedente clave para futuras reformas legislativas. Si bien el Congreso debe modificar la ley para incluir expl\u00edcitamente este derecho, desde ya los tribunales y el INSS deben aplicar esta interpretaci\u00f3n constitucional. Las familias afectadas pueden iniciar reclamaciones administrativas presentando: partida de nacimiento del hijo, certificado de familia monoparental y documentaci\u00f3n laboral que acredite el per\u00edodo de descanso.<\/p>\n<p>La sentencia tambi\u00e9n abre la puerta a posibles compensaciones econ\u00f3micas retroactivas. Las madres que trabajaron durante lo que ahora se considera su per\u00edodo adicional de permiso podr\u00edan reclamar el subsidio correspondiente, deduciendo los salarios percibidos en ese lapso.<\/p>\n<p>Este caso demuestra la importancia de los recursos de amparo para proteger derechos sociales. La persistencia de Saioa durante 4 a\u00f1os, pasando por tres instancias judiciales, ha logrado un avance hist\u00f3rico en igualdad de derechos parentales.<\/p>\n<\/div>\n<\/section>\n<footer>\n<p>Identificador: <span>BOE-A-2025-6591<\/span><\/p>\n<p>    <a href=\"https:\/\/www.boe.es\/boe\/dias\/2025\/04\/01\/pdfs\/BOE-A-2025-6591.pdf\">Ver BOE-A-2025-6591 en el BOE oficial<\/a><br \/>\n  <\/footer>\n<\/article>\n<article id=\"boe-BOE-A-2025-6592\">\n<h3>Nuevo derecho para madres solteras: Ampliaci\u00f3n del permiso de maternidad por decisi\u00f3n del Tribunal Constitucional<\/h3>\n<p><strong>Impacto:<\/strong> <span>Las madres de familias monoparentales podr\u00e1n acceder a 16 semanas adicionales de permiso por nacimiento, igualando sus derechos a los de las familias biparentales<\/span><\/p>\n<section>\n<h4>Detalles<\/h4>\n<div>\n<ul>\n<li><strong>Fecha del fallo:<\/strong> 24 de febrero de 2025<\/li>\n<li><strong>Duraci\u00f3n total del permiso:<\/strong> 32 semanas (16 iniciales + 16 adicionales)<\/li>\n<li><strong>Base legal:<\/strong> Art\u00edculo 14 CE sobre igualdad y STC 140\/2024<\/li>\n<li><strong>Requisito:<\/strong> Ser familia monoparental reconocida legalmente<\/li>\n<li><strong>Retroactividad:<\/strong> Afecta a casos desde agosto 2021<\/li>\n<\/ul>\n<\/div>\n<\/section>\n<section>\n<h4>Contenido<\/h4>\n<div>\n<p>El Tribunal Constitucional ha marcado un hito hist\u00f3rico con su sentencia de febrero 2025, reconociendo el derecho de las madres solteras a ampliar su permiso de maternidad. Esta decisi\u00f3n equipara por primera vez los derechos de las familias monoparentales con las biparentales en materia de cuidados infantiles.<\/p>\n<p>El caso comenz\u00f3 en 2021 cuando Clara P\u00e9rez, madre soltera, reclam\u00f3 ante el INSS la ampliaci\u00f3n de su permiso de maternidad. Tras un largo proceso judicial que lleg\u00f3 hasta el Supremo, el Constitucional ha fallado que limitar el permiso a 16 semanas para familias monoparentales constituye discriminaci\u00f3n por nacimiento, vulnerando el art\u00edculo 14 de la Constituci\u00f3n.<\/p>\n<p>La sentencia establece que las madres biol\u00f3gicas en familias monoparentales tendr\u00e1n derecho a sumar las 16 semanas correspondientes al &#8216;segundo progenitor&#8217; que no existe en su caso. Esto permite disfrutar de un total de 32 semanas de permiso retribuido, igualando el tiempo de cuidado que reciben los ni\u00f1os en familias con dos progenitores.<\/p>\n<p>El fallo aplica retroactivamente desde agosto 2021, lo que significa que todas las madres solteras que hayan solicitado el permiso desde esa fecha podr\u00e1n reclamar la ampliaci\u00f3n. Para acceder a este derecho, deber\u00e1n acreditar su condici\u00f3n de familia monoparental mediante el correspondiente certificado registral.<\/p>\n<p>Esta decisi\u00f3n judicial obliga al INSS a revisar todos los casos similares y modificar sus protocolos de actuaci\u00f3n. Adem\u00e1s, sienta un precedente fundamental para futuras reclamaciones en materia de igualdad familiar, extendiendo la protecci\u00f3n constitucional a nuevos modelos de familia.<\/p>\n<p>Las interesadas pueden iniciar el proceso de reclamaci\u00f3n presentando documentaci\u00f3n que acredite: 1) Certificado de familia monoparental, 2) Resoluci\u00f3n original del permiso de maternidad, y 3) Documentaci\u00f3n laboral actualizada. El plazo para solicitar la revisi\u00f3n ser\u00e1 de 3 meses desde la publicaci\u00f3n de la sentencia en el BOE.<\/p>\n<p>Este fallo hist\u00f3rico no solo beneficia a las madres solteras, sino que refuerza los derechos de los menores nacidos en familias monoparentales, garantiz\u00e1ndoles el mismo tiempo de cuidado parental que el resto de ni\u00f1os. Un avance social que reconoce la diversidad familiar en nuestra sociedad.<\/p>\n<\/div>\n<\/section>\n<footer>\n<p>Identificador: <span>BOE-A-2025-6592<\/span><\/p>\n<p>    <a href=\"https:\/\/www.boe.es\/boe\/dias\/2025\/04\/01\/pdfs\/BOE-A-2025-6592.pdf\">Ver BOE-A-2025-6592 en el BOE oficial<\/a><br \/>\n  <\/footer>\n<\/article>\n<article id=\"boe-BOE-A-2025-6594\">\n<h3>Tribunal Constitucional ampl\u00eda permiso de maternidad para familias monoparentales<\/h3>\n<p><strong>Impacto:<\/strong> <span>Reconoce el derecho de madres solas a ampliar el permiso de maternidad equipar\u00e1ndolo al de familias biparentales<\/span><\/p>\n<section>\n<h4>Detalles<\/h4>\n<div>\n<ul>\n<li><strong>Fecha del fallo:<\/strong> 24 de febrero de 2025<\/li>\n<li><strong>Duraci\u00f3n ampliada:<\/strong> 16 semanas adicionales para madres biol\u00f3gicas en familias monoparentales<\/li>\n<li><strong>Base legal:<\/strong> Declaraci\u00f3n de inconstitucionalidad de los arts. 48.4 LET y 177 LGSS (STC 140\/2024)<\/li>\n<li><strong>Efectos inmediatos:<\/strong> Nulidad de sentencias contrarias y firmeza de fallos favorables desde enero de 2022<\/li>\n<li><strong>Reconocimiento constitucional:<\/strong> Protecci\u00f3n del inter\u00e9s superior del menor (art. 39 CE) y prohibici\u00f3n de discriminaci\u00f3n (art. 14 CE)<\/li>\n<\/ul>\n<\/div>\n<\/section>\n<section>\n<h4>Contenido<\/h4>\n<div>\n<p>El Tribunal Constitucional ha marcado un hito hist\u00f3rico al reconocer el derecho de las madres solas a ampliar su permiso de maternidad. En una sentencia clave del 24 de febrero de 2025, se equiparan los derechos de las familias monoparentales a los de las biparentales en materia de cuidados infantiles. El fallo responde al recurso de una madre vasca a quien se le neg\u00f3 extender su baja maternal, argumentando discriminaci\u00f3n por su situaci\u00f3n familiar.<\/p>\n<p>La decisi\u00f3n judicial obliga a reinterpretar las normas laborales y de seguridad social. Ahora, las madres biol\u00f3gicas en familias monoparentales podr\u00e1n sumar al permiso inicial de 16 semanas el equivalente al que corresponder\u00eda al otro progenitor inexistente. Esto significa que, en la pr\u00e1ctica, dispondr\u00e1n de hasta 32 semanas de permiso remunerado, similar al total que disfrutan dos progenitores en familias tradicionales.<\/p>\n<p>El tribunal fundamenta su fallo en la protecci\u00f3n constitucional de la infancia y la prohibici\u00f3n de discriminaci\u00f3n. Destaca que los hijos de familias monoparentales ten\u00edan desventaja al recibir menos tiempo de cuidados directos, algo que contraviene el principio de igualdad. La sentencia ordena aplicar retroactivamente este criterio a todos los casos similares pendientes desde 2022.<\/p>\n<p>Para acceder a este derecho ampliado, las madres deber\u00e1n acreditar su condici\u00f3n de familia monoparental mediante el certificado correspondiente. El INSS tendr\u00e1 que adaptar sus protocolos para reconocer autom\u00e1ticamente estas extensiones, sin necesidad de reclamaciones judiciales. El fallo tambi\u00e9n insta al legislativo a reformar las leyes laborales para incluir expresamente esta protecci\u00f3n.<\/p>\n<p>Este cambio beneficiar\u00e1 especialmente a las mujeres, que representan el 81% de las familias monoparentales en Espa\u00f1a. Adem\u00e1s de igualar derechos, busca compensar la sobrecarga econ\u00f3mica y emocional que enfrentan estas familias. Los expertos calculan que m\u00e1s de 100,000 hogares monoparentales podr\u00edan verse beneficiados anualmente por esta medida.<\/p>\n<p>La sentencia sigue los lineamientos de la STC 140\/2024, que declar\u00f3 inconstitucionales los art\u00edculos legales que imped\u00edan esta equiparaci\u00f3n. Los jueces destacan que el Estado debe garantizar que las pol\u00edticas familiares no perpet\u00faen desigualdades sociales. Este fallo sienta un precedente clave para futuras reivindicaciones de familias no tradicionales.<\/p>\n<\/div>\n<\/section>\n<footer>\n<p>Identificador: <span>BOE-A-2025-6594<\/span><\/p>\n<p>    <a href=\"https:\/\/www.boe.es\/boe\/dias\/2025\/04\/01\/pdfs\/BOE-A-2025-6594.pdf\">Ver BOE-A-2025-6594 en el BOE oficial<\/a><br \/>\n  <\/footer>\n<\/article>\n<h3 id=\"OtrosArticulosBOE\">Otros<\/h3>\n<p><\/p>\n<article id=\"boe-BOE-A-2025-6490\">\n<h5>Correcci\u00f3n de errores de la Orden HAC\/241\/2025, de 10 de marzo, por la que se modifican la Orden EHA\/2027\/2007, de 28 de junio, por la que se desarrolla parcialmente el Real Decreto 939\/2005, de 29 de julio, por el que se aprueba el Reglamento General de Recaudaci\u00f3n, en relaci\u00f3n con las entidades de cr\u00e9dito que prestan el servicio de colaboraci\u00f3n en la gesti\u00f3n recaudatoria de la Agencia Estatal de Administraci\u00f3n Tributaria; la Orden EHA\/1658\/2009, de 12 de junio, por la que se establecen el procedimiento y las condiciones para la domiciliaci\u00f3n del pago de determinadas deudas a trav\u00e9s de las entidades de cr\u00e9dito que prestan el servicio de colaboraci\u00f3n en la gesti\u00f3n recaudatoria de la Agencia Estatal de Administraci\u00f3n Tributaria; y la Orden de 4 de junio de 1998, por la que se regulan determinados aspectos de la gesti\u00f3n recaudatoria de las tasas que constituyen derechos de la Hacienda P\u00fablica.<\/h2>\n<footer>\n<p>Identificador: <span>BOE-A-2025-6490<\/span><\/p>\n<p>    <a href=\"https:\/\/www.boe.es\/boe\/dias\/2025\/04\/01\/pdfs\/BOE-A-2025-6490.pdf\">Ver BOE-A-2025-6490 en el BOE oficial<\/a><br \/>\n  <\/footer>\n<\/article>\n<p><\/p>\n<article id=\"boe-BOE-A-2025-6492\">\n<h5>Acuerdo de 19 de marzo de 2025, del Pleno del Consejo General del Poder Judicial, por el que se resuelve el concurso, convocado por Acuerdo de 14 de enero de 2025, de la Comisi\u00f3n Permanente, en la Secretar\u00eda General.<\/h2>\n<footer>\n<p>Identificador: <span>BOE-A-2025-6492<\/span><\/p>\n<p>    <a href=\"https:\/\/www.boe.es\/boe\/dias\/2025\/04\/01\/pdfs\/BOE-A-2025-6492.pdf\">Ver BOE-A-2025-6492 en el BOE oficial<\/a><br \/>\n  <\/footer>\n<\/article>\n<p><\/p>\n<article id=\"boe-BOE-A-2025-6493\">\n<h5>Acuerdo de 9 de enero de 2025, de la Comisi\u00f3n Permanente del Consejo General del Poder Judicial, por el que se declara la jubilaci\u00f3n voluntaria de la Magistrada do\u00f1a Mar\u00eda del Amparo Camaz\u00f3n Linacero.<\/h2>\n<footer>\n<p>Identificador: <span>BOE-A-2025-6493<\/span><\/p>\n<p>    <a href=\"https:\/\/www.boe.es\/boe\/dias\/2025\/04\/01\/pdfs\/BOE-A-2025-6493.pdf\">Ver BOE-A-2025-6493 en el BOE oficial<\/a><br \/>\n  <\/footer>\n<\/article>\n<p><\/p>\n<article id=\"boe-BOE-A-2025-6494\">\n<h5>Acuerdo de 11 de febrero de 2025, de la Comisi\u00f3n Permanente del Consejo General del Poder Judicial, por el que se declara la jubilaci\u00f3n forzosa del Magistrado don Ram\u00f3n Antonio Joaqu\u00edn G\u00f3mez Ruiz.<\/h2>\n<footer>\n<p>Identificador: <span>BOE-A-2025-6494<\/span><\/p>\n<p>    <a href=\"https:\/\/www.boe.es\/boe\/dias\/2025\/04\/01\/pdfs\/BOE-A-2025-6494.pdf\">Ver BOE-A-2025-6494 en el BOE oficial<\/a><br \/>\n  <\/footer>\n<\/article>\n<p><\/p>\n<article id=\"boe-BOE-A-2025-6495\">\n<h5>Resoluci\u00f3n de 24 de marzo de 2025, del Instituto de la Cinematograf\u00eda y de las Artes Audiovisuales, por la que se nombran vocales de la Comisi\u00f3n de ayudas a la producci\u00f3n de largometrajes y cortometrajes.<\/h2>\n<footer>\n<p>Identificador: <span>BOE-A-2025-6495<\/span><\/p>\n<p>    <a href=\"https:\/\/www.boe.es\/boe\/dias\/2025\/04\/01\/pdfs\/BOE-A-2025-6495.pdf\">Ver BOE-A-2025-6495 en el BOE oficial<\/a><br \/>\n  <\/footer>\n<\/article>\n<p><\/p>\n<article id=\"boe-BOE-A-2025-6496\">\n<h5>Orden ECM\/310\/2025, de 24 de marzo, por la que se dispone el cese y nombramiento de vocales en la Junta Consultiva de Seguros y Fondos de Pensiones.<\/h2>\n<footer>\n<p>Identificador: <span>BOE-A-2025-6496<\/span><\/p>\n<p>    <a href=\"https:\/\/www.boe.es\/boe\/dias\/2025\/04\/01\/pdfs\/BOE-A-2025-6496.pdf\">Ver BOE-A-2025-6496 en el BOE oficial<\/a><br \/>\n  <\/footer>\n<\/article>\n<p><\/p>\n<article id=\"boe-BOE-A-2025-6497\">\n<h5>Resoluci\u00f3n de 26 de marzo de 2025, de la Presidencia de la Agencia Estatal Consejo Superior de Investigaciones Cient\u00edficas, M.P., por la que se resuelve la convocatoria de libre designaci\u00f3n, efectuada por Resoluci\u00f3n de 3 de febrero de 2025.<\/h2>\n<footer>\n<p>Identificador: <span>BOE-A-2025-6497<\/span><\/p>\n<p>    <a href=\"https:\/\/www.boe.es\/boe\/dias\/2025\/04\/01\/pdfs\/BOE-A-2025-6497.pdf\">Ver BOE-A-2025-6497 en el BOE oficial<\/a><br \/>\n  <\/footer>\n<\/article>\n<p><\/p>\n<article id=\"boe-BOE-A-2025-6498\">\n<h5>Resoluci\u00f3n de 26 de marzo de 2025, de la Presidencia de la Agencia Estatal Consejo Superior de Investigaciones Cient\u00edficas, M.P., por la que se resuelve la convocatoria de libre designaci\u00f3n, efectuada por Resoluci\u00f3n de 21 de febrero de 2025.<\/h2>\n<footer>\n<p>Identificador: <span>BOE-A-2025-6498<\/span><\/p>\n<p>    <a href=\"https:\/\/www.boe.es\/boe\/dias\/2025\/04\/01\/pdfs\/BOE-A-2025-6498.pdf\">Ver BOE-A-2025-6498 en el BOE oficial<\/a><br \/>\n  <\/footer>\n<\/article>\n<p><\/p>\n<article id=\"boe-BOE-A-2025-6499\">\n<h5>Decreto de 17 de marzo de 2025, del Fiscal General del Estado, por el que se acepta la renuncia de do\u00f1a Bego\u00f1a Abad Ruiz como Fiscal Delegada de Delitos Econ\u00f3micos en la Fiscal\u00eda de la Comunidad Aut\u00f3noma de Cantabria y se nombra a don Jes\u00fas \u00c1ngel Ala\u00f1a P\u00e9rez de Mendiguren.<\/h2>\n<footer>\n<p>Identificador: <span>BOE-A-2025-6499<\/span><\/p>\n<p>    <a href=\"https:\/\/www.boe.es\/boe\/dias\/2025\/04\/01\/pdfs\/BOE-A-2025-6499.pdf\">Ver BOE-A-2025-6499 en el BOE oficial<\/a><br \/>\n  <\/footer>\n<\/article>\n<p><\/p>\n<article id=\"boe-BOE-A-2025-6500\">\n<h5>Decreto de 24 de febrero de 2025, del Fiscal General del Estado, por el que se nombra Fiscal Delegada Provincial de la Jurisdicci\u00f3n Contencioso-Administrativo en la Fiscal\u00eda Provincial de Gipuzkoa a do\u00f1a Mar\u00eda Cristina Triguero Campos.<\/h2>\n<footer>\n<p>Identificador: <span>BOE-A-2025-6500<\/span><\/p>\n<p>    <a href=\"https:\/\/www.boe.es\/boe\/dias\/2025\/04\/01\/pdfs\/BOE-A-2025-6500.pdf\">Ver BOE-A-2025-6500 en el BOE oficial<\/a><br \/>\n  <\/footer>\n<\/article>\n<p><\/p>\n<article id=\"boe-BOE-A-2025-6501\">\n<h5>Resoluci\u00f3n de 20 de marzo de 2025, de la Universidad de Zaragoza, por la que se nombra Catedr\u00e1tica de Universidad a do\u00f1a Mar\u00eda Alexia Sanz Hern\u00e1ndez.<\/h2>\n<footer>\n<p>Identificador: <span>BOE-A-2025-6501<\/span><\/p>\n<p>    <a href=\"https:\/\/www.boe.es\/boe\/dias\/2025\/04\/01\/pdfs\/BOE-A-2025-6501.pdf\">Ver BOE-A-2025-6501 en el BOE oficial<\/a><br \/>\n  <\/footer>\n<\/article>\n<p><\/p>\n<article id=\"boe-BOE-A-2025-6502\">\n<h5>Resoluci\u00f3n de 20 de marzo de 2025, de la Universidad de Zaragoza, por la que se nombra Catedr\u00e1tica de Universidad a do\u00f1a Mar\u00eda Jos\u00e9 Rabanaque Hern\u00e1ndez.<\/h2>\n<footer>\n<p>Identificador: <span>BOE-A-2025-6502<\/span><\/p>\n<p>    <a href=\"https:\/\/www.boe.es\/boe\/dias\/2025\/04\/01\/pdfs\/BOE-A-2025-6502.pdf\">Ver BOE-A-2025-6502 en el BOE oficial<\/a><br \/>\n  <\/footer>\n<\/article>\n<p><\/p>\n<article id=\"boe-BOE-A-2025-6503\">\n<h5>Resoluci\u00f3n de 20 de marzo de 2025, de la Universidad de Zaragoza, por la que se nombra Catedr\u00e1tico de Universidad a don Francisco Jos\u00e9 Fern\u00e1ndez \u00c1lvarez.<\/h2>\n<footer>\n<p>Identificador: <span>BOE-A-2025-6503<\/span><\/p>\n<p>    <a href=\"https:\/\/www.boe.es\/boe\/dias\/2025\/04\/01\/pdfs\/BOE-A-2025-6503.pdf\">Ver BOE-A-2025-6503 en el BOE oficial<\/a><br \/>\n  <\/footer>\n<\/article>\n<p><\/p>\n<article id=\"boe-BOE-A-2025-6504\">\n<h5>Acuerdo de 15 de enero de 2025, del Pleno del Consejo General del Poder Judicial, por el que se convoca la provisi\u00f3n de la Presidencia de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Navarra.<\/h2>\n<footer>\n<p>Identificador: <span>BOE-A-2025-6504<\/span><\/p>\n<p>    <a href=\"https:\/\/www.boe.es\/boe\/dias\/2025\/04\/01\/pdfs\/BOE-A-2025-6504.pdf\">Ver BOE-A-2025-6504 en el BOE oficial<\/a><br \/>\n  <\/footer>\n<\/article>\n<p><\/p>\n<article id=\"boe-BOE-A-2025-6505\">\n<h5>Acuerdo de 19 de marzo de 2025, del Pleno del Consejo General del Poder Judicial, por el que se convoca la provisi\u00f3n de la Presidencia de la Audiencia Provincial de Le\u00f3n.<\/h2>\n<footer>\n<p>Identificador: <span>BOE-A-2025-6505<\/span><\/p>\n<p>    <a href=\"https:\/\/www.boe.es\/boe\/dias\/2025\/04\/01\/pdfs\/BOE-A-2025-6505.pdf\">Ver BOE-A-2025-6505 en el BOE oficial<\/a><br \/>\n  <\/footer>\n<\/article>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>BOE del martes, 1 de abril de 2025 Entradas Destacadas Ayudas 2025 para coche el\u00e9ctrico: Todo sobre las subvenciones y puntos de recarga del Plan MOVES III Nuevo acuerdo entre Espa\u00f1a y Nigeria para que presos cumplan condena en su pa\u00eds: c\u00f3mo funciona y qui\u00e9n puede solicitarlo Nuevo acuerdo entre Espa\u00f1a y Nigeria para agilizar 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