{"id":4238,"date":"2026-01-26T09:23:35","date_gmt":"2026-01-26T08:23:35","guid":{"rendered":"https:\/\/infoboe.es\/?p=4238"},"modified":"2026-01-26T09:23:35","modified_gmt":"2026-01-26T08:23:35","slug":"concurso-para-cubrir-127-notarias-vacantes-requisitos-plazos-y-como-solicitar-la-plaza","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/infoboe.es\/index.php\/2026\/01\/26\/concurso-para-cubrir-127-notarias-vacantes-requisitos-plazos-y-como-solicitar-la-plaza\/","title":{"rendered":"Concurso para cubrir 127 notar\u00edas vacantes: requisitos, plazos y c\u00f3mo solicitar la plaza"},"content":{"rendered":"<h2>Concurso para cubrir 127 notar\u00edas vacantes: requisitos, plazos y c\u00f3mo solicitar la plaza<\/h2>\n<p>BOE: <q cite=\"https:\/\/www.boe.es\">Abre un proceso de movilidad para notarios en ejercicio, permitiendo optar a plazas en 127 localidades de toda Espa\u00f1a mediante solicitud electr\u00f3nica.<\/q><\/p>\n<p><strong>Impacto:<\/strong> <span>Resoluci\u00f3n de 19 de enero de 2026, de la Direcci\u00f3n General de Seguridad Jur\u00eddica y Fe P\u00fablica, por la que se convoca concurso para la provisi\u00f3n de notar\u00edas vacantes.<\/span><\/p>\n<section>\n<h3>Detalles<\/h3>\n<div>\n<ul>\n<li><strong>Plazo de solicitud:<\/strong> 15 d\u00edas naturales desde la publicaci\u00f3n en el BOE y DOGC<\/li>\n<li><strong>Vacantes ofertadas:<\/strong> 127 notar\u00edas, divididas en 3 clases y 21 colegios notariales<\/li>\n<li><strong>Requisitos:<\/strong> Ser notario en ejercicio y cumplir lo dispuesto en los art\u00edculos 94 y 95 del Reglamento Notarial<\/li>\n<li><strong>Presentaci\u00f3n:<\/strong> Obligatoriamente por v\u00eda electr\u00f3nica, a trav\u00e9s de la Sede del Ministerio o de la Generalitat de Catalu\u00f1a<\/li>\n<li><strong>Coordinaci\u00f3n:<\/strong> Convocatoria simult\u00e1nea y an\u00e1lisis conjunto con la Generalitat de Catalu\u00f1a para las plazas en su territorio<\/li>\n<\/ul>\n<\/div>\n<\/section>\n<section>\n<h3>Contenido<\/h3>\n<div>\n<p>La Direcci\u00f3n General de Seguridad Jur\u00eddica y Fe P\u00fablica ha publicado en el BOE la convocatoria de un concurso general para la provisi\u00f3n de notar\u00edas vacantes en todo el territorio nacional, con excepci\u00f3n de Catalu\u00f1a, que gestiona su propio proceso de forma coordinada. Se trata de uno de los mecanismos clave de movilidad y carrera dentro del Notariado espa\u00f1ol, un cuerpo p\u00fablico esencial para la seguridad jur\u00eddica y la fe p\u00fablica. Este proceso, regulado por un entramado normativo que se remonta al Reglamento de 1944 pero actualizado por la Ley 39\/2015, determina cada a\u00f1o qui\u00e9nes ocupar\u00e1n las plazas que quedan libres por jubilaci\u00f3n, fallecimiento, traslado u otros motivos. Para los notarios en ejercicio, representa una oportunidad crucial para cambiar su destino profesional, ascender de clase o establecerse en una localidad distinta.<\/p>\n<p>Hist\u00f3ricamente, la provisi\u00f3n de notar\u00edas ha estado ligada a principios de antig\u00fcedad y m\u00e9rito, buscando un equilibrio entre la carrera profesional y las necesidades del servicio p\u00fablico. El sistema actual, fruto de sucesivas reformas, combina el respeto a la trayectoria con la agilidad de la administraci\u00f3n electr\u00f3nica. Este concurso en particular destaca por su volumen, con 127 vacantes, y por el marco de cooperaci\u00f3n entre la administraci\u00f3n central y la auton\u00f3mica de Catalu\u00f1a, que asumi\u00f3 competencias ejecutivas en la materia tras la reforma de su Estatuto. Es, en definitiva, un complejo engranaje que pone a prueba la eficacia de la coordinaci\u00f3n interadministrativa.<\/p>\n<h2>Desglose t\u00e9cnico del concurso: bases que todo notario debe conocer<\/h2>\n<p>El procedimiento se rige por ocho bases publicadas que pueden parecer densas, pero que se pueden simplificar con una analog\u00eda: imagina un sistema de asignaci\u00f3n de plazas similar a la elecci\u00f3n de asignaturas en la universidad, donde tu antig\u00fcedad es tu &#8216;n\u00famero de expediente&#8217; y las notar\u00edas vacantes son las &#8216;plazas disponibles&#8217;. Las bases establecen las reglas del juego. La primera base delimita el campo: se ofrecen todas las vacantes producidas en Espa\u00f1a (excepto Catalu\u00f1a) hasta el d\u00eda anterior a la resoluci\u00f3n. El anexo I es el listado completo, con 127 entradas que detallan localidad, motivo de la vacante, distrito y colegio notarial.<\/p>\n<p>La segunda base establece qui\u00e9n puede jugar: cualquier notario o notaria que cumpla los requisitos del art\u00edculo 94 del Reglamento Notarial (estar en servicio activo) y no incurra en las prohibiciones del art\u00edculo 95 (como tener sanciones). La tercera base cambia las reglas de presentaci\u00f3n de forma radical: todo es electr\u00f3nico. Obligado por la Ley 39\/2015, el proceso exige que la solicitud se presente a trav\u00e9s de canales digitales, usando certificado electr\u00f3nico. Se puede hacer en la Sede del Ministerio de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes, en el Registro electr\u00f3nico de la Generalitat de Catalu\u00f1a, a trav\u00e9s del Consejo General del Notariado o mediante representaci\u00f3n. Es crucial destacar que la solicitud es \u00fanica, incluso si se opta a plazas en Catalu\u00f1a, y en ella se debe indicar el orden de preferencia.<\/p>\n<h3>El reloj corre: plazos y advertencias cr\u00edticas<\/h3>\n<p>La cuarta base pone en marcha el cron\u00f3metro: el plazo es de quince d\u00edas naturales contados desde el d\u00eda siguiente a la publicaci\u00f3n de la convocatoria en el BOE y en el Diario Oficial de la Generalitat de Catalu\u00f1a. Si las publicaciones no son simult\u00e1neas, se cuenta desde la \u00faltima. Aqu\u00ed hay un detalle t\u00e9cnico vital: el c\u00f3mputo se rige por la fecha y hora oficial de las sedes electr\u00f3nicas, no por el calendario en papel. Un error de c\u00e1lculo puede dejar fuera a un candidato. La quinta base concreta los &#8216;buzones&#8217; digitales donde depositar la instancia, ya mencionados.<\/p>\n<p>Las bases sexta, s\u00e9ptima y octava cubren el final del proceso. Cualquier modificaci\u00f3n posterior a la convocatoria reabre el plazo. La resoluci\u00f3n ser\u00e1 fruto de un an\u00e1lisis conjunto entre la Direcci\u00f3n General de Seguridad Jur\u00eddica y Fe P\u00fablica y su hom\u00f3loga catalana, pero cada una adjudicar\u00e1 las plazas de su \u00e1mbito. Finalmente, contra la resoluci\u00f3n definitiva se podr\u00e1n interponer los recursos contencioso-administrativos o potestativos de reposici\u00f3n en los plazos legales.<\/p>\n<h2>Impacto en tres niveles: notarios, ciudadanos y el sistema<\/h2>\n<p>Para el notario individual, este concurso es una encrucijada profesional. Puede significar un traslado a una ciudad m\u00e1s grande, un retorno a la tierra natal o un ascenso a una notar\u00eda de mayor clase (y presumiblemente, volumen de negocio). Para las familias de los notarios, implica una posible mudanza y cambio de vida. A nivel colectivo, el proceso renueva y redistribuye el talento dentro del cuerpo, evitando el envejecimiento y la desconexi\u00f3n en destinos muy peque\u00f1os. La gran cantidad de plazas declaradas &#8216;desiertas&#8217; en concursos anteriores (aparecen como &#8216;protocolo&#8217; en el anexo) indica la dificultad para cubrir notar\u00edas en zonas rurales, un desaf\u00edo estructural.<\/p>\n<p>Para el ciudadano de a pie, el cambio de notario puede pasar desapercibido, pero tiene consecuencias. Un nuevo profesional puede modernizar el servicio, implantar citas online o especializarse en determinados asuntos. La estabilidad y calidad del notariado son un pilar de la seguridad en las transacciones inmobiliarias, herencias o constituci\u00f3n de empresas. Finalmente, para el sistema en su conjunto, este concurso es un test de la eficacia de la administraci\u00f3n digital y de la cooperaci\u00f3n entre administraciones, en un sector tan sensible como el de la fe p\u00fablica.<\/p>\n<h2>Gu\u00eda paso a paso para presentar la solicitud electr\u00f3nica<\/h2>\n<p>1. <strong>Preparaci\u00f3n:<\/strong> Re\u00fane tu certificado digital v\u00e1lido (DNIe o cualificado) y consulta el anexo I para decidir a qu\u00e9 plazas optas y en qu\u00e9 orden de preferencia. 2. <strong>Acceso al portal:<\/strong> Dir\u00edgete a la Sede Electr\u00f3nica del Ministerio (https:\/\/sede.mjusticia.gob.es\/es\/tramites\/comunicaciones-notarios) o al portal de la Generalitat de Catalu\u00f1a (https:\/\/justicia.gencat.cat). 3. <strong>Cumplimentaci\u00f3n:<\/strong> Rellena el formulario electr\u00f3nico con tus datos y el listado ordenado de notar\u00edas solicitadas. Si usas la firma electr\u00f3nica notarial, el sistema la redirigir\u00e1 autom\u00e1ticamente. 4. <strong>Envi\u00f3 y confirmaci\u00f3n:<\/strong> Firma y env\u00eda la solicitud. Guarda el comprobante electr\u00f3nico de presentaci\u00f3n que recibir\u00e1s. 5. <strong>Espera y seguimiento:<\/strong> No presentes m\u00e1s de una solicitud. Cualquier duplicado se invalidar\u00e1 autom\u00e1ticamente. Espera la resoluci\u00f3n, que se publicar\u00e1 en el BOE.<\/p>\n<h2>Comparativa: antes y despu\u00e9s de la digitalizaci\u00f3n obligatoria<\/h2>\n<p>El proceso ha experimentado una transformaci\u00f3n radical en la \u00faltima d\u00e9cada. <strong>Antes:<\/strong> La solicitud era un documento f\u00edsico que hab\u00eda que presentar en el registro presencial del Ministerio, con los riesgos de p\u00e9rdida, plazos postales y mayor burocracia. La coordinaci\u00f3n con Catalu\u00f1a era m\u00e1s compleja y lenta. <strong>Ahora:<\/strong> Todo es online, instant\u00e1neo y trazable. El notario puede presentar su petici\u00f3n desde su despacho a cualquier hora. La coordinaci\u00f3n entre administraciones se facilita con el intercambio electr\u00f3nico de datos. Esto ha agilizado el proceso, reducido errores y aumentado la transparencia, aunque exige competencias digitales a todos los participantes.<\/p>\n<h2>Errores comunes y c\u00f3mo evitarlos en este concurso<\/h2>\n<p>1. <strong>Presentar m\u00faltiples solicitudes:<\/strong> Es el error m\u00e1s grave. Si env\u00edas m\u00e1s de una, solo se considerar\u00e1 la primera y las dem\u00e1s quedar\u00e1n anuladas. Soluci\u00f3n: Prepara todo bien y env\u00eda una \u00fanica vez. 2. <strong>Mal c\u00e1lculo del plazo:<\/strong> No contar correctamente los 15 d\u00edas naturales desde la publicaci\u00f3n oficial. Soluci\u00f3n: Usa un calculador de plazos administrativos y verifica la fecha\/hora de la sede electr\u00f3nica. 3. <strong>No usar certificado v\u00e1lido:<\/strong> Intentar acceder sin un certificado digital reconocido. Soluci\u00f3n: Renueva tu certificado con antelaci\u00f3n y comprueba su validez. 4. <strong>Incluir preferencias contradictorias o no ordenarlas:<\/strong> Puede perjudicar tus opciones. Soluci\u00f3n: Estudia detenidamente el anexo I y decide un orden estrat\u00e9gico. 5. <strong>Ignorar la convocatoria paralela de Catalu\u00f1a:<\/strong> Si optas a plazas all\u00ed, tu solicitud \u00fanica debe reflejarlo. Soluci\u00f3n: Lee ambas convocatorias (BOE y DOGC) para entender el proceso conjunto.<\/p>\n<h2>Previsi\u00f3n futura: hacia d\u00f3nde evolucionan estos concursos<\/h2>\n<p>En los pr\u00f3ximos 12-24 meses, es probable que veamos una mayor integraci\u00f3n de los sistemas inform\u00e1ticos del Ministerio y las comunidades aut\u00f3nomas con competencias, creando un verdadero portal \u00fanico para el notariado. La inteligencia artificial podr\u00eda empezar a usarse para analizar y cruzar los datos de las solicitudes con los perfiles profesionales, optimizando la asignaci\u00f3n. Adem\u00e1s, la persistente falta de candidatos para notar\u00edas rurales (evidente en las 27 plazas desiertas del anexo) puede impulsar pol\u00edticas de incentivos, como complementos retributivos o condiciones especiales. La digitalizaci\u00f3n total del protocolo notarial, ya en marcha, har\u00e1 que el traslado f\u00edsico de documentos deje de ser una barrera, haciendo a\u00fan m\u00e1s \u00e1gil el relevo en cualquier plaza.<\/p>\n<h2>Recursos y herramientas para el notario concursante<\/h2>\n<p>Adem\u00e1s de los anexos oficiales, es \u00fatil contar con herramientas de apoyo. [Enlace a art\u00edculo relacionado sobre c\u00f3mo obtener y usar el certificado digital]. Para simular posibles escenarios de adjudicaci\u00f3n basados en antig\u00fcedad, se pueden usar [calculadoras hipot\u00e9ticas] no oficiales que ayudan a estimar opciones. Los colegios notariales suelen ofrecer asesoramiento espec\u00edfico a sus miembros. Como recurso descargable, una [plantilla de checklist] ficticia para verificar cada paso antes del env\u00edo final puede ser de gran ayuda. Recuerda que la informaci\u00f3n definitiva siempre est\u00e1 en los diarios oficiales y que este art\u00edculo es una gu\u00eda divulgativa, no un sustituto del asesoramiento profesional.<\/p>\n<\/div>\n<\/section>\n<footer>\n<p><a href=\"https:\/\/www.boe.es\/boe\/dias\/2026\/01\/26\/pdfs\/BOE-A-2026-1787.pdf\">Ver articulo BOE-A-2026-1787 en el BOE oficial<\/a><\/p>\n<\/footer>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Concurso para cubrir 127 notar\u00edas vacantes: requisitos, plazos y c\u00f3mo solicitar la plaza BOE: Abre un proceso de movilidad para notarios en ejercicio, permitiendo optar a plazas en 127 localidades de toda Espa\u00f1a mediante solicitud electr\u00f3nica. 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