{"id":4372,"date":"2026-01-31T09:33:15","date_gmt":"2026-01-31T08:33:15","guid":{"rendered":"https:\/\/infoboe.es\/?p=4372"},"modified":"2026-01-31T09:33:15","modified_gmt":"2026-01-31T08:33:15","slug":"adjudicacion-definitiva-de-dos-plazas-de-ayudante-de-secretaria-por-libre-designacion-claves-del-proceso-y-perfiles-seleccionados-en-el-ministerio-de-inclusion","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/infoboe.es\/index.php\/2026\/01\/31\/adjudicacion-definitiva-de-dos-plazas-de-ayudante-de-secretaria-por-libre-designacion-claves-del-proceso-y-perfiles-seleccionados-en-el-ministerio-de-inclusion\/","title":{"rendered":"Adjudicaci\u00f3n definitiva de dos plazas de ayudante de secretar\u00eda por libre designaci\u00f3n: claves del proceso y perfiles seleccionados en el Ministerio de Inclusi\u00f3n"},"content":{"rendered":"<h2>Adjudicaci\u00f3n definitiva de dos plazas de ayudante de secretar\u00eda por libre designaci\u00f3n: claves del proceso y perfiles seleccionados en el Ministerio de Inclusi\u00f3n<\/h2>\n<p>BOE: <q cite=\"https:\/\/www.boe.es\">Resoluci\u00f3n que formaliza el acceso de dos funcionarias a puestos de nivel 17 en Madrid, consolidando sus carreras dentro de la administraci\u00f3n central.<\/q><\/p>\n<p><strong>Impacto:<\/strong> <span>Resoluci\u00f3n de 20 de enero de 2026, de la Subsecretar\u00eda, por la que se resuelve la convocatoria de libre designaci\u00f3n, efectuada por Resoluci\u00f3n de 9 de diciembre de 2025.<\/span><\/p>\n<section>\n<h3>Detalles<\/h3>\n<div>\n<ul>\n<li><strong>Convocatoria y publicaci\u00f3n:<\/strong> Resoluci\u00f3n de 9 de diciembre de 2025, publicada en el BOE el 22 de diciembre de 2025.<\/li>\n<li><strong>Puestos adjudicados:<\/strong> Dos plazas de Ayudante de Secretar\u00eda de Secretario General (nivel 17) en Madrid.<\/li>\n<li><strong>Adjudicatarias:<\/strong> Ana Mar\u00eda Hern\u00e1ndez Carmona y Marta Gebell\u00edn Osuna, funcionarias del Cuerpo General Auxiliar.<\/li>\n<li><strong>Procedimiento:<\/strong> Libre designaci\u00f3n, conforme a la Ley 30\/1984 y el Reglamento de 1995.<\/li>\n<li><strong>Plazos de recurso:<\/strong> 2 meses para contencioso-administrativo o 1 mes para reposici\u00f3n, desde su publicaci\u00f3n.<\/li>\n<\/ul>\n<\/div>\n<\/section>\n<section>\n<h3>Contenido<\/h3>\n<div>\n<h2>La libre designaci\u00f3n: un mecanismo clave en la administraci\u00f3n del siglo XXI<\/h2>\n<p>El Bolet\u00edn Oficial del Estado ha publicado la resoluci\u00f3n que pone fin al procedimiento de provisi\u00f3n, por libre designaci\u00f3n, de dos puestos de trabajo en el Ministerio de Inclusi\u00f3n, Seguridad Social y Migraciones. Esta noticia, aparentemente t\u00e9cnica, representa un hito significativo en la gesti\u00f3n de los recursos humanos de la administraci\u00f3n general del estado. Para comprender su alcance, es necesario retroceder varias d\u00e9cadas. La Ley 30\/1984, de Medidas para la Reforma de la Funci\u00f3n P\u00fablica, sent\u00f3 las bases de los sistemas modernos de provisi\u00f3n de puestos, equilibrando los principios de m\u00e9rito y capacidad con la necesaria agilidad directiva. La libre designaci\u00f3n, lejos de ser un concepto opaco, es un instrumento legal que permite cubrir puestos de confianza o de especial responsabilidad t\u00e9cnica, siempre dentro de un marco regulado que garantiza la transparencia.<\/p>\n<p>La resoluci\u00f3n publicada es el ep\u00edlogo de una convocatoria lanzada en diciembre de 2025. Su publicaci\u00f3n no solo comunica un resultado, sino que cierra un ciclo administrativo riguroso. Este proceso ejemplifica c\u00f3mo la administraci\u00f3n busca equilibrar la estabilidad de la carrera funcionarial con la flexibilidad necesaria para gestionar talento interno. Hist\u00f3ricamente, los sistemas de provisi\u00f3n han evolucionado desde modelos puramente jer\u00e1rquicos hacia otros m\u00e1s din\u00e1micos, donde la libre designaci\u00f3n coexiste con los concursos de m\u00e9ritos. Esta resoluci\u00f3n concreta, por tanto, es un caso de estudio vivo sobre c\u00f3mo se aplica la normativa vigente, espec\u00edficamente el Reglamento General de Ingreso y Provisi\u00f3n de Puestos de Trabajo aprobado por Real Decreto 364\/1995.<\/p>\n<h2>\u00bfEn qu\u00e9 consiste exactamente el procedimiento de libre designaci\u00f3n? Una analog\u00eda pr\u00e1ctica<\/h2>\n<p>Imagina una empresa que necesita cubrir un puesto de coordinaci\u00f3n en un proyecto cr\u00edtico. El director del \u00e1rea, conocedor del equipo, identifica a la persona con las habilidades id\u00f3neas para ese rol espec\u00edfico y le ofrece el puesto. La libre designaci\u00f3n en la administraci\u00f3n p\u00fablica opera bajo una l\u00f3gica similar, aunque con muchas m\u00e1s garant\u00edas y controles. No es un nombramiento discrecional. Es un procedimiento regulado que exige la publicaci\u00f3n de una convocatoria en el BOE, donde se describen el puesto, el nivel y los requisitos. Los candidatos potenciales, que deben ser funcionarios en situaci\u00f3n de servicio activo, son evaluados en funci\u00f3n de su adecuaci\u00f3n al perfil.<\/p>\n<p>El proceso se rige por un principio de idoneidad. La autoridad que designa debe justificar que la persona seleccionada posee los conocimientos, experiencia y aptitudes necesarios para el puesto. En el caso resuelto, los puestos de Ayudante de Secretar\u00eda de Secretario General, de nivel 17, requieren un perfil de apoyo a la alta direcci\u00f3n con un conocimiento profundo de los procedimientos administrativos del ministerio. La analog\u00eda con un &#8216;headhunting&#8217; interno es \u00fatil: se busca al profesional que mejor encaje en un entorno de trabajo determinado, pero todo el proceso est\u00e1 auditado y es recurrible ante los tribunales, tal como se indica en la propia resoluci\u00f3n.<\/p>\n<h3>Los detalles t\u00e9cnicos simplificados<\/h3>\n<p>La resoluci\u00f3n se apoya en dos pilares normativos principales. Primero, la Ley 30\/1984, que en su art\u00edculo 20.1.b) establece la libre designaci\u00f3n como uno de los sistemas de provisi\u00f3n. Segundo, el Reglamento de 1995, que desarrolla los pasos formales. El procedimiento exige que la convocatoria sea p\u00fablica y que la adjudicaci\u00f3n final, como la que ahora se publica, tambi\u00e9n lo sea. Los puestos son de &#8216;nivel 17&#8217;, una clasificaci\u00f3n que se refiere a grupos de retribuci\u00f3n complementaria, indicando que son puestos de respons media-alta dentro de la escala administrativa. La &#8216;situaci\u00f3n AC&#8217; de las adjudicatarias significa &#8216;Activo&#8217;, confirmando que est\u00e1n en servicio activo.<\/p>\n<h2>Impacto real: m\u00e1s all\u00e1 de los nombres en un bolet\u00edn<\/h2>\n<p>\u00bfA qui\u00e9n afecta realmente esta noticia? Podemos analizarlo en tres niveles. Para los funcionarios, en general, refuerza la idea de que la carrera horizontal -moverse entre puestos de similar nivel pero con distintas funciones- es una v\u00eda de desarrollo profesional viable. Para las dos funcionarias adjudicatarias, Ana Mar\u00eda Hern\u00e1ndez Carmona y Marta Gebell\u00edn Osuna, supone un cambio de destino dentro del mismo ministerio y centro directivo, lo que implica nuevas responsabilidades, un posible ajuste en las tareas diarias y la consolidaci\u00f3n de su experiencia en un entorno de secretar\u00eda general. No conlleva un cambio de cuerpo o escala, sino un enriquecimiento de su trayectoria.<\/p>\n<p>Para la administraci\u00f3n, la resoluci\u00f3n eficaz de estos procedimientos es vital para la gesti\u00f3n \u00e1gil de sus recursos humanos. Cubrir puestos de apoyo a la secretar\u00eda general con personas ya formadas en la cultura y procedimientos del ministerio aumenta la eficiencia y reduce los tiempos de adaptaci\u00f3n. Indirectamente, para el ciudadano, una administraci\u00f3n con sus puestos clave cubiertos por personal id\u00f3neo puede traducirse en una mayor agilidad en la tramitaci\u00f3n de expedientes y una gesti\u00f3n m\u00e1s cohesionada de pol\u00edticas tan sensibles como las de inclusi\u00f3n y seguridad social. Es un eslab\u00f3n en la cadena de un servicio p\u00fablico eficaz.<\/p>\n<h3>Gu\u00eda paso a paso: \u00bfC\u00f3mo se participa en una convocatoria de libre designaci\u00f3n?<\/h3>\n<p>Para un funcionario que aspire a un puesto por este procedimiento, el camino tiene varias etapas claras. Primero, vigilancia activa: es fundamental monitorizar las publicaciones del BOE, espec\u00edficamente las secciones de convocatorias de los ministerios de inter\u00e9s. Segundo, an\u00e1lisis del perfil: al publicarse la convocatoria, se debe estudiar minuciosamente los requisitos del puesto y autoevaluar la idoneidad. Tercero, manifestaci\u00f3n de inter\u00e9s: aunque el procedimiento parte de la designaci\u00f3n por la autoridad, es com\u00fan que los candidatos potenciales presenten una solicitud formal o manifiesten su inter\u00e9s ante la unidad de recursos humanos. [Enlace a art\u00edculo relacionado sobre c\u00f3mo redactar una solicitud de participaci\u00f3n en procedimientos internos].<\/p>\n<p>Cuarto, proceso de evaluaci\u00f3n: la autoridad convocante evaluar\u00e1 los curr\u00edculos y la trayectoria de los candidatos considerados. Quinto, resoluci\u00f3n y publicaci\u00f3n: una vez tomada la decisi\u00f3n, se publica la adjudicaci\u00f3n en el BOE, como en este caso. Sexto, toma de posesi\u00f3n: el funcionario designado debe tomar posesi\u00f3n en el plazo establecido, que suele ser breve. S\u00e9ptimo, posibles recursos: como se advierte en la resoluci\u00f3n, los candidatos no seleccionados pueden interponer recursos en los plazos legales. Este flujo, aunque parece lineal, exige una preparaci\u00f3n constante y un conocimiento profundo de la normativa de funci\u00f3n p\u00fablica.<\/p>\n<h2>Comparativa: libre designaci\u00f3n vs. otros sistemas de provisi\u00f3n<\/h2>\n<p>Para contextualizar la importancia de esta resoluci\u00f3n, es \u00fatil comparar el procedimiento de libre designaci\u00f3n con otras v\u00edas de acceso a puestos. La siguiente tabla ilustra las diferencias clave:<\/p>\n<table border='1'>\n<tr>\n<th><strong>Sistema de Provisi\u00f3n<\/strong><\/th>\n<th><strong>Base de Selecci\u00f3n<\/strong><\/th>\n<th><strong>Publicidad del Proceso<\/strong><\/th>\n<th><strong>Tipos de Puesto Usuales<\/strong><\/th>\n<th><strong>Agilidad Relativa<\/strong><\/th>\n<\/tr>\n<tr>\n<td>Libre Designaci\u00f3n (como en este caso)<\/td>\n<td>Idoneidad y confianza para un puesto espec\u00edfico<\/td>\n<td>Convocatoria y resoluci\u00f3n en BOE<\/td>\n<td>Puestos de direcci\u00f3n, coordinaci\u00f3n, apoyo especializado<\/td>\n<td>Alta (proceso m\u00e1s directo)<\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td>Concurso de M\u00e9ritos<\/td>\n<td>Puntuaci\u00f3n objetiva basada en m\u00e9ritos (antig\u00fcedad, formaci\u00f3n, cursos)<\/td>\n<td>Bases p\u00fablicas y listas de resultados<\/td>\n<td>La mayor\u00eda de puestos de la administraci\u00f3n<\/td>\n<td>Media-Baja (proceso m\u00e1s largo y burocr\u00e1tico)<\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td>Oposici\u00f3n Libre<\/td>\n<td>Superaci\u00f3n de pruebas selectivas<\/td>\n<td>Convocatoria p\u00fablica masiva<\/td>\n<td>Acceso inicial a cuerpos y escalas<\/td>\n<td>Baja (proceso muy largo)<\/td>\n<\/tr>\n<\/table>\n<p>Antes de esta resoluci\u00f3n, los puestos pod\u00edan haber estado vacantes o cubiertos provisionalmente. Despu\u00e9s, se regulariza la situaci\u00f3n con titulares definitivos, lo que aporta estabilidad al organigrama. La libre designaci\u00f3n permite una cobertura m\u00e1s r\u00e1pida que un concurso, que puede demorarse meses en resolver sus listas. Sin embargo, el concurso ofrece una mayor seguridad jur\u00eddica al basarse en baremos num\u00e9ricos. La elecci\u00f3n de uno u otro sistema depende de la naturaleza del puesto y de las necesidades del servicio.<\/p>\n<h3>Errores comunes al enfocar un proceso de libre designaci\u00f3n y c\u00f3mo evitarlos<\/h3>\n<p>Uno de los errores m\u00e1s frecuentes entre los funcionarios es la pasividad. Asumir que la libre designaci\u00f3n es un proceso completamente opaco donde no se puede influir es un equ\u00edvoco. Para evitarlo, es crucial construir una red profesional interna, participar en proyectos visibles y mantener un curr\u00edculo actualizado en los registros de personal. Otro error es no preparar la documentaci\u00f3n que acredita la idoneidad cuando se es considerado para un puesto. La soluci\u00f3n es tener un dossier personal permanente con certificados de servicios, cursos realizados y logros en puestos anteriores.<\/p>\n<p>Desde la perspectiva de la administraci\u00f3n, un error ser\u00eda no justificar suficientemente la idoneidad del candidato seleccionado, lo que podr\u00eda hacer la resoluci\u00f3n vulnerable a recursos. Por ello, los informes de propuesta suelen ser detallados. Para los potenciales recurrentes, el error fatal es perder los plazos: dos meses para el contencioso-administrativo y uno para el recurso de reposici\u00f3n, contados desde el d\u00eda siguiente a la publicaci\u00f3n en el BOE. Calendario en mano y asesoramiento jur\u00eddico son esenciales si se decide impugnar.<\/p>\n<h2>Previsi\u00f3n futura: \u00bfhacia d\u00f3nde va la provisi\u00f3n de puestos en la administraci\u00f3n?<\/h2>\n<p>En los pr\u00f3ximos 12 a 24 meses, es previsible que la administraci\u00f3n contin\u00fae combinando la libre designaci\u00f3n con otros sistemas, pero con una tendencia clara hacia una mayor digitalizaci\u00f3n y transparencia. Podr\u00edan implementarse portales \u00fanicos donde los funcionarios expresen sus intereses y competencias, facilitando a las unidades gestoras la identificaci\u00f3n de talento interno. Adem\u00e1s, la presi\u00f3n por la eficiencia puede llevar a un uso m\u00e1s estrat\u00e9gico de la libre designaci\u00f3n para puestos que requieran habilidades digitales o de gesti\u00f3n de fondos europeos, \u00e1reas cr\u00edticas en la actualidad.<\/p>\n<p>La normativa tambi\u00e9n podr\u00eda evolucionar. Existen debates peri\u00f3dicos sobre modernizar el Estatuto B\u00e1sico del Empleado P\u00fablico para hacer los sistemas de provisi\u00f3n m\u00e1s \u00e1giles sin perder garant\u00edas. La resoluci\u00f3n que comentamos es un ejemplo de la aplicaci\u00f3n del marco actual, pero futuras modificaciones legales podr\u00edan ajustar los porcentajes de puestos cubribles por cada sistema o introducir nuevos mecanismos mixtos. La monitorizaci\u00f3n de estas tendencias es clave para cualquier profesional de lo p\u00fablico. [Calculadora hipot\u00e9tica: Herramienta para evaluar tus posibilidades en un proceso de libre designaci\u00f3n basado en antig\u00fcedad, formaci\u00f3n y puestos previos].<\/p>\n<h3>Recursos descargables para funcionarios y gestores<\/h3>\n<p>Para facilitar la comprensi\u00f3n y participaci\u00f3n en estos procesos, hemos elaborado una serie de plantillas ficticias de referencia. Estas herramientas, basadas en la normativa vigente, pueden servir como punto de partida para preparar la documentaci\u00f3n personal o gestionar convocatorias. <strong>Plantilla 1: Dossier de Idoneidad Personal<\/strong> \u2013 Un documento estructurado para recopilar y presentar tus m\u00e9ritos de forma clara. <strong>Plantilla 2: Checklist de Requisitos para Convocatorias<\/strong> \u2013 Una lista de verificaci\u00f3n para asegurar que cumples todos los puntos de una convocatoria publicada. <strong>Plantilla 3: Modelo de Recurso de Reposici\u00f3n<\/strong> \u2013 Un esquema base para interponer este recurso administrativo en caso de disconformidad con una resoluci\u00f3n. [CTA: Descarga gratuita de estas plantillas en formato PDF desde nuestro sitio especializado].<\/p>\n<p>En conclusi\u00f3n, la resoluci\u00f3n publicada en el BOE es mucho m\u00e1s que un tr\u00e1mite. Es la materializaci\u00f3n de un principio de gesti\u00f3n de personas, un caso de movilidad interna que fortalece la administraci\u00f3n y una lecci\u00f3n pr\u00e1ctica de derecho administrativo. Para los miles de funcionarios que cada d\u00eda leen el BOE no solo por obligaci\u00f3n, sino por oportunidad, noticias como esta son faros que iluminan posibles caminos en su desarrollo profesional. La libre designaci\u00f3n, bien entendida y aplicada, es un componente esencial de una funci\u00f3n p\u00fablica din\u00e1mica y al servicio del inter\u00e9s general.<\/p>\n<\/div>\n<\/section>\n<footer>\n<p><a href=\"https:\/\/www.boe.es\/boe\/dias\/2026\/01\/31\/pdfs\/BOE-A-2026-2251.pdf\">Ver articulo BOE-A-2026-2251 en el BOE oficial<\/a><\/p>\n<\/footer>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Adjudicaci\u00f3n definitiva de dos plazas de ayudante de secretar\u00eda por libre designaci\u00f3n: claves del proceso y perfiles seleccionados en el Ministerio de Inclusi\u00f3n BOE: Resoluci\u00f3n que formaliza el acceso de dos funcionarias a puestos de nivel 17 en Madrid, consolidando sus carreras dentro de la administraci\u00f3n central. 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