{"id":5206,"date":"2026-03-10T09:25:09","date_gmt":"2026-03-10T08:25:09","guid":{"rendered":"https:\/\/infoboe.es\/?p=5206"},"modified":"2026-03-10T09:25:09","modified_gmt":"2026-03-10T08:25:09","slug":"avales-del-ico-para-empresas-afectadas-por-inundaciones-como-acceder-a-250me-en-financiacion-con-garantia-estatal-hasta-el-80","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/infoboe.es\/index.php\/2026\/03\/10\/avales-del-ico-para-empresas-afectadas-por-inundaciones-como-acceder-a-250me-en-financiacion-con-garantia-estatal-hasta-el-80\/","title":{"rendered":"Avales del ICO para empresas afectadas por inundaciones: c\u00f3mo acceder a 250M\u20ac en financiaci\u00f3n con garant\u00eda estatal hasta el 80%"},"content":{"rendered":"<h2>Avales del ICO para empresas afectadas por inundaciones: c\u00f3mo acceder a 250M\u20ac en financiaci\u00f3n con garant\u00eda estatal hasta el 80%<\/h2>\n<p>BOE: <q cite=\"https:\/\/www.boe.es\">Permite a aut\u00f3nomos y pymes acceder a pr\u00e9stamos con aval p\u00fablico para la reconversi\u00f3n de su actividad tras desastres naturales, sin comisiones y plazos de hasta 10 a\u00f1os.<\/q><\/p>\n<p><strong>Impacto:<\/strong> <span>Resoluci\u00f3n de 6 de marzo de 2026, de la Secretar\u00eda de Estado de Econom\u00eda y Apoyo a la Empresa, por la que se publica el Acuerdo del Consejo de Ministros de 3 de marzo de 2026, por el que se establecen los t\u00e9rminos y condiciones del primer tramo de la l\u00ednea de avales para la cobertura por cuenta del estado de la financiaci\u00f3n otorgada por entidades financieras a hogares, empresas y aut\u00f3nomos afectados por emergencias de protecci\u00f3n civil, regulada en el art\u00edculo 2 del Real Decreto-ley 12\/2025, de 28 de octubre, y en el art\u00edculo 22 del Real Decreto-ley 5\/2026, de 17 de febrero.<\/span><\/p>\n<section>\n<h3>Detalles<\/h3>\n<div>\n<ul>\n<li><strong>Importe total:<\/strong> Primer tramo de 250 millones de euros.<\/li>\n<li><strong>Plazo de solicitud:<\/strong> Operaciones formalizadas hasta el 30 de noviembre de 2026.<\/li>\n<li><strong>Cobertura del aval:<\/strong> Hasta el 80% del capital principal.<\/li>\n<li><strong>Beneficiarios:<\/strong> Empresas y aut\u00f3nomos con actividad previa en municipios declarados Zona Afectada Gravemente (ZAGEPC).<\/li>\n<li><strong>Plazo m\u00e1ximo:<\/strong> Hasta 5 a\u00f1os para capital circulante, 7 para inversiones (10 en sector agr\u00edcola).<\/li>\n<\/ul>\n<\/div>\n<\/section>\n<section>\n<h3>Contenido<\/h3>\n<div>\n<h2>Una l\u00ednea de vida financiera tras la tormenta: el nuevo mecanismo de avales estatales<\/h2>\n<p>En los \u00faltimos meses, fen\u00f3menos meteorol\u00f3gicos extremos han azotado amplias zonas del territorio nacional, dejando a su paso no solo da\u00f1os materiales, sino una profunda incertidumbre econ\u00f3mica para miles de negocios. Frente a esta realidad, el Gobierno activa, a trav\u00e9s del Bolet\u00edn Oficial del Estado, un mecanismo de rescate financiero dise\u00f1ado no como una subvenci\u00f3n a fondo perdido, sino como un puente de cr\u00e9dito garantizado por el Estado. Este acuerdo, publicado el 6 de marzo de 2026, desarrolla el primer tramo de 250 millones de euros de una l\u00ednea de avales mucho mayor, creada originalmente por el Real Decreto-ley 12\/2025. Su objetivo es claro: facilitar la reconversi\u00f3n y la supervivencia de la actividad econ\u00f3mica en las zonas m\u00e1s castigadas.<\/p>\n<p>Hist\u00f3ricamente, la respuesta a las cat\u00e1strofes naturales se ha centrado en ayudas directas para reparaci\u00f3n de viviendas e infraestructuras p\u00fablicas. Sin embargo, la experiencia de crisis pasadas demostr\u00f3 que sin un apoyo espec\u00edfico al tejido empresarial, las zonas afectadas sufr\u00edan un vac\u00edo econ\u00f3mico persistente. Este nuevo instrumento, gestionado a trav\u00e9s del Instituto de Cr\u00e9dito Oficial (ICO), representa un cambio de paradigma. Se trata de una herramienta h\u00edbrida que combina la agilidad del sector bancario privado con la solvencia del aval p\u00fablico, buscando inyectar liquidez de manera r\u00e1pida y eficaz donde m\u00e1s se necesita.<\/p>\n<h2>\u00bfC\u00f3mo funciona el aval estatal? Una analog\u00eda pr\u00e1ctica<\/h2>\n<p>Imagine que su negocio, una peque\u00f1a carpinter\u00eda o una tienda de barrio, ha sufrido graves da\u00f1os por inundaciones. Necesita 50.000\u20ac para reemplazar maquinaria, reponer stock y reabrir. Acude a su banco, pero en el contexto post-cat\u00e1strofe, el riesgo percibido es alto y las condiciones podr\u00edan ser onerosas. Aqu\u00ed es donde act\u00faa este aval. El Estado, a trav\u00e9s del ICO, le dice al banco: \u00abYo te garantizo hasta el 80% de ese pr\u00e9stamo (40.000\u20ac). Si el cliente no paga, yo te respondo\u00bb. Esto no es un dinero que reciba directamente el empresario, sino una garant\u00eda que respalda el cr\u00e9dito que concede la entidad financiera.<\/p>\n<p>La clave t\u00e9cnica reside en su car\u00e1cter \u00abirrevocable, incondicional y a primer requerimiento\u00bb. En t\u00e9rminos simples, significa que si se produce un impago, el banco puede reclamar al ICO la parte avalada sin tener que agotar antes otras v\u00edas de cobro contra el cliente. Esto reduce dr\u00e1sticamente el riesgo para la entidad financiera, lo que en la pr\u00e1ctica se traduce en una mayor disposici\u00f3n a conceder el cr\u00e9dito, posiblemente con tipos de inter\u00e9s m\u00e1s favorables y sin comisiones de apertura o estudio, como exige expresamente el acuerdo.<\/p>\n<h3>Los tres pilares de la elegibilidad: territorio, actividad y solvencia administrativa<\/h3>\n<p>No todos los negocios pueden acceder. El filtro es triple. Primero, el territorio: solo municipios espec\u00edficos declarados como Zona Afectada Gravemente por una Emergencia de Protecci\u00f3n Civil (ZAGEPC) por fen\u00f3menos ocurridos entre noviembre de 2025 y febrero de 2026. Segundo, la actividad: hay que acreditar que se ejerc\u00eda una actividad productiva en ese \u00e1mbito con anterioridad al 9 de febrero de 2026 y durante el a\u00f1o previo. Tercero, una bater\u00eda de requisitos de solvencia administrativa y legal: estar al corriente con Hacienda y la Seguridad Social, no estar en concurso de acreedores, no figurar en ficheros de morosidad de la CIRBE, y no haber incurrido en determinadas infracciones o sanciones.<\/p>\n<h2>Impacto ciudadano: tres niveles de beneficiarios<\/h2>\n<h3>1. El aut\u00f3nomo o micropyme local<\/h3>\n<p>Para el bar de la esquina, la ferreter\u00eda del pueblo o el taller mec\u00e1nico, este aval puede ser la diferencia entre cerrar definitivamente o reflotar el negocio. Pueden financiar la reparaci\u00f3n del local, la compra de equipos nuevos o el capital circulante necesario para reponer mercanc\u00eda. El l\u00edmite m\u00e1ximo por operaci\u00f3n es elevado (hasta 12,5 millones), pero el dise\u00f1o est\u00e1 pensado para cubrir necesidades medianas y grandes de peque\u00f1os negocios. La ausencia de comisiones y la posibilidad de plazos largos (7 a\u00f1os) alivian la presi\u00f3n de la cuota mensual en un momento de cashflow reducido.<\/p>\n<h3>2. Peque\u00f1as y medianas empresas (PYMES)<\/h3>\n<p>Para empresas con estructuras m\u00e1s complejas, el aval permite abordar proyectos de reconversi\u00f3n m\u00e1s ambiciosos. Quiz\u00e1s una empresa agroalimentaria que necesite adaptar sus instalaciones a nuevos protocolos de seguridad tras la inundaci\u00f3n, o una empresa de servicios que deba digitalizar su operativa tras perder archivos f\u00edsicos. El acuerdo permite financiar no solo la reposici\u00f3n, sino la \u00abmejora o diversificaci\u00f3n\u00bb de la actividad, abriendo la puerta a inversiones que vayan m\u00e1s all\u00e1 de volver al statu quo anterior.<\/p>\n<h3>3. Empresas del sector agr\u00edcola<\/h3>\n<p>Este colectivo, particularmente vulnerable a los fen\u00f3menos clim\u00e1ticos, recibe un trato espec\u00edfico con plazos m\u00e1ximos extendidos hasta los 10 a\u00f1os para operaciones de inversi\u00f3n. Esto reconoce los ciclos productivos m\u00e1s largos del campo. Un agricultor que perdi\u00f3 invernaderos o maquinaria de riego podr\u00e1 financiar su reposici\u00f3n con un horizonte de amortizaci\u00f3n acorde a sus ingresos estacionales.<\/p>\n<h2>Gu\u00eda paso a paso para solicitar el aval<\/h2>\n<p>Es crucial entender que el empresario no solicita el aval directamente al ICO. El proceso se articula a trav\u00e9s de las entidades financieras.<\/p>\n<p><strong>Paso 1: Verificaci\u00f3n de elegibilidad.<\/strong> El aut\u00f3nomo o empresa debe comprobar, idealmente con asesoramiento, si su municipio est\u00e1 en la lista ZAGEPC, si cumple todos los requisitos administrativos (al corriente de pagos, no inscrito en CIRBE, etc.) y si la actividad que pretende financiar es elegible (nuevas inversiones, reconversi\u00f3n, capital circulante vinculado).<\/p>\n<p><strong>Paso 2: Acudir a su entidad financiera.<\/strong> Debe contactar con su banco o caja, o con cualquier entidad de cr\u00e9dito o establecimiento financiero de cr\u00e9dito supervisado por el Banco de Espa\u00f1a. All\u00ed, solicitar\u00e1 un pr\u00e9stamo, leasing, renting o confirming para los fines permitidos, y manifestar\u00e1 su intenci\u00f3n de acogerse a la l\u00ednea de avales ICO para emergencias.<\/p>\n<p><strong>Paso 3: An\u00e1lisis y concesi\u00f3n por la entidad.<\/strong> La entidad financiera analizar\u00e1 la operaci\u00f3n seg\u00fan sus criterios de riesgo y pol\u00edticas internas. La gran diferencia es que, al contar con el aval p\u00fablico, el an\u00e1lisis podr\u00eda ser m\u00e1s favorable.<\/p>\n<p><strong>Paso 4: Formalizaci\u00f3n y solicitud del aval.<\/strong> Una vez aprobado y firmado el contrato de financiaci\u00f3n, la entidad bancaria tiene un mes para comunicar la operaci\u00f3n al ICO y solicitar formalmente el aval. Es un tr\u00e1mite entre la entidad y el ICO, en el que el cliente no interviene directamente.<\/p>\n<p><strong>Paso 5: Mantenimiento de las condiciones.<\/strong> La entidad no podr\u00e1 aplicar comisiones de apertura\/reembolso, y se compromete a mantener las l\u00edneas de circulante concedidas hasta finales de 2026. El cliente debe cumplir con sus obligaciones de pago. En caso de impago, la entidad ejecutar\u00e1 el aval ante el ICO por el 80% del capital pendiente.<\/p>\n<h2>Comparativa antes y despu\u00e9s: un escenario real<\/h2>\n<p>[Tabla comparativa]<\/p>\n<table>\n<tr>\n<th>Concepto<\/th>\n<th>Pr\u00e9stamo Bancario Est\u00e1ndar (Sin Aval)<\/th>\n<th>Pr\u00e9stamo con Aval del ICO para Emergencias<\/th>\n<\/tr>\n<tr>\n<td><strong>Garant\u00eda exigida<\/strong><\/td>\n<td>Garant\u00edas personales y reales s\u00f3lidas (avales, hipotecas).<\/td>\n<td>Aval del Estado cubre hasta el 80%. La entidad puede pedir garant\u00edas adicionales por el 20% restante.<\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td><strong>Comisi\u00f3n de apertura<\/strong><\/td>\n<td>Habitual, entre el 0,5% y el 2%.<\/td>\n<td>Prohibida por el acuerdo.<\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td><strong>Tipo de inter\u00e9s<\/strong><\/td>\n<td>Seg\u00fan riesgo y situaci\u00f3n del cliente. Potencialmente alto post-cat\u00e1strofe.<\/td>\n<td>Deber\u00eda ser m\u00e1s favorable al reducirse el riesgo para el banco.<\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td><strong>Plazo m\u00e1ximo<\/strong><\/td>\n<td>Limitado por la pol\u00edtica de la entidad.<\/td>\n<td>Hasta 7 a\u00f1os (inversi\u00f3n) o 10 (agr\u00edcola). M\u00e1s holgura para amortizar.<\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td><strong>Condiciones comerciales vinculadas<\/strong><\/td>\n<td>Posible condicionamiento a contratar otros productos.<\/td>\n<td>Expresamente prohibido por el acuerdo.<\/td>\n<\/tr>\n<\/table>\n<h2>Errores comunes y c\u00f3mo evitarlos al acogerse a esta l\u00ednea<\/h2>\n<p><strong>Error 1: Creer que es una subvenci\u00f3n.<\/strong> Es un cr\u00e9dito con aval. Hay que devolverlo. La ventaja es la garant\u00eda p\u00fablica y las condiciones asociadas, no la gratuidad.<\/p>\n<p><strong>Error 2: Solicitar financiaci\u00f3n para fines no elegibles.<\/strong> No se puede refinanciar deuda existente (novaciones, ampliaciones) ni amortizar anticipadamente otros pr\u00e9stamos. El dinero debe ir dirigido a la reconversi\u00f3n, inversi\u00f3n en activos fijos o capital circulante espec\u00edficamente vinculado.<\/p>\n<p><strong>Error 3: No verificar el cumplimiento de todos los requisitos.<\/strong> Un registro en la CIRBE por un peque\u00f1o retraso en otra operaci\u00f3n, o una deuda pendiente con la Seguridad Social, pueden suponer la denegaci\u00f3n. Es vital hacer una autocomprobaci\u00f3n exhaustiva antes de acudir al banco. Se puede utilizar [simuladores oficiales] de requisitos previos (ficticio) para una primera evaluaci\u00f3n.<\/p>\n<p><strong>Error 4: No comparar ofertas entre entidades.<\/strong> Aunque el acuerdo establece un marco com\u00fan, las entidades pueden aplicar diferentes tipos de inter\u00e9s dentro del margen permitido. Es recomendable consultar con varias entidades adheridas al convenio ICO.<\/p>\n<p><strong>Error 5: Ignorar los plazos.<\/strong> La financiaci\u00f3n debe formalizarse antes del 30 de noviembre de 2026, y los avales se otorgan hasta el 31 de diciembre de 2026. No es una l\u00ednea abierta indefinidamente.<\/p>\n<h2>Previsi\u00f3n futura (12-24 meses): m\u00e1s all\u00e1 del primer tramo<\/h2>\n<p>Este primer tramo de 250M\u20ac act\u00faa como piloto. Su ejecuci\u00f3n y demanda monitorizada por el ICO y el Ministerio de Econom\u00eda servir\u00e1 para calibrar la necesidad real y la eficacia del instrumento. Es previsible que, si la demanda es alta y los resultados positivos en la reactivaci\u00f3n de las zonas, se activen sucesivos tramos de la l\u00ednea global de 5.000 millones contemplada en la normativa original. Adem\u00e1s, podr\u00eda sentar un precedente para respuestas m\u00e1s \u00e1giles a futuras crisis. En los pr\u00f3ximos meses, se espera la publicaci\u00f3n de la lista concreta de municipios ZAGEPC por parte del Ministerio de Pol\u00edtica Territorial, lo que dar\u00e1 la se\u00f1al definitiva para el despliegue operativo. Tambi\u00e9n es probable que las entidades financieras desarrollen productos espec\u00edficos y canales preferentes para gestionar estas solicitudes de manera \u00e1gil.<\/p>\n<h2>Recursos y herramientas para el solicitante<\/h2>\n<p>Para facilitar el proceso, es \u00fatil contar con documentaci\u00f3n preparada. [Calculadora hipot\u00e9tica] de cuotas en funci\u00f3n del importe y plazo solicitado. [Infograf\u00eda ficticia] del proceso de solicitud paso a paso. Lo m\u00e1s importante es recopilar:<\/p>\n<ul>\n<li>Documentaci\u00f3n que acredite la actividad anterior a febrero de 2026 (declaraciones de IVA, impuestos, contratos).<\/li>\n<li>Certificados de estar al corriente de la AEAT y la TGSS.<\/li>\n<li>Informaci\u00f3n detallada de la inversi\u00f3n o necesidad de circulante a financiar.<\/li>\n<li>Informe del da\u00f1o sufrido (fotos, partes de seguro, comunicados municipales) que vincule la necesidad al evento catastr\u00f3fico.<\/li>\n<\/ul>\n<p><!-- FAQSchema --><\/p>\n<p><strong>\u00bfPuede una empresa que ya ten\u00eda dificultades antes de la cat\u00e1strofe acceder al aval?<\/strong> No. La normativa excluye espec\u00edficamente a las empresas \u00aben crisis\u00bb seg\u00fan la definici\u00f3n europea, y a las que figuren en situaci\u00f3n de morosidad en la CIRBE.<\/p>\n<p><strong>\u00bfEl aval cubre los intereses del pr\u00e9stamo?<\/strong> No. Solo cubre el 80% del capital principal impagado. Los intereses, comisiones y gastos de reclamaci\u00f3n corren por cuenta del prestatario y no est\u00e1n garantizados.<\/p>\n<p><strong>\u00bfQu\u00e9 pasa si mi banco habitual no est\u00e1 adherido?<\/strong> Puede acudir a cualquier otra entidad de cr\u00e9dito supervisada por el Banco de Espa\u00f1a que s\u00ed lo est\u00e9. La lista de entidades adheridas se publicar\u00e1 tras los acuerdos marco con el ICO.<\/p>\n<p>En definitiva, este acuerdo del BOE representa una herramienta de pol\u00edtica econ\u00f3mica contrac\u00edclica y de solidaridad institucional. No resuelve por s\u00ed solo todos los problemas derivados de una cat\u00e1strofe, pero ofrece un instrumento financiero robusto y bien dise\u00f1ado para que el tejido productivo no sea la v\u00edctima econ\u00f3mica colateral de los desastres naturales. La clave del \u00e9xito residir\u00e1 en la difusi\u00f3n, la agilidad en la gesti\u00f3n bancaria y el asesoramiento preciso a los potenciales beneficiarios.<\/p>\n<\/div>\n<\/section>\n<footer>\n<p><a href=\"https:\/\/www.boe.es\/boe\/dias\/2026\/03\/10\/pdfs\/BOE-A-2026-5600.pdf\">Ver articulo BOE-A-2026-5600 en el BOE oficial<\/a><\/p>\n<\/footer>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Avales del ICO para empresas afectadas por inundaciones: c\u00f3mo acceder a 250M\u20ac en financiaci\u00f3n con garant\u00eda estatal hasta el 80% BOE: Permite a aut\u00f3nomos y pymes acceder a pr\u00e9stamos con aval p\u00fablico para la reconversi\u00f3n de su actividad tras desastres naturales, sin comisiones y plazos de hasta 10 a\u00f1os. 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