{"id":5256,"date":"2026-03-12T09:08:32","date_gmt":"2026-03-12T08:08:32","guid":{"rendered":"https:\/\/infoboe.es\/?p=5256"},"modified":"2026-03-12T09:08:32","modified_gmt":"2026-03-12T08:08:32","slug":"subida-salarial-del-0-2-en-papel-y-carton-nuevas-tablas-para-2026-y-como-te-afectan","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/infoboe.es\/index.php\/2026\/03\/12\/subida-salarial-del-0-2-en-papel-y-carton-nuevas-tablas-para-2026-y-como-te-afectan\/","title":{"rendered":"Subida salarial del 0.2% en papel y cart\u00f3n: nuevas tablas para 2026 y c\u00f3mo te afectan"},"content":{"rendered":"<h2>Subida salarial del 0.2% en papel y cart\u00f3n: nuevas tablas para 2026 y c\u00f3mo te afectan<\/h2>\n<p>BOE: <q cite=\"https:\/\/www.boe.es\">Ajuste salarial autom\u00e1tico del 0.2% para todos los empleados del sector, protegiendo el poder adquisitivo frente a la inflaci\u00f3n.<\/q><\/p>\n<p><strong>Impacto:<\/strong> <span>Resoluci\u00f3n de 25 de febrero de 2026, de la Direcci\u00f3n General de Trabajo, por la que se registra y publica el Acta de aprobaci\u00f3n de tablas salariales para el a\u00f1o 2026 del Convenio colectivo estatal del sector de pastas, papel y cart\u00f3n.<\/span><\/p>\n<section>\n<h3>Detalles<\/h3>\n<div>\n<ul>\n<li><strong>Publicaci\u00f3n BOE:<\/strong> 25 de febrero de 2026<\/li>\n<li><strong>Incremento:<\/strong> 0.2% sobre las tablas salariales de 2025<\/li>\n<li><strong>Motivo:<\/strong> IPC acumulado 2024-2025 del 5.7% supera el 5.5% pactado en convenio<\/li>\n<li><strong>Afectados:<\/strong> Todos los grupos profesionales del convenio estatal de pastas, papel y cart\u00f3n<\/li>\n<li><strong>Vigencia:<\/strong> Salarios aplicables desde el 1 de enero de 2026<\/li>\n<\/ul>\n<\/div>\n<\/section>\n<section>\n<h3>Contenido<\/h3>\n<div>\n<p>La Direcci&oacute;n General de Trabajo ha ordenado la inscripci&oacute;n y publicaci&oacute;n en el BOE del acta que aprueba las tablas salariales para el a&ntilde;o 2026 del Convenio Colectivo Estatal del sector de pastas, papel y cart&oacute;n. Este acto, firmado el 16 de enero de 2026 por la Comisi&oacute;n Mixta de Interpretaci&oacute;n y Vigilancia, en la que est&aacute;n representadas la patronal ASPAPEL y los sindicatos FSE-CCOO y FICA-UGT, aplica la cl&aacute;usula de revisi&oacute;n salarial prevista en el convenio vigente 2023-2025. El detonante ha sido el dato del &Iacute;ndice de Precios al Consumo (IPC) publicado por el INE para el per&iacute;odo comprendido entre el 1 de enero de 2024 y el 31 de diciembre de 2025, que alcanz&oacute; el 5.7%, superando as&iacute; el umbral del 5.5% establecido en el acuerdo. Como resultado, se procede a una actualizaci&oacute;n del 0.2% tanto de las Tablas Salariales de partida para 2026 como de la Retribuci&oacute;n Total Tabla B&aacute;sica (RTTB) aplicable para ese a&ntilde;o.<\/p>\n<h2>Una cl&aacute;usula de seguridad: el paraguas frente a la inflaci&oacute;n<\/h2>\n<p>Imagina que tu salario lleva incorporado un peque&ntilde;o paraguas autom&aacute;tico que se abre cuando la lluvia de la inflaci&oacute;n es m&aacute;s intensa de lo previsto. Eso es, en esencia, una cl&aacute;usula de revisi&oacute;n salarial como la recogida en el art&iacute;culo 11 de este convenio. No es un aumento por productividad o por beneficios de la empresa, sino un mecanismo de protecci&oacute;n del poder adquisitivo. Las partes negociadoras (sindicatos y patronal) pactaron de antemano un l&iacute;mite: si la inflaci&oacute;n (medida por el IPC nacional) en el bi&eacute;nio 2024-2025 superaba el 5.5%, los salarios subir&iacute;an autom&aacute;ticamente en la misma cuant&iacute;a del exceso. El IPC final fue del 5.7%, lo que deja un exceso del 0.2%. Ese porcentaje, aunque modesto, se aplica a todas y cada una de las partidas que componen el salario: el salario convenio diario o mensual, las gratificaciones extraordinarias y la participaci&oacute;n en beneficios. Es un ajuste matem&aacute;tico y obligatorio, no sujeto a nueva negociaci&oacute;n.<\/p>\n<h3>Desmontando las tablas salariales: de la letra peque&ntilde;a a la n&oacute;mina<\/h3>\n<p>El anexo publicado detalla cinco tablas salariales complejas. Para el trabajador de a pie, lo crucial es entender qu&eacute; busca en ellas. En primer lugar, debe identificar su &#8216;Grupo Profesional&#8217;, que va de la A a la K para &#8216;Mano de Obra&#8217; y del 1 al 11 para &#8216;Empleados&#8217;. Cada grupo tiene asignado un &#8216;Salario Convenio D&iacute;a&#8217; (para operarios) o &#8216;Salario Convenio Mes&#8217; (para empleados). A partir de esa cifra base, se calcula el salario anual, las pagas extras (equivalentes a 30 d&iacute;as de salario para operarios y 2 mensualidades para empleados) y la paga de beneficios. Las tablas II y IV son igual de importantes: recogen el valor de los complementos, como el plus por toxicidad (por d&iacute;a trabajado en condiciones especiales), el plus por nocturnidad (por noche), y el valor de las horas extraordinarias, ya sean ordinarias, nocturnas o en festivo\/domingo. Estos conceptos pueden suponer una parte significativa del salario final, especialmente en turnos de noche o con alta rotaci&oacute;n.<\/p>\n<h2>Impacto ciudadano: trabajadores, familias y el tejido empresarial<\/h2>\n<p>El impacto directo de esta publicaci&oacute;n se circunscribe a un colectivo muy espec&iacute;fico pero estrat&eacute;gico: los m&aacute;s de 30.000 trabajadores del sector de la pasta, el papel y el cart&oacute;n en Espa&ntilde;a. Para ellos, la noticia implica un ligero respiro en su poder adquisitivo. Tomemos un ejemplo: un operario del Grupo Profesional D (Tabla I). Su salario convenio d&iacute;a pasa de 47.12 euros en 2025 a 47.16 euros en 2026 tras el ajuste del 0.2%. Multiplicado por 365 d&iacute;as, su salario base anual sube de 17,213.40\u20ac a unos 17,247.78\u20ac, un incremento de unos 34 euros brutos anuales en ese concepto. A esto hay que sumar el mismo porcentaje aplicado a las pagas extras y a la participaci&oacute;n en beneficios. El efecto global en la n&oacute;mina mensual ser&aacute; m&iacute;nimo, pero cumple su funci&oacute;n de blindaje. Para las familias de estos trabajadores, es un mensaje de estabilidad en un contexto econ&oacute;mico incierto.<\/p>\n<h3>El impacto en las empresas: m&aacute;s que un simple rec&aacute;lculo<\/h3>\n<p>Para las empresas del sector, la publicaci&oacute;n en el BOE no es una mera informaci&oacute;n, es una obligaci&oacute;n legal de cumplimiento inmediato. Los departamentos de Recursos Humanos y de n&oacute;minas deben actualizar sus sistemas con las nuevas tablas desde el 1 de enero de 2026. El error m&aacute;s grave y com&uacute;n ser&iacute;a no aplicar el aumento, lo que constituir&iacute;a un impago de salario y podr&iacute;a acarrear reclamaciones laborales, inspecciones de trabajo y sanciones. Adem&aacute;s, el ajuste afecta a la base de c&aacute;lculo de otros conceptos como las horas extras o las cotizaciones a la Seguridad Social. La patronal ASPAPEL, firmante del acta, asume este coste laboral adicional como parte del marco de estabilidad y di&aacute;logo social pactado. En un sector intensivo en capital y energ&iacute;a, cualquier variaci&oacute;n en los costes laborales debe ser gestionada con eficiencia para mantener la competitividad.<\/p>\n<h2>Gu&iacute;a paso a paso: c&oacute;mo verificar que tu salario es correcto<\/h2>\n<p>Si eres trabajador del sector, sigue estos pasos para asegurarte de que tu n&oacute;mina de 2026 refleja el aumento. Primero, identifica tu grupo profesional y categor&iacute;a en tu contrato o en la &uacute;ltima n&oacute;mina de 2025. Segundo, busca en las tablas publicadas (especialmente la I o la III) el &#8216;Salario Convenio&#8217; correspondiente a tu grupo para 2026. Tercero, comprueba que tu salario base diario o mensual coincide con esa cifra. Cuarto, verifica que las pagas extras (normalmente en junio y diciembre) equivalen a 30 d&iacute;as de ese salario convenio (si eres operario) o a una mensualidad (si eres empleado). Quinto, confirma que los complementos (nocturnidad, toxicidad, horas extra) se calculan usando los valores de las tablas II o IV. Si encuentras discrepancias, el primer paso es consultar con el delegado de personal o el comit&eacute; de empresa. Si no se resuelve, puedes acudir a la Inspecci&oacute;n de Trabajo o buscar asesor&iacute;a legal. Recuerda: el convenio colectivo es una ley para tu relaci&oacute;n laboral.<\/p>\n<h3>Comparativa antes y despu&eacute;s: los n&uacute;meros concretos<\/h3>\n<p>Para visualizar el cambio, comparemos dos casos concretos usando datos de las tablas. Caso 1: Un empleado administrativo (Grupo Profesional 2). En 2025, su salario convenio mes era de 1,492.65\u20ac. Con el 0.2% de aumento, en 2026 es de 1,495.63\u20ac. Su salario bruto anual, incluyendo pagas extras y participaci&oacute;n en beneficios, pasa de aproximadamente 21,993.56\u20ac a 22,037.15\u20ac, una subida de unos 43.59\u20ac al a&ntilde;o. Caso 2: Un operario de m&aacute;quina con turno de noche (Grupo H). Su salario d&iacute;a sube de 49.40\u20ac a 49.50\u20ac. Cada noche de trabajo, su plus de nocturnidad aumenta de 17.77\u20ac a 17.81\u20ac. Una hora extra nocturna, que antes se pagaba a 23.57\u20ac, pasa a valer 23.62\u20ac. Las diferencias parecen peque&ntilde;as por unidad, pero sumadas a lo largo del a&ntilde;o y para toda la plantilla, representan un esfuerzo econ&oacute;mico significativo para la empresa y un peque&ntilde;o colch&oacute;n para el trabajador.<\/p>\n<h2>Errores comunes y c&oacute;mo evitarlos: no caigas en la trampa<\/h2>\n<p>El principal error, tanto de empresas como de trabajadores, es la inacci&oacute;n por considerar el aumento irrelevante. Para la empresa, no actualizar los sistemas es un riesgo legal. Para el trabajador, no revisar su n&oacute;mina puede suponer perder ese derecho. Otro error frecuente es aplicar el 0.2% solo al salario base, olvidando que debe aplicarse a la base de c&aacute;lculo de TODOS los conceptos salariales derivados del convenio. Tambi&eacute;n hay confusi&oacute;n con la antig&uuml;edad: las tablas V muestran los valores acumulados por antig&uuml;edad (en euros\/d&iacute;a o euros\/mes) que se suman al salario convenio. Estos valores ya incluyen el incremento del 0.2%, por lo que no hay que calcular nada adicional sobre ellos. Un tercer error es no tener en cuenta que la &#8216;Participaci&oacute;n en Beneficios&#8217; tambi&eacute;n se actualiza, y su c&aacute;lculo final depende de un factor multiplicador seg&uacute;n la antig&uuml;edad (de 1.05 para 3 a&ntilde;os a 1.80 para 41 a&ntilde;os). La mejor forma de evitar estos errores es la transparencia: la empresa debe comunicar los cambios y el trabajador debe exigir el desglose de su n&oacute;mina.<\/p>\n<h3>Previsi&oacute;n futura: m&aacute;s all&aacute; de 2026<\/h3>\n<p>Esta actualizaci&oacute;n cierra el ciclo del convenio 2023-2025 y establece las tablas de partida para el a&ntilde;o 2026. Sin embargo, 2026 es un a&ntilde;o de incertidumbre. Las partes deber&aacute;n sentarse a negociar un nuevo convenio que cubra desde 2027 en adelante. En ese futuro acuerdo, la cl&aacute;usula de revisi&oacute;n salarial seguramente ser&aacute; uno de los puntos m&aacute;s debatidos. Los sindicatos podr&iacute;an presionar para umbrales de activaci&oacute;n m&aacute;s bajos o revisiones m&aacute;s frecuentes (anuales en lugar de bianuales), mientras que la patronal podr&iacute;a buscar vincular los aumentos a indicadores de productividad del sector. Adem&aacute;s, temas como la digitalizaci&oacute;n, la formaci&oacute;n profesional y la sostenibilidad ambiental ganar&aacute;n peso en la agenda negociadora. Para los trabajadores, el reto ser&aacute; seguir protegiendo su poder adquisitivo en un entorno econ&oacute;mico globalizado y vol&aacute;til.<\/p>\n<h2>Recursos descargables y herramientas &uacute;tiles<\/h2>\n<p>Aunque no existen simuladores oficiales espec&iacute;ficos para este convenio, los trabajadores y empresas pueden utilizar herramientas gen&eacute;ricas para estimar el impacto. Una hoja de c&aacute;lculo simple donde se introduzca el salario convenio de 2025 y se aplique un incremento del 0.2% a todas las partidas puede servir como comprobante. Se recomienda descargar y conservar el PDF del BOE donde se publican las tablas (Disposici&oacute;n 1234), as&iacute; como el texto completo del Convenio Colectivo Estatal. Para c&aacute;lculos m&aacute;s complejos que involucren antig&uuml;edad y todos los complementos, consultar con un asesor laboral o un software de n&oacute;minas especializado es la opci&oacute;n m&aacute;s segura. La p&aacute;gina web del [Ministerio de Trabajo] ofrece buscadores de convenios colectivos donde verificar la vigencia y el texto &iacute;ntegro de la normativa que rige tu empleo.<\/p>\n<\/div>\n<\/section>\n<footer>\n<p><a href=\"https:\/\/www.boe.es\/boe\/dias\/2026\/03\/12\/pdfs\/BOE-A-2026-5848.pdf\">Ver articulo BOE-A-2026-5848 en el BOE oficial<\/a><\/p>\n<\/footer>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Subida salarial del 0.2% en papel y cart\u00f3n: nuevas tablas para 2026 y c\u00f3mo te afectan BOE: Ajuste salarial autom\u00e1tico del 0.2% para todos los empleados del sector, protegiendo el poder adquisitivo frente a la inflaci\u00f3n. Impacto: Resoluci\u00f3n de 25 de febrero de 2026, de la Direcci\u00f3n General de Trabajo, por la que se registra [&hellip;]<\/p>\n","protected":false},"author":2,"featured_media":0,"comment_status":"closed","ping_status":"","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"zakra_sidebar_layout":"customizer","zakra_remove_content_margin":false,"zakra_sidebar":"customizer","zakra_transparent_header":"customizer","zakra_logo":0,"zakra_main_header_style":"default","zakra_menu_item_color":"","zakra_menu_item_hover_color":"","zakra_menu_item_active_color":"","zakra_menu_active_style":"","zakra_page_header":true,"footnotes":""},"categories":[785,781],"tags":[],"class_list":["post-5256","post","type-post","status-publish","format-standard","hentry","category-normativa-general-y-cambios-legislativos","category-tramites-y-gestiones-administrativas"],"aioseo_notices":[],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/infoboe.es\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/5256","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/infoboe.es\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/infoboe.es\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/infoboe.es\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/users\/2"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/infoboe.es\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=5256"}],"version-history":[{"count":1,"href":"https:\/\/infoboe.es\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/5256\/revisions"}],"predecessor-version":[{"id":5257,"href":"https:\/\/infoboe.es\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/5256\/revisions\/5257"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/infoboe.es\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=5256"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/infoboe.es\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=5256"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/infoboe.es\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=5256"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}