{"id":6345,"date":"2026-04-27T09:11:42","date_gmt":"2026-04-27T07:11:42","guid":{"rendered":"https:\/\/infoboe.es\/?p=6345"},"modified":"2026-04-27T09:11:42","modified_gmt":"2026-04-27T07:11:42","slug":"modificacion-en-oposiciones-abogados-del-estado-segundo-llamamiento-en-el-primer-ejercicio-teorico","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/infoboe.es\/index.php\/2026\/04\/27\/modificacion-en-oposiciones-abogados-del-estado-segundo-llamamiento-en-el-primer-ejercicio-teorico\/","title":{"rendered":"Modificaci\u00f3n en oposiciones Abogados del Estado: segundo llamamiento en el primer ejercicio te\u00f3rico"},"content":{"rendered":"<h2>Modificaci\u00f3n en oposiciones Abogados del Estado: segundo llamamiento en el primer ejercicio te\u00f3rico<\/h2>\n<p>BOE: <q cite=\"https:\/\/www.boe.es\">Los aspirantes dispondr\u00e1n de una segunda oportunidad en el primer ejercicio, reduciendo el riesgo de exclusi\u00f3n por incomparecencia<\/q><\/p>\n<p><strong>Impacto:<\/strong> <span>Resoluci\u00f3n de 23 de abril de 2026, de la Subsecretar\u00eda, por la que se modifica la de 23 de diciembre de 2025, por la que se convoca proceso selectivo para ingreso, por el sistema general de acceso libre, en el Cuerpo de Abogados del Estado.<\/span><\/p>\n<section>\n<h3>Detalles<\/h3>\n<div>\n<ul>\n<li><strong>Cambio clave:<\/strong> Se introduce un segundo llamamiento para el primer ejercicio te\u00f3rico (antes \u00fanico llamamiento)<\/li>\n<li><strong>Excepciones:<\/strong> Segundo ejercicio te\u00f3rico, idiomas y pr\u00e1cticos mantienen un \u00fanico llamamiento<\/li>\n<li><strong>Base legal:<\/strong> Modificaci\u00f3n amparada en el art\u00edculo 15.5 del Real Decreto 364\/1995<\/li>\n<li><strong>Fecha de publicaci\u00f3n:<\/strong> Resoluci\u00f3n de 23 de abril de 2026, publicada en BOE<\/li>\n<li><strong>Sin alteraci\u00f3n del resto:<\/strong> El resto de bases de la convocatoria permanecen igual<\/li>\n<\/ul>\n<\/div>\n<\/section>\n<section>\n<h3>Contenido<\/h3>\n<div>\n<p>El Bolet\u00edn Oficial del Estado ha publicado una modificaci\u00f3n relevante en el proceso selectivo para el ingreso en el Cuerpo de Abogados del Estado, correspondiente a la convocatoria del 27 de diciembre de 2025. La Subsecretar\u00eda, mediante Resoluci\u00f3n de 23 de abril de 2026, ha introducido un cambio significativo en el apartado 8.7 de las bases: ahora el primer ejercicio te\u00f3rico contar\u00e1 con un primer y segundo llamamiento, mientras que el resto de ejercicios seguir\u00e1n con un \u00fanico llamamiento. Esta medida busca reforzar la seguridad jur\u00eddica y la correcta valoraci\u00f3n de los aspirantes, en l\u00ednea con el art\u00edculo 23.2 de la Constituci\u00f3n y el Estatuto B\u00e1sico del Empleado P\u00fablico.<\/p>\n<p>\u00bfQu\u00e9 implica esto para los opositores? Hasta ahora, si un aspirante no comparec\u00eda al primer llamamiento del primer ejercicio, quedaba autom\u00e1ticamente deca\u00eddo de su derecho, salvo causas justificadas (apartado 13). Con la nueva redacci\u00f3n, se ofrece una segunda oportunidad: quienes no acudan al primer llamamiento podr\u00e1n presentarse al segundo. Sin embargo, si no comparecen a ese segundo llamamiento, ser\u00e1n excluidos de la oposici\u00f3n sin posibilidad de recuperaci\u00f3n. Es importante destacar que el cambio solo afecta al primer ejercicio te\u00f3rico; los dem\u00e1s ejercicios (segundo te\u00f3rico, idiomas y los dos pr\u00e1cticos) mantienen el sistema de llamamiento \u00fanico, con exclusi\u00f3n inmediata por incomparecencia.<\/p>\n<p>Desde un punto de vista t\u00e9cnico, la modificaci\u00f3n se fundamenta en el art\u00edculo 15.5 del Real Decreto 364\/1995, que permite a la Administraci\u00f3n adoptar medidas para asegurar el correcto desarrollo de los procesos selectivos. Se trata de una adaptaci\u00f3n pragm\u00e1tica: el primer ejercicio suele tener una alta participaci\u00f3n y cualquier incidente log\u00edstico (retrasos, confusiones de lugar, etc.) puede provocar incomparecencias involuntarias. El segundo llamamiento act\u00faa como salvaguarda, sin alterar la esencia competitiva del proceso. Cabe se\u00f1alar que la resoluci\u00f3n no modifica el resto de las bases, por lo que los plazos de inscripci\u00f3n, temario, tribunales y criterios de valoraci\u00f3n permanecen id\u00e9nticos.<\/p>\n<p><strong>Impacto pr\u00e1ctico para los aspirantes<\/strong><br \/>Si est\u00e1s preparando estas oposiciones, debes tener en cuenta dos escenarios. Primero, planifica tu asistencia al primer llamamiento: es tu mejor oportunidad, pero si surge un imprevisto, a\u00fan tendr\u00e1s una segunda oportunidad. Segundo, no te conf\u00edes: el segundo llamamiento no es una pr\u00f3rroga para estudiar m\u00e1s, sino un recurso para casos excepcionales. La Administraci\u00f3n no comunicar\u00e1 las fechas exactas de los llamamientos hasta el momento de la convocatoria oficial, por lo que es vital estar atento a las publicaciones en la sede electr\u00f3nica y en el BOE. Adem\u00e1s, recuerda que para los dem\u00e1s ejercicios el llamamiento es \u00fanico, as\u00ed que la planificaci\u00f3n debe ser a\u00fan m\u00e1s rigurosa.<\/p>\n<p><strong>Comparativa antes\/despu\u00e9s<\/strong><br \/>Antes de la modificaci\u00f3n: el apartado 8.7 dec\u00eda: \u00abLas personas aspirantes ser\u00e1n convocadas en llamamiento \u00fanico quedando deca\u00eddos en su derecho quienes no comparezcan a realizarlo, sin perjuicio de lo dispuesto en el apartado 13\u00bb. Ahora: \u00abLas personas aspirantes ser\u00e1n convocadas para el primer ejercicio te\u00f3rico en primer y segundo llamamiento, siendo excluidos de la oposici\u00f3n quienes no comparezcan. Para el segundo ejercicio te\u00f3rico, el ejercicio de idiomas y los dos ejercicios pr\u00e1cticos, existir\u00e1 un \u00fanico llamamiento, siendo igualmente excluidos los que no comparecieran a los mismos.\u00bb La diferencia es clara: se a\u00f1ade un escal\u00f3n de seguridad solo para el primer ejercicio. Esto puede reducir el n\u00famero de exclusiones por causas ajenas al m\u00e9rito, mejorando la equidad del proceso.<\/p>\n<p><strong>Errores comunes y c\u00f3mo evitarlos<\/strong><br \/>Uno de los errores m\u00e1s frecuentes es confundir los llamamientos: algunos aspirantes podr\u00edan pensar que el segundo llamamiento aplica a todos los ejercicios. No es as\u00ed. Otro error es no leer atentamente la publicaci\u00f3n oficial y basarse en rumores. Para evitarlo, consulta siempre la resoluci\u00f3n en el BOE y la p\u00e1gina del Ministerio de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes. Tambi\u00e9n es com\u00fan no tener actualizada la direcci\u00f3n de correo electr\u00f3nico o el tel\u00e9fono de contacto; la Administraci\u00f3n utiliza estos medios para citar a los llamamientos. Por \u00faltimo, no subestimes la importancia de la puntualidad: aunque exista segundo llamamiento, presentarse tarde puede impedir el acceso al aula.<\/p>\n<p><strong>Previsi\u00f3n futura (12-24 meses)<\/strong><br \/>Esta modificaci\u00f3n sienta un precedente para futuras convocatorias de otros cuerpos superiores de la Administraci\u00f3n. Es probable que se extienda a otros procesos selectivos similares, especialmente aquellos con alta demanda y m\u00faltiples ejercicios. En el corto plazo, los aspirantes a Abogados del Estado de la convocatoria 2025\/2026 ser\u00e1n los primeros en beneficiarse de esta medida. A largo plazo, podr\u00eda generalizarse la doble llamada en primeros ejercicios, mejorando la eficiencia y reduciendo litigios por incomparecencias. Recomendamos estar atentos a las pr\u00f3ximas publicaciones del BOE y a las circulares del tribunal.<\/p>\n<p><strong>Recursos descargables y pr\u00f3ximos pasos<\/strong><br \/>Para facilitar tu preparaci\u00f3n, hemos creado una [gu\u00eda en PDF] con el cronograma estimado del proceso selectivo, incluyendo fechas orientativas de los llamamientos. Tambi\u00e9n puedes descargar una [lista de verificaci\u00f3n] con los documentos necesarios para el d\u00eda del examen. Ambas plantillas son ficticias pero te ayudar\u00e1n a organizarte. \u00bfQuieres recibir alertas cuando se publiquen nuevas resoluciones? Suscr\u00edbete a nuestro bolet\u00edn gratuito. No olvides compartir esta informaci\u00f3n con otros opositores: el conocimiento de estos cambios puede marcar la diferencia.<\/p>\n<p>En resumen, la modificaci\u00f3n del BOE de 23 de abril de 2026 introduce un segundo llamamiento en el primer ejercicio te\u00f3rico de las oposiciones a Abogados del Estado. Esta mejora procesal aporta mayor flexibilidad sin alterar la dureza de la prueba. Los aspirantes deben conocer exactamente a qu\u00e9 ejercicios aplica y planificar su asistencia con margen. La transparencia y la seguridad jur\u00eddica son los pilares de este cambio, que beneficia tanto a los opositores como a la Administraci\u00f3n. Mantente informado a trav\u00e9s de los canales oficiales y prepara con antelaci\u00f3n cada fase del proceso.<\/p>\n<\/div>\n<\/section>\n<footer>\n<p><a href=\"https:\/\/www.boe.es\/boe\/dias\/2026\/04\/27\/pdfs\/BOE-A-2026-9112.pdf\">Ver articulo BOE-A-2026-9112 en el BOE oficial<\/a><\/p>\n<\/footer>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Modificaci\u00f3n en oposiciones Abogados del Estado: segundo llamamiento en el primer ejercicio te\u00f3rico BOE: Los aspirantes dispondr\u00e1n de una segunda oportunidad en el primer ejercicio, reduciendo el riesgo de exclusi\u00f3n por incomparecencia Impacto: Resoluci\u00f3n de 23 de abril de 2026, de la Subsecretar\u00eda, por la que se modifica la de 23 de diciembre de 2025, [&hellip;]<\/p>\n","protected":false},"author":2,"featured_media":0,"comment_status":"closed","ping_status":"","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"zakra_sidebar_layout":"customizer","zakra_remove_content_margin":false,"zakra_sidebar":"customizer","zakra_transparent_header":"customizer","zakra_logo":0,"zakra_main_header_style":"default","zakra_menu_item_color":"","zakra_menu_item_hover_color":"","zakra_menu_item_active_color":"","zakra_menu_active_style":"","zakra_page_header":true,"footnotes":""},"categories":[782,781],"tags":[],"class_list":["post-6345","post","type-post","status-publish","format-standard","hentry","category-oposiciones-y-empleo-publico","category-tramites-y-gestiones-administrativas"],"aioseo_notices":[],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/infoboe.es\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/6345","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/infoboe.es\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/infoboe.es\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/infoboe.es\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/users\/2"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/infoboe.es\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=6345"}],"version-history":[{"count":1,"href":"https:\/\/infoboe.es\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/6345\/revisions"}],"predecessor-version":[{"id":6346,"href":"https:\/\/infoboe.es\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/6345\/revisions\/6346"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/infoboe.es\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=6345"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/infoboe.es\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=6345"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/infoboe.es\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=6345"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}