{"id":8133,"date":"2026-07-14T11:35:46","date_gmt":"2026-07-14T09:35:46","guid":{"rendered":"https:\/\/infoboe.es\/?p=8133"},"modified":"2026-07-14T11:35:46","modified_gmt":"2026-07-14T09:35:46","slug":"nuevas-reglas-para-ortoprotesis-financiadas-identificacion-digital-y-plazos-actualizados","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/infoboe.es\/index.php\/2026\/07\/14\/nuevas-reglas-para-ortoprotesis-financiadas-identificacion-digital-y-plazos-actualizados\/","title":{"rendered":"Nuevas reglas para ortopr\u00f3tesis financiadas: identificaci\u00f3n digital y plazos actualizados"},"content":{"rendered":"<h2>Nuevas reglas para ortopr\u00f3tesis financiadas: identificaci\u00f3n digital y plazos actualizados<\/h2>\n<p>BOE: <q cite=\"https:\/\/www.boe.es\">Modernizaci\u00f3n del sistema de financiaci\u00f3n ortoprot\u00e9sica con identificaci\u00f3n \u00fanica por producto para mayor control y transparencia<\/q><\/p>\n<p><strong>Impacto:<\/strong> <span>Orden SND\/715\/2026, de 8 de julio, por la que se modifica la Orden SCB\/45\/2019, de 22 de enero, por la que se modifica el anexo VI del Real Decreto 1030\/2006, de 15 de septiembre, por el que se establece la cartera de servicios comunes del Sistema Nacional de Salud y el procedimiento para su actualizaci\u00f3n, se regula el procedimiento de inclusi\u00f3n, alteraci\u00f3n y exclusi\u00f3n de la oferta de productos ortoprot\u00e9sicos y se determinan los coeficientes de correcci\u00f3n.<\/span><\/p>\n<section>\n<h3>Detalles<\/h3>\n<div>\n<ul>\n<li><strong>Vigencia:<\/strong> Desde el d\u00eda siguiente a su publicaci\u00f3n en BOE (9 julio 2026)<\/li>\n<li><strong>Cambio clave:<\/strong> Identificaci\u00f3n mediante UDI-DI (c\u00f3digo \u00fanico europeo) para productos sanitarios certificados seg\u00fan Reglamento UE 2017\/745<\/li>\n<li><strong>Renovaci\u00f3n:<\/strong> Cada 5 a\u00f1os en lugar de 3 para mantener productos en oferta<\/li>\n<li><strong>Identificaci\u00f3n mixta:<\/strong> Productos certificados bajo Directivas podr\u00e1n usar precinto o UDI-DI durante periodo transitorio<\/li>\n<li><strong>Gesti\u00f3n:<\/strong> A trav\u00e9s de la aplicaci\u00f3n OFEPO (Oferta de Productos Ortoprot\u00e9sicos)<\/li>\n<\/ul>\n<\/div>\n<\/section>\n<section>\n<h3>Contenido<\/h3>\n<div>\n<p>El Bolet\u00edn Oficial del Estado ha publicado una nueva orden ministerial que actualiza la regulaci\u00f3n de la prestaci\u00f3n ortoprot\u00e9sica en el Sistema Nacional de Salud (SNS). Se trata de la Orden por la que se modifica la Orden SCB\/45\/2019, que ya hab\u00eda introducido cambios importantes en el cat\u00e1logo com\u00fan de productos ortoprot\u00e9sicos. Esta actualizaci\u00f3n responde a la necesidad de adaptarse a la normativa europea sobre productos sanitarios y de modernizar la gesti\u00f3n de estos dispositivos, que incluyen desde sillas de ruedas hasta pr\u00f3tesis externas y ortesis.<\/p>\n<h2>\u00bfQu\u00e9 cambia con esta nueva orden?<\/h2>\n<p>La principal novedad es la introducci\u00f3n del identificador \u00fanico de producto (UDI-DI) como sistema obligatorio de identificaci\u00f3n para todos los productos ortoprot\u00e9sicos financiados por el SNS. Este c\u00f3digo, regulado por el Reglamento (UE) 2017\/745, permite rastrear cada dispositivo a lo largo de toda su cadena de suministro, desde el fabricante hasta el paciente. <strong>Piensa en ello como el DNI de tu pr\u00f3tesis o silla de ruedas<\/strong>: un n\u00famero \u00fanico que garantiza su autenticidad y facilita su control.<\/p>\n<p>Para los productos certificados seg\u00fan las antiguas Directivas (y no seg\u00fan el nuevo Reglamento), se establece un sistema mixto durante los periodos transitorios. Las empresas podr\u00e1n elegir entre usar el UDI-DI o el precinto identificativo tradicional. Esto es importante porque hay muchos productos en el mercado que a\u00fan no disponen del c\u00f3digo europeo, y se da un margen para la transici\u00f3n.<\/p>\n<h2>Renovaci\u00f3n de la oferta: menos burocracia, m\u00e1s eficiencia<\/h2>\n<p>Otro cambio relevante es la ampliaci\u00f3n del plazo de renovaci\u00f3n de la oferta de productos. Hasta ahora, las empresas deb\u00edan renovar cada tres a\u00f1os la informaci\u00f3n de sus productos en OFEPO (la aplicaci\u00f3n inform\u00e1tica del Ministerio de Sanidad). Con la nueva orden, este plazo se extiende a cinco a\u00f1os. <strong>Imagina que tienes que renovar el carnet de conducir cada tres a\u00f1os y ahora te lo alargan a cinco<\/strong>: menos tr\u00e1mites, pero con la misma obligaci\u00f3n de mantener los datos actualizados.<\/p>\n<p>La renovaci\u00f3n tiene un car\u00e1cter fundamentalmente administrativo: las empresas confirman que sus productos siguen en el mercado y que la informaci\u00f3n (precios, caracter\u00edsticas, etc.) es correcta. Si hay cambios sustanciales, deben solicitar una alteraci\u00f3n de la oferta, pero la rutina se simplifica.<\/p>\n<h2>Impacto en los ciudadanos: \u00bfc\u00f3mo te afecta?<\/h2>\n<p>Si eres usuario de productos ortoprot\u00e9sicos (sillas de ruedas, pr\u00f3tesis, ortesis, etc.), estos cambios te benefician indirectamente. La digitalizaci\u00f3n de la identificaci\u00f3n permitir\u00e1 un mejor control de la calidad y la trazabilidad. <strong>En el futuro, tu receta electr\u00f3nica podr\u00eda incluir directamente el c\u00f3digo UDI del producto que necesitas<\/strong>, agilizando la dispensaci\u00f3n y reduciendo errores.<\/p>\n<p>Adem\u00e1s, al unificar criterios en todo el territorio nacional, se avanza hacia una mayor equidad: un paciente en Galicia tendr\u00e1 acceso al mismo cat\u00e1logo de productos que uno en Andaluc\u00eda, con las mismas condiciones de financiaci\u00f3n.<\/p>\n<p>Para los profesionales sanitarios (traumat\u00f3logos, rehabilitadores, etc.), la prescripci\u00f3n se apoyar\u00e1 en una base de datos m\u00e1s actualizada y fiable, lo que facilita la elecci\u00f3n del producto m\u00e1s adecuado para cada paciente.<\/p>\n<h2>Gu\u00eda paso a paso para empresas del sector<\/h2>\n<p>Si eres fabricante, importador o distribuidor de productos ortoprot\u00e9sicos, estos son los pasos que debes seguir:<\/p>\n<ol>\n<li><strong>Verifica la certificaci\u00f3n de tus productos<\/strong>: \u00bfEst\u00e1n certificados seg\u00fan el Reglamento UE 2017\/745 o seg\u00fan las Directivas anteriores? Esto determinar\u00e1 si usas UDI-DI o precinto.<\/li>\n<li><strong>Reg\u00edstrate en OFEPO<\/strong> (si no lo has hecho ya) y aseg\u00farate de que los datos de tu empresa est\u00e1n actualizados: nombre, NIF, direcci\u00f3n, correo electr\u00f3nico y responsable.<\/li>\n<li><strong>Para cada producto<\/strong>, proporciona la informaci\u00f3n del anexo II: nombre, fabricante, clase, materiales, precio, y ahora tambi\u00e9n el UDI-DI o la referencia (REF) si no es producto sanitario.<\/li>\n<li><strong>Renueva la oferta cada cinco a\u00f1os<\/strong>. Recibir\u00e1s un aviso autom\u00e1tico de OFEPO y tendr\u00e1s dos meses para confirmar los datos o solicitar cambios.<\/li>\n<li><strong>Si tu producto sufre una modificaci\u00f3n sustancial<\/strong> (cambio de tipo), solicita una alteraci\u00f3n de la oferta. Se asignar\u00e1 un nuevo c\u00f3digo y el producto antiguo dejar\u00e1 de financiarse.<\/li>\n<\/ol>\n<p>El plazo para comercializar un producto con el nuevo sistema de identificaci\u00f3n es de dos meses desde la notificaci\u00f3n de aceptaci\u00f3n.<\/p>\n<h2>Errores comunes y c\u00f3mo evitarlos<\/h2>\n<ul>\n<li><strong>Confundir UDI-DI con UDI-PI<\/strong>: El primero identifica el modelo de producto; el segundo, la unidad concreta (lote\/serie). A efectos de la oferta, solo necesitas el UDI-DI.<\/li>\n<li><strong>No actualizar la documentaci\u00f3n<\/strong>: La etiqueta, foto, declaraci\u00f3n CE e instrucciones de uso deben estar siempre vigentes. Cualquier cambio debe comunicarse, aunque no sea una alteraci\u00f3n formal.<\/li>\n<li><strong>Usar precinto cuando no corresponde<\/strong>: Solo los productos sin equivalencia inequ\u00edvoca entre c\u00f3digo OFEPO y UDI-DI pueden usar precinto. Si tu producto tiene un UDI-DI \u00fanico, no necesitas precinto.<\/li>\n<li><strong>Ignorar los periodos transitorios<\/strong>: Si tu producto est\u00e1 certificado bajo Directivas, tienes hasta la fecha de fin de esos periodos (variable seg\u00fan el producto) para migrar al UDI. Planif\u00edcalo con antelaci\u00f3n.<\/li>\n<\/ul>\n<h2>Previsi\u00f3n futura: hacia un sistema totalmente digital<\/h2>\n<p>En los pr\u00f3ximos 12-24 meses, se espera que la mayor\u00eda de los productos ortoprot\u00e9sicos financiados incorporen el UDI-DI. La orden establece un sistema mixto solo durante los periodos transitorios, que finalizar\u00e1n cuando todos los productos sanitarios est\u00e9n certificados seg\u00fan el nuevo Reglamento europeo. <strong>El objetivo a medio plazo es eliminar por completo el precinto f\u00edsico<\/strong> y gestionar todo de forma electr\u00f3nica, lo que reducir\u00e1 costes administrativos y fraudes.<\/p>\n<p>Adem\u00e1s, la puesta en marcha de la oferta por apartados (empezando por sillas de ruedas) sugiere que el cat\u00e1logo se ir\u00e1 actualizando progresivamente. Las empresas deben estar atentas a las resoluciones de la Direcci\u00f3n General de Cartera Com\u00fan de Servicios del SNS para conocer las fechas de apertura de nuevos apartados.<\/p>\n<h2>Recursos descargables<\/h2>\n<p>Para facilitar la adaptaci\u00f3n a estos cambios, puedes descargar la siguiente plantilla ficticia (simulada para el ejemplo):<\/p>\n<p><strong><a href=\"#\">Plantilla de solicitud de inclusi\u00f3n de producto en OFEPO<\/a><\/strong> (formato Excel con campos del anexo II, validaciones y ejemplos).<\/p>\n<p><strong><a href=\"#\">Gu\u00eda r\u00e1pida de identificaci\u00f3n UDI vs. precinto<\/a><\/strong> (infograf\u00eda descargable en PDF con los pasos a seguir seg\u00fan el tipo de producto).<\/p>\n<p>Estos recursos te ayudar\u00e1n a cumplir con los nuevos requisitos y evitar errores en la tramitaci\u00f3n.<\/p>\n<p>En resumen, esta orden del BOE moderniza la prestaci\u00f3n ortoprot\u00e9sica aline\u00e1ndola con la normativa europea, simplifica la burocracia para las empresas y mejora la transparencia para los pacientes. Si eres profesional del sector o usuario de estos productos, conviene que conozcas los cambios para aprovechar sus beneficios.<\/p>\n<\/div>\n<\/section>\n<footer>\n<p><a href=\"https:\/\/www.boe.es\/boe\/dias\/2026\/07\/14\/pdfs\/BOE-A-2026-15302.pdf\">Ver articulo BOE-A-2026-15302 en el BOE oficial<\/a><\/p>\n<\/footer>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Nuevas reglas para ortopr\u00f3tesis financiadas: identificaci\u00f3n digital y plazos actualizados BOE: Modernizaci\u00f3n del sistema de financiaci\u00f3n ortoprot\u00e9sica con identificaci\u00f3n \u00fanica por producto para mayor control y transparencia Impacto: Orden SND\/715\/2026, de 8 de julio, por la que se modifica la Orden SCB\/45\/2019, de 22 de enero, por la que se modifica el anexo VI del [&hellip;]<\/p>\n","protected":false},"author":2,"featured_media":0,"comment_status":"closed","ping_status":"","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"zakra_sidebar_layout":"customizer","zakra_remove_content_margin":false,"zakra_sidebar":"customizer","zakra_transparent_header":"customizer","zakra_logo":0,"zakra_main_header_style":"default","zakra_menu_item_color":"","zakra_menu_item_hover_color":"","zakra_menu_item_active_color":"","zakra_menu_active_style":"","zakra_page_header":true,"footnotes":""},"categories":[785,781],"tags":[],"class_list":["post-8133","post","type-post","status-publish","format-standard","hentry","category-normativa-general-y-cambios-legislativos","category-tramites-y-gestiones-administrativas"],"aioseo_notices":[],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/infoboe.es\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/8133","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/infoboe.es\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/infoboe.es\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/infoboe.es\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/users\/2"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/infoboe.es\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=8133"}],"version-history":[{"count":1,"href":"https:\/\/infoboe.es\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/8133\/revisions"}],"predecessor-version":[{"id":8134,"href":"https:\/\/infoboe.es\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/8133\/revisions\/8134"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/infoboe.es\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=8133"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/infoboe.es\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=8133"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/infoboe.es\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=8133"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}