{"id":8591,"date":"2026-08-21T14:29:16","date_gmt":"2026-08-21T12:29:16","guid":{"rendered":"https:\/\/infoboe.es\/?p=8591"},"modified":"2026-08-21T14:29:16","modified_gmt":"2026-08-21T12:29:16","slug":"desistimiento-de-la-planta-solar-campos-del-condado-vi-que-pasa-con-las-autorizaciones-y-las-garantias-de-acceso","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/infoboe.es\/index.php\/2026\/08\/21\/desistimiento-de-la-planta-solar-campos-del-condado-vi-que-pasa-con-las-autorizaciones-y-las-garantias-de-acceso\/","title":{"rendered":"Desistimiento de la planta solar Campos del Condado VI: \u00bfqu\u00e9 pasa con las autorizaciones y las garant\u00edas de acceso?"},"content":{"rendered":"<h2>Desistimiento de la planta solar Campos del Condado VI: \u00bfqu\u00e9 pasa con las autorizaciones y las garant\u00edas de acceso?<\/h2>\n<p>BOE: <q cite=\"https:\/\/www.boe.es\">La cancelaci\u00f3n del proyecto fotovoltaico de 57,5 MW en Huelva libera garant\u00edas y replantea la planificaci\u00f3n renovable ante infraestructuras incompatibles.<\/q><\/p>\n<p><strong>Impacto:<\/strong> <span>Resoluci\u00f3n de 5 de agosto de 2026, de la Direcci\u00f3n General de Pol\u00edtica Energ\u00e9tica y Minas, por la que se acepta el desistimiento formulado por Arena Power Solar 35, SLU, de la solicitud de autorizaci\u00f3n administrativa de construcci\u00f3n para la instalaci\u00f3n fotovoltaica Campos del Condado VI, de 57,535 MW de potencia instalada, y su infraestructura de evacuaci\u00f3n en Beas, Trigueros y Gibrale\u00f3n (Huelva).<\/span><\/p>\n<section>\n<h3>Detalles<\/h3>\n<div>\n<ul>\n<li><strong>Potencia:<\/strong> 57,535 MW instalados (60,569 MW nominales iniciales)<\/li>\n<li><strong>Expediente:<\/strong> SGIISE\/PFot-545 del Ministerio para la Transici\u00f3n Ecol\u00f3gica<\/li>\n<li><strong>Desistimiento:<\/strong> presentado el 19 de septiembre de 2025<\/li>\n<li><strong>Permisos de acceso:<\/strong> otorgados en 2020; caducidad comunicada en enero de 2025<\/li>\n<li><strong>Normativa clave:<\/strong> art\u00edculo 94 de la Ley 39\/2015 y art\u00edculo 23 del Real Decreto 1183\/2020<\/li>\n<\/ul>\n<\/div>\n<\/section>\n<section>\n<h3>Contenido<\/h3>\n<div>\n<p>La Direcci\u00f3n General de Pol\u00edtica Energ\u00e9tica y Minas ha emitido una resoluci\u00f3n que acepta el desistimiento de Arena Power Solar 35, SLU y ordena el archivo del expediente SGIISE\/PFot-545. El objeto del procedimiento era la autorizaci\u00f3n administrativa de construcci\u00f3n de la planta solar fotovoltaica Campos del Condado VI, un parque de 57,535 MW situado en Beas, Trigueros y Gibrale\u00f3n, en la provincia de Huelva. El desistimiento no responde a una falta de financiaci\u00f3n ni a problemas t\u00e9cnicos, sino a un obst\u00e1culo f\u00edsico: el trazado de la futura l\u00ednea de alta velocidad Sevilla-Huelva.<\/p>\n<p>El Bolet\u00edn Oficial del Estado publica con frecuencia anuncios de autorizaciones de parques renovables. Sin embargo, los desistimientos son menos visibles y a menudo m\u00e1s reveladores. Este proyecto hab\u00eda obtenido declaraci\u00f3n de impacto ambiental favorable en abril de 2023 y autorizaci\u00f3n administrativa previa en julio de 2023. Ten\u00eda permiso de acceso concedido por Red El\u00e9ctrica en septiembre de 2020 y permiso de conexi\u00f3n en enero de 2022. A pesar de todos esos pasos favorables, no llegar\u00e1 a construirse.<\/p>\n<p>La secuencia administrativa es extensa. Primero se solicit\u00f3 la autorizaci\u00f3n previa en febrero de 2021. Despu\u00e9s se tramit\u00f3 la informaci\u00f3n p\u00fablica y se recogieron informes de las administraciones. En mayo de 2022 el expediente se remiti\u00f3 a evaluaci\u00f3n ambiental. En abril de 2023 la declaraci\u00f3n de impacto ambiental fue favorable. En julio de 2023 se otorg\u00f3 la autorizaci\u00f3n administrativa previa. En diciembre de 2023 el promotor pidi\u00f3 la autorizaci\u00f3n de construcci\u00f3n e introdujo modificaciones. En junio de 2024 se emiti\u00f3 el informe del \u00c1rea de Industria y Energ\u00eda. Ya en diciembre de 2024 se aprob\u00f3 definitivamente el estudio informativo del AVE. En enero de 2025, Red El\u00e9ctrica comunic\u00f3 la caducidad de los permisos de acceso y conexi\u00f3n. Finalmente, en septiembre de 2025, el promotor present\u00f3 el desistimiento.<\/p>\n<p>\u00bfPor qu\u00e9 caducaron los permisos? El Real Decreto-ley 23\/2020 introdujo plazos estrictos para evitar acaparar capacidad de red. Si un proyecto no avanza, pierde sus derechos. La caducidad conlleva la ejecuci\u00f3n de las garant\u00edas econ\u00f3micas previstas en el art\u00edculo 23 del Real Decreto 1183\/2020. La garant\u00eda equivale a 40 euros por kilovatio instalado. Para una planta de 57,535 MW, la cifra es de aproximadamente 2,3 millones de euros. Esa cantidad puede perderse si no se demuestra que una administraci\u00f3n p\u00fablica impidi\u00f3 la construcci\u00f3n.<\/p>\n<p>Imaginemos que una familia reserva una finca para su boda. Paga una se\u00f1al, contrata el catering y recibe el visto bueno de sanidad. Pero semanas antes, el ayuntamiento decide construir una rotonda que parte el acceso al sal\u00f3n. La familia no puede celebrar la boda all\u00ed. Tiene dos opciones: esperar a que cambie el plan urbano o cancelar. Si cancela, normalmente pierde la se\u00f1al. Solo si demuestra que la prohibici\u00f3n fue ajena a su voluntad podr\u00eda recuperar parte del dinero. Este caso es exactamente igual.<\/p>\n<p>El art\u00edculo 94 de la Ley 39\/2015 reconoce el derecho de todo interesado a desistir de su solicitud. La administraci\u00f3n debe aceptarlo y archivar el expediente, salvo que terceros con inter\u00e9s leg\u00edtimo pidan continuar. Aqu\u00ed el promotor ha pedido adem\u00e1s que no se ejecute la garant\u00eda, ampar\u00e1ndose en la excepci\u00f3n del art\u00edculo 23.6 del Real Decreto 1183\/2020. Esa norma permite exceptuar la ejecuci\u00f3n cuando un informe o resoluci\u00f3n de una administraci\u00f3n p\u00fablica impidi\u00f3 la construcci\u00f3n.<\/p>\n<p>La resoluci\u00f3n publicada recoge la respuesta del promotor al tr\u00e1mite de audiencia. Acept\u00f3 la propuesta de resoluci\u00f3n, pero solicit\u00f3 una menci\u00f3n expresa a la excepci\u00f3n de la garant\u00eda. La resoluci\u00f3n final incorpora parcialmente las alegaciones. No detalla si habr\u00e1 devoluci\u00f3n; deja la cuesti\u00f3n para la fase de ejecuci\u00f3n. Este es un punto que los asesores jur\u00eddicos deber\u00e1n seguir de cerca.<\/p>\n<p>El impacto ciudadano no se limita al terreno. Para las familias, cada parque renovable que se cancela reduce la presi\u00f3n a la baja sobre los precios mayoristas de la electricidad. En un contexto de precios vol\u00e1tiles, perder 57 MW de generaci\u00f3n solar no ayuda a la seguridad del sistema. Aunque el efecto individual es peque\u00f1o, la suma de cancelaciones puede ralentizar la transici\u00f3n energ\u00e9tica.<\/p>\n<p>Para los aut\u00f3nomos y peque\u00f1as empresas de la comarca, la noticia es doble. Por un lado, pierden una oportunidad de empleo e ingresos en servicios auxiliares de construcci\u00f3n y mantenimiento. Por otro, el AVE traer\u00e1 actividad y conectividad. Las administraciones locales deber\u00edan dise\u00f1ar estrategias para compensar la p\u00e9rdida de inversi\u00f3n renovable con proyectos ligados a la movilidad.<\/p>\n<p>Para las empresas del sector, la lecci\u00f3n es estrat\u00e9gica. Antes de comprar terrenos o iniciar la tramitaci\u00f3n, conviene contrastar el proyecto con los mapas de infraestructuras p\u00fablicas a largo plazo. La l\u00ednea AVE Sevilla-Huelva figuraba en la planificaci\u00f3n ferroviaria desde hac\u00eda a\u00f1os. El promotor intent\u00f3 obtener una respuesta de compatibilidad, pero el Ministerio de Transportes no la emiti\u00f3 con claridad. La incertidumbre se volvi\u00f3 en su contra.<\/p>\n<p>\u00bfQu\u00e9 debe hacer un promotor que se enfrente a una situaci\u00f3n similar? Primero, revisar de inmediato el estado de sus permisos de acceso y conexi\u00f3n. Segundo, solicitar a la autoridad competente un pronunciamiento escrito sobre el conflicto con otras infraestructuras. Tercero, si la inviabilidad es real, presentar el desistimiento antes de que la caducidad de permisos provoque la ejecuci\u00f3n autom\u00e1tica de las garant\u00edas. Cuarto, invocar la excepci\u00f3n del art\u00edculo 23.6 con pruebas documentales.<\/p>\n<p>Tambi\u00e9n hay errores que conviene evitar. El m\u00e1s grave es abandonar el expediente sin comunicarlo formalmente: la administraci\u00f3n puede declarar la caducidad del procedimiento y ejecutar las garant\u00edas. Adem\u00e1s, hay que documentar cada plazo. En este caso, Red El\u00e9ctrica comunic\u00f3 la caducidad en enero de 2025 y el promotor tard\u00f3 nueve meses en presentar el desistimiento. Esa demora puede influir en la interpretaci\u00f3n de la excepci\u00f3n.<\/p>\n<p>La comparativa antes y despu\u00e9s ayuda a visualizar el cambio. Antes del desistimiento, el expediente estaba activo, con autorizaci\u00f3n previa otorgada y permisos de acceso caducados pero no ejecutados. Despu\u00e9s, el expediente queda archivado, la autorizaci\u00f3n previa es renunciada y la garant\u00eda queda en riesgo. La potencia instalada, adem\u00e1s, fue reducida de 60,569 MW a 57,535 MW en la \u00faltima solicitud de modificaci\u00f3n, lo que tambi\u00e9n afecta al c\u00e1lculo de las garant\u00edas.<\/p>\n<table>\n<caption>Comparativa del proyecto Campos del Condado VI<\/caption>\n<thead>\n<tr>\n<th>Variable<\/th>\n<th>Antes<\/th>\n<th>Despu\u00e9s<\/th>\n<\/tr>\n<\/thead>\n<tbody>\n<tr>\n<td>Estado del expediente<\/td>\n<td>Activo en tramitaci\u00f3n<\/td>\n<td>Archivado<\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td>Autorizaci\u00f3n previa<\/td>\n<td>Otorgada en 2023<\/td>\n<td>Renunciada<\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td>Autorizaci\u00f3n de construcci\u00f3n<\/td>\n<td>Solicitada en diciembre de 2023<\/td>\n<td>No otorgada<\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td>Permisos de acceso y conexi\u00f3n<\/td>\n<td>Caducados desde enero de 2025<\/td>\n<td>Extinguidos<\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td>Garant\u00eda econ\u00f3mica<\/td>\n<td>Potencialmente ejecutable<\/td>\n<td>Pendiente de resoluci\u00f3n<\/td>\n<\/tr>\n<\/tbody>\n<\/table>\n<p>En los pr\u00f3ximos 12 a 24 meses, el Ministerio deber\u00e1 decidir el destino de la garant\u00eda y la posible reubicaci\u00f3n de la subestaci\u00f3n el\u00e9ctrica Campos del Condado. Es previsible que aparezcan nuevos proyectos que aprovechen la misma posici\u00f3n de red pero con un trazado compatible con el AVE. Tambi\u00e9n podr\u00eda revisarse la regulaci\u00f3n del art\u00edculo 23 del Real Decreto 1183\/2020, para introducir causas de fuerza mayor o conflicto entre infraestructuras.<\/p>\n<p>A corto plazo, los afectados pueden presentar recurso de alzada ante la Secretar\u00eda de Estado de Energ\u00eda en el plazo de un mes. Aunque en este caso el promotor ha aceptado el desistimiento, cualquier otro interesado con derecho leg\u00edtimo podr\u00eda personarse. En el plano pr\u00e1ctico, conviene elaborar una plantilla de seguimiento que contemple las fechas de caducidad de permisos y las garant\u00edas depositadas. Descargar una plantilla no sustituye el consejo de un abogado especializado, pero ayuda a prevenir sorpresas.<\/p>\n<\/div>\n<\/section>\n<footer>\n<p><a href=\"https:\/\/www.boe.es\/boe\/dias\/2026\/08\/21\/pdfs\/BOE-A-2026-18010.pdf\">Ver articulo BOE-A-2026-18010 en el BOE oficial<\/a><\/p>\n<\/footer>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Desistimiento de la planta solar Campos del Condado VI: \u00bfqu\u00e9 pasa con las autorizaciones y las garant\u00edas de acceso? BOE: La cancelaci\u00f3n del proyecto fotovoltaico de 57,5 MW en Huelva libera garant\u00edas y replantea la planificaci\u00f3n renovable ante infraestructuras incompatibles. 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