{"id":8603,"date":"2026-08-21T14:43:32","date_gmt":"2026-08-21T12:43:32","guid":{"rendered":"https:\/\/infoboe.es\/?p=8603"},"modified":"2026-08-21T14:43:32","modified_gmt":"2026-08-21T12:43:32","slug":"como-contratar-el-seguro-agrario-de-uva-de-vinificacion-requisitos-plazos-coberturas-y-precios-actualizados","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/infoboe.es\/index.php\/2026\/08\/21\/como-contratar-el-seguro-agrario-de-uva-de-vinificacion-requisitos-plazos-coberturas-y-precios-actualizados\/","title":{"rendered":"C\u00f3mo contratar el seguro agrario de uva de vinificaci\u00f3n: requisitos, plazos, coberturas y precios actualizados"},"content":{"rendered":"<h2>C\u00f3mo contratar el seguro agrario de uva de vinificaci\u00f3n: requisitos, plazos, coberturas y precios actualizados<\/h2>\n<p>BOE: <q cite=\"https:\/\/www.boe.es\">Protege tu cosecha frente a pedrisco, helada, marchitez y mildiu con indemnizaciones por parcela y plazos desde el 1 de noviembre<\/q><\/p>\n<p><strong>Impacto:<\/strong> <span>Orden APA\/878\/2026, de 12 de agosto, por la que se definen los bienes y rendimientos asegurables, las condiciones t\u00e9cnicas m\u00ednimas de cultivo, el \u00e1mbito de aplicaci\u00f3n, los periodos de garant\u00eda, las fechas de suscripci\u00f3n y los precios unitarios del seguro base con garant\u00edas adicionales para uva de vinificaci\u00f3n en la Pen\u00ednsula y en la Comunidad Aut\u00f3noma de las Illes Balears, comprendido en el Cuadrag\u00e9simo S\u00e9ptimo Plan de Seguros Agrarios Combinados.<\/span><\/p>\n<section>\n<h3>Detalles<\/h3>\n<div>\n<ul>\n<li><strong>Vigencia:<\/strong> desde el 13 de agosto de 2026<\/li>\n<li><strong>\u00c1mbito:<\/strong> vi\u00f1edos inscritos en el registro vit\u00edcola de la Pen\u00ednsula y Baleares<\/li>\n<li><strong>Plazos:<\/strong> seguro de oto\u00f1o del 1 de noviembre al 20 de diciembre; seguro de primavera seg\u00fan opci\u00f3n<\/li>\n<li><strong>Precios:<\/strong> uva D.O.C. Rioja 90-100 \u20ac\/100 kg; D.O. R\u00edas Baixas Albari\u00f1o 80-185 \u20ac\/100 kg; ecol\u00f3gico +8%<\/li>\n<li><strong>Coberturas:<\/strong> seguro base m\u00e1s cuatro garant\u00edas adicionales, con hasta el 80% para resto de adversidades clim\u00e1ticas<\/li>\n<\/ul>\n<\/div>\n<\/section>\n<section>\n<h3>Contenido<\/h3>\n<div>\n<p>La cosecha de uva de vinificaci\u00f3n cuenta desde esta semana con un nuevo marco de protecci\u00f3n frente al clima. La orden ministerial fechada en Madrid el 12 de agosto de 2026 desarrolla el Cuadrag\u00e9simo S\u00e9ptimo Plan de Seguros Agrarios Combinados para las parcelas de vi\u00f1edo destinadas a vinificaci\u00f3n en la Pen\u00ednsula y en la Comunidad Aut\u00f3noma de Illes Balears. No es una norma t\u00e9cnica m\u00e1s: fija qu\u00e9 vi\u00f1edos pueden asegurarse, qu\u00e9 da\u00f1os cubre la p\u00f3liza, cu\u00e1ndo hay que contratarla y cu\u00e1les son los precios unitarios v\u00e1lidos para esta campa\u00f1a.<\/p>\n<p>El seguro agrario combinado naci\u00f3 en Espa\u00f1a con la Ley 87\/1978, de 28 de diciembre, y desde entonces se renueva cada a\u00f1o mediante planes aprobados por el Consejo de Ministros. Este 2026 se activa el plan n\u00famero 47, que incide especialmente en adaptar las coberturas a una realidad clim\u00e1tica cada vez m\u00e1s compleja. Para el viticultor, esta orden equivale al manual de instrucciones que permite convertir una p\u00f3liza en papel en una red de seguridad real cuando el pedrisco, la helada o el mildiu amenazan la rentabilidad de la explotaci\u00f3n.<\/p>\n<h2>Qu\u00e9 es la nueva orden y por qu\u00e9 te afecta<\/h2>\n<p>La orden publicada en el Bolet\u00edn Oficial del Estado define los bienes y rendimientos asegurables, las condiciones t\u00e9cnicas m\u00ednimas de cultivo, el \u00e1mbito de aplicaci\u00f3n, los periodos de garant\u00eda, las fechas de suscripci\u00f3n y los precios unitarios de la l\u00ednea de seguro base con garant\u00edas adicionales para uva de vinificaci\u00f3n. Esto significa que la norma no crea un seguro nuevo por sorpresa, sino que renueva cada temporada las reglas del juego para que los productores sepan exactamente qu\u00e9 cubre su p\u00f3liza.<\/p>\n<p>El \u00e1mbito de aplicaci\u00f3n incluye todas las parcelas de vi\u00f1edo destinadas a uva de vinificaci\u00f3n que est\u00e9n inscritas en el registro vit\u00edcola o que tengan solicitada su regularizaci\u00f3n en la fecha de contrataci\u00f3n del seguro. Tambi\u00e9n son asegurables los plantones durante la fase de desarrollo previa a la entrada en producci\u00f3n y las instalaciones, como sistemas de conducci\u00f3n, cabezales de riego y redes de riego localizado. Quien no tenga los papeles del registro en orden puede quedarse fuera, por lo que revisar esta inscripci\u00f3n es el primer paso antes de contratar.<\/p>\n<h2>Las claves de la norma en pocas palabras<\/h2>\n<p>Si buscas una explicaci\u00f3n r\u00e1pida, esta es la m\u00e1s \u00fatil: el seguro cubre la producci\u00f3n de uva, los plantones y las instalaciones frente a pedrisco, helada, marchitez fisiol\u00f3gica, riesgos excepcionales como el mildiu y otras adversidades clim\u00e1ticas. La contrataci\u00f3n puede hacerse en dos momentos del a\u00f1o, oto\u00f1o o primavera, y el agricultor puede elegir entre un seguro principal y un seguro complementario para ajustarse a la esperanza real de producci\u00f3n.<\/p>\n<ul>\n<li>Pedrisco y helada: cubren cantidad en todo el \u00e1mbito y calidad en parcelas inscritas en Denominaciones de Origen y Vinos de Pago.<\/li>\n<li>Marchitez fisiol\u00f3gica: cubre cantidad para la variedad Bobal en todo el \u00e1mbito.<\/li>\n<li>Riesgos excepcionales: el mildiu se cubre en Andaluc\u00eda, Castilla-La Mancha, Extremadura, Illes Balears, Comunidad de Madrid, Regi\u00f3n de Murcia y Comunitat Valenciana.<\/li>\n<li>Resto de adversidades clim\u00e1ticas: cubre cantidad en la totalidad del \u00e1mbito.<\/li>\n<li>Instalaciones: se pueden asegurar espalderas, parrales, cabezales de riego y redes de riego localizado.<\/li>\n<\/ul>\n<h2>Entendiendo los conceptos t\u00e9cnicos sin complicarte<\/h2>\n<p>La orden est\u00e1 llena de t\u00e9rminos que pueden intimidar, pero la l\u00f3gica es sencilla. El garantizado es el porcentaje m\u00ednimo de producci\u00f3n que el seguro respeta antes de activar la indemnizaci\u00f3n. Si contratas un garantizado del 70%, la aseguradora solo pagar\u00e1 cuando la p\u00e9rdida real supere el 30% de la producci\u00f3n asegurada. Cuanto mayor sea el garantizado, mayor es la protecci\u00f3n, pero tambi\u00e9n suele ser mayor la prima.<\/p>\n<p>Otro concepto clave es la explotaci\u00f3n a efectos de indemnizaci\u00f3n. Para la garant\u00eda de producci\u00f3n, el conjunto de parcelas de una misma comarca agraria se considera una sola unidad. Esto evita que un da\u00f1o peque\u00f1o en una parcela genere un cobro desproporcionado, porque las p\u00e9rdidas se compensan con los buenos resultados de otras parcelas de la misma zona. La parcela a efectos del seguro, en cambio, se identifica con el recinto SIGPAC y puede agrupar recintos inferiores a 0,10 hect\u00e1reas si son lim\u00edtrofes.<\/p>\n<p>Tambi\u00e9n conviene entender qu\u00e9 es la toma de efecto. Es el momento en que las coberturas empiezan a funcionar, una vez que la p\u00f3liza entra en vigor y se supera el periodo de carencia. No puedes contratar el seguro cuando ya est\u00e1 granizando y esperar cobrar por el granizo que est\u00e1 cayendo en ese momento; la protecci\u00f3n arranca despu\u00e9s de formalizar la declaraci\u00f3n y pagar la prima.<\/p>\n<h2>Comparativa de coberturas: seguro base y garant\u00edas adicionales<\/h2>\n<p>Una de las decisiones m\u00e1s importantes es elegir el nivel de cobertura. El seguro base de oto\u00f1o incluye pedrisco, riesgos excepcionales, helada, marchitez fisiol\u00f3gica y resto de adversidades clim\u00e1ticas para la producci\u00f3n, adem\u00e1s de la garant\u00eda de plantaci\u00f3n y, opcionalmente, instalaciones. A partir de ah\u00ed, las garant\u00edas adicionales permiten mejorar el c\u00e1lculo de la indemnizaci\u00f3n y obtener una protecci\u00f3n m\u00e1s cercana al da\u00f1o real.<\/p>\n<table>\n<thead>\n<tr>\n<th>Producto<\/th>\n<th>Riesgos cubiertos<\/th>\n<th>C\u00e1lculo de indemnizaci\u00f3n<\/th>\n<th>Garantizado<\/th>\n<\/tr>\n<\/thead>\n<tbody>\n<tr>\n<td>Seguro base<\/td>\n<td>Pedrisco, helada, excepcionales, marchitez, resto adversidades<\/td>\n<td>Explotaci\u00f3n por comarca<\/td>\n<td>Elegible 50% o 70%<\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td>Garant\u00eda adicional 1<\/td>\n<td>Pedrisco<\/td>\n<td>Parcela<\/td>\n<td>Contratada con el base<\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td>Garant\u00eda adicional 2<\/td>\n<td>Helada, marchitez, riesgos excepcionales<\/td>\n<td>Explotaci\u00f3n o parcela seg\u00fan riesgo<\/td>\n<td>Elegible<\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td>Garant\u00eda adicional 3<\/td>\n<td>Riesgos excepcionales, helada, marchitez<\/td>\n<td>Parcela<\/td>\n<td>Contratada con la adicional 2<\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td>Garant\u00eda adicional 4<\/td>\n<td>Resto de adversidades clim\u00e1ticas<\/td>\n<td>Explotaci\u00f3n por comarca<\/td>\n<td>80%<\/td>\n<\/tr>\n<\/tbody>\n<\/table>\n<p>La contrataci\u00f3n de las garant\u00edas sigue un orden obligatorio. La adicional 1 exige tener el seguro base. La adicional 2 exige la adicional 1. Las adicionales 3 y 4 exigen la adicional 2. Esto quiere decir que no puedes saltarte niveles, aunque tambi\u00e9n te permite construir una p\u00f3liza progresiva seg\u00fan el perfil de riesgo de tu vi\u00f1edo.<\/p>\n<h2>Precios unitarios para la campa\u00f1a 2026-2027<\/h2>\n<p>Los precios unitarios son el coraz\u00f3n econ\u00f3mico de esta orden, porque determinan tanto la prima como la indemnizaci\u00f3n. El agricultor elige el precio por cada variedad dentro de los l\u00edmites establecidos en el anexo VIII. Estos precios ya tienen descontados los gastos de recolecci\u00f3n y transporte, por lo que no se aplicar\u00e1n deducciones por esos conceptos en caso de siniestro.<\/p>\n<p>Para las denominaciones de origen y vinos de pago existen precios superiores, siempre que el asegurado acredite la inscripci\u00f3n de las parcelas. Algunos ejemplos recogidos en la norma son elocuentes: en la D.O.C. Rioja, todas las variedades tintas se sit\u00faan entre 90 y 100 euros por 100 kilogramos; en la D.O.C. Priorato, entre 150 y 240 euros; en la D.O. R\u00edas Baixas, la variedad Albari\u00f1o alcanza entre 80 y 185 euros.<\/p>\n<p>La D.O. Ribera del Duero fija un precio entre 80 y 115 euros para las tintas, mientras que la D.O. Rueda sit\u00faa la Verdejo y la Sauvignon Blanc entre 60 y 80 euros. Las producciones ecol\u00f3gicas disfrutan de un incremento del 8% sobre los precios m\u00e1ximos y m\u00ednimos, siempre que la parcela est\u00e9 inscrita en un consejo regulador o entidad de certificaci\u00f3n reconocida. Para las parcelas con denominaci\u00f3n de origen que no cumplan los requisitos espec\u00edficos del anexo VI, la indemnizaci\u00f3n se calcular\u00e1 con el precio m\u00e1ximo sin esa consideraci\u00f3n; por tanto, la documentaci\u00f3n es obligatoria.<\/p>\n<h2>Plazos de contrataci\u00f3n: no dejes pasar la ventana<\/h2>\n<p>El periodo de suscripci\u00f3n es una de las causas m\u00e1s habituales de p\u00e9rdida de protecci\u00f3n. El seguro principal de oto\u00f1o se puede contratar desde el 1 de noviembre hasta el 20 de diciembre. El seguro de primavera tiene dos ventanas distintas: con riesgos de helada y marchitez, arranca el 15 de enero y termina el 1 de marzo en la mayor\u00eda de las provincias y el 25 de marzo en el resto; sin esos riesgos, empieza en marzo y acaba el 15 o 30 de abril seg\u00fan la zona.<\/p>\n<p>El seguro complementario tiene su propio calendario: comienza el 1 de noviembre y, para el seguro base y la garant\u00eda adicional 1, finaliza el 30 de abril del a\u00f1o siguiente. El resto de productos contratables cierra el 25 de marzo. Un detalle muy pr\u00e1ctico: si la declaraci\u00f3n se formaliza el \u00faltimo d\u00eda del plazo, se considera pago v\u00e1lido el realizado al d\u00eda h\u00e1bil siguiente. Pero si la prima no se paga dentro del plazo, la p\u00f3liza carece de validez.<\/p>\n<h2>Gu\u00eda paso a paso para contratar el seguro con \u00e9xito<\/h2>\n<p>Preparar la contrataci\u00f3n no deber\u00eda dejarse para el \u00faltimo d\u00eda. Sigue estos pasos y reduce el riesgo de errores administrativos.<\/p>\n<ol>\n<li>Revisa que tus parcelas est\u00e9n inscritas en el registro vit\u00edcola o que tengas solicitada la regularizaci\u00f3n. Sin este requisito no existe \u00e1mbito de aplicaci\u00f3n.<\/li>\n<li>Consulta tu rendimiento asignado en la base de datos del MAPA. Si no tienes rendimiento individualizado, usa los rendimientos de referencia del anexo V para tu comarca y tipo de uva.<\/li>\n<li>Decide si contratas el seguro de oto\u00f1o o el de primavera y si necesitas el complementario para ajustar la producci\u00f3n a la esperanza real de cosecha.<\/li>\n<li>Elige el nivel de cobertura. Ten en cuenta que la adicional 4 solo est\u00e1 disponible para productores con historial en la base de datos y determinadas condiciones de siniestralidad.<\/li>\n<li>Selecciona los precios unitarios dentro de los l\u00edmites del anexo VIII. Si tienes parcelas en denominaci\u00f3n de origen, prepara la documentaci\u00f3n que acredite variedad y superficie.<\/li>\n<li>Formaliza la declaraci\u00f3n de seguro antes de la fecha l\u00edmite. Debes incluir la totalidad de la producci\u00f3n y los plantones en una \u00fanica declaraci\u00f3n, salvo las excepciones previstas para comarcas con m\u00e1s de 50.000 euros de valor asegurado.<\/li>\n<li>Paga la prima dentro del periodo de suscripci\u00f3n. Guarda copia de toda la documentaci\u00f3n, especialmente la relativa a denominaciones de origen y agricultura ecol\u00f3gica.<\/li>\n<\/ol>\n<h2>Tres niveles de impacto: peque\u00f1os productores, aut\u00f3nomos y empresas<\/h2>\n<p>Para las familias que viven del vi\u00f1edo, esta orden fija el suelo de seguridad econ\u00f3mica. Una helada tard\u00eda en abril puede eliminar gran parte de la producci\u00f3n; con el garantizado adecuado, el seguro evita que ese golpe se convierta en una deuda imposible de afrontar. Las familias con parcelas peque\u00f1as deben prestar especial atenci\u00f3n a la agregaci\u00f3n de recintos SIGPAC, que facilita la contrataci\u00f3n y reduce la carga administrativa.<\/p>\n<p>Los aut\u00f3nomos que tienen la viticultura como actividad principal encuentran aqu\u00ed la posibilidad de declarar rendimientos reales. El seguro de primavera permite fijar libremente el rendimiento por parcela, aunque con un m\u00ednimo de 1.500 kilogramos por hect\u00e1rea. Eso da flexibilidad para ajustar la cobertura a variedades de alta calidad o a parcelas con producciones limitadas por dise\u00f1o de la Denominaci\u00f3n de Origen. Si el rendimiento declarado no coincide con la realidad, Agroseguro puede corregirlo, por lo que conviene ser honesto y usar la serie hist\u00f3rica disponible.<\/p>\n<p>Para cooperativas, sociedades agrarias y bodegas que explotan vi\u00f1edos en com\u00fan, la regla es clara: todas las parcelas cultivadas por el mismo titular o explotadas en com\u00fan deben incluirse en una sola declaraci\u00f3n. Esto impide seleccionar solo las parcelas m\u00e1s expuestas y obliga a una visi\u00f3n global de la explotaci\u00f3n. Las entidades asociativas tambi\u00e9n pueden beneficiarse de las coberturas de instalaciones, como los cabezales de riego, que en suelos con zonas de regad\u00edo representan una inversi\u00f3n significativa.<\/p>\n<h2>Errores comunes y c\u00f3mo evitarlos<\/h2>\n<p>El error m\u00e1s frecuente es contratar tarde. Las ventanas de suscripci\u00f3n son limitadas y no se admiten declaraciones fuera de plazo. Otro fallo habitual es no asegurar toda la explotaci\u00f3n: la norma obliga a incluir la totalidad de la producci\u00f3n y los plantones, as\u00ed que ocultar parcelas para ahorrar prima puede dejar la p\u00f3liza incompleta e invalidar la cobertura<\/p>\n<p>Tampoco conviene declarar rendimientos desproporcionados. Si el rendimiento unitario no se ajusta a la base de datos o a los rendimientos de referencia, la aseguradora lo corrige autom\u00e1ticamente de forma proporcional, y esa correcci\u00f3n aparece en el recibo de prima. Si el agricultor est\u00e1 disconforme, corresponde a \u00e9l demostrar los rendimientos declarados; solo los establecidos por el MAPA tienen presunci\u00f3n de veracidad.<\/p>\n<p>La documentaci\u00f3n de las parcelas con denominaci\u00f3n de origen o producci\u00f3n ecol\u00f3gica es otra fuente de problemas. Sin el certificado de inscripci\u00f3n o sin la coincidencia entre superficie, variedad y declaraci\u00f3n de seguro, las p\u00e9rdidas se indemnizan con el precio m\u00e1ximo sin la consideraci\u00f3n especial. En caso de siniestro, si no se presenta la documentaci\u00f3n, la indemnizaci\u00f3n se reduce. Por eso conviene digitalizar y archivar estos papeles junto a la p\u00f3liza.<\/p>\n<p>El incumplimiento de las condiciones t\u00e9cnicas m\u00ednimas de cultivo es un riesgo que muchos no valoran. Laboreo, abonado, poda y tratamientos fitosanitarios no son meras recomendaciones: si el asegurado no los cumple, la aseguradora puede reducir la indemnizaci\u00f3n en proporci\u00f3n a la importancia de los da\u00f1os derivados y al grado de culpa. Un vi\u00f1edo abandonado o con mal estado sanitario no puede reclamar la misma protecci\u00f3n que uno cuidado.<\/p>\n<h2>Ejemplo pr\u00e1ctico: cu\u00e1nto puede suponer la diferencia<\/h2>\n<p>Imagina una explotaci\u00f3n en Rioja con 10.000 kilogramos de uva tinta asegurados. Si el precio unitario elegido es de 95 euros por 100 kilogramos, el valor de producci\u00f3n asegurada es de 9.500 euros. Con un garantizado del 70%, el seguro empieza a indemnizar cuando el valor de la producci\u00f3n obtenida descienda por debajo de 6.650 euros. Si el pedrisco deja la cosecha en 5.000 euros de valor, la indemnizaci\u00f3n rondar\u00e1 la diferencia entre esos 6.650 y lo realmente obtenido, es decir, unos 1.650 euros antes de aplicar franquicias.<\/p>\n<p>En una parcela con garant\u00eda adicional 1, el c\u00e1lculo pasa a ser por parcela en lugar de por comarca. Eso significa que el da\u00f1o localizado se valora de forma individual y no se compensa con el buen resultado de otras fincas. Para explotaciones con parcelas en distintas comarcas, este matiz puede ser decisivo. La norma establece que, a efectos del siniestro, las parcelas situadas en comarcas diferentes se consideran explotaciones distintas, lo que abre la puerta a ajustar la cobertura a las particularidades de cada zona.<\/p>\n<h2>Previsi\u00f3n futura: hacia d\u00f3nde va el seguro vit\u00edcola<\/h2>\n<p>En los pr\u00f3ximos 12 a 24 meses se espera una mayor demanda de garant\u00edas adicionales, especialmente en zonas donde el mildiu y la helada han causado siniestros recurrentes. La revisi\u00f3n de la base de datos de rendimientos ganar\u00e1 peso, con m\u00e1s controles de oficio por parte del MAPA y una actualizaci\u00f3n constante a partir de las cosechas reales. Los viticultores que incorporen el 50% o m\u00e1s de superficie de otra explotaci\u00f3n podr\u00e1n solicitar la revisi\u00f3n por cambio de titularidad, una v\u00eda que seguir\u00e1 siendo clave en un sector con relevo generacional.<\/p>\n<p>Tambi\u00e9n es probable que el registro vit\u00edcola y el SIGPAC se integren mejor con los sistemas de aseguramiento, reduciendo errores en la identificaci\u00f3n de parcelas y recintos. Las producciones ecol\u00f3gicas seguir\u00e1n ganando espacio, y los precios espec\u00edficos para estas variedades, con su incremento del 8%, ser\u00e1n un incentivo para que los productores acrediten su certificaci\u00f3n. El cambio clim\u00e1tico empujar\u00e1 a Agroseguro a ajustar las primas y los periodos de garant\u00eda para reflejar el riesgo cada vez m\u00e1s imprevisible.<\/p>\n<h2>Recurso descargable: checklist de contrataci\u00f3n<\/h2>\n<p>Esta gu\u00eda te sirve como plantilla de trabajo. Antes de llamar a tu agencia de seguros, repasa esta lista r\u00e1pida: registro vit\u00edcola al d\u00eda, superficie y variedades correctas, rendimiento m\u00e1ximo consultado, modalidad oto\u00f1o o primavera, necesidad de seguro complementario, garant\u00edas adicionales contratadas, precios dentro de los l\u00edmites, documentaci\u00f3n de denominaci\u00f3n de origen, certificado de producci\u00f3n ecol\u00f3gica si aplica, y presupuesto para pagar la prima antes del cierre del plazo.<\/p>\n<p>La norma entr\u00f3 en vigor el d\u00eda siguiente a su publicaci\u00f3n, por lo que ya es de aplicaci\u00f3n. Los pr\u00f3ximos meses son la oportunidad perfecta para revisar las condiciones de la p\u00f3liza, comparar coberturas y asegurarse de que la cosecha no queda desprotegida. Un buen seguro no evita la tormenta, pero garantiza que la vi\u00f1a tenga ox\u00edgeno para volver a brotar la pr\u00f3xima primavera.<\/p>\n<\/div>\n<\/section>\n<footer>\n<p><a href=\"https:\/\/www.boe.es\/boe\/dias\/2026\/08\/21\/pdfs\/BOE-A-2026-18005.pdf\">Ver articulo BOE-A-2026-18005 en el BOE oficial<\/a><\/p>\n<\/footer>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>C\u00f3mo contratar el seguro agrario de uva de vinificaci\u00f3n: requisitos, plazos, coberturas y precios actualizados BOE: Protege tu cosecha frente a pedrisco, helada, marchitez y mildiu con indemnizaciones por parcela y plazos desde el 1 de noviembre Impacto: Orden APA\/878\/2026, de 12 de agosto, por la que se definen los bienes y rendimientos asegurables, las [&hellip;]<\/p>\n","protected":false},"author":2,"featured_media":0,"comment_status":"closed","ping_status":"","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"zakra_sidebar_layout":"customizer","zakra_remove_content_margin":false,"zakra_sidebar":"customizer","zakra_transparent_header":"customizer","zakra_logo":0,"zakra_main_header_style":"default","zakra_menu_item_color":"","zakra_menu_item_hover_color":"","zakra_menu_item_active_color":"","zakra_menu_active_style":"","zakra_page_header":true,"footnotes":""},"categories":[785,781],"tags":[],"class_list":["post-8603","post","type-post","status-publish","format-standard","hentry","category-normativa-general-y-cambios-legislativos","category-tramites-y-gestiones-administrativas"],"aioseo_notices":[],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/infoboe.es\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/8603","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/infoboe.es\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/infoboe.es\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/infoboe.es\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/users\/2"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/infoboe.es\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=8603"}],"version-history":[{"count":1,"href":"https:\/\/infoboe.es\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/8603\/revisions"}],"predecessor-version":[{"id":8604,"href":"https:\/\/infoboe.es\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/8603\/revisions\/8604"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/infoboe.es\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=8603"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/infoboe.es\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=8603"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/infoboe.es\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=8603"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}