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Denegado parque eólico de 56 MW en Teruel por falta de evacuación energética

Resolución sobre el parque eólico Felis en Teruel

El Ministerio para la Transición Ecológica ha desestimado definitivamente la autorización administrativa de construcción del parque eólico Felis, de 56 MW de potencia, mediante resolución publicada en el BOE. Este proyecto, ubicado en los municipios turolenses de Blesa y Huesa del Común, no pudo superar el último requisito: la acreditación de la infraestructura completa de evacuación energética.

¿Qué tipo de energía renovable se está impulsando?

El proyecto corresponde a energía eólica terrestre mediante aerogeneradores.

¿Qué proyectos concretos se están desarrollando y dónde?

El parque eólico Felis en Teruel, con conexión planificada hasta la subestación de Begues (Barcelona).

¿Qué beneficios medioambientales y económicos aportan?

Generación de 56 MW de energía limpia y creación de empleo local durante construcción y operación.

¿Cómo afecta la implantación a la comunidad local?

Impacto paisajístico en municipios rurales, compensado por inversión económica y empleo cualificado.

¿Existen ayudas o incentivos?

No aplican directamente, pero el proyecto requería garantía económica de 40€/kW.

¿Qué organismos gestionan y supervisan?

Dirección General de Política Energética y Minas y subdelegaciones gubernamentales en Zaragoza/Teruel.

¿Dónde informarse sobre nuevas convocatorias?

En el BOE oficial y portales de transición energética del Gobierno.

Detalles técnicos y procesales

La imposibilidad de completar la infraestructura de evacuación -especialmente el segmento entre Teruel y Barcelona- determinó la resolución negativa. El proyecto hermano ‘Jaime I’, esencial para la conexión, fue rechazado en enero de 2025, dejando al parque eólico sin vía de evacuación certificada.

Repercusiones legales y próximos pasos

La resolución establece el archivo definitivo del expediente SGIISE/PEol-500. Los promotores disponen de un mes para interponer recurso de alzada ante la Secretaría de Estado de Energía. La garantía económica de 2.24 millones de euros podría ejecutarse salvo que se demuestre que el fracaso se debió a decisiones administrativas ajenas.

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