Actualización de categorías laborales en FNMT-RCM: Guía completa
¿Qué cambios legislativos se han publicado?
Se formaliza la reclasificación de 12 puestos técnicos y operarios tras proceso de arbitraje, modificando el catálogo de categorías profesionales del convenio colectivo vigente desde 2010.
¿A quién afecta la normativa?
Impacta directamente a empleados de producción en áreas de impresión, fabricación de papel y control de calidad, especialmente a operarios de máquinas, técnicos de procesos y mandos intermedios con funciones ampliadas.
¿Plazos de entrada en vigor?
Los cambios aplicarán desde su publicación en el BOE, con efectos retroactivos al segundo semestre de 2015 para garantizar derechos adquiridos, según Acta Final de 17/12/2024.
¿Nuevos derechos laborales?
Los trabajadores reclasificados obtendrán mejoras salariales proporcionales al nuevo nivel, reconocimiento oficial de funciones adicionales y prioridad en formación especializada.
¿Dónde consultar el texto?
El acuerdo completo está disponible en el BOE núm. [número], sección III, junto con los anexos técnicos detallando las nuevas categorías y funciones.
¿Cómo recibir alertas?
Los empleados pueden suscribirse al sistema de notificaciones internas de RRHH o consultar el tablón electrónico de la empresa para actualizaciones.
Detalles técnicos de la reclasificación
El proceso combina evaluación por competencias y análisis funcional, comparable a una ‘radiografía laboral’ que mide 15 parámetros técnicos desde manejo de maquinaria especializada hasta responsabilidad sobre seguridad industrial.
Impacto salarial estimado
Los ascensos de nivel suponen incrementos entre 8-12% en salario base, más mejoras en complementos por peligrosidad y productividad, según escalas del convenio.
Proceso de reclamación
Los trabajadores disponen de 30 días hábiles tras publicación para solicitar revisión mediante formulario RG-T34, disponible en la intranet corporativa.
Guía práctica para afectados
Los empleados reclasificados recibirán: 1) Certificado de nuevas funciones, 2) Ajuste retroactivo en nómina, 3) Plan formación adaptado, dentro de los 60 días posteriores a la publicación.