X Convenio Colectivo grupo UNIDE 2026-2028: condiciones laborales
BOE: Establece las condiciones laborales, salarios y jornada para los trabajadores de UNIDE, Cash G-5 y Tríppode para el periodo 2026-2028.
Impacto: Resolución de 20 de abril de 2026, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el X Convenio colectivo del grupo de empresas Unide.
Detalles
- Fecha de publicación: 20 de abril de 2026
- Departamento: Dirección General de Trabajo del Ministerio de Trabajo
- Tipo de disposición: Convenio Colectivo
- Ámbito temporal: Desde el 1 de enero de 2026 hasta el 31 de diciembre de 2028
Contenido
Qué se ha publicado
El Boletín Oficial del Estado publica el X Convenio Colectivo del grupo de empresas UNIDE, que incluye a Unión de Detallistas Españoles, sociedad cooperativa (UNIDE), Cash G-5, SL, y Tríppode, SA. La resolución de la Dirección General de Trabajo ordena la inscripción y publicación del convenio, suscrito el 13 de marzo de 2026 y subsanado el 10 de abril de 2026. El convenio tendrá vigencia desde el 1 de enero de 2026 hasta el 31 de diciembre de 2028.
Por qué puede ser importante
Este convenio colectivo regula las condiciones laborales de los trabajadores de las empresas del grupo UNIDE en todo el territorio español. Establece la estructura salarial, los complementos, la jornada laboral, los tipos de contratación, las licencias retribuidas, la clasificación profesional y las normas sobre prevención de riesgos laborales. Es la principal norma laboral aplicable a estos trabajadores durante su periodo de vigencia.
A quién puede interesar
A los trabajadores y empresas del grupo UNIDE, Cash G-5 y Tríppode. También a los representantes legales de los trabajadores, asesores laborales y sindicatos UGT y CCOO, que son firmantes del convenio. Puede ser de interés para quienes se dedican al sector logístico y comercial, así como para los profesionales de la correduría de seguros que trabajan en estas empresas.
Datos clave
- Partes firmantes: Dirección del grupo UNIDE y sindicatos UGT y CCOO
- Empresas afectadas: UNIDE, Cash G-5 SL y Tríppode SA
- Actividades reguladas: Plataformas logísticas (Mercamadrid y Valdemoro), almacenes logísticos (Alicante, Las Palmas, Tenerife), Cash & Carry mixtos (Cáceres, Logroño, Salamanca) y Cash & Carry (varias localidades)
- Jornada anual máxima: 1.790 horas de trabajo efectivo
- Incremento salarial 2026: 3,7% sobre el salario base de grupo y 3% sobre ciertos complementos
- Incrementos previstos 2027 y 2028: 2% más posible ajuste por IPC
Qué conviene revisar
Los trabajadores y empresas deben consultar el texto íntegro del convenio publicado en el BOE para conocer todos los detalles, como las tablas salariales del anexo I, los pluses de nocturnidad, los complementos de puesto, las reglas sobre horas extraordinarias, los calendarios de vacaciones y los procedimientos de promoción. Es recomendable que los representantes de los trabajadores revisen las disposiciones sobre la comisión mixta paritaria y el comité intercentros para garantizar su correcta aplicación.
Preguntas frecuentes
¿Cuál es el ámbito territorial del convenio?
El convenio se aplica a todo el territorio español, a todos los trabajadores empleados en las sociedades mencionadas, cualquiera que sea la naturaleza de su contrato.
¿Qué incrementos salariales se han pactado?
Para 2026, el salario base de grupo sube un 3,7%; los complementos de los artículos 20 y 22 suben un 3%. Para 2027 y 2028, se prevé un incremento del 2% más una posible cláusula de revisión ligada al IPC con un máximo del 1% adicional.
¿Existe alguna novedad en la clasificación profesional?
El convenio mantiene los grupos profesionales (B, C, D, E) con niveles retributivos. Se definen criterios de conocimientos, iniciativa, autonomía, responsabilidad, mando y complejidad. La movilidad funcional se regula con límites de tiempo y retribución.
¿Qué tipos de contratos se contemplan?
Se regulan contratos indefinidos, temporales (circunstancias de la producción, sustitución), formativos (práctica profesional y alternancia), a tiempo parcial y fijos discontinuos. Se establecen periodos de prueba según el grupo profesional.
