El Supremo anula garantía de empleo que discriminaba a temporales en Exolum Aviation
BOE: La sentencia del Supremo anula la cláusula que excluía a trabajadores temporales de la garantía de empleo voluntaria en Exolum Aviation.
Impacto: Resolución de 21 de mayo de 2026, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica la Sentencia del Tribunal Supremo relativa al Convenio colectivo de Exolum Aviation, SA.
Detalles
- Fecha de la sentencia: 21 de abril de 2026
- Órgano judicial: Sala de lo Social del Tribunal Supremo
- Empresa afectada: Exolum Aviation, SA
- Efecto: Anulación parcial de la disposición transitoria sexta del convenio colectivo
Contenido
Qué se ha publicado
El Boletín Oficial del Estado del 21 de mayo de 2026 publica la Sentencia 430/2026 de la Sala de lo Social del Tribunal Supremo, de fecha 21 de abril de 2026. Esta resolución judicial estima el recurso de casación interpuesto por la Confederación General del Trabajo (CGT) contra una sentencia previa de la Audiencia Nacional. La sentencia anula parcialmente la disposición transitoria sexta del Convenio Colectivo de Exolum Aviation, SA, que regulaba una garantía de empleo.
Por qué puede ser importante
La importancia de esta sentencia radica en que declara discriminatoria una cláusula que limitaba la garantía de empleo voluntaria solo al personal fijo de plantilla a fecha de 24 de julio de 2007, excluyendo a los trabajadores con contratos temporales que también prestaban servicios en esa misma fecha. El Tribunal Supremo considera que esta diferencia de trato vulnera el artículo 15.6 del Estatuto de los Trabajadores, que prohíbe discriminar a los trabajadores temporales respecto a los fijos en condiciones de trabajo, a menos que exista una justificación objetiva. Al no existir tal justificación, la cláusula es nula.
A quién puede interesar
Esta resolución afecta directamente a los trabajadores de Exolum Aviation, SA, tanto actuales como pasados, que tuvieran un contrato temporal en la empresa a fecha de 24 de julio de 2007. También interesa a sindicatos, asesores laborales y expertos en derecho del trabajo, así como a otras empresas y organizaciones que tengan cláusulas similares en sus convenios colectivos, ya que establece un criterio jurisprudencial relevante sobre igualdad de trato entre trabajadores fijos y temporales.
Datos clave
- Procedimiento: Recurso de casación ordinaria 29/2025
- Sentencia recurrida: Audiencia Nacional 140/2024, de 4 de noviembre de 2024
- Parte dispositiva: Anula la referencia al personal fijo de plantilla (incluidos fijos discontinuos) en la disposición transitoria sexta
- Fundamento: Discriminación por razón de modalidad contractual (temporal vs. fijo) sin justificación objetiva
Qué conviene revisar
Los trabajadores de Exolum Aviation que se consideren afectados deben consultar el texto íntegro de la sentencia publicado en el BOE para conocer el alcance exacto de la anulación. La empresa y los representantes sindicales deberán ajustar la redacción de la disposición transitoria sexta para eliminar la referencia discriminatoria, extendiendo la garantía de empleo voluntaria a todo el personal que estuviera en plantilla el 24 de julio de 2007, independientemente de su tipo de contrato. Asimismo, es recomendable que otras empresas revisen sus convenios para evitar cláusulas similares.
Preguntas frecuentes
¿Qué cláusula concreta se ha anulado?
Se anula la parte de la disposición transitoria sexta que limitaba la garantía de empleo (baja voluntaria en caso de ajuste de plantilla) al personal fijo de plantilla a fecha 24 de julio de 2007, excluyendo a los trabajadores temporales de esa misma fecha.
¿Afecta esta sentencia a todos los trabajadores de Exolum Aviation?
Sí, en la medida en que la cláusula anulada distinguía entre fijos y temporales. Ahora, cualquier trabajador que estuviera en plantilla el 24 de julio de 2007 (fijo o temporal) tiene derecho a la garantía de empleo voluntaria.
¿La sentencia tiene efectos retroactivos?
La sentencia anula la cláusula desde su origen, pero no se especifican efectos retroactivos concretos. Los trabajadores afectados pueden consultar con un abogado laboralista sobre posibles reclamaciones.
¿Dónde se puede consultar el texto oficial?
El texto íntegro de la sentencia está disponible en el Boletín Oficial del Estado correspondiente al 21 de mayo de 2026, así como en la página web del Tribunal Supremo.
