Nuevo certificado profesional en asistencia clínica en centros veterinarios
BOE: El real decreto establece el certificado profesional en asistencia clínica veterinaria, creando una titulación oficial de nivel 3.
Impacto: Real Decreto 489/2026, de 17 de junio, por el que se establece el Certificado profesional en Asistencia clínica en centros veterinarios, de la familia profesional Agraria, se fija su currículo y las ofertas de grados B y A incluidas en este certificado profesional y se modifica el Real Decreto 404/2025, de 27 de mayo, por el que se establece el Certificado profesional en Operaciones con maquinaria de transporte de tierras en construcción, de la familia profesional Edificación y Obra Civil, se fija su currículo y las ofertas de grados B y A incluidas en este certificado profesional.
Detalles
- Denominación: Asistencia clínica en centros veterinarios
- Nivel: 3
- Duración: 690 horas
- Familia profesional: Agraria
- Entrada en vigor: A los 20 días de su publicación en el BOE
Contenido
Qué se ha publicado
El Boletín Oficial del Estado ha publicado el Real Decreto por el que se establece el Certificado profesional en Asistencia clínica en centros veterinarios, correspondiente a la familia profesional Agraria. La disposición, promovida por el Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes, fue aprobada por el Consejo de Ministros el 16 de junio de 2026 y firmada por el Rey el 17 de junio de 2026. Este real decreto desarrolla la Ley Orgánica 3/2022 de ordenación e integración de la Formación Profesional y el Real Decreto 659/2023 que regula la ordenación del sistema.
Por qué puede ser importante
Esta norma crea una nueva titulación oficial de formación profesional que permite acreditar competencias para trabajar como auxiliar en clínicas y hospitales veterinarios. La formación incluye atención al cliente, análisis de muestras biológicas, cuidados auxiliares, apoyo en quirófano, hospitalización de animales y asistencia en pruebas de diagnóstico por imagen. Se trata de una respuesta a la demanda del sector veterinario de profesionales cualificados que puedan realizar funciones de apoyo técnico bajo la supervisión del personal veterinario facultativo.
A quién puede interesar
El certificado está dirigido a personas que deseen trabajar como ayudantes de veterinaria en centros de protección animal, clínicas veterinarias, hospitales veterinarios, centros de investigación animal, centros de cría y reproducción de animales o facultades con instalaciones veterinarias. También puede interesar a quienes ya trabajan en el sector y quieran formalizar sus competencias mediante una titulación oficial con validez en todo el territorio nacional.
Datos clave
- Denominación del certificado: Asistencia clínica en centros veterinarios
- Código: AGA_C_010_5B
- Nivel: 3 (equivalente a Técnico Superior)
- Duración total: 690 horas, incluido un período de formación en empresa
- Módulos profesionales: 7 módulos que abarcan desde atención al cliente hasta prevención de riesgos laborales
- Entrada en vigor: 20 días después de su publicación en el BOE
Qué conviene revisar
Las personas interesadas deben consultar el texto íntegro del real decreto para conocer los requisitos de acceso, las exenciones previstas y los detalles de cada módulo formativo. Es recomendable estar atentos a las convocatorias que publiquen las comunidades autónomas para ofertar estos estudios. También conviene revisar los anexos del real decreto donde se recogen los certificados de competencia (grado B) y las acreditaciones parciales (grado A) vinculados a este certificado profesional.
Preguntas frecuentes
¿Cuál es el nivel de este certificado profesional?
Es un certificado de nivel 3, equivalente a un título de Técnico Superior en el sistema de formación profesional.
¿Qué requisitos de acceso se exigen?
Se requiere título de Técnico o Técnico Superior, Bachiller, un certificado profesional de nivel 3, un certificado de competencia incluido en la oferta, o un certificado de nivel 2 de la misma familia profesional. En ausencia de estos requisitos, se aplica lo dispuesto en el artículo 76 del Real Decreto 659/2023.
¿Incluye formación práctica en empresas?
Sí, el certificado incorpora un período de formación en empresa, con carácter dual, según lo establecido en el artículo 70 del Real Decreto 659/2023.
¿Los certificados de competencia y acreditaciones parciales tienen validez?
Sí, los grados B (certificados de competencia) y A (acreditaciones parciales) tienen validez oficial y permiten continuar el itinerario formativo hacia grados superiores.
