Programas de empleo y formación internacional para desempleados
El BOE publica el convenio entre SEPE y AECID que establece el marco de colaboración para desarrollar programas experienciales de empleo y formación en el exterior durante el periodo 2025-2028. Esta actualización normativa permite continuar una línea de cooperación iniciada en 1990, adaptándola ahora al Real Decreto 818/2021 sobre políticas activas de empleo.
¿Qué subvenciones o ayudas están disponibles actualmente?
Subvenciones para financiar proyectos experienciales de formación-empleo en países receptores de cooperación española, dirigidos a desempleados con especial foco en menores de 30 años y emprendedores.
¿Quién puede solicitarlas y cuáles son los requisitos?
La AECID como entidad ejecutora, previa aprobación de proyectos que cumplan criterios de Cooperación Española. Los participantes deben estar en situación de desempleo e inscritos como demandantes de empleo.
¿Qué cuantía y duración tienen las ayudas?
Financiación mediante transferencias anuales del SEPE hasta el límite del crédito consignado en su aplicación presupuestaria 19.101.000X.430. El convenio tiene vigencia cuatrienal (2025-2028).
¿Cuál es el procedimiento y plazo de solicitud?
La AECID aprueba proyectos según sus procedimientos, con transferencias anticipadas del SEPE mediante resolución de concesión directa. Remite informes trimestrales de ejecución.
¿Qué documentación es necesaria?
La AECID debe justificar trimestralmente el uso de fondos mediante informes detallados con datos de proyectos, participantes, ubicaciones y presupuestos, conforme a sus normas de gestión.
¿Cómo se valoran y seleccionan los proyectos o beneficiarios?
Según criterios de la Cooperación Española alineados con el VI Plan Director 2024-2027 y los Objetivos 4 y 8 de la Agenda 2030 (educación de calidad y trabajo decente).
¿Dónde consultar convocatorias y resultados?
En el BOE (publicación inicial) y mediante informes trimestrales que la AECID remite al SEPE, disponibles para supervisión por Consejeros Laborales en el Exterior.
Mecanismos de control y seguimiento
Se establece una Comisión de Seguimiento paritaria SEPE-AECID que supervisa la ejecución, resuelve controversias y elabora informes finales. La AECID debe facilitar inspecciones del SEPE y órganos de control del Estado, aplicándose la Ley 40/2015 en procedimientos colegiados.
Protección de datos y confidencialidad
Ambas entidades garantizan cumplimiento de RGPD y Ley Orgánica 3/2018 en tratamiento de datos de participantes, mantiendo confidencialidad indefinida post-convenio según cláusula novena.
Vigencia y modificaciones
El convenio entra en vigor tras inscripción en el Registro Electrónico de Cooperación y publicación en BOE. Permite prórroga hasta 2032 por acuerdo expreso, requiriendo unanimidad para modificaciones según artículo 49.g) de Ley 40/2015.