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Distribuyen 11,4 millones para mejorar seguridad laboral en PYMEs: Fondos 2025

Fondos para Prevención de Riesgos Laborales 2025: Guía Completa

¿Qué cantidad de fondos se va a repartir y de dónde proceden?

Se distribuyen 11.390.000€ procedentes de los Presupuestos Generales del Estado, asignados al Ministerio de Trabajo y Economía Social (aplicación presupuestaria 19.03.494M.450).

¿Cuáles son los criterios para la distribución?

Se calcula 1,66€ por trabajador en empresas <50 empleados en Ceuta/Melilla. El resto se distribuye ponderando: número de PYMEs (30%), trabajadores en PYMEs (30%) e índice de siniestralidad (40%).

¿Qué regiones son las principales beneficiarias?

Cataluña (1.472.572€), Madrid (1.166.474€) y Andalucía (1.414.184€) reciben mayores asignaciones por densidad empresarial y población trabajadora.

¿En qué plazos se realiza el reparto?

Los fondos deben ejecutarse durante 2025, con justificación obligatoria antes del 31/03/2026. Los remanentes no utilizados se transfieren al ejercicio siguiente.

¿Cómo afecta este reparto a las empresas?

Financia programas gratuitos de formación en seguridad, evaluaciones de riesgos y asesoramiento técnico para pymes, mejorando sus condiciones laborales.

¿Existen obligaciones de transparencia?

Cada CCAA debe remitir estados financieros detallados (compromisos, pagos, reintegros) usando modelos estandarizados de los Anexos II.1 a II.3.

¿Dónde consultar el destino final?

En las memorias justificativas que publicarán las consejerías de trabajo autonómicas, siguiendo el artículo 86 de la Ley 47/2003 General Presupuestaria.

Detalle Técnico de la Distribución

Comunidad Autónoma Asignación (€)
Andalucía 1.414.184,96
Aragón 461.874,18
Asturias 386.863,35
Baleares 572.573,17
Canarias 557.130,71
Cantabria 326.656,70
Castilla y León 566.754,22
Castilla-La Mancha 579.529,99
Cataluña 1.472.572,30
Valencia 1.005.456,81
Extremadura 411.407,32
Galicia 620.316,05
Madrid 1.166.474,97
Murcia 481.848,41
Navarra 415.370,65
País Vasco 577.264,97
La Rioja 343.695,16

Procedimientos de Justificación

Las comunidades autónomas deben presentar antes del 31/03/2026:

  1. Estado de compromisos de crédito (Anexo II.1)
  2. Detalle de pagos realizados
  3. Reintegros obtenidos
  4. Conformidad de la Intervención autonómica

Los modelos incluyen desglose por ejercicios (2023-2025) y permiten reinvertir remanentes. La no justificación acarrea reintegro de fondos según Ley 38/2003.

Antecedentes Normativos

Este reparto se basa en la Disposición Adicional Quinta de la Ley 31/1995 de PRL, desarrollada por el artículo 86 de la Ley 47/2003 General Presupuestaria. La Conferencia Sectorial de Empleo (artículo 9 Ley 3/2023) supervisa el proceso garantizando equidad territorial.

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