IX Convenio Colectivo Nacional para el Sector de Auto-Taxis
¿Qué cambios legislativos se han publicado recientemente?
Se ha publicado el IX Convenio Colectivo Nacional para el Sector de Auto-Taxis que actualiza las condiciones laborales de todo el sector en España, sustituyendo al anterior convenio.
¿A quién afecta la nueva normativa y en qué aspectos?
Afecta a todas las empresas titulares de licencia de taxi para transporte urbano/interurbano y a sus trabajadores (conductores, personal administrativo, de emisoras y talleres), regulando salarios, jornada, permisos y subrogación laboral.
¿Cuáles son los plazos de entrada en vigor?
Vigente desde 1 de enero de 2024 hasta 31 de diciembre de 2027, con prórroga anual automática si no se denuncia con 2 meses de antelación.
¿Qué obligaciones o derechos nuevos surgen?
Derecho a salario mínimo anual de 17.500€ (2025), registro telemático de jornada para empresas con +3 trabajadores, y ampliación de permisos retribuidos por cuidados familiares hasta 5 días.
¿Dónde consultar el texto oficial?
En el Boletín Oficial del Estado (BOE) mediante búsqueda por código de convenio 99010255011998 o en Infoboe.es.
¿Cómo recibir alertas de futuras actualizaciones?
Suscribiéndose al servicio de alertas del BOE para convenios colectivos del sector transporte o mediante los sindicatos firmantes (CC.OO. y FESM-UGT).
¿Qué organismos gestionan el cumplimiento?
La Comisión Paritaria con sede en Madrid (Artículo 13) resuelve conflictos interpretativos, con participación de ANTAXI, CC.OO. y UGT.
Detalles salariales y retributivos
La estructura salarial garantiza un mínimo anual de 17.500€ para conductores en 2025, con revisiones anuales indexadas al IPC real con tope del 3%. Los conductores especializados alcanzan 19.500€. Se incluyen dos pagas extraordinarias (julio/diciembre) equivalentes al 100% del salario base más antigüedad.
Nuevos derechos laborales
El convenio amplía permisos retribuidos: 18 días por matrimonio, 5 días para cuidado de familiares enfermos, y 2 días de asuntos propios sin justificación. Introduce el derecho a desconexión digital fuera de la jornada laboral, excepto casos de urgencia justificada.
Regulación de la jornada
Jornada máxima anual de 1.780 horas (40 horas semanales) con descanso mínimo de 12 horas entre turnos. Empresas con más de 3 trabajadores deben implementar registro telemático de jornada que garantice trazabilidad horaria.
Mecanismos de subrogación laboral
En cambios de empresa concesionaria, los trabajadores con +6 meses de antigüedad mantienen sus contratos en condiciones equivalentes. La empresa saliente debe entregar documentación laboral completa a la entrante en 5 días.
Protecciones especiales
Incluye seguro obligatorio de accidentes (45.000€ por muerte/incapacidad absoluta) y recolocación temporal para conductores inhabilitados hasta 6 meses, manteniendo salario base y complementos.
