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12 plazas de jefe de área y técnico en la Agencia Española de Medicamentos: requisitos y baremo para el concurso específico

12 plazas de jefe de área y técnico en la Agencia Española de Medicamentos: requisitos y baremo para el concurso específico

BOE: Oportunidad de promoción interna para funcionarios A1, A2 y C1 con complementos de hasta 19.667€ anuales

Impacto: Resolución de 16 de abril de 2026, de la Subsecretaría, por la que se convoca concurso específico para la provisión de puestos de trabajo en la Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios.

Detalles

  • Plazas: 12 vacantes en Madrid (jefes de área, servicio, técnicos)
  • Plazo: 15 días hábiles desde publicación en BOE
  • Requisitos: funcionarios de carrera con 2 años mínimo en destino definitivo
  • Puntuación mínima: 5 puntos en cada fase de valoración
  • Méritos: grado personal, trabajo desarrollado, cursos, antigüedad, conciliación y méritos específicos

Contenido

El Boletín Oficial del Estado ha publicado la convocatoria del concurso específico para cubrir 12 puestos de trabajo en la Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios (AEMPS). Se trata de plazas ubicadas en Madrid, destinadas a funcionarios de carrera de los subgrupos A1, A2 y C1, con niveles de complemento de destino que van del 22 al 28 y complementos específicos que alcanzan los 19.667,48 euros anuales. El plazo de presentación de solicitudes es de 15 días hábiles contados desde el día siguiente a la publicación. Esta convocatoria representa una oportunidad para la promoción interna y la movilidad dentro de la Administración General del Estado, especialmente para quienes buscan puestos de responsabilidad en el ámbito farmacéutico y sanitario.

Podrán participar todos los funcionarios de carrera, cualquiera que sea su situación administrativa, excepto los suspendidos en firme mientras dure la suspensión. Es necesario cumplir los requisitos en la fecha de finalización del plazo de presentación. Se exige una permanencia mínima de dos años en el último destino definitivo, salvo excepciones por supresión del puesto o remoción. Los funcionarios en excedencia voluntaria por interés particular o agrupación familiar solo pueden participar si han transcurrido al menos dos años desde el inicio de dicha situación. También están obligados a concursar quienes ocupen puestos en adscripción provisional o se encuentren en expectativa de destino o excedencia forzosa, tal como establecen los artículos 62.2 y 72.2 del Real Decreto 364/1995.

Las solicitudes se presentarán exclusivamente a través del Portal Funciona con certificado electrónico (DNI-e o FNMT). Excepcionalmente, quienes no puedan hacerlo por medios telemáticos podrán presentarlas en papel, siempre que acrediten la imposibilidad técnica y utilicen los registros del artículo 16.4 de la Ley 39/2015. Si no se justifica la imposibilidad, la solicitud en papel no será admitida. Es necesario cumplimentar los anexos III, IV, V y VI: solicitud de participación, certificado de méritos generales, certificado de méritos específicos y verificación de residencia de familiar (si procede). Los funcionarios con discapacidad pueden solicitar la adaptación del puesto mediante informe del órgano competente. Además, dos funcionarios que concursen por plazas en el mismo municipio pueden condicionar sus peticiones por razones de convivencia familiar.

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La valoración consta de dos fases independientes, cada una con una puntuación mínima de 5 puntos. En la primera fase se evalúan los méritos generales: grado personal consolidado (hasta 10 puntos), trabajo desarrollado en los últimos 60 meses (hasta 25 puntos), cursos de formación y perfeccionamiento (hasta 10 puntos), antigüedad (hasta 20 puntos) y supuestos de conciliación de la vida personal, familiar y laboral (hasta 10 puntos). La segunda fase valora los méritos específicos adecuados a cada puesto (hasta 25 puntos). Los cursos deben tener duración mínima de 15 horas y estar incluidos en el listado anual publicado por el organismo convocante. La antigüedad se computa a razón de 0,67 puntos por año completo, pudiendo incluir servicios previos reconocidos al amparo de la Ley 70/1978. Es fundamental que los certificados de méritos se emitan por la unidad de personal correspondiente y reflejen todos los datos necesarios.

Para maximizar la puntuación, los aspirantes deben reunir la documentación acreditativa con antelación. El certificado de méritos generales debe incluir el grado personal consolidado, la experiencia en puestos de nivel similar o inferior, los cursos realizados en los últimos 10 años, y la antigüedad. Los cursos transversales de igualdad de género con duración igual o superior a 15 horas suman 1 punto adicional. Quienes aleguen conciliación deben aportar copia del Libro de Familia, certificados de empadronamiento, y justificantes de discapacidad o pertenencia a familia numerosa/monoparental. En el caso de cuidado de hijos menores de 12 años, la puntuación varía según la distancia entre el puesto actual y el solicitado. Para el cuidado de familiares dependientes hasta segundo grado, se requieren certificados de dependencia y que el familiar no realice actividad retribuida. Todos estos documentos deben presentarse dentro del plazo de 15 días hábiles; si se aportan fuera, no serán tenidos en cuenta.

Uno de los errores más frecuentes es no alcanzar la puntuación mínima de 5 puntos en cada fase, lo que impide la adjudicación del puesto. Otro error común es presentar la solicitud en papel sin justificar la imposibilidad técnica, lo que conlleva la exclusión. También se recomienda revisar que los cursos figuren en el listado oficial del organismo y que la antigüedad esté debidamente certificada. Quienes participen desde situaciones de excedencia deben asegurarse de que han transcurrido los plazos exigidos. Finalmente, es importante que quienes condicionen plazas por razones de convivencia familiar especifiquen claramente en la solicitud y aporten la copia de la petición del otro cónyuge funcionario. La Comisión de Valoración, compuesta por representantes de la Administración y de las organizaciones sindicales, propondrá a los candidatos con mayor puntuación total.

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La resolución del concurso se publicará en el BOE en un plazo máximo de 6 meses desde la finalización del plazo de presentación. Los adjudicatarios deberán tomar posesión en tres días hábiles si no hay cambio de residencia, o en un mes si lo hay. El destino es irrenunciable, salvo que antes del plazo de toma de posesión se obtenga otro por convocatoria pública. Para los próximos 12-24 meses, se espera que la AEMPS continúe convocando procesos similares para cubrir necesidades de personal en áreas técnicas y de gestión. Los funcionarios interesados deben mantenerse atentos a las publicaciones en el portal Funciona y en la página web de la AEMPS. Esta convocatoria refuerza la apuesta por la estabilidad y la promoción dentro de la Administración, ofreciendo trayectorias profesionales atractivas en un organismo clave para la salud pública.

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