XII Convenio Colectivo de pastas alimenticias: salarios y condiciones 2025-2026
BOE: Regula las condiciones laborales y salariales para el sector de pastas alimenticias en toda España para los años 2025 y 2026.
Impacto: Resolución de 23 de abril de 2026, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el XII Convenio colectivo nacional para las industrias de pastas alimenticias para los años 2025 a 2026.
Detalles
- Fecha de publicación: 23 de abril de 2026
- Vigencia: 1 de enero de 2025 a 31 de diciembre de 2026
- Incremento salarial 2025: 3%
- Incremento salarial 2026: 2,75%
- Ámbito: Nacional, sector de fabricación de pastas alimenticias
Contenido
Qué se ha publicado
El Boletín Oficial del Estado ha publicado el XII Convenio colectivo nacional para las industrias de pastas alimenticias, correspondiente a los años 2025 y 2026. La resolución de la Dirección General de Trabajo, de 23 de abril de 2026, ordena la inscripción y publicación del acuerdo, que fue suscrito el 21 de enero de 2026 y finalmente subsanado el 13 de marzo de 2026. Este convenio sustituye al anterior y establece las condiciones laborales y económicas para todo el sector en territorio nacional.
Por qué puede ser importante
Este convenio colectivo es de aplicación obligatoria para todas las empresas cuya actividad principal sea la fabricación, almacenaje o comercialización de pastas alimenticias, así como para sus personas trabajadoras, con las excepciones legales. Fija los salarios base, complementos, jornada laboral, vacaciones, horas extraordinarias, contratación, excedencias y demás condiciones de trabajo. Su publicación en el BOE le da fuerza normativa, prevaleciendo sobre pactos individuales menos favorables. Es relevante tanto para empleadores como para empleados del sector, ya que determina derechos y obligaciones durante su vigencia.
A quién puede interesar
El convenio afecta a todas las empresas y personas trabajadoras del sector de pastas alimenticias en España, incluyendo las áreas de producción, administración, comercial y marketing. También interesa a los representantes legales de los trabajadores, a los sindicatos firmantes (UGT-FICA y CC.OO.–Industria) y a la asociación empresarial AEFPA. Asimismo, puede ser de consulta para asesores laborales, gestorías y departamentos de recursos humanos de las empresas del sector.
Datos clave
- Vigencia: Del 1 de enero de 2025 al 31 de diciembre de 2026, prorrogable si no se denuncia.
- Incremento salarial: 3% para 2025 y 2,75% para 2026, con cláusulas de revisión ligadas al IPC (máximo adicional de 1% y 0,75% respectivamente).
- Jornada anual: 1.748 horas de trabajo efectivo.
- Clasificación profesional: Se establecen tres áreas funcionales (Servicios Generales, Comercial, Fabricación) y seis grupos profesionales del 0 al 5.
- Contratación: Se detallan modalidades como indefinido, fijo discontinuo, formación en alternancia y práctica profesional.
Qué conviene revisar
Las empresas deben revisar sus tablas salariales y aplicar los incrementos correspondientes con efectos retroactivos desde el 1 de enero de 2025, abonando los atrasos en la nómina siguiente a la firma. También deben adaptar la clasificación profesional según los nuevos grupos y áreas funcionales, así como ajustar los contratos formativos y las condiciones de trabajo a lo dispuesto en el convenio. Los trabajadores y sus representantes deben verificar que se cumplen los derechos reconocidos, especialmente en materia de jornada, horas extraordinarias, excedencias y complementos. Se recomienda consultar el texto oficial del convenio para conocer todos los detalles.
Preguntas frecuentes
¿Cuándo entró en vigor el convenio?
El convenio entró en vigor el 1 de enero de 2025, salvo aquellas materias que expresamente se acuerde una entrada en vigor posterior. Esto es independiente de la fecha de firma o publicación.
¿A qué empresas afecta?
Afecta a todas las empresas cuya actividad principal sea la fabricación, almacenaje y/o comercialización de pastas alimenticias en todo el territorio nacional, independientemente de su forma jurídica.
¿Se han incrementado los salarios?
Sí. Para 2025 se aplica un incremento del 3% sobre las tablas de 2024. Para 2026, un 2,75% sobre las tablas de 2025. Ambos incrementos tienen cláusulas de revisión adicional si el IPC supera esos porcentajes.
¿Qué sucede si una empresa no aplica el convenio?
El convenio tiene fuerza normativa, por lo que las condiciones pactadas son de obligado cumplimiento. Su incumplimiento puede dar lugar a reclamaciones laborales y sanciones administrativas.
¿Dónde puedo consultar el texto completo?
El texto íntegro del convenio se ha publicado en el Boletín Oficial del Estado. Se puede consultar en la sede electrónica del BOE o en el Registro de convenios colectivos.
