Autorización administrativa para planta fotovoltaica híbrida San Lorenzo A en Valladolid
BOE: La Dirección General de Política Energética y Minas otorga autorización administrativa previa, de construcción y utilidad pública para una planta solar híbrida de 49,11 MW en Valladolid.
Impacto: Resolución de 16 de abril de 2026, de la Dirección General de Política Energética y Minas, por la que se otorga a Parques Eólicos San Lorenzo, SLU, autorización administrativa previa y autorización administrativa de construcción para el módulo solar fotovoltaico San Lorenzo A, de 49,11 MW de potencia instalada, para su hibridación con el parque eólico existente San Lorenzo A, de 48,75 MW, y para una parte de sus infraestructuras de evacuación, en Castromonte, Peñaflor de Hornija y Torrelobatón (Valladolid), y se declara, en concreto, de utilidad pública.
Detalles
- Fecha de resolución: 16 de abril de 2026
- Departamento: Dirección General de Política Energética y Minas
- Potencia instalada: 49,11 MW
- Promotor: Parques Eólicos San Lorenzo, SLU
- Tipo de autorización: Autorización administrativa previa, de construcción y declaración de utilidad pública
Contenido
Qué se ha publicado
El Boletín Oficial del Estado ha publicado una resolución de la Dirección General de Política Energética y Minas, de 16 de abril de 2026, por la que se otorga a Parques Eólicos San Lorenzo, SLU la autorización administrativa previa, la autorización administrativa de construcción y la declaración, en concreto, de utilidad pública para el módulo solar fotovoltaico Hibridación San Lorenzo A, de 49,11 MW de potencia instalada. La instalación se ubicará en los términos municipales de Castromonte, Peñaflor de Hornija y Torrelobatón, en la provincia de Valladolid, y se hibridará con el parque eólico existente San Lorenzo A de 48,75 MW. La solicitud se presentó inicialmente en diciembre de 2022 y fue subsanada en abril de 2024, acogiéndose al procedimiento simplificado de autorización de proyectos de energías renovables previsto en el Real Decreto-ley 20/2022.
Por qué puede ser importante
Esta resolución permite avanzar en la tramitación de un proyecto de energía solar fotovoltaica que aprovechará las infraestructuras de evacuación ya existentes del parque eólico, optimizando el uso del terreno y la capacidad de conexión a la red de transporte. La hibridación de tecnologías renovables es una tendencia creciente para aumentar la producción de energía limpia sin necesidad de nuevas infraestructuras de evacuación extensas. Además, la declaración de utilidad pública facilita la ocupación de los terrenos necesarios para la construcción. La instalación cuenta con un informe de determinación de afección ambiental (IDAA) favorable, que establece condiciones específicas para proteger la avifauna y los hábitats naturales, como el descarte de tres poligonales próximas a la ZEC «Montes Torozos y Páramos de Torquemada-Astudillo» o la plantación de una franja de especies forestales.
A quién puede interesar
Esta información es relevante para el sector energético, especialmente para empresas promotoras de proyectos renovables, inversores en energía solar y eólica, y profesionales del ámbito de la ingeniería y la consultoría ambiental. También afecta a los propietarios de los terrenos afectados (detallados en el anexo II) y a las administraciones locales de Castromonte, Peñaflor de Hornija y Torrelobatón. Los ciudadanos interesados en el desarrollo de energías renovables en Castilla y León pueden seguir este proyecto como ejemplo de hibridación y del procedimiento simplificado.
Datos clave
- Tipo de instalación: Planta solar fotovoltaica híbrida con parque eólico existente
- Potencia instalada: 49,11 MW (según artículo 5 del Real Decreto 997/2025)
- Número de paneles: 107.329 módulos bifaciales de 540 Wp, total potencia pico 66,651 MW
- Infraestructura de evacuación: Líneas subterráneas de 30 kV y ampliación de la subestación ST San Lorenzo 220/30 kV
- Medioambiental: IDAA favorable con condiciones como muestreos de flora y fauna, plan de conservación de avifauna esteparia, y medidas de integración paisajística
- Plazo para recurso: Un mes desde la notificación mediante recurso de alzada ante la Secretaría de Estado de Energía
Qué conviene revisar
Los interesados deben consultar el texto completo de la resolución en el BOE para conocer todas las condiciones impuestas, especialmente las ambientales y las relativas a la ejecución de las obras. El promotor deberá cumplir con los condicionantes del IDAA antes de la obtención de la autorización de explotación. Se recomienda a los propietarios de los terrenos afectados revisar la relación de bienes y derechos incluida en el anexo II y, si procede, ejercer los derechos de alegación o recurso en el plazo de un mes. También es importante que el promotor presente la documentación acreditativa del cumplimiento de las condiciones del IDAA y obtenga las licencias municipales necesarias.
Preguntas frecuentes
¿Qué es una autorización administrativa previa?
Es el primer paso para la construcción de una instalación eléctrica, mediante el cual la Administración verifica que el proyecto cumple con los requisitos técnicos y legales. En este caso, se otorga junto con la autorización de construcción y la declaración de utilidad pública.
¿Qué implica la declaración de utilidad pública?
Conlleva el derecho a ocupar los terrenos necesarios para la instalación, previa indemnización a los propietarios. También permite la autorización de paso por terrenos de dominio público o privado, así como la imposición de servidumbres.
¿Cuándo comenzarán las obras?
El texto no especifica una fecha de inicio. El promotor deberá comunicar la terminación de las obras para obtener la autorización de explotación. No consta el plazo de ejecución en la resolución.
¿Cómo puedo consultar la relación de bienes afectados?
La relación se encuentra en el anexo II de la resolución publicada en el BOE. Se incluyen parcelas catastrales de Castromonte, Peñaflor de Hornija y Torrelobatón. El anexo II contiene una tabla con los polígonos, parcelas y referencias catastrales.
