Listas provisionales admitidos y excluidos vigilante de seguridad convocatoria 02/2026
BOE: La publicación de las listas permite a los aspirantes conocer su admisión o exclusión y subsanar defectos en diez días hábiles.
Impacto: Resolución de 23 de abril de 2026, de la Secretaría de Estado de Seguridad, por la que se publica la relación de personas admitidas y excluidas a las pruebas de selección para vigilante de seguridad y su especialidad de vigilante de explosivos y escolta privado.
Detalles
- Fecha de publicación: 23 de abril de 2026
- Departamento: Secretaría de Estado de Seguridad (Ministerio del Interior)
- Plazo de subsanación: Diez días hábiles desde la publicación en el BOE
- Lugar de consulta: Páginas web: policia.es, interior.gob.es, administracion.gob.es
- Motivos de exclusión: Falta de firma digital (A), falta de pago telemático (B), requisito de edad (C), nacionalidad (D)
Contenido
Qué se ha publicado
La Secretaría de Estado de Seguridad ha publicado, con fecha 23 de abril de 2026, las listas provisionales de personas admitidas y excluidas correspondientes a la convocatoria 02/2026 de pruebas de selección para vigilante de seguridad y sus especialidades de vigilante de explosivos y escolta privado. Esta resolución se dicta en aplicación de las bases 3.1 y 3.2 de la Resolución de 9 de enero de 2026 (BOE núm. 12, de 14 de enero de 2026) que convocó el proceso selectivo.
Por qué puede ser importante
La publicación de estas listas es un paso clave en el proceso selectivo, ya que permite a los aspirantes comprobar si han sido admitidos o, en caso contrario, conocer el motivo de su exclusión y disponer de un plazo para subsanar los defectos. Además, se asigna la sede de examen para la realización de las pruebas. Es una información esencial para quienes desean continuar con el proceso de selección y obtener una de las plazas ofertadas.
A quién puede interesar
Esta resolución afecta directamente a todas las personas que presentaron su solicitud para las pruebas de vigilante de seguridad de la convocatoria 02/2026. También puede interesar a empresas de seguridad privada y asociaciones del sector, así como a quienes estén considerando participar en futuros procesos selectivos similares.
Datos clave
- Publicación: 23 de abril de 2026 en el BOE (por parte de la Secretaría de Estado de Seguridad).
- Listas: Incluyen admitidos y excluidos con indicación del DNI o NIE.
- Motivos de exclusión: (A) falta de firma digital, (B) falta de pago de tasa, (C) edad, (D) nacionalidad.
- Plazo de subsanación: 10 días hábiles desde su publicación.
- Canales: Las listas se consultan en policia.es, interior.gob.es y administracion.gob.es. Las reclamaciones se envían a [email protected]; las subsanaciones se realizan telemáticamente en el portal del aspirante.
Qué conviene revisar
Los aspirantes deben consultar las listas para verificar su situación. Si aparecen como excluidos, deben revisar la causa y, dentro del plazo de diez días hábiles, subsanar el defecto correspondiente. Si no aparecen ni como admitidos ni excluidos, su instancia puede estar marcada como «no tramitada» (por no haber completado el proceso telemático completo), situación que es insubsanable. Se recomienda leer atentamente la resolución y contactar con los teléfonos de la División de Formación y Perfeccionamiento (91 322 76 00 y 91 322 76 12) para cualquier duda adicional.
Preguntas frecuentes
¿Cómo sé si estoy admitido o excluido?
Debe consultar las listas publicadas en las páginas web indicadas (policia.es, interior.gob.es, administracion.gob.es), donde aparecen los admitidos con la sede de examen asignada y los excluidos con el motivo.
¿Qué debo hacer si estoy excluido?
En el plazo de diez días hábiles desde la publicación en el BOE, puede presentar reclamación contra la exclusión o subsanar el defecto. Las reclamaciones se envían por correo electrónico a [email protected]; las subsanaciones se realizan exclusivamente por vía telemática a través del portal del aspirante.
¿Y si no aparezco en ninguna lista?
Es posible que su solicitud figure como «no tramitada» por no haber sido cumplimentada totalmente de forma telemática (sin firma electrónica ni pago telemático). En ese caso, según la resolución, no dispondrá del plazo de diez días para subsanar, al considerarse insubsanable.
¿Dónde se realizarán los exámenes?
La resolución indica que en la lista de admitidos se asigna una ciudad sede de examen. Consulte su situación para conocer la sede que le corresponde.
