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Modifican las bases de subvenciones Erasmus+ para juventud y educación no formal

Modifican las bases de subvenciones Erasmus+ para juventud y educación no formal

BOE: Actualiza las bases reguladoras de subvenciones Erasmus+ para juventud, incluyendo nueva comisión de evaluación y posibilidad de beneficiarios suplentes.

Impacto: Orden JUI/463/2026, de 5 de mayo, por la que se modifica la Orden DSA/1029/2021, de 20 de septiembre, por la que se establecen para el período 2021-2027 las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en el marco del Programa europeo «Erasmus+», para los capítulos de educación no formal, y la Orden DSA/1221/2023, de 3 de noviembre, de creación de la Agencia Nacional Española para la gestión de los capítulos de juventud y deporte del programa «Erasmus+» y del programa «Cuerpo Europeo de Solidaridad».

Detalles

  • Fecha de la orden: 5 de mayo de 2026
  • Departamento: Ministerio de Juventud e Infancia
  • Tipo de disposición: Orden ministerial
  • Objeto: Modifica las bases reguladoras del programa Erasmus+ para capítulos de educación no formal, y la normativa de la Agencia Nacional Española
  • Principales cambios: Aclara el régimen jurídico, actualiza el órgano instructor, permite beneficiarios suplentes, establece convocatoria abierta potestativa, y regula la Comisión de Evaluación

Contenido

Qué se ha publicado

El Boletín Oficial del Estado publica la Orden del Ministerio de Juventud e Infancia, de 5 de mayo de 2026, que modifica la Orden DSA/1029/2021, de 20 de septiembre, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en el marco del programa europeo «Erasmus+» para los capítulos de educación no formal. También modifica la Orden DSA/1221/2023, de 3 de noviembre, de creación de la Agencia Nacional Española para la gestión de los capítulos de juventud y deporte del programa «Erasmus+» y del programa «Cuerpo Europeo de Solidaridad».

Por qué puede ser importante

Esta modificación introduce mejoras en la gestión de las subvenciones del programa Erasmus+ en el ámbito de la juventud y la educación no formal. Se aclaran aspectos del régimen jurídico, se actualiza la denominación del órgano instructor, se incluye la posibilidad de establecer una relación de beneficiarios suplentes, y se precisa el uso de remanentes en convocatorias abiertas. Además, se refuerza la objetividad en la evaluación al permitir la participación de personal experto externo y se ajustan las reglas de la Comisión de Evaluación. Todo ello busca una gestión más eficaz y transparente de los fondos europeos.

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A quién puede interesar

Esta orden interesa principalmente a organizaciones juveniles, entidades del ámbito de la educación no formal, trabajadores en el ámbito de la juventud, y jóvenes participantes en programas de movilidad europea. También afecta a las comunidades autónomas y ciudades de Ceuta y Melilla, que colaboran en la gestión territorial de las subvenciones. Las personas jurídicas y físicas que soliciten subvenciones Erasmus+ para proyectos de juventud deben conocer los nuevos requisitos y procedimientos.

Datos clave

  • Tipo de norma: Orden ministerial
  • Fecha de la orden: 5 de mayo de 2026
  • Entrada en vigor: El día siguiente al de su publicación en el BOE
  • Órgano instructor: Subdirección General de Programas Europeos y Cooperación Internacional del INJUVE
  • Acciones clave afectadas: Acción clave 1 (movilidad para el aprendizaje) y Acción clave 2 (cooperación entre organizaciones)
  • Novedad principal: Posibilidad de convocatoria abierta con varias rondas y creación de una Comisión de Evaluación con participación autonómica rotatoria

Qué conviene revisar

Las entidades interesadas deben consultar el texto completo de la orden en el BOE para conocer todos los detalles de las modificaciones. Es recomendable revisar la nueva redacción de los artículos 2, 3, 4, 6, 7, 8, 13, 14 y 16 de las bases reguladoras, así como la supresión de la disposición adicional única. Los solicitantes de subvenciones deberán estar atentos a las futuras convocatorias, que podrán establecer disponibilidad presupuestaria por ámbito territorial y criterios de desempate. Se aconseja verificar la página web del programa Erasmus+ del INJUVE para acceder a la Guía del programa actualizada.

Preguntas frecuentes

¿Cuándo entra en vigor esta orden?

La orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del Estado.

¿Qué cambios introduce en la Comisión de Evaluación?

Se modifica la composición y funcionamiento: estará integrada por representantes del INJUVE (presidencia y secretaría) y representantes de seis comunidades autónomas o ciudades de Ceuta y Melilla, con carácter rotatorio. Se establece un quórum mínimo de cuatro comunidades además de presidencia y secretaría. Además, se permite la participación de expertos externos con voz pero sin voto.

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¿Afecta a las subvenciones ya concedidas?

No consta en la información disponible. Las bases reguladoras modificadas se aplicarán a futuras convocatorias o rondas de subvenciones dentro del período 2021-2027.

¿Qué es una convocatoria abierta?

La orden permite que la convocatoria pueda tener carácter abierto, es decir, que se realicen varias rondas de concesión a lo largo de un mismo ejercicio presupuestario para una misma línea de subvención. Esto permite una distribución más flexible de los fondos.

¿Dónde se publica la información oficial?

El texto íntegro de la orden se publica en el BOE. La página web del programa Erasmus+ del INJUVE (https://programaseuropeos.injuve.es/) contiene la Guía del programa y otros documentos relevantes.

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