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Nuevos precios para gases licuados del petróleo por canalización desde mayo 2026

Nuevos precios para gases licuados del petróleo por canalización desde mayo 2026

BOE: La resolución actualiza los precios máximos de venta de GLP por canalización, aplicables desde el 19 de mayo de 2026.

Impacto: Resolución de 12 de mayo de 2026, de la Dirección General de Política Energética y Minas, por la que se publican los nuevos precios de venta, antes de impuestos, de los gases licuados del petróleo por canalización.

Detalles

  • Fecha de publicación: 12 de mayo de 2026 (Resolución de la Dirección General de Política Energética y Minas)
  • Departamento: Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico
  • Tipo de disposición: Resolución
  • Precios para usuarios finales: Término fijo 1,58 €/mes y término variable 102,1420 c€/kg
  • Precio a granel a distribuidoras: 87,3656 c€/kg

Contenido

Qué se ha publicado

El 12 de mayo de 2026, la Dirección General de Política Energética y Minas, del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico, ha publicado una resolución que actualiza los precios máximos de venta, antes de impuestos, de los gases licuados del petróleo (GLP) suministrados por canalización. Esta resolución se fundamenta en la Ley 34/1998 del sector de hidrocarburos y en la Ley 24/2005 de reformas para el impulso a la productividad, y modifica las tarifas en aplicación del sistema de determinación automática establecido por la Orden de 16 de julio de 1998.

Por qué puede ser importante

Esta actualización periódica de precios afecta directamente a los consumidores finales de GLP por canalización, así como a las empresas distribuidoras. Los nuevos valores entran en vigor el 19 de mayo de 2026 y se aplican a todos los suministros pendientes de ejecución en esa fecha. Conocer estos precios permite a los usuarios ajustar sus previsiones de gasto energético y a las distribuidoras adaptar sus facturaciones.

A quién puede interesar

Principalmente a los hogares y empresas que reciben suministro de gases licuados del petróleo a través de canalización. También a las empresas distribuidoras de GLP, que deben aplicar los nuevos precios en sus facturas. Además, puede interesar a profesionales del sector energético y a consumidores que utilicen propano o butano canalizado.

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Datos clave

  • Fecha de entrada en vigor: 19 de mayo de 2026 a las 00:00 horas.
  • Precio para usuarios finales (término fijo): 1,58 €/mes.
  • Precio para usuarios finales (término variable): 102,1420 c€/kg.
  • Precio a granel para distribuidoras: 87,3656 c€/kg.
  • Impuestos no incluidos: Los precios no incluyen IVA, Impuesto sobre Hidrocarburos, ni los impuestos específicos de Canarias, Ceuta y Melilla.
  • Cotizaciones internacionales utilizadas: Propano 688,90 $/Tm, butano 877,80 $/Tm, flete 42,60 $/Tm, tipo de cambio 1,170640 $/€.

Qué conviene revisar

Los consumidores deben revisar sus facturas de GLP por canalización a partir del 19 de mayo para comprobar que se aplican los nuevos precios. Las empresas distribuidoras deben ajustar sus sistemas de facturación y aplicar el reparto proporcional para períodos que incluyan la fecha de cambio. Se recomienda consultar el texto oficial de la resolución publicada en el BOE para verificar todos los detalles técnicos y los plazos de recurso.

Preguntas frecuentes

¿A qué tipo de suministro se aplican estos precios?

Se aplican a los suministros de gases licuados del petróleo por canalización a usuarios finales y a los suministros a granel a empresas distribuidoras de GLP por canalización.

¿Los precios incluyen impuestos?

No. Los precios indicados son antes de impuestos. Se añadirán los impuestos aplicables según la zona: IVA e Impuesto sobre Hidrocarburos en península y Baleares, IGIC en Canarias y otros en Ceuta y Melilla.

¿Cuándo entran en vigor estos nuevos precios?

Entran en vigor a las 00:00 horas del 19 de mayo de 2026 y se aplican a todos los suministros pendientes de ejecución, incluso si el pedido es anterior.

¿Qué debo hacer si mi factura no refleja estos precios?

Debe contactar con su empresa distribuidora. La resolución obliga a las distribuidoras a adoptar las medidas necesarias para la correcta aplicación de los precios.

¿Se puede recurrir esta resolución?

Sí, cabe recurso de alzada ante el Secretario de Estado de Energía en el plazo de un mes desde su publicación en el BOE.

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