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Modificadas las bases del Programa CULTIVA de estancias formativas para jóvenes agricultores

Modificadas las bases del Programa CULTIVA de estancias formativas para jóvenes agricultores

BOE: Modifica el Real Decreto 425/2021 para mejorar la eficiencia en la ejecución de ayudas a jóvenes agricultores.

Impacto: Real Decreto 393/2026, de 13 de mayo, por el que se modifica el Real Decreto 425/2021, de 15 de junio, por el que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones destinadas a la organización del Programa CULTIVA, relativo a estancias formativas de jóvenes agricultores en explotaciones modelo, y se convocan las correspondientes al ejercicio 2021.

Detalles

  • Departamento: Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación
  • Tipo de disposición: Real Decreto
  • Objeto: Modificación de las bases reguladoras del Programa CULTIVA
  • Impacto principal: Ajustes en plazos, límites de importe y lista de espera
  • Enlace oficial: No consta en la información disponible

Contenido

Qué se ha publicado

El Real Decreto 425/2021, de 15 de junio, establecía las bases reguladoras de las subvenciones destinadas a la organización del Programa CULTIVA, un programa de estancias formativas para jóvenes agricultores y agricultoras en explotaciones modelo. Ahora, una nueva modificación de dicho real decreto introduce diversos cambios con el objetivo de mejorar la eficiencia en la ejecución de los fondos públicos y adaptar la normativa a la experiencia adquirida durante su aplicación. La modificación ha sido aprobada por el Consejo de Ministros el 12 de mayo de 2026 y entra en vigor al día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial del Estado.

Por qué puede ser importante

Esta actualización normativa busca agilizar y clarificar el procedimiento de concesión de las ayudas del Programa CULTIVA. Se concretan los plazos para el cumplimiento de los requisitos de los solicitantes, se aclaran las disposiciones sobre la subsanación de solicitudes y se adapta el límite máximo de subvención por entidad para permitir ampliaciones presupuestarias. También se modifica la gestión de la lista de espera, priorizando a los jóvenes que pierdan su plaza por renuncia de la explotación anfitriona. Estos cambios pretenden hacer más eficiente el programa y reducir incertidumbres para los participantes.

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A quién puede interesar

La modificación afecta directamente a jóvenes agricultores y agricultoras interesados en realizar estancias formativas en explotaciones modelo, así como a las entidades que organizan dichas estancias. También es relevante para las explotaciones modelo anfitrionas y para los gestores de ayudas del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación. En general, cualquier persona o entidad vinculada al sector agrario joven puede verse beneficiada por estas mejoras en la gestión del programa.

Datos clave

  • Norma modificada: Real Decreto 425/2021
  • Fecha de aprobación: 13 de mayo de 2026
  • Entrada en vigor: Día siguiente al de su publicación en el BOE
  • Departamento responsable: Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación
  • Principales cambios: Ajustes en plazos, límite del 50% del presupuesto por entidad (con posibilidad de superarlo si hay fondos), nueva regulación de la lista de espera, y plan de difusión obligatorio.

Qué conviene revisar

Los interesados deben consultar el texto oficial completo de la modificación para conocer con detalle cada cambio. Especial atención merecen los nuevos plazos para acreditar requisitos, las reglas de subsanación y el funcionamiento de la lista de espera. Las entidades organizadoras deberán preparar un plan de difusión con antelación. Se recomienda seguir las próximas convocatorias que se publiquen para participar en el Programa CULTIVA.

Preguntas frecuentes

¿Se modifica el título del programa?

Sí, se actualiza el título del Real Decreto 425/2021 para incluir explícitamente a las agricultoras: «Real Decreto 425/2021, de 15 de junio, por el que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones destinadas a la organización del Programa CULTIVA, relativo a estancias formativas de jóvenes agricultores y agricultoras en explotaciones modelo».

¿Cuándo deben cumplirse los requisitos para ser beneficiario?

Los requisitos tanto para las entidades beneficiarias como para los solicitantes de las estancias deben cumplirse a fecha de finalización del plazo de presentación de las solicitudes, según el nuevo redactado de los artículos 2 y 3.

¿Qué ocurre si una explotación modelo anfitriona renuncia?

Los jóvenes que hubieran sido asignados a esa explotación pasarán a tener prioridad absoluta en la lista de espera para ser reasignados a otras plazas que se liberen durante la ejecución del programa.

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