Actualizadas las tablas salariales 2026 para el sector de aparcamientos y garajes
BOE: La resolución actualiza las tablas salariales para 2026 con un incremento del IPC del 2,9%, afectando a todos los trabajadores del sector.
Impacto: Resolución de 21 de mayo de 2026, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el Acta en la que se acuerda la actualización de las tablas salariales para el año 2026 del VII Convenio colectivo general de ámbito nacional del sector de aparcamientos y garajes.
Detalles
- Fecha de publicación: 21 de mayo de 2026
- Departamento: Dirección General de Trabajo
- Código de convenio: 99011445011900
- Incremento salarial: 2,9% según IPC real de 2025
- Beneficiarios: Trabajadores del sector de aparcamientos y garajes
Contenido
Qué se ha publicado
El Boletín Oficial del Estado ha publicado, con fecha de 21 de mayo de 2026, la Resolución de la Dirección General de Trabajo por la que se registra y publica el Acta de la Comisión Negociadora del VII Convenio Colectivo General de Ámbito Nacional del Sector de Aparcamientos y Garajes. En dicha acta se establecen las tablas salariales para el año 2026, en aplicación de la cláusula de revisión automática prevista en el convenio, al haberse prorrogado el mismo por falta de denuncia.
Por qué puede ser importante
Esta publicación tiene un impacto directo en las condiciones retributivas de los trabajadores del sector de aparcamientos y garajes en toda España. Las nuevas tablas actualizan los salarios base y el plus complementario para cada nivel profesional, con un incremento del 2,9% correspondiente al IPC real de 2025. Además, se incorpora la referencia al Salario Mínimo Interprofesional (SMI) de 2026, fijado en 17.094 euros anuales, que afecta a los niveles III y IV, cuyos totales anuales se igualan a dicha cantidad.
A quién puede interesar
Afecta a empresas y trabajadores del sector de aparcamientos y garajes, incluyendo personal de administración, agentes de aparcamiento, operadores de centro de control, auxiliares, personal de limpieza y demás categorías recogidas en el convenio. También es relevante para asesorías laborales y gestorías que manejan nóminas en el sector.
Datos clave
- Niveles profesionales: I (jefe de área), II (jefe de sección), III (oficial/agente), IV (auxiliar)
- Incremento: 2,9% por IPC real de 2025
- SMI 2026: 17.094 euros anuales
- Retroactividad: Las diferencias desde el 1 de enero de 2026 se abonarán en la nómina del mes siguiente a la publicación en BOE
- Niveles equiparados al SMI: III y IV con total anual de 17.094 euros
Qué conviene revisar
Las empresas del sector deben aplicar las nuevas tablas salariales con carácter inmediato y calcular los atrasos desde el 1 de enero de 2026. Es recomendable consultar el texto oficial completo en el BOE para verificar todos los importes y comprobar que las categorías profesionales se corresponden con los niveles indicados. Tampoco debe olvidarse la regularización automática si el SMI se incrementase durante el año.
Preguntas frecuentes
¿Cuándo entran en vigor las nuevas tablas salariales?
Las tablas se aplican desde el 1 de enero de 2026, aunque la publicación se produce en mayo de 2026. Las diferencias salariales se abonarán en la nómina del mes siguiente a la publicación en el BOE.
¿Qué salarios se actualizan?
Se actualizan los salarios base anuales y el plus complementario para los niveles I a IV, según las categorías de grupo soporte y grupo operativo definidas en el convenio.
¿Afecta el SMI de 2026 a las tablas?
Sí, los niveles III y IV tienen un total anual de 17.094 euros, igual al SMI de 2026. El convenio prevé una cláusula de regularización automática si el SMI supera los salarios mínimos de garantía.
¿Es necesario hacer algún trámite para aplicar las tablas?
No se requiere un trámite administrativo específico; las empresas deben aplicar las tablas directamente en las nóminas. La publicación en el BOE ya es oficial.
