Autorizada la hibridación solar fotovoltaica con parque eólico en Villacañas (Toledo)
BOE: Otorga autorización administrativa previa para un módulo solar fotovoltaico de 30,933 MW que se hibridará con un parque eólico existente en Toledo.
Impacto: Resolución de 4 de mayo de 2026, de la Dirección General de Política Energética y Minas, por la que se otorga a Iberdrola Renovables de Castilla-La Mancha, SA, autorización administrativa previa para el módulo solar fotovoltaico «Hibridación Sierra del Romeral», de 30,933 MW de potencia instalada, para su hibridación con el parque eólico existente «Sierra del Romeral», de 31,45 MW de potencia instalada, y sus infraestructuras de evacuación, conformando una instalación híbrida de 40 MW de potencia instalada, en Villacañas (Toledo).
Detalles
- Fecha de resolución: 4 de mayo de 2026
- Departamento: Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico, Dirección General de Política Energética y Minas
- Tipo de disposición: Resolución de autorización administrativa previa
- Beneficiario: Iberdrola Renovables de Castilla-La Mancha, SA
- Plazo clave: 3 meses para solicitar autorización de construcción
Contenido
Qué se ha publicado
El 4 de mayo de 2026, la Dirección General de Política Energética y Minas del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico ha otorgado autorización administrativa previa a Iberdrola Renovables de Castilla-La Mancha, SA para el módulo solar fotovoltaico «Hibridación Sierra del Romeral». Esta instalación, de 30,933 MW de potencia instalada, se hibridará con el parque eólico existente «Sierra del Romeral», de 31,45 MW, en el término municipal de Villacañas, provincia de Toledo. La resolución, publicada en el BOE, detalla las características técnicas, condiciones ambientales y plazos administrativos del proyecto.
Por qué puede ser importante
Esta autorización permite avanzar en la hibridación de energías renovables, combinando generación eólica y solar en un mismo punto de evacuación. Ello optimiza el uso de la red y mejora la eficiencia del sistema eléctrico. El proyecto contribuye a los objetivos de descarbonización y refuerza el papel de Castilla-La Mancha como región clave en energías limpias. Además, la resolución establece condiciones ambientales detalladas que garantizan la protección del entorno.
A quién puede interesar
La publicación interesa principalmente a promotores de energías renovables, empresas del sector eléctrico, administraciones locales y ambientales, así como a titulares de instalaciones de generación que busquen hibridar sus proyectos. También afecta a los vecinos de Villacañas y a los organismos que han participado en la tramitación, como la Confederación Hidrográfica del Guadiana o la Dirección General de Carreteras.
Datos clave
- Potencia instalada (solar): 30,933 MW (según artículo 5 del Real Decreto 997/2025)
- Potencia total híbrida: 40 MW
- Tecnología: Solar fotovoltaica
- Ubicación: Villacañas, Toledo
- Infraestructura de evacuación: Líneas subterráneas a 20 kV y ampliación de la subestación SET Sierra del Romeral
- Plazo: 3 meses para solicitar autorización de construcción; en caso contrario caduca la autorización previa
Qué conviene revisar
El promotor debe preparar el proyecto de ejecución cumpliendo las condiciones de la declaración de impacto ambiental (DIA) y los condicionados aceptados. Es fundamental no superar el plazo de tres meses para solicitar la autorización de construcción. Asimismo, se recomienda consultar el texto íntegro de la resolución en el BOE para conocer todas las obligaciones, incluyendo las medidas correctoras y el plan de vigilancia ambiental.
Preguntas frecuentes
¿Qué es la hibridación de energías renovables?
Consiste en combinar dos o más fuentes renovables (en este caso, eólica y solar) en un mismo punto de conexión a la red, compartiendo infraestructura de evacuación y optimizando la producción.
¿Qué implica la autorización administrativa previa?
Es el primer paso administrativo que reconoce la viabilidad del proyecto y permite continuar con la siguiente fase, la autorización de construcción. No autoriza el inicio de obras.
¿Cuál es el siguiente paso tras esta resolución?
El promotor debe presentar el proyecto de ejecución y la documentación requerida en un plazo de tres meses para obtener la autorización administrativa de construcción.
¿Qué sucede si no se cumple el plazo de tres meses?
La autorización administrativa previa caducará, según lo establecido en la resolución, salvo que se solicite prórroga justificada.
