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Nuevas bases reguladoras del Premio Nacional de Arquitectura

Nuevas bases reguladoras del Premio Nacional de Arquitectura

BOE: Actualiza las bases reguladoras del Premio Nacional de Arquitectura, clarifica su objeto y reestructura el jurado para mayor multidisciplinariedad.

Impacto: Orden VAU/620/2026, de 17 de junio, por la que se establecen las bases reguladoras del Premio Nacional de Arquitectura.

Detalles

  • Departamento: Ministerio de Vivienda y Agenda Urbana
  • Tipo de disposición: Orden ministerial
  • Fecha de la orden: 17 de junio de 2026
  • Dotación económica: Mínimo 60.000 euros, sujeta a disponibilidad presupuestaria
  • Objeto: Establecer las bases reguladoras del Premio Nacional de Arquitectura

Contenido

Qué se ha publicado

El Boletín Oficial del Estado publica la Orden del Ministerio de Vivienda y Agenda Urbana, de 17 de junio de 2026, por la que se establecen las nuevas bases reguladoras del Premio Nacional de Arquitectura. Esta disposición deroga la anterior Orden FOM/2266/2013, de 27 de noviembre, y actualiza el marco normativo del galardón.

Por qué puede ser importante

La actualización responde a la necesidad de adaptar el premio a la evolución del sector arquitectónico y a la creación del Ministerio de Vivienda y Agenda Urbana. Se clarifica el objeto del premio, se definen mejor los perfiles de los destinatarios y se reestructura el jurado para incorporar una visión más multidisciplinar. El premio mantiene su carácter honorífico y podrá contar con una dotación económica mínima de 60.000 euros.

A quién puede interesar

Esta orden interesa principalmente a arquitectos y arquitectas, estudios de arquitectura y urbanismo, así como a entidades relacionadas con la arquitectura como colegios profesionales, universidades, reales academias y asociaciones. También afecta a profesionales de la crítica, difusión y comunicación especializada, y a la Administración pública con competencias en la materia.

Datos clave

  • Departamento: Ministerio de Vivienda y Agenda Urbana
  • Tipo de disposición: Orden ministerial
  • Deroga: Orden FOM/2266/2013, de 27 de noviembre
  • Dotación económica: Mínimo 60.000 euros, según disponibilidad presupuestaria
  • Jurado: Presidencia, siete vocalías, secretaría y secretaría de actas; se garantiza presencia equilibrada de mujeres y hombres
  • Presentación de candidaturas: Por colegios, universidades, reales academias, organizaciones y fundaciones, mediante medios electrónicos
  • Entrada en vigor: El día siguiente al de su publicación en el BOE
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Qué conviene revisar

Las entidades interesadas en presentar candidaturas deben consultar el texto íntegro de la orden para conocer los detalles del procedimiento y la documentación requerida. Se recomienda estar atentos a las próximas convocatorias anuales, donde se concretarán los plazos y la dotación económica exacta. También es importante que los posibles candidatos revisen los nuevos criterios de valoración y la ampliación del jurado.

Preguntas frecuentes

¿Cuándo se publicará la primera convocatoria con las nuevas bases?

No consta en la información disponible. La orden establece que el premio tendrá carácter anual y se convocará mediante orden ministerial.

¿Quién puede presentar una candidatura?

Las candidaturas deben ser presentadas por entidades con personalidad jurídica, como colegios profesionales, universidades, reales academias, organizaciones y fundaciones vinculadas a la arquitectura, urbanismo y bellas artes. No se admite la presentación directa por parte de personas físicas o jurídicas candidatas.

¿El premio tiene dotación económica?

Sí, podrá contar con una dotación económica mínima de 60.000 euros, sujeta a la disponibilidad presupuestaria del departamento competente. La cuantía exacta se determinará en cada convocatoria.

¿Qué ocurre si no se concede el premio?

El premio puede declararse desierto de forma motivada.

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