Planificación de la acogida de protección internacional mediante acción concertada
BOE: La resolución planifica las prestaciones del sistema de acogida de protección internacional para julio 2026 a junio 2027, con un coste estimado de 670,4 millones de euros.
Impacto: Resolución de 18 de junio de 2026, de la Dirección General de Atención Humanitaria y del Sistema de Acogida de Protección Internacional, por la que se establece la planificación de prestaciones, actuaciones o servicios estructurales para el sistema de acogida en materia de protección internacional para su gestión mediante acción concertada.
Detalles
- Fecha de la resolución: 18 de junio de 2026
- Departamento: Dirección General de Atención Humanitaria y del Sistema de Acogida de Protección Internacional (Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones)
- Periodo de vigencia: Del 1 de julio de 2026 al 30 de junio de 2027
- Coste total estimado: 670.458.917,00 euros
- Objeto: Planificación de actuaciones, prestaciones y servicios del sistema de acogida mediante acción concertada
Contenido
Qué se ha publicado
Se ha publicado en el BOE una resolución de la Dirección General de Atención Humanitaria y del Sistema de Acogida de Protección Internacional, de fecha 18 de junio de 2026, por la que se planifican las necesidades del sistema de acogida de protección internacional para el periodo comprendido entre el 1 de julio de 2026 y el 30 de junio de 2027. Esta planificación se realiza en el marco de la Ley 12/2009, reguladora del derecho de asilo, y del Real Decreto 220/2022, que regula el sistema de acogida, y se concreta mediante la acción concertada, un instrumento de gestión indirecta de los servicios.
Por qué puede ser importante
Esta resolución es clave porque establece la planificación estratégica de las prestaciones, actuaciones y servicios necesarios para atender a las personas solicitantes de protección internacional que carecen de recursos económicos. Al tratarse de una necesidad estructural y permanente, la planificación permite a las entidades autorizadas organizar los recursos de forma ordenada y anticipada, garantizando la continuidad del servicio y la cobertura de las plazas previstas. Además, se fijan los precios de referencia por plaza y día, así como los márgenes de variación que permiten cierta flexibilidad operativa.
A quién puede interesar
La resolución afecta principalmente a las entidades del tercer sector y organizaciones que gestionan servicios de acogida a solicitantes de protección internacional mediante acción concertada. También interesa a las personas solicitantes de asilo y protección subsidiaria, ya que de esta planificación depende la disponibilidad de plazas y servicios de acogida. Asimismo, es relevante para el Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, y para los organismos que cofinancian estos programas, como el Fondo Social Europeo Plus (FSE+) y el Fondo de Asilo, Migración e Integración (FAMI).
Datos clave
- Órgano competente: Dirección General de Atención Humanitaria y del Sistema de Acogida de Protección Internacional.
- Base legal: Ley 12/2009, Real Decreto 220/2022, Orden ISM/680/2022.
- Periodo de planificación: 1 de julio de 2026 a 30 de junio de 2027.
- Coste total planificado: 670.458.917,00 euros.
- Precios de referencia: Varían según la fase: desde 37,00 € por persona/día en fase de autonomía hasta 150,00 € por plaza/día en acogida vulnerable reforzado.
- Márgenes de variación: Se permite reconvertir hasta un 15% de los servicios, ajustar capacidad sin incremento retributivo y traspasar hasta un 15% del presupuesto entre prestaciones, siempre con autorización previa.
Qué conviene revisar
Las entidades interesadas deben consultar el texto oficial de la resolución en el BOE para identificar las asignaciones concretas y los precios de referencia aplicables. Es recomendable estar atentos a las posteriores resoluciones de asignación y a las autorizaciones para aplicar los márgenes de variación, así como a la documentación justificativa requerida para la cofinanciación europea. Los plazos de recurso son de un mes desde la publicación.
Preguntas frecuentes
¿Qué es la acción concertada?
Es un instrumento de gestión indirecta de servicios públicos, regulado en el artículo 11.6 de la Ley de Contratos del Sector Público, que permite a la Administración autorizar a entidades privadas para prestar servicios sociales cuando no sea necesario celebrar contratos públicos. En este caso, se utiliza para el sistema de acogida de protección internacional.
¿Cuánto dinero total está previsto?
Según la resolución, el coste total estimado para las prestaciones planificadas entre julio de 2026 y junio de 2027 es de 670.458.917,00 euros.
¿A quién beneficia esta planificación?
Beneficia directamente a las personas solicitantes de protección internacional que cumplen los requisitos para acceder al sistema de acogida, así como a las entidades que gestionan los servicios mediante acción concertada.
¿Pueden modificarse los servicios planificados?
Sí, la resolución establece márgenes de variación que permiten modificar hasta un 15% de los servicios, la capacidad o los gastos, siempre con autorización previa del órgano de concertación y sin superar la retribución máxima asignada.
