InfoBOE

BOE fácil, claro y siempre actualizado.

InfoBOE

BOE fácil, claro y siempre actualizado.

Tipos de referencia para activos financieros mixtos en el tercer trimestre de 2026

Tipos de referencia para activos financieros mixtos en el tercer trimestre de 2026

BOE: Establece los tipos de referencia oficiales para el tercer trimestre de 2026 que determinan la calificación fiscal de activos financieros con rendimiento mixto.

Impacto: Resolución de 25 de junio de 2026, de la Secretaría General del Tesoro y Financiación Internacional, por la que se publica el tipo de interés efectivo anual para el tercer trimestre natural del año 2026, a efectos de calificar tributariamente a determinados activos financieros.

Detalles

  • Fecha de publicación: 25 de junio de 2026
  • Departamento: Secretaría General del Tesoro y Financiación Internacional
  • Tipo de disposición: Resolución
  • Tipos de referencia generales: 2,218% (plazo ≤4 años), 2,358% (>4 ≤7), 2,706% (10 años), 3,050% (15 años), 3,292% (30 años)
  • Tipos para deuda pública indexada: 1,109% (plazo ≤4 años), 1,179% (>4 ≤7), 1,353% (10 años), 1,525% (15 años), 1,646% (30 años)

Contenido

Qué se ha publicado

La Secretaría General del Tesoro y Financiación Internacional ha hecho pública una resolución con fecha 25 de junio de 2026 en la que se determinan los tipos de interés efectivos equivalentes a los precios medios ponderados redondeados registrados en las últimas subastas del segundo trimestre de 2026 de Bonos y Obligaciones del Estado. A partir de estos datos se fijan los tipos de referencia que resultan para el tercer trimestre natural de 2026, a efectos de la calificación tributaria de los activos financieros con rendimiento mixto como de rendimiento explícito. La publicación incluye tanto los tipos generales como los específicos para deuda pública con rendimiento mixto cuyo cupón e importe de amortización se calculan con referencia a un índice de precios.

Por qué puede ser importante

Esta resolución es relevante para la correcta calificación fiscal de determinados activos financieros. Conforme a los artículos 63 del Reglamento del Impuesto sobre Sociedades y 91 del Reglamento del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, los tipos de referencia publicados determinan si el rendimiento de un activo financiero mixto se considera explícito, lo que afecta a su tratamiento tributario. Los inversores, entidades financieras y asesores fiscales deben tener en cuenta estos tipos para calcular correctamente las obligaciones fiscales de los períodos correspondientes.

Leer  Regulación del Sello de Gestión Transparente del Agua: requisitos y concesión

A quién puede interesar

Esta información interesa principalmente a contribuyentes del Impuesto sobre Sociedades y del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas que posean o emitan activos financieros con rendimiento mixto. También afecta a entidades de crédito, gestoras de fondos de inversión, departamentos fiscales de empresas y asesores tributarios. Asimismo, es de utilidad para los inversores en deuda pública indexada, ya que los tipos específicos para este tipo de activos son distintos de los generales.

Datos clave

  • Fecha de la resolución: 25 de junio de 2026
  • Órgano emisor: Secretaría General del Tesoro y Financiación Internacional
  • Base normativa: Artículos 63 del RIS y 91 del RIRPF
  • Tipos generales para el tercer trimestre de 2026: 2,218% (≤4 años), 2,358% (>4 y ≤7), 2,706% (10 años), 3,050% (15 años), 3,292% (30 años)
  • Tipos para deuda pública indexada: 1,109% (≤4 años), 1,179% (>4 y ≤7), 1,353% (10 años), 1,525% (15 años), 1,646% (30 años)

Qué conviene revisar

Los contribuyentes y asesores deberán aplicar estos tipos para determinar la calificación de los rendimientos mixtos en las declaraciones fiscales correspondientes al tercer trimestre de 2026. Se recomienda consultar el texto oficial de la resolución para conocer todos los detalles y comprobar el plazo de aplicación. No obstante, la resolución no incluye plazos adicionales de solicitud ni procedimientos administrativos; simplemente actualiza los tipos de referencia.

Preguntas frecuentes

¿A qué afectan estos tipos de referencia?

Estos tipos determinan si un activo financiero con rendimiento mixto se considera de rendimiento explícito a efectos fiscales, conforme a los reglamentos del Impuesto sobre Sociedades y del IRPF.

¿Son aplicables a todo tipo de activos financieros?

Se aplican a activos financieros con rendimiento mixto, incluyendo la deuda pública cuyos cupones y amortización se referencian a un índice de precios, para los cuales se establecen tipos específicos.

¿Cuándo entran en vigor?

Los tipos publicados son para el tercer trimestre natural de 2026, que comienza el 1 de julio y finaliza el 30 de septiembre de 2026.

Leer  Planta fotovoltaica de 30 MW en Iniesta: claves de la evaluación ambiental y su impacto en la transición energética

¿Dónde se publica esta resolución?

No consta en la información disponible un enlace directo, pero al tratarse de una resolución de la Secretaría General del Tesoro, se publica en el Boletín Oficial del Estado y en los medios oficiales correspondientes.

Tipos de referencia para activos financieros mixtos en el tercer trimestre de 2026
Scroll to top