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Actualizadas las tarifas de último recurso de gas natural desde julio 2026

Actualizadas las tarifas de último recurso de gas natural desde julio 2026

BOE: La resolución actualiza los precios de la tarifa de último recurso de gas natural para todos los consumidores acogidos, con efectos desde el 1 de julio de 2026.

Impacto: Resolución de 25 de junio de 2026, de la Dirección General de Política Energética y Minas, por la que se publica la tarifa de último recurso de gas natural.

Detalles

  • Fecha de resolución: 25 de junio de 2026
  • Departamento: Dirección General de Política Energética y Minas
  • Tipo de disposición: Resolución
  • Beneficiarios: Consumidores individuales, comunidades de propietarios, edificios públicos y empresas de servicios energéticos
  • Entrada en vigor: 1 de julio de 2026

Contenido

Qué se ha publicado

La Dirección General de Política Energética y Minas ha publicado una resolución, con fecha 25 de junio de 2026, por la que se actualizan los precios de la tarifa de último recurso (TUR) de gas natural. Esta publicación, que se enmarca en el desarrollo de la Ley 34/1998 del sector de hidrocarburos y la Orden ITC/1660/2009, establece los nuevos valores del término fijo y variable que regirán a partir del 1 de julio de 2026. La resolución también fija los precios aplicables a suministros de gas manufacturado o aire propanado en territorios insulares, conforme a la disposición transitoria vigésima de la ley.

Por qué puede ser importante

La tarifa de último recurso es el precio regulado que pueden solicitar determinados consumidores de gas natural con baja presión y consumo limitado. Su actualización trimestral (salvo excepciones) afecta directamente a hogares, comunidades de propietarios y pequeñas empresas que no han optado por el mercado libre. En esta revisión, además, se incorporan los cambios introducidos por el Real Decreto-ley 4/2024, que amplió los colectivos beneficiarios, y el Real Decreto-ley 7/2026, que aplica un canon de almacenamiento reducido. Conocer los nuevos precios permite a los consumidores acogidos anticipar el importe de su factura y valorar si les sigue compensando permanecer en la tarifa regulada.

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A quién puede interesar

Esta información interesa principalmente a los consumidores acogidos a la TUR, que incluye: personas con suministro individual, comunidades de propietarios de viviendas residenciales, edificios públicos destinados a vivienda, patronatos u organizaciones sin ánimo de lucro, y las empresas de servicios energéticos que presten servicio a los anteriores. También afecta a las distribuidoras de gas manufacturado en territorios insulares, y a cualquier profesional o entidad que gestione facturación de gas natural regulado.

Datos clave

  • Precios TUR.1 (consumo ≤5.000 kWh/año): Término fijo 3,93 €/mes; variable 4,329798 c€/kWh
  • Precios TUR.3 (consumo 15.001-50.000 kWh/año): Término fijo 18,82 €/mes; variable 3,775844 c€/kWh
  • Coste de la materia prima (Cn): 2,647956 c€/kWh, calculado según la fórmula de la Orden ITC/1660/2009
  • Ámbito de aplicación: Consumidores con presión ≤4 bar y consumo anual inferior a 50.000 kWh (individuales); comunidades, edificios públicos y empresas de servicios energéticos sin límite específico de consumo en la resolución
  • Canon de almacenamiento: Se aplica solo a 20 días de consumo, exento para los 40 días restantes, según RDL 7/2026

Qué conviene revisar

Los consumidores que estén acogidos a la TUR deben revisar la factura de gas a partir de julio de 2026 para comprobar que se aplican los nuevos precios. Quienes no estén acogidos pero cumplan requisitos pueden valorar si solicitan el cambio a la tarifa regulada. Se recomienda consultar el texto oficial de la resolución para conocer todos los detalles de la tabla de precios (TUR.1 a TUR.11) y las condiciones para los territorios insulares. No hay nuevos plazos de solicitud; la actualización es automática para los beneficiarios actuales.

Preguntas frecuentes

¿Quién puede acogerse a la tarifa de último recurso de gas natural?

Según la resolución, pueden acogerse los consumidores individuales con presión ≤4 bar y consumo anual inferior a 50.000 kWh, así como comunidades de propietarios residenciales, edificios públicos y organizaciones sin ánimo de lucro destinados a vivienda, y las empresas de servicios energéticos que presten servicio a estos colectivos.

¿Cómo se calcula el nuevo precio?

Los precios se actualizan conforme a la metodología de la Orden ITC/1660/2009. El término variable se revisa trimestralmente si el coste de la materia prima varía más del 2 %. En esta actualización se ha incorporado el canon de almacenamiento reducido del Real Decreto-ley 7/2026.

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¿Afecta esta resolución a los suministros de gas manufacturado en islas?

Sí, el apartado segundo de la resolución establece que los precios indicados se aplican también a los suministros de gas manufacturado o aire propanado en territorios insulares que se rigen por la disposición transitoria vigésima de la Ley 34/1998.

¿Dónde puedo consultar la tabla completa de precios?

La tabla completa con las once modalidades TUR (TUR.1 a TUR.11) y sus términos fijo y variable se publica en el texto oficial de la resolución, que está disponible en el Boletín Oficial del Estado.

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